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#1465 De: Recrear_Vicente_Lopez@...
Fecha: Vie, 1 de Abr, 2005 5:58 pm
Asunto: Documento - Recepción de mensajes
Recrear_Vicente_Lopez@...
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Hugo M. Clémeur
Administrador

#1464 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Vie, 1 de Abr, 2005 2:33 am
Asunto: Residuos - Comentario de Alemann
hmclemeur
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La Razón - 30 de marzo de 2005

ANALISIS ECONOMICO
Basura y residuos peligrosos, un problema irresuelto

POR JUAN ALEMANN


La civilización humana genera basura y residuos contaminantes en
cantidades crecientes. Es un tema que nuestro Gobierno y la comunidad
política no quieren afrontar. Hacen como si el problema no existiera,
cuando en realidad la disposición racional de estos elementos
completa el ciclo de producción y consumo. La ausencia de decisión
lleva a la peor solución.



LOS RESIDUOS NUCLEARES. Vecinos de Ezeiza se quejaron recientemente
por una supuesta contaminación radioactiva proveniente del centro
atómico de Ezeiza. Ello fue negado por los responsables del tema;
pero de hecho los residuos de las centrales atómicas se depositan
allí. Por más que se envuelvan en plomo, con lo cual la radiación no
debería pasar al medio ambiente, cierto peligro subsiste. Sin duda
Ezeiza no es el mejor lugar para guardar esos desechos.

Cuando en 1968 se decidió construir la primera central atómica,
Atucha I, se dejó el tema de los residuos para más adelante. Luego la
Comisión Nacional de Energía Atómica determinó que el mejor lugar
para depositar los residuos era una cueva granítica en Gastre,
provincia de Chubut. Es un lugar despoblado, sin actividad sísmica, y
el granito evita cualquier posibilidad de contaminación radioactiva,
amén de que los residuos de todos modos van envueltos en plomo. El
tema se mezcló con la posibilidad de hacer un negocio, brindando ese
depósito a residuos de otros países en forma onerosa. Entonces
aparecieron los ecologistas, y no se hizo nada. Desde el Gobierno no
hubo coraje para enfrentarlos.



LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS. Luego está el caso de la basura generada
por la zona metropolitana de Buenos Aires. Hasta 1978 la basura se
quemaba, lo cual contaminaba el aire que respiramos. En ese año se
puso en marcha un programa para rellenar con basura las zonas bajas
del Gran Buenos Aires. Se cavaba un gran pozo, se cubría el fondo con
polietileno, y luego se rellenaba sucesivamente con capas de basura y
tierra. Cuando eso estuviese asentado, se plantarían árboles, que
oxigenarían la zona. El programa funcionó bien. Pero luego las zonas
reservadas para la basura colmaron su capacidad, de modo que la misma
se sigue depositando, sin taparla con tierra. Son grandes basurales a
cielo abierto. Una calamidad.

Hace poco el organismo encargado del caso acordó con un municipio más
alejado la utilización de un predio en zona rural para hacer lo
mismo. Nuevamente aparecieron los ecologistas y finalmente el Concejo
Deliberante dio marcha atrás, a pesar de que esto implicaba recibir
fondos y que finalmente el lugar terminaría como bosque. Entonces, al
no poder llevarse adelante la solución, continuamos con la situación
existente. En esta materia tiene que existir una ley nacional. No es
admisible que este teme quede en manos de autoridades municipales.

La otra solución es tirar la basura al Rio de la Plata, con un
endicamiento previo. Pero esto sí es contaminante, de modo que sólo
sería aconsejable si previamente se depura la basura de elementos
nocivos. Pero si no se busca otra solución, esto es lo que finalmente
se hará.



LAS NUEVAS SOLUCIONES. En el mundo avanzado se tiende a otra
solución, más costosa, pero más racional. Primero se clasifican y
separan los residuos, sacando papel y cartón, plásticos, metales y
vidrio, todo lo cual se recicla en la correspondiente industria.
Actualmente los cartoneros ya hacen una parte del trabajo. Se les
facilitaría la tarea si se los ocupara en un programa integral, de
modo que no tengan que recorrer las calles en busca de papeles y
cartones. Seguramente se les puede pagar más de lo que ganan ahora,
con la tarea de "separadores de basura", de modo que harían todo el
trabajo. Luego la materia orgánica se procesa, obteniéndose un
material fertilizante. Con esto teóricamente no quedaría basura que
haya que depositar en algún lado. El problema que se plantea con esta
metodología es que es muy cara. Habría que estudiar el problema.

Finalmente queda el caso de los residuos hospitalarios, que contienen
gérmenes patógenos. Deben ser tratados en establecimientos especiales
para que luego sean inocuos. Esto ya está legalmente decidido desde
hace muchos años, pero no se hace. En el mejor de los casos estos
residuos se queman, lo que sigue generando contaminación. Es una
irresponsabilidad.

Todos estos temas deben ser decididos como cuestiones de Estado, con
acuerdo de todos los partidos políticos. Primero deben ser tratados
por los técnicos, que elaborarían las propuestas concretas. Luego se
las discutiría a nivel político, pero con el compromiso de que una
hay que aceptar. La postura de los ecologistas (decir que no a todas
las soluciones sin proponer ninguna) no vale.

#1463 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Vie, 1 de Abr, 2005 2:23 am
Asunto: Declaraciones de RLM
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Diario Hoy, La Plata - 31 de marzo de 2005 - 18:23 |

De campaña
López Murphy comparó a Kirchner y Sobisch con "tiranos"

Con una embestida directa contra el presidente Néstor Kirchner y su
estilo de "acumulación de poder", que comparó con "los tiranos que
fomentaban el odio y los enfrentamientos estériles hasta degollarse",
el candidato a senador por Recrear insistió con su llamado a
formar "un frente electoral" opositor para enfrentar al oficialismo
en las elecciones de octubre.

El líder de Recrear, Ricardo López Murphy, denunció que "hoy en
Argentina está quebrado el funcionamiento de las instituciones
democráticas" y dijo que "este Presidente ha acumulado poder como no
pasaba hace muchos años en el país".

López Murphy advirtió a Kirchner que "no queremos una Argentina
enfrentada en facciones".

"Por eso, señor Presidente, cuando usted nos llame profetas del odio
o impulse a enfrentamientos estériles, le vamos a responder con la
mano extendida, poniendo el hombro para el país", enfatizó.

Durante una cena realizada anoche a bordo del buque Eladia Isabel,
anclado en el puerto porteño para recolectar fondos para su campaña,
López Murphy ratificó que su partido impulsa "un frente electoral lo
más amplio posible para reconstruir las instituciones de la
República".

El dirigente de centroderecha se mostró en el acto de anoche con un
discurso de estilo barricada, con las mangas de su camisa blanca
arremangada, y aseguró ante unos 700 empresarios y dirigentes ex
menemistas y macristas que pagaron 200 pesos para escucharlo, que las
elecciones del 23 de octubre "no serán un plebiscito para Kirchner".

En ese marco, advirtió que el centroderecha se "prepara para ganar en
el 2005 y para ser gobierno en el 2007".

"Señor Presidente, el 23 de octubre no va a haber un plebiscito (a su
gestión), porque las instituciones de la República no prevén que se
elija todo o nada", advirtió.

En ese marco, el líder de Recrear prometió juntar "el mayor número de
votos para incorporar legisladores en el Congreso y no permitirle al
Gobierno que destruya el federalismo".

No obstante, en declaraciones a la prensa, López Murphy admitió que
las conversaciones con el macrismo "están en etapa de reflexión"
debido al "fastidio" que le provocó el anuncio del presidente de Boca
Juniors y del gobernador neuquino, Jorge Sobisch, de conformar una
alianza para las presidenciales del 2007.

Aclaró "no tener ninguna coincidencia" con Sobisch y comparó al
gobernador neuquino con "Kirchner" y con "los tiranos que fomentan el
odio y los enfrentamientos estériles hasta degollarse".

López Murphy cuestionó la forma en qeu ambos dirigentes utilizan
para "la acumulación de poder" y "los manejos de la justicia y los
medios".

"Si la SIP (Sociedad Interamericana de Prensa) viene por Kirchner y
viene por Sobisch, nosotros con ellos no tenemos nada que ver,
nuestro proyecto es un Gobierno en una República con derechos y
libertades", aseguró.

López Murphy aprovechó su cena de recolección de fondos, para
denunciar que "en esta campaña electoral hay una enorme desproporción
de medios del oficialismo" y acusó al "Gobierno de usar los 100
millones de fondos reservados" de la SIDE que "había denunciado (el
ex ministro de Justicia, Gustavo) Beliz".

En medio de "citas con mensajes de concordia" de próceres argentinos
como Alberdi, Sarmiento, Pellegrini, Frondizi y Perón, que según
dijo, reflejan "las mejores tradiciones" del país, López Murphy le
advirtió a Kirchner que desde el frente electoral que impulsa "no
queremos una Argentina de facciones".

"Señor presidente, queremos una Argentina para todos, una Argentina
de la tolerancia", repitió e instó al primer mandatario a "dejar de
llamar al odio y a enfrentamientos estériles entre facciones que
terminan degollándose".

"No vamos a hablar más del candidato a senador por Recrear, vamos a
hablar de ahora en más, del candidato del frente electoral", prometió
López Murphy tras escuchar una versiÐn agiornada del
tango "Cambalache" compuesta especialmente por artistas locales para
el acto de anoche.

Entre los que pagaron 200 pesos para escuchar a López Murphy
estuvieron el titular de Fiat Argentina, Vittorio Ratazi, la ex
asesora menemista en temas de Seguridad, Paola Spátola, el ex
dirigente menemista de La Matanza, Adrián "Pata" Alvarez; la
legisladora del macrismo porteño, Gabriela Michetti; los escritores
José Sebreli y Santiago Kovadlof y legisladores de Recrear.

#1462 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Vie, 1 de Abr, 2005 2:18 am
Asunto: Candidaturas
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Página 12 - 31 de marzo de 2005

EL ENCUENTRO ENTRE BALESTRINI Y DE GENNARO
"Se habló del tema electoral"


Por Diego Schurman

  La revelación de Página/12 sobre el deseo oficial de incorporar a
Víctor De Gennaro a las listas del kirchnerismo en la provincia de
Buenos Aires desacomodó ayer al líder de la CTA y al emisario de
Néstor Kirchner, el intendente de La Matanza, Alberto Balestrini,
quienes debieron admitir su reunión de anteanoche en el Club Español,
aunque hicieron denodados esfuerzos para negar que se hubiera hablado
de alguna oferta concreta. Sin embargo, uno de los presentes en esa
comida, Luis D'Elía, fue contundente sobre lo acontecido. "Existió la
cena. Se habló del tema electoral, se habló de listas, se sobrevoló
el tema de candidaturas permanentemente. Lo admito", dijo el titular
de la Federación de Tierra y Vivienda.

–¿A usted también le gustaría que De Gennaro se integre a la lista
del kirchnerismo en la provincia de Buenos Aires? –le preguntó
Página/12 a D'Elía.

–Víctor es el mejor dirigente sindical de la Argentina. A mí me
gustaría mucho una fórmula de Cristina-Balestrini, con Víctor de
candidato. Yo quisiera que Víctor esté de este lado. Lo digo sin
tapujos. Ahora, eso no depende de mí.

Balestrini invitó a De Gennaro a sumarse al proyecto kirchnerista
durante una comida a la que, además de D'Elía, participó otro
integrante de la CTA consustanciado con el gobierno nacional: el
dirigente del Frente Transversal Nacional y Popular, Edgardo Depetri.
La difusión de aquella reunión inquietó a Kirchner, quien por esas
horas venía haciendo malabares con la CGT para enfriar el
enfrentamiento de Hugo Moyano y compañía con el ministro de Economía,
Roberto Lavagna.

"¿Se imagina el lío que significa un escenario en el cual estamos
peleando con los gordos y al mismo tiempo aparecemos ofreciéndole una
candidatura al jefe de la CTA?", reflexionó ante este diario un alto
funcionario de la Casa Rosada sobre lo inconveniente que resultó la
difusión de la información.

"Pregúntenle a Balestrini", fue, en cambio, la respuesta que ofreció
De Gennaro a Radio América cuando le inquirieron por el tema. En su
entorno dicen que al líder de la CTA le preocupa que cualquier
emparentamiento suyo con la política destiña las marchas de protesta
que la central realizará entre el 4 y el 8 de abril.

Por su parte, Balestrini señaló que en el Club Español sólo se
habló "de política social y de los gremios pero nada de política
partidaria ni elecciones". Olvidó decir, entre tantas otras cosas,
que la palabra "Cristina" –por Cristina Kirchner– fue mencionada en
más de una oportunidad durante la noche. Lo que sí quedó en claro,
después de tantas idas y vueltas, es que De Gennaro, por ahora, no
quiere saber nada de candidaturas.

#1461 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Vie, 1 de Abr, 2005 2:15 am
Asunto: Clausura de Platense
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El Comercio on Line - 31 de marzo de 2005

El Municipio de Vicente López explica porque no habilita el Estadio
de Platense

Mediante un comunicado de prensa firmado por el Intendente Enrique
García, el Municipio aclara que a partir de la fecha NO SE AUTORIZARA
su utilización, hasta tanto se dé acabado cumplimiento a las
observaciones practicadas.



Reproducción textual del comunicado de prensa firmado por el
Intendente García

Municipalidad de Vicente López

Comunicado de Prensa

Ante la situación creada de la habilitación de las instalaciones del
club Atlético Platense, este Departamento Ejecutivo se hace un deber
poner en conocimiento de la población en general y de las
instituciones detalladas al pie en particular, que el estadio
deportivo CARECE DE HABILITACION DEFINITIVA.

Ello por cuanto no se han completado las exigencias de seguridad en
parte de sus instalaciones, lo cual determina que, muy a nuestro
pesar, a partir de la fecha NO SE AUTORIZARA su utilización, hasta
tanto se dé acabado cumplimiento a las observaciones practicadas.

No es esta una decisión apresurada ni intempestiva. Hace largos años
que se ha venido auxiliando y colaborando con las autoridades de la
entidad deportiva, para que la misma pueda completar las condiciones
de seguridad que le permitan la utilización integral de su estadio.
Así, se ha requerido la cooperación de empresas y vecinos que
generosamente han realizado importantes aportes económicos, a través
de eventos que ha organizado este Intendente, como un colaborador
más. Asimismo se han otorgado facilidades para la regularización
tributaria respecto de la importante deuda acumulada. Sin embargo,
pese a los plazos otorgados y ayuda recibida por la Institución en
diferentes periodos, subsisten falencias significativas en algunos
sectores del Estadio que no han sido removidas en su totalidad, lo
que fundamenta la decisión que por el presente se comunica.

Es de esperar que a la brevedad, El Club Atlético Platense empeñe sus
mejores esfuerzos para poder brindar a sus simpatizantes y amigos, un
lugar donde asistir a eventos deportivos y culturales, con las
condiciones que reglamentariamente corresponde exigir, en materia de
seguridad, en la totalidad de su estadio.

Enrique García
Intendente Municipal

#1460 De: "Hector" <hgriccardi@...>
Fecha: Jue, 31 de Mar, 2005 4:16 pm
Asunto: MEDICIONES 30 DE MARZO
hgriccardi@...
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Amigod:

 

Por si les gusta conocer encuestas,  deduzcan como percibe la realidad el argentino medio

 

Cordialmente

Hector GR


#1459 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Jue, 31 de Mar, 2005 12:59 am
Asunto: Campaña electoral
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Diario Hoy, La Plata - 30 de marzo de 2005 - 21:22 |

Centroderecha
López Murphy se embarca y Bullrich se provincializa

El líder de Recrear, Ricardo López Murphy, abordará mañana el ferry
Eladia Isabel en la terminal marítima Dársena Norte para compartir
una cena con afiliados y simpatizantes del partido.

"Es la hora de embarcarnos en un compromiso para recrear la dignidad
y las instituciones", reza la invitación al evento que también
incluirá una disertación del economista.

El buque de la empresa que une la costa argentina con la uruguaya,
fue contratado por Recrear para continuar con la línea de
campaña "fluvial" que el ex ministro inició la semana pasada en una
recorrida embarcado por el Riachuelo.

López Murphy buscará así recaudar fondos para la campaña que apunta a
conseguir un lugar en el Senado Nacional como representante de la
provincia de Buenos Aires.

También dentro del espacio de centro derecha, Patricia Bullrich -
candidata a diputada por Capital- encabezó hoy un encuentro de
dirigentes bonaerenses de Unión por Todos en la sede del partido, en
San José al 1900.

Bullrich insistió en el acto que "Unión por Todos viene a construir
una vía alternativa a la falsa y mentirosa pelea de Duhalde y Solá,
que es una pelea entre poderes idénticos".

#1458 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Jue, 31 de Mar, 2005 12:57 am
Asunto: López Murphy en La Plata
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Diario Hoy, La Plata - 30 de marzo de 2005 - 14:46 |
López Murphy en La Plata

Ricardo López Murphy, candidato a senador por la provincia de Buenos
Aires participará el viernes 1º de abril de actos en la ciudad de La
Plata.

Convocado por los referentes platenses de Recrear, Santiago Tonelli y
Juan Pablo Allan, a partir de las 17 horas inaugurará dos locales
partidarios, uno en el casco urbano y otro en la periferia, realizará
una caminata por el centro comercial de Los Hornos (137 de 60 a 66) y
a la noche asistirá a un acto y choripaneada en el club Capital Chica
(66 entre 155 y 156).



La Plata es un distrito clave para López Murphy, quien hace varios
meses que está caminando la provincia. Por tal motivo, no quiere
dejar nada librado al azar y el viernes respaldará a los dirigentes
de la capital bonaerense.



El contacto con la prensa será a las 17 horas en el local de diagonal
73 esquina 3. El otro local partidario, que se abrirá, está ubicado
en 60 y 155.

#1457 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Mié, 30 de Mar, 2005 9:14 pm
Asunto: Candidaturas
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Página 12 - 30 de marzo de 2005

Le ofrecen a De Gennaro la candidatura a diputado
Lo hizo el intendente de La Matanza, Alberto Balestrini, a pedido de
Kirchner.
Es para encabezar la lista de candidatos por la provincia de Buenos
Aires. Aún no hay respuesta.


Por Diego Schurman

  Néstor Kirchner quiere que Víctor De Gennaro encabece la lista de
candidatos a diputados del PJ en la provincia de Buenos Aires. Así se
lo transmitió el intendente de La Matanza, Alberto Balestrini, a
quien el Presidente encomendó reunirse con un grupo de dirigentes de
la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) para intercambiar
opiniones sobre política nacional.

Kirchner ve en De Gennaro a un dirigente creíble y con capacidad de
generar adhesiones en todas las orillas del justicialismo bonaerense.
Dicho de otro modo: lo considera una prenda de unidad a partir de su
buena relación con el Gobierno y también con Eduardo Duhalde, sin que
esto comprometa su opinión sobre ambos.

Aun así, será difícil convencerlo. Si hay algo que no le gusta al
líder sindical es quedar atrapado en la lógica de las internas del
PJ. No por nada abandonó hace tiempo la CGT peronista para conformar
una central alternativa.

Más aún, al año pasado De Gennaro participó en Rosario del Encuentro
Nacional por la Soberanía, un espacio progresista en el que
estuvieron el ex intendente socialista Hermes Binner, el histórico
dirigente comunista Patricio Echegaray, la diputada radical Margarita
Stolbizer, el banquero Carlos Heller y el miembro de la Federación
Agraria Eduardo Buzzi, entre otros.

Hay otro obstáculo para obtener el sí de De Gennaro. En estos tiempos
el dirigente tiene en su horizonte otro objetivo prioritario: lograr
la personería gremial de la CTA. Es, en rigor, el tema de cabecera
con el que desembarcará este viernes en el Ministerio Trabajo, en la
reunión convocada por el jefe de esa cartera, Carlos Tomada.
Balestrini puso en autos a De Gennaro durante una cena convenida la
semana anterior, pero concretada anoche en el Club Español, en
Bernardo de Irigoyen e Hipólito Yrigoyen. De la comida participaron
otros dirigentes de la CTA comprometidos directamente con la gestión
kirchnerista: el líder de la Federación de Tierra y Vivienda, Luis
D'Elía, y el titular del Frente Transversal Nacional y Popular,
Edgardo Depetri.

El intendente de La Matanza es uno de los hombres a los que Kir-chner
encomendó el armado de la lista bonaerense. Obviamente, se trata de
la boleta kirchnerista que eventualmente después debería negociarse
con el duhaldismo. Aunque a la luz de las declaraciones del propio
Duhalde, no se descarta que el peronismo presente dos listas
diferentes, una estrategia que podría asegurarle al partido la
mayoría y la minoría.

Esa posibilidad le da sustancia a lo que tiempo atrás le aseguró el
ex presidente a Página/12 al ser consultado sobre quién encabezaría
la boleta de senadores, si su mujer Hilda "Chiche" Duhalde o Cristina
Kirchner. "¿Y por qué no Chiche y Cristina juntas?", respondió
entonces, dejando abierta la posibilidad de que las dos sean
candidatas.

Balestrini pasó a buscar a De Gennaro a la sede central de la CTA, de
la avenida Independencia, y de allí marcharon para el restaurante.
Previamente, el intendente que tiene en vilo a Duhalde por su abierto
alineamiento con el gobernador Felipe Solá se había reunido con
Kirchner en la Casa Rosada para ponerlo al tanto de los sucesos
bonaerenses.

El Presidente ya manifestó su deseo de que D'Elía integre la lista de
candidatos a diputados. A diferencia de De Gennaro, el líder
piquetero reúne un fuerte rechazo del duhaldismo. Algunos, como el
intendente de Avellaneda, Baldomero "Cacho" Alvarez, salió ayer a
cruzarlo y negarle autoridad "política y moral". D'Elía había
asegurado que, de haber una lista de unidad en el PJ bonaerense, el
kirchnerismo pondría la gran mayoría de los candidatos y que al
duhaldismo, como mucho, le correspondería el 30 por ciento. Depetri,
el otro comensal de anoche, es un hombre de confianza y diálogo
permanente con Kirchner. Se conocen desde que el sindicalista asumió
la secretaría general de ATE de Río Turbio. Su última aparición
pública fue el último jueves, en el acto del 24 de marzo que realizó
Hebe de Bonafini en el Obelisco.

Con el guiño del Presidente, Balestrini busca ahora armar una lista
de peso en un territorio donde el kirchnerismo carece de figuras
rutilantes más allá de la propia Cristina. El propio intendente del
distrito más populoso del país ha sido propuesto por Kirchner para
integrar esas boletas, aunque no se sabe si lo hará en la nómina de
diputados o secundando a la primera dama en la boleta de senadores.

#1456 De: hugo clemeur <hmclemeur@...>
Fecha: Mié, 30 de Mar, 2005 3:06 pm
Asunto: ARAUJO, NUEVAMENTE CONTRA EL ABUSO
hmclemeur
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"Comunicaciones - Dip. Carlos Araujo" <news@...> wrote:
From: "Comunicaciones - Dip. Carlos Araujo" <news@...>
To: hmclemeur@...
Subject: ARAUJO, NUEVAMENTE CONTRA EL ABUSO
Date: Wed, 30 Mar 2005 02:35:37 -0300


ARAUJO: EN DEFENSA DE LOS VALORES
  

 

 

El Sábado pasado, lamentablemente, nuestra Ciudad se enfrentó de nuevo al horror.  
Esta vez en forma de abuso a un menor. Abuso que se perpetró en un cybercafé que de haber respetado a las normas vigentes en vez de facilitar, habría evitado el atroz hecho. 
 
Una vez más el Diputado Araujo se adelantó a los acontecimientos. Sus pedidos de informes cada vez ganan más espacio debido a que realmente son verdaderas expresiones del control que toda la ciudadanía desea. 
 
En el mes de Octubre del año pasado, Araujo presentó un pedido de informes al Poder Ejecutivo, sobre el estado de aplicación de la Ley n.º 803/2002 que establece que los locales que brinden acceso a Internet deberán disponer de filtros de contenido para detener el flagelo de la pornografía que prolifera en la gran vía digital.
  
 
 
 
¿Cuál fue el motivo que suscitó tal pedido de informes?  
 
 
A continuación, en detalle, los Fundamentos del Proyecto: 
 

La limitación del acceso a Internet de los niños y adolescentes en cuanto a material pornográfico, es una de las cuestiones a resolver en el corto plazo, en razón de la adicción que su uso genera y, fundamentalmente, porque es inadmisible que nuestros niños y adolescentes se vean expuestos, a tan temprana edad, a contenidos de esa naturaleza.

 

Existe normativa que limita el acceso de los jóvenes a temas por­nográficos, pero la luz de los hechos, en la Cuidad podemos encontrar ac­tualmente numerosos establecimientos comerciales donde los jóvenes y menores acceden a páginas de Internet de contenido pornográfico sin res­tricción.

 

Por lo tanto ante la gravedad de una situación que involucra una de la funciones de esta Legislatura que es la de dictar leyes, resoluciones y declaraciones para hacer efectivo el ejercicio de los derechos y controlar su implementación es que surge el presente pedido de informe.  

 


¿Cómo se presentó, entonces, el texto del Pedido?

 

Artículo 1ª. Solicitar al Poder Ejecutivo, que proporcione la información que a con­tinuación se detalla, en un plazo no mayor a quince (15) días de recibida la presente, relacionada con la Ley Nro. 863 y su decreto de promulgación Nro. 1.120, referidos a la protección de menores, dentro de los establecimientos comerciales que brinden acceso a Internet mediante la colocación, obligatoria, de filtros para evitar que los menores de 16 años tengan acceso a páginas pornográficas:

 

a.            Cuál es el Estado de aplicación de la Ley mencionada.

 

b.            Que medidas se han implementado hasta el momento respecto de la misma.

 

c.            Qué organismo de la Ciudad es el responsable de ejercer el control y recibir las denuncias.

 

d.            Si se han realizado denuncias sobre los establecimientos comerciales que no dan cumplimiento a la medida, donde constan y si las mismas han sido archivadas.

 

e.             Si se han labrado actas al titular/es, o al responsable/s, de los establecimientos comerciales que hayan tenido una conducta disvaliosa en el marco de la Ley.

 

f.             Respecto del Art. 3.° Inciso 2, si se aplicaron sanciones a los responsables por no haber cumplido con el mandato de esta Ley.

 

Artículo 2ª. Comuníquese.   

 

 
 

 



Por último, cabe destacar que en la Ciudad de Buenos Aires existen 2.700 cyberscafé. Que solo 61 locales fueron inspeccionados y que, apenas 36 fueron clausurados. 

 


 

 

Agradeceremos la difusión de este mensaje.
www.diparaujo.com.ar
www.recrearargentina.org

 

Usted recibe este mail porque se encuentra incluido en la lista del Diputado Carlos Araujo. Si ha sido incorporado por error o desea cancelar esta suscripción envíe un mensaje a remover@... con asunto Remover.

Muchas Gracias

 


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#1455 De: "Alfredo Godoy" <alfredogodoy@...>
Fecha: Mié, 30 de Mar, 2005 12:36 pm
Asunto: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Re: Reunión día Miercoles 30
alfredo_godo...
Sin conexión Sin conexión
Enviar correo Enviar correo
 
 
Hugo:
o.k.
siempre es bueno ampliar los conocimientos.
TENGO PENSADA UNA COMISIÓN PARA QUE LA DIRIJAS.
Sds.
Alfredo
----- Original Message -----
Sent: Tuesday, March 29, 2005 9:50 PM
Subject: [Recrear_Vicente_Lopez] Re: Reunión día Miercoles 30


--- En Recrear_Vicente_Lopez@..., "Alfredo Godoy"
<alfredogodoy@a...> escribió:
> Amigos Comisionados, Hugo y demas amigos del Grupo Yahoo:
> esta es una invitación para comenzar con las reuniones SEMANALES de
debate politico de los miercoles.
> Esta convocatoria es para que todos participen y nadie quede sin
ser oido.
> Estamos invitando tambien todos los miembros de la Comisión
Directiva, A los integrantes de la juventud de Recrear Pcia. de Bs.
As., a los simpatizantes, a la nueva linea FEMENINA y a todos
aquellos que sientan que es hora de decir que la oposición no esta
muerta.
> Los esperamos en Las Heras 1471 Vte. López a las 19.30 hs.
> Los saludo cordialmente.
> Alfredo V. Godoy
> Vice Presidente
> Junta Directiva de Recrear V.L.

Hola, amigos

La UBA se portó de nuevo muy bien conmigo y me asignó el horario para
cursar Sociología en miércoles de 19 a 21, por lo que hasta el 2 de
julio voy a estar "fuera de combate" en lo que a las reuniones de los
miércoles se refiere. Los martes a la noche tengo libre, por lo que
no sería problema integrar alguna comisión técnica que se reúna en
ese horario.

Saludos para todos y seguiremos en la trinchera desde este espacio.

Hugo






correo electrónico a: Recrear_Vicente_Lopez-unsubscribe@...

trónico a: Recrear_Vicente_Lopez-unsubscribe@...




#1454 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Mié, 30 de Mar, 2005 12:54 am
Asunto: Candidaturas
hmclemeur
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La Nueva Provincia, Bahía Blanca - Martes, 29 de Marzo de 2005

SERIA UN HECHO

Kirchner jugará a su dama en la provincia


      Todo parece indicar que ya es un hecho: la primera dama y
senadora Cristina Fernández de Kirchner aceptó, en su círculo íntimo,
ser candidata por la provincia de Buenos Aires para las elecciones
legislativas del próximo 23 de octubre.
      Allegados al presidente Néstor Kirchner confiaron que su esposa
ya tomó la decisión.
      De esta forma, lo que ahora se espera es una cumbre entre el
patagónico y su antecesor, Eduardo Duhalde, para ultimar los detalles
de un acuerdo electoral para Buenos Aires.
      La gran incógnita es el juego que desplegará Felipe Solá en este
nuevo escenario, aunque el gobernador ya adelantó en la víspera que
se ponía "muy contento" si se daba la posibilidad de que la primera
dama se postulara como senadora por Buenos Aires.


Desde afuera
      Más allá del encono personal que parece existir entre Hilda
González de Duhalde y Cristina Kirchner, la esposa del bonaerense no
sólo debe resignar ahora su aspiración de ser senadora sino que,
además, tendrá que ver desde afuera el desembarco del kirchnerismo en
su provincia.

#1453 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Mié, 30 de Mar, 2005 12:50 am
Asunto: Re: Reunión día Miercoles 30
hmclemeur
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--- En Recrear_Vicente_Lopez@..., "Alfredo Godoy"
<alfredogodoy@a...> escribió:
> Amigos Comisionados, Hugo y demas amigos del Grupo Yahoo:
> esta es una invitación para comenzar con las reuniones SEMANALES de
debate politico de los miercoles.
> Esta convocatoria es para que todos participen y nadie quede sin
ser oido.
> Estamos invitando tambien todos los miembros de la Comisión
Directiva, A los integrantes de la juventud de Recrear Pcia. de Bs.
As., a los simpatizantes, a la nueva linea FEMENINA y a todos
aquellos que sientan que es hora de decir que la oposición no esta
muerta.
> Los esperamos en Las Heras 1471 Vte. López a las 19.30 hs.
> Los saludo cordialmente.
> Alfredo V. Godoy
> Vice Presidente
> Junta Directiva de Recrear V.L.

Hola, amigos

La UBA se portó de nuevo muy bien conmigo y me asignó el horario para
cursar Sociología en miércoles de 19 a 21, por lo que hasta el 2 de
julio voy a estar "fuera de combate" en lo que a las reuniones de los
miércoles se refiere. Los martes a la noche tengo libre, por lo que
no sería problema integrar alguna comisión técnica que se reúna en
ese horario.

Saludos para todos y seguiremos en la trinchera desde este espacio.

Hugo

#1452 De: mlutz@...
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 5:21 pm
Asunto: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Reunión día Miercoles 30
mlutz@...
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Estimadísimo Alfredo:

Mañana tengo reunión de padres en el Colegio por Edmundito pero calculo que
a las 20Hs. estoy llegando.

Un beso y nos vemos mañana
Magdalena  Lutz
Presidencia
PCR S.A.
Email : mlutz@...
Te. (011) 41249800 Int.900/1




"Alfredo Godoy" <alfredogodoy@...> con fecha 28/03/2005 11:57:36
p.m.

Por favor, responda a Recrear_Vicente_Lopez@...

Destinatarios: Recrear_Vicente_Lopez@...
CC:     "Alfredo Godoy" <alfredogodoy@...>, "Hector"
         <hgriccardi@...>, aealsinam@..., "ARIAS,
         Asuncion" <asu_arias@...>, "Jose Salvador Barone"
         <barone@...>, "BLASI, Adriana"
         <aromano1@...>, "BRAGA, Carlos"
         <cabraga@...>, Magdalena Lutz/Buenos_Aires/PCRSA,
         "Carlos Pfurr" <cepfurr@...>, "Luis Alberto Rafael Parodi"
         <larparodi@...>, MARTA_guardo@..., "ESTEBAN
         RATUSZNIAK RVLS" <estebanratuszniak@...>, "CAIRO, Juan
         Carlos" <jccairo@...>, "VILARDO RVLS, EUGENIO
         BAUTISTA" <vilaeu@...>, "EUGENIO BAUTISTA VILARDO"
         <mispampas@...>, "AUGSBURGUER RVLS, GERARDO"
         <mach@...>, "Anibal Calafell"
         <calafel@...>
Asunto: [Recrear_Vicente_Lopez] Reunión día Miercoles 30




Amigos Comisionados, Hugo y demas amigos del Grupo Yahoo:
esta es una invitación para comenzar con las reuniones SEMANALES de debate
politico de los miercoles.
Esta convocatoria es para que todos participen y nadie quede sin ser oido.
Estamos invitando tambien todos los miembros de la Comisión Directiva, A
los integrantes de la juventud de Recrear Pcia. de Bs. As., a los
simpatizantes, a la nueva linea FEMENINA y a todos aquellos que sientan que
es hora de decir que la oposición no esta muerta.
Los esperamos en Las Heras 1471 Vte. López a las 19.30 hs.
Los saludo cordialmente.
Alfredo V. Godoy
Vice Presidente
Junta Directiva de Recrear V.L.
Amigos Comisionados, Hugo y demas amigos del Grupo Yahoo:
esta es una invitación para comenzar con las reuniones SEMANALES de debate politico de los miercoles.
Esta convocatoria es para que todos participen y nadie quede sin ser oido.
Estamos invitando tambien todos los miembros de la Comisión Directiva, A los integrantes de la juventud de Recrear Pcia. de Bs. As., a los simpatizantes, a la nueva linea FEMENINA y a todos aquellos que sientan que es hora de decir que la oposición no esta muerta.
Los esperamos en Las Heras 1471 Vte. López a las 19.30 hs.
Los saludo cordialmente.
Alfredo V. Godoy
Vice Presidente 
Junta Directiva de Recrear V.L. 



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#1451 De: "Eduardo O. Merino" <eomerino2@...>
Fecha: Mié, 30 de Mar, 2005 12:46 am
Asunto: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Reunión día Miercoles 30
eomerino2@...
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Estimados:
Mañana a las 19:00 hs termino el dictado de una actividad de capacitación por lo que evidentemente llegaré tarde.
 
Un abrazo
Eduardo
----- Original Message -----
Sent: Monday, March 28, 2005 11:57 PM
Subject: [Recrear_Vicente_Lopez] Reunión día Miercoles 30

Amigos Comisionados, Hugo y demas amigos del Grupo Yahoo:
esta es una invitación para comenzar con las reuniones SEMANALES de debate politico de los miercoles.
Esta convocatoria es para que todos participen y nadie quede sin ser oido.
Estamos invitando tambien todos los miembros de la Comisión Directiva, A los integrantes de la juventud de Recrear Pcia. de Bs. As., a los simpatizantes, a la nueva linea FEMENINA y a todos aquellos que sientan que es hora de decir que la oposición no esta muerta.
Los esperamos en Las Heras 1471 Vte. López a las 19.30 hs.
Los saludo cordialmente.
Alfredo V. Godoy
Vice Presidente 
Junta Directiva de Recrear V.L. 



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#1450 De: <gabrielmayor@...>
Fecha: Mié, 30 de Mar, 2005 12:46 am
Asunto: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Reunión día Miercoles 30
gabrielmayor@...
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Estoy de viaje por el interiors. No obstante, gracias por la invitación. Saludos, Gabriel Mayor

----- Mensaje original -----

De: Alfredo Godoy <alfredogodoy@...>

Fecha: Lunes, Marzo 28, 2005 11:57 pm

Asunto: [Recrear_Vicente_Lopez] Reunión día Miercoles 30

> Amigos Comisionados, Hugo y demas amigos del Grupo Yahoo:
> esta es una invitación para comenzar con las reuniones SEMANALES
> de debate politico de los miercoles.
> Esta convocatoria es para que todos participen y nadie quede sin
> ser oido.
> Estamos invitando tambien todos los miembros de la Comisión
> Directiva, A los integrantes de la juventud de Recrear Pcia. de
> Bs. As., a los simpatizantes, a la nueva linea FEMENINA y a todos
> aquellos que sientan que es hora de decir que la oposición no esta
> muerta.Los esperamos en Las Heras 1471 Vte. López a las 19.30 hs.
> Los saludo cordialmente.
> Alfredo V. Godoy
> Vice Presidente
> Junta Directiva de Recrear V.L.

#1449 De: "Alfredo Godoy" <alfredogodoy@...>
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 2:57 am
Asunto: Reunión día Miercoles 30
alfredo_godo...
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Amigos Comisionados, Hugo y demas amigos del Grupo Yahoo:
esta es una invitación para comenzar con las reuniones SEMANALES de debate politico de los miercoles.
Esta convocatoria es para que todos participen y nadie quede sin ser oido.
Estamos invitando tambien todos los miembros de la Comisión Directiva, A los integrantes de la juventud de Recrear Pcia. de Bs. As., a los simpatizantes, a la nueva linea FEMENINA y a todos aquellos que sientan que es hora de decir que la oposición no esta muerta.
Los esperamos en Las Heras 1471 Vte. López a las 19.30 hs.
Los saludo cordialmente.
Alfredo V. Godoy
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Junta Directiva de Recrear V.L. 

#1448 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 2:25 am
Asunto: López Murphy en la Legislatura
hmclemeur
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Noticias Urbanas
Publicación: 28/03/2005
Fuente: Legislatura

DEBATE SOBRE EL PUERTO
López Murphy en la Legislatura

El líder de Recrear, Ricardo López Murphy, participará del "Congreso
Latinoamericano de Ciudades-Puerto y la gestión ambiental costera
urbana", que se desarrollará en la Legislatura, el martes 29 y el
miércoles 30. En el evento organizado por el legislador de su
partido, Jorge San Martino, el economista disertará el miércoles a
las 17

Por Antonio Lizzano

El legislador de Recrear, Jorge San Martino, con la colaboración de
técnicos de la Asociación Internacional de Profesionales en Puertos y
Costas, organizó el "Congreso Latinoamericano de Ciudades-Puerto y la
gestión ambiental costera urbana", que se llevará a cabo entre el
martes 29 y el miércoles 30, en el Salón Dorado de la Legislatura. El
evento contará con una disertación del líder de Recrear, el
economista Ricardo López Murphy.

Con la participación de numerosos especialistas internacionales y
locales, durante la primera jornada se desarrollarán, entre las 9 y
19, ponencias sobre seguridad urbana, gestión ambiental portuaria-
costera y gestión costera urbana, en base a experiencias recogidas en
diferentes ciudades-puerto de Iberoamérica.

El congreso continuará el miércoles, donde San Martino hablará
sobre "La importancia de la gestión portuaria urbana integrada" y a
las 17.30 será el turno de López Murphy, quien expondrá
sobre "Política portuaria para la provincia de Buenos Aires". La
entrada es libre y gratuita.

#1447 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 2:23 am
Asunto: López Murphy: "Kirchner no tiene ningún limite"
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Los Andes, Mendoza - 28 de marzo de 2005

López Murphy: "Kirchner no tiene ningún limite"


BUENOS AIRES, mar 28 (DyN) - El líder de Recrear, Ricardo López
Murphy, advirtió esta mañana que el presidente Néstor Kirchner "no
tiene ningún límite" y, entre otros ejemplos, enumeró el conflicto
con el Vaticano y la supuesta falta de independencia del Banco
Central.

"¿Quién cree que el Presidente está limitado por el marco
institucional?. El Presidente no tiene ningún límite", afirmó López
Murphy.

Según estimó, "no hay un Banco Central independiente. El problema no
es si la inflación va a ser 8 ó 9 (por ciento), sino la destrucción
institucional que hay detrás de eso", sostuvo.

El ex ministro de Economía de la Alianza consideró luego que "si el
Banco Central va a apuntar a un objetivo inflacionario tiene que
apuntar a eso".

"Lo que pasa es que acá nadie cree que el presidente del Banco
Central puede seguir una estrategia que no estuviera avalada por
Kirchner", subrayó. Dijo, en tal sentido, que "el Presidente se
limpió a varios jueces de la Corte sin ninguna restricción y tiene la
capacidad de alterar dramáticamente el sistema institucional".

"¿Usted cree que se va a detener ante un presidente del Banco
Central?", preguntó, en diálogo con Radio Mitre.

Con respecto al contrapunto con el Vaticano, López Murphy señaló
que "este conflicto tiene objetivamente razones sustanciales. Se
podría haber manejado de una manera más sensata, equilibrada y
prudente".

"Lo que superó todo lo imaginable es cuando el Presidente hace un
decreto que desconoce el acuerdo internacional (con el Vaticano) y
remueve obispos por su propia naturaleza. Ahí ya es traspasar un
límite. El Presidente tiene esa tendencia a apretar a los demás",
sentenció.

Opinó que "eso pone en perspectiva también el discurso en la Asamblea
Legislativa. Dijo: 'Yo desconozco los acuerdos internacionales'".

"Ahora nos enteramos que, entre otros, con el Vaticano tampoco (los
cumple). Yo creía que se aplicaba a los chilenos, que le cortamos el
gas arbitrariamente", deslizó, no sin ironía.

Para el ex candidato presidencial, "hay que ser cuidadosos. La idea
de hacer un decreto unilateral y correr al Vaticano no fue un
mecanismo inteligente. Y, además, después øcómo se sale?. ¿Qué
explicación van a decir por escrito, que el decreto no dice lo que
dice?", agregó.

También habló sobre la provincia de Buenos Aires y la posible
candidatura a senadora de Cristina Fernández de Kirchner.

"El aperitivo que le espera a la señora Cristina Fernández si quiere
competir en la provincia -sostuvo-, es que el Presidente se
comprometió en la campaña electoral a recomponer la participación
histórica de la provincia".

Afirmó, entonces, que "lo que ocurrió en la práctica es que no hizo
nada y, más aún, ha castigado y discriminado brutalmente a la
provincia de Buenos Aires. Santa Cruz se ha convertido en una 'tierra
santa'", concluyó.

#1446 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 2:17 am
Asunto: López Murphy espera que Cristina Kirchner sea candidata
hmclemeur
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Diario Hoy, La Plata - 28 de marzo de 2005 - 16:53 |

En Buenos Aires
López Murphy espera que Cristina Kirchner sea candidata

El líder del partido opositor Recrear se manifestó hoy a favor de que
la primera dama Cristina Fernández de Kirchner sea candidata a
senadora nacional por la provincia de Buenos Aires, para poder
debatir sobre las "promesas incumplidas" del Gobierno nacional.

"En su campaña de 2003 Kirchner prometió devolverle a la provincia de
Buenos Aires su nivel histórico de coparticipación federal. No sólo
no lo hizo, sino que ha castigado y discriminado más a este distrito.
Sería muy bueno debatir este incumplimiento de promesa con la
senadora Kirchner", dijo Ricardo López Murphy.

El titular de Recrear, que se postulará como candidato a senador
nacional por Buenos Aires en las elecciones legislativas de octubre
próximo, ya había asegurado meses atrás que prefería enfrentarse con
Cristina Kirchner y no con la ex primera dama Hilda "Chiche" Duhalde,
para "elevar el nivel del debate".

Aquel argumento motivó en su momento una fuerte reacción de "Chiche"
Duhalde, quien dijo que a López Murphy lo echaron "por inepto" del
Gobierno de Fernando de la Rúa, e ironizó: "Mirá que para que te
echen por inepto del Gobierno de la Alianza".

#1445 De: "Hector" <hgriccardi@...>
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 2:16 am
Asunto: Reforma política
hgriccardi@...
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Estimado Jose Ignacio:

 

Nos alegra que tengas esas inquietudes que compartimos.

El esfuerzo sera muy grande ya que debemos modificar desde habitos culturales a

intereses politicos fuertemente arraigados en nuestra sociedad y por ello necesitamos

que todos pongan  algun granito de arena en este proyecto de conseguir votos para

llevar una numerosa cantidad de legisladores a los Congresos Nacional y Provinciales

y en consecuencia te invitamos a que te sumes a la actividad que como lo mencionas,

"sera imparable" si todos y no unos pocos colaboramos en el empeño.

 

De cualquier manera gracias por participar en el grupo yahoo de RECREAR VL

 

Cordialmente

 

Hector J. Gomez Riccardi

RECREAR V.L.

 

 


From: José Ignacio Machado [mailto:ignacmachado@...]
Sent: Sunday, March 27, 2005 9:49 PM
To: Recrear_Vicente_Lopez@...
Subject: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Reforma política

 

Estimados Hector, Luis y Hugo

 

Coincido con sus comentarios sobre el tema en cuestion, y agradezco que hayan invertido su tiempo en compartirlos conmigo y otros miembros de esta lista de correo.

 

Aprovecho para darles mi vision, de simple simpatizante y observador de la politica a traves de los diarios: me gusto mucho esta presentacion de ideas de RLM, porque creo que es algo diferente a la que escuche en otras oportunidades, en nuestro partido y otros.

 

Me interesa mucho la cuestion de la reforma politica y sigo y apoyo las diferentes posiciones de Recrear que conocia a traves de medios periodisticos (acabo de leer por consejo de Hector en la pagina de Recrear PBA la carta enviada a Sola, que resume todos los puntos: recomiendo su lectura), pero me daba la impresion de que era solo una posicion "corporativa" de Recrear en tanto partido minoritario, al margen de las preocupaciones de la ciudadania. Es decir: resumian solo los temas que preocupaban a Recrear como partido (el cociente, el piso electoral, las internas, etc.) y no profundizaban todo lo que yo deseo las preocupaciones sobre como renovar y mejorar la politica. Sin animo de ofender, me parecia una propuesta mas bien "mezquina",  cuando la sociedad esta pidiendo otras cosas.

 

Esta vez vi un RLM superador, con propuestas abiertas a la sociedad y pensando a futuro. Ojala veamos el mismo espiritu superador en todas las propuestas, el crecimiento de Recrear sera imparable.

 

Un saludos cordial.-

 



Hector <hgriccardi@...> wrote:

Estimado Jose Ignacio:

 

La lista a la que supongo se hace referencia (ex - lista "22" Compromiso, Etica y Accion" que solo

tuvo vigencia hasta el comicio del 6 de Marzo) se adhiere a lo expresado en esta nota porque

RECREAR lo viene proponiendo desde su fundacion y ha organizado encuentros, seminarios y

efectuado presentaciones al Poder Ejecutivo Provincial para impulsar y concretar los cambios que

menciona RLM en este articulo.

 

Asimismo en   http://www.recrearpba.org.ar/   se puede leer la carta fechada 16 de Febrero ppdo.

de RECREAR PBA, dirigida al Gobernador Felipe Sola relacionada tambien con el tema que nos ocupa.

 

Si hubiera algun punto en particular que debiera ser aclarado con mucho gusto lo haremos.

 

Cordialmente

 

Hector J. Gomez Riccardi

RECREAR - VTE. LOPEZ


From: José Ignacio Machado [mailto:ignacmachado@...]
Sent: Wednesday, March 23, 2005 4:23 PM
To: Recrear_Vicente_Lopez@...
Subject: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Reforma política

 

Gracias Hugo. Me gustaria conocer tu opinion, y de los otros miembros de esta lista, sobre esta columna de Ricardo López Murphy y Julio Burdman que nos has enviado.

Un saludo cordial.-



"Hugo M. Clémeur" <hmclemeur@...> wrote:


La Nación - Opinión
Martes 22 de Marzo de 2005

Sacar la reforma política del cajón

Por Ricardo López Murphy y Julio Burdman
Para LA NACION

Cumplidos ya casi dos años de gobierno, el debate sobre la reforma
político-electoral parece estancado en la dirigencia. Esto se explica
por dos motivos: porque el propio gobierno, tras innumerables
movimientos y promesas, no impulsó sus propios proyectos, a pesar de
que varios ministros -Alberto Fernández, Gustavo Beliz y Aníbal
Fernández, sucesivamente- habían en su momento tomado ante la
sociedad la responsabilidad de hacerlo; y porque el justicialismo,
que controla el Congreso Nacional, ha "cajoneado" más de un centenar
de proyectos preparados por legisladores de diversas fuerzas, desde
2002 a la fecha.

Pero nosotros no hemos cambiado al respecto: seguimos considerando la
reforma política un aspecto central de nuestra propuesta. Creemos que
la modernización de los partidos y de las prácticas electorales,
guiada por el ideal de la política representativa, eficaz,
participativa y transparente, será el punto de partida para recuperar
nuestras instituciones democráticas: paso indispensable para volver a
soñar con un país unido en su pluralidad, con un Estado nacional
creíble, con verdaderas metas de desarrollo. Por eso, durante este
año lucharemos en todos los foros de debate para sacar del cajón la
reforma político-electoral.

Hoy, la reforma es una verdadera tarea de reconstrucción, porque en
los últimos años se ha deteriorado el marco institucional de la
actividad política y la crisis de representación y credibilidad se ha
profundizado. Los partidos tradicionales están desmembrados, son poco
más que una "cáscara vacía" -como decía nuestra adversaria en la
provincia-, y por ello se han convertido en un peligro para la
gobernabilidad. Las reglas de juego electorales estables
prácticamente han desaparecido, ya que los presidentes de turno
cambian a su antojo y, según su circunstancial conveniencia, las
fechas y los sistemas para seleccionar candidatos. Las facultades
legislativas de los presidentes han avanzado hasta niveles nunca
antes conocidos. Y un galopante clientelismo, por medio de la
asignación discrecional de subsidios entre punteros y piqueteros ha
transformado el voto universal en una cuestión de aparato, sumisión y
financiamiento vía cajas negras estatales.

Por ello, creemos que el proceso reformista de la política tiene que
ponerse en marcha cuanto antes. También, con una política que todavía
se está reacomodando después de su más profunda crisis, somos
partidarios de una modernización amplia pero gradual y surgida de un
gran consenso nacional. No creemos ni en las soluciones mágicas que
luego fracasan por inaplicables, ni en las reformas unilaterales
realizadas por una mayoría circunstancialmente en el poder que las
diseña para beneficiarse, como sucedió en 1994. Los sistemas
políticos modernos son mecanismos complejos y delicados: tampoco
debemos caer, llevados por el entusiasmo, en el facilismo de querer
convertir nuestro sistema electoral en un objeto de cirugía mayor por
medio de una ley general. Estamos trabajando sobre la base de nueve
reformas que afectan al sistema político nacional, que deberían
debatirse y tratarse sucesivamente en diferentes proyectos de ley.
Además de otras tantas peleas que daremos en provincias y municipios.

Los desafíos inmediatos son dos: fortalecer nuestra democracia
representativa perfeccionando y adecuando sus leyes actuales (el
Código Electoral, y las respectivas leyes de partidos políticos,
internas partidarias, y de financiamiento de partidos y campañas
electorales) y, sobre todo, reformando los instrumentos y los
organismos de aplicación vigente. Con cuatro objetivos primarios en
la mira: recomponer la credibilidad y representatividad de los
partidos y sistemas electorales, lograr reglas de juego
transparentes, limitar los superpoderes presidenciales y eliminar el
clientelismo de nuestra vida política.

Las nueve leyes reformistas que proponemos son las siguientes:

Reafiliación a los partidos políticos. Sin depuración de los
padrones, no será posible mejorar la vida interna de los mismos.
Permitiendo que los afiliados antiguos mantengan su historia política
(confirmando su afiliación original) y eliminando a los "truchos"

Reforma de la "lista sábana". Hay que impedir las grandes listas
divorciadas de la gente. Nuestro proyecto es subdividir a los
distritos que, ahora y en el futuro, superen las veinte bancas en la
Cámara de Diputados. Para la provincia de Buenos Aires, proponemos
aplicar las actuales secciones electorales que se utilizan para
legisladores provinciales en los comicios para el Congreso nacional.
Y en la Capital, crear dos distritos: uno al sur y otro al norte de
la avenida Rivadavia (lo que permitirá representar mejor al Sur, hoy
relegado por los barrios más ricos).

Ley de internas partidarias. Tras el atropello que realizó el
justicialismo en 2002-3, debemos pensar en una nueva ley de amplio
consenso. Nuestra propuesta son los comicios obligatorios y
simultáneos pero restringidos al padrón de afiliados, para no
asfixiar a las nuevas fuerzas políticas. Hoy, abrir las internas sólo
perpetuaría a los grandes aparatos enquistados en el poder: somos
partidarios de las internas abiertas pero dentro de diez años.

Creación de un Organismo Electoral Independiente, y su consiguiente
reforma de la justicia electoral. La Argentina es el único país del
mundo donde las elecciones las organiza el Poder Ejecutivo y las
vigilan jueces federales sin competencia específica. Este sistema
funcionó milagrosamente entre 1983 y 2001, pero desde entonces está
al límite de su capacidad.

Nuestro proyecto es convertir a la actual Dirección Nacional
Electoral del Ministerio del Interior, que organiza el acto electoral
y sus escrutinios, en un organismo independiente (sin perder la
experiencia ganada), que también tenga capacidad de auditar y
detectar en tiempo real las violaciones a la legislación sobre
partidos y financiamiento, y no años después, como sucede ahora. Y
poner bajo jurisdicción de una cámara electoral transformada a los
jueces y fiscales electorales.

Esta reforma que proponemos, una de las más complejas, es clave para
lograr que las leyes se apliquen, que se hagan nuevas reformas y que
el sistema no se siga deteriorando.

Pena de cárcel para el desvío de fondos públicos para campañas
electorales. Este aspecto sigue ausente en nuestra legislación sobre
financiamiento ilegal de campañas, que apunta sólo al sector privado
e ignora la cuestión de las "cajas negras" (la denuncia de Gustavo
Beliz). Nuestro proyecto apunta a la identificación con
responsabilidad personal de los desvíos de fondos, con la
intervención de fiscales electorales.

Unificación de fechas electorales para legisladores nacionales.
Venimos enarbolando este proyecto desde hace tiempo y celebramos
coincidir con el oficialismo en este caso. Pero creemos que hay que
reformar el Código Electoral para fijar fechas fijas y dejar la
convocatoria en manos del presidente, y no de los gobernadores.

Limitación de los decretos de necesidad y urgencia. Nuestra propuesta
apunta a restringir su aplicación y dotar de mayor poder de
contrapeso al Poder Legislativo.

Voto electrónico para cargos nacionales. Independientemente de su
aplicación en elecciones provinciales -que apoyamos activamente-,
proponemos una ley que favorezca su aplicación para elecciones de
presidente y legisladores nacionales. Este sistema abarata costos
para los partidos jóvenes y minoritarios, en desventaja frente a las
grandes estructuras de fiscales de los partidos tradicionales.

Asimismo, además de estos proyectos reformistas en el nivel nacional
que defenderemos desde nuestras bancas, en todos los frentes daremos
batalla por otros temas que también harán a una mayor calidad de la
política federal, provincial y local: por la eliminación de la ley de
lemas en todo el país -la combatiremos en todas las provincias donde
esté vigente-, por la creación de escuelas de funcionarios, vitales
para que existan políticas de Estado, encontrando inspiración en el
Servicio Exterior de la Nación; y por control y transparencia del
gasto en la administración, Congreso y legislaturas, con publicidad
total de resultados financieros de cada una de las dependencias y
despachos en Internet.

Ya hemos presentado en el Congreso nacional seis de estos nueve
proyectos, y dentro de un mes los habremos presentado todos. Nuestro
compromiso con la reforma es absoluto y a las pruebas nos remitimos.
Y no dejaremos de bregar para que el proceso se ponga en marcha.
Creemos, como decíamos, que la reforma debe ser gradual y
consensuada, y por ello hemos preparado proyectos diferentes para
cada una de las áreas que necesitan ser repensadas. El tiempo
transcurrido ya ha demostrado que la coalición oficialista, que
circunstancialmente controla los diversos poderes del gobierno, no
está dispuesta a discutir sobre estos temas, o dejar que se discutan.
Eso no va a impedir que la demanda social por la reforma prospere,
tarde o temprano: si ellos no quieren escucharla, será una tarea
pendiente para nosotros.

Ricardo López Murphy es presidente de Recrear. Julio Burdman
pertenece al Centro de Estudios para la Nueva Mayoría.



http://www.lanacion.com.ar/opinion/nota.asp?nota_id=689448
LA NACION | 22.03.2005 | Página 17 | Opinión




Copyright 2005 SA LA NACION | Todos los derechos reservados







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#1444 De: "Hector" <hgriccardi@...>
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 2:16 am
Asunto: Reforma Politica , anteproyectos de la mesa del diálogo
hgriccardi@...
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Amigos y simpatizantes de RECREAR:

 

Mas sobre reforma politica.

 

Les paso las ultimas novedades procedentes de RECREAR Pcia. de Bs. As.

 

Slds

 

Hector J. Gomez Riccardi

RECREAR V.L.

==========================================================

 


Adjunto al presente encontrarán tres anteproyectos de ley que la mesa
del  Diálogo Político enviara a la Legislatura provincial para su
tratamiento.
Uno de ellos es el cambio del sistema electoral actual por un 
D´Hont  sin piso. Sobre este punto en particular quiero aclararles
cual ha sido nuestra postura. Como sabrán nuestra propuesta  era
modificar el actual sistema Hare de cocientes para hacerlo mas
efectivo – aun mejorando las representación proporcional que ofrece
el D´Hont - .  En las reuniones de trabajo vimos que  las propuestas
de  aplicar el D´Hont era unánime , considerando  el  desastroso
sistema vigente,  optamos no  frenar el  impulso de cambio y sumarnos
a la iniciativa.  Ahora bien , si el proyecto " duerme en  la
legislatura"  , cosa muy probable,  evaluaremos la posibilidad de 
retomar el avance con nuestra propuesta.   Sobre los otros dos
proyectos  "iniciativa popular y consulta popular" no hemos
participado de las comisiones en donde han surgido, por lo que

estamos analizando los mismos.




Proyecto de Iniciativa Popular:

HONORABLE LEGISLATURA:

Someto a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de
Ley tendiente a regular el instituto de Iniciativa Popular previsto
en el
artículo 67 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
La democracia es, como se conoce popularmente, la forma de
gobierno en donde el poder reside en el pueblo, definición que
connota que la
soberanía reside en la ciudadanía. Dicho Estado hace efectivo su
poder a
través de la sanción y ejecución de normas y resoluciones, las cuales
son
producto de los representantes que los ciudadanos de la nación han
escogido
para que ejerzan las funciones de gobierno.
Cuando es el pueblo el que delibera, decide y gobierna
hablamos de democracia directa. Esta forma de democracia solo ha
existido parcialmente en Atenas y en algunos cantones suizos,
imposibilitándose su uso por el crecimiento demográfico de las

ciudades y la dilatación resolutoria que esta metodología decisoria

trae aparejada.
Producto de estos motivos y otros, la forma más utilizada de
democracia es la indirecta o representativa, dónde el poder continúa
residiendo en el pueblo pero este elige representantes para que
gobiernen en nombre de toda la sociedad.
Así es como nuestra constitución establece como forma de
gobierno un régimen democrático y representativo, manifestando la
misma carta que "el pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio

de sus representantes"
(Art. 22). Y coherentemente con ese principio establece en su Art. 37
que "Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos
políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que
se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y
obligatorio".
Nótese que en la forma de gobierno implementada la soberanía
reside en el pueblo, pero que ello no sería más que un eufemismo si
no existiera concreción de dicho principio. Y este principio se vuelve
cierto a partir del sufragio universal e igual, y es a través del mismo y de
sus dos atributos por donde pasa la justicia y legitimidad de la modalidad de
gobierno que nos hemos dado.
Como todos los habitantes son iguales ante la ley y por ende
todos poseen los mismos derechos y las mismas obligaciones, la
representación se vuelve vital para mantener la existencia del tipo de sistema
político otorgado por los constituyentes a esta nación.
Para llegar a la democracia representativa muchas son las
discusiones y batallas que se han dado. A pesar de ello, y habiendo
comprendido la mayoría del género humano, que la democracia
representativa es la forma más viable y legítima de expresión popular, esta ha sufrido
y sufre tensiones entre mandante y mandatario. Por lo tanto, procurando
acercar más el ejercicio del poder al pueblo se han incorporado las formas de
democracia semidirecta.
Considerando que el voto universal es un logro histórico e
irrenunciable y que la única manera de implementarlo es a través de
la democracia indirecta, pujamos porque el pueblo pueda plasmar sus
inquietudes u opiniones a través de estas herramientas y mantenga, así, con la cosa
pública una relación más estrecha, manifestando su voluntad mas
frecuentemente sin que esta esté totalmente remitida a escoger un representante.
La Constitución Nacional ha acogido este criterio reconociendo
es sus Art. 39 la iniciativa popular:"Los ciudadanos tienen el
derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados.
El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce
meses."....
En correspondencia con esta la Constitución Provincial en su
Art. 67 inc. 1 instituye también la misma figura: "Los electores
tienen el derecho de iniciativa para la presentación de proyectos de ley, con
excepción de los referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados y
convenios, presupuesto, recursos, creación de municipios y de órganos
jurisdiccionales"...
La iniciativa popular es un procedimiento de democracia
semidirecta que establecen algunas constituciones por medio del cual
el pueblo está facultado para intervenir en la formación de las leyes.
Creemos que los mecanismos de democracia semidirecta son
indispensables si es que se quiere lograr una auténtica participación
de la ciudadanía en la vida política. Constituyen, además, una forma de
educación y elevación popular ya que el continuo tratamiento de temas específicos
por parte de la ciudadanía estimula en ella la preocupación por conocer
los temas fundamentales para lograr una mayor perfección de la sociedad.
Como consecuencia de lo manifestado y teniendo en cuenta lo
dispuesto por el Art. 211 de la Constitución Provincial, se propone
incorporar a la Ley Orgánica de las Municipalidades un capítulo destinado a
reconocerle los ciudadanos de los distintos municipios las mismas posibilidades
de participación ciudadana que en el ámbito provincial y nacional se
reconocen, y en la forma en que sus respectivos Consejos Deliberantes lo
reglamenten.
A diez años de la reforma Constitucional en la provincia de
Buenos Aires, creemos que la reglamentación del Art.67 es
eminentemente necesaria para brindar a los bonaerenses una participación más
activa, logrando que los preceptos constitucionales se concreten en derechos
con posibilidad de ser ejercidos.
El proyecto manifiesto aquí es fruto del consenso hallado a
través de la Mesa del Diálogo Provincial, la cual es un componente
del Programa Rector para la Reforma Política de la Provincia de Buenos
Aires. El mismo fue creado con el objeto de instrumentar un proceso de
transformación del sistema político provincial orientado a mejorar y transparentar
su funcionamiento.
Los fines de dicho Programa son, entre otros, mejorar la
calidad de las Instituciones, contribuir a reducir la brecha de
representatividad entre ciudadanos y representantes, la obtención de
un mayor control ciudadano, y la promoción de la participación ciudadana.
Establece el Decreto N° 1786 de creación del Programa
Rector para la Reforma Política que "las actividades que se realicen
durante su desarrollo garantizarán una participación amplia, efectiva,
crítica, creativa y respetuosa de las opiniones ajenas por parte del conjunto
del pueblo, de modo que se reflejen fielmente las concepciones en las que
hay concordancia, así como también los diferentes puntos de vista,
respecto a la reforma política que permitan por un lado, consolidar la democracia;
y por otro instrumentar un proceso de transformación del sistema político
provincial orientado a mejorar y transparentar su funcionamiento".
Así es que producto del consentimiento de los representantes de los
partidos políticos de la provincia reunidos en este ámbito y por las razones
expuestas solicitan la sanción del presente proyecto de Ley.

Dios Guarde de Vuestra Honorabilidad


LA PLATA,

EL HONORABLE SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONAN CON FUERZA DE,

L E Y

INICIATIVA POPULAR
Título I
Objeto y Finalidad

Artículo 1: Establécese el régimen que regula al instituto de
Iniciativa
Popular previsto en el artículo 67 de la Constitución de la Provincia
de
Buenos Aires.

Capítulo I

Del instituto de la Iniciativa Popular

Artículo 2: La Iniciativa Popular es el instituto por el cual los
electores presentan al Poder Legislativo proyectos de ley, con excepción de los
referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados y
convenios,presupuesto, recursos, creación y/o supresión de municipios y de
órganos jurisdiccionales.

Título II
De la Iniciativa Popular

Artículo 3: Los electores de la Provincia de Buenos Aires, que se
encuentren habilitados para sufragar, podrán ejercer el derecho de Iniciativa
Popular para presentar proyectos de Ley ante cualquiera de las Cámaras de la
Legislatura Provincial.

Artículo 4: La Iniciativa Popular requerirá la firma de un número de
ciudadanos no inferior al 1,5 % (uno y medio por ciento) del total
del Padrón electoral utilizado en la elección inmediatamente anterior realizada
en la Provincia.
Cuando la materia de la Iniciativa Popular sea de alcance regional,
el requisito del porcentual se cumplirá considerando únicamente la lista
de electores del total de los distritos electorales que componen dicha
región, sin tener en cuenta la cantidad de distritos que prevé el párrafo
anterior.

Artículo 5: La Iniciativa Popular deberá presentarse por escrito y
contendrá:
a) La petición redactada en forma de proyecto de ley y en términos
claros;
b) Una exposición de motivos fundada;
c) Un escrito de presentación en dónde conste la elección de la
Cámara de origen; el plazo para la recolección de firmas, el que no deberá ser
mayor a doce (12) meses; nombre, apellido, número y tipo de documento, y
domicilio real del o los promotores de la iniciativa (los cuáles no podrán se
menos de tres); descripción de los gastos y origen de los recursos que se
ocasionen previo a presentar el proyecto de Iniciativa Popular.
d) Las planillas para la recolección de firmas serán bajo declaración
jurada. Las mismas deberán contener casilleros para la firma, la
aclaración del nombre, apellido, número y tipo de documento y domicilio real.
Toda planilla de recolección de firmas deberá contener un resumen impreso
del proyecto de ley presentado y la mención del o los promotores de la
iniciativa.
e) Estudio de la viabilidad económica del proyecto;

Artículo 6: La propuesta de convocatoria de adherentes a una
Iniciativa Popular deberá ser presentada ante la Junta Electoral de

la Provincia de Buenos Aires, por no menos de 3 (tres) electores que reúnan las
condiciones requeridas por el artículo 3; y la presentación deberá contener los
requisitos previstos por el artículo 5 de la presente Ley.
Las firmas de los promotores en el escrito de presentación
estarán certificadas por ante funcionario judicial o escribano
público.

Artículo 7: La Junta Electoral deberá expedirse sobre el cumplimiento
de los requisitos fijados en los artículos precedentes dentro de los diez
(10) días corridos posteriores a la presentación de la propuesta de
convocatoria de adherentes. Cumplidos los requisitos, la Junta dictará una resolución
oficializando la Iniciativa Popular, y designando los lugares en los
distintos partidos en que se lleve a cabo la recepción de adhesiones en los
cuáles los funcionarios de la misma certificarán las firmas. La Junta Electoral
podrá habilitar a otros funcionarios públicos a tales efectos, lo cuál
deberá hacerse saber en la misma resolución.

Artículo 8: La Junta Electoral, dentro de los veinte (20) días
corridos posteriores a la oficialización, deberá notificar al Poder Ejecutivo
y las Presidencias de ambas Cámaras del Poder Legislativo de la Provincia,
la puesta en marcha de la recepción de adhesiones a la Iniciativa Popular, y lo
dará a publicidad para conocimiento de la ciudadanía.

Artículo 9: Cumplido el plazo establecido para la recolección de las
firmas, las mismas deberán presentarse por el o los promotores, dentro de los
cinco (5) días siguientes ante la Junta Electoral, la que verificará por
los medios que considere adecuados la autenticidad de las firmas en un plazo no
mayor a los 20 (veinte) días hábiles, prorrogables por resolución fundada del
Tribunal con competencia electoral.

Cuando dicha verificación sea realizada mediante muestreo, el tamaño
del mismo no puede ser inferior al 0,5 % (cero coma cinco por ciento) de las
firmas presentadas. En caso de impugnación de firma, acreditada la falsedad,
se desestimará la misma del cómputo de firmas para el proyecto de
Iniciativa Popular. Sin perjuicio de las demás acciones penales a que diere
lugar, la planilla de adhesiones es documento público. En caso de verificarse
que el 5 % (cinco por ciento) o más de las firmas presentadas sean falsas, se
desestimará el proyecto de Iniciativa Popular.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, podrán
certificar la autenticidad de las firmas todos los autorizados por la normativa
electoral vigente en la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 10: La Iniciativa Popular deberá ser presentada ante la Mesa
de Entradas de la Cámara propuesta por los promotores como originaria.
En caso de no haberse efectuado la opción, la Junta Electoral determinará por
sorteo la Cámara de origen. La Comisión que le dé tratamiento, en un plazo de
20 (veinte) días hábiles deberá dictaminar sobre la admisibilidad formal
de la iniciativa, debiendo intimar a los promotores a subsanar los defectos
formales en los que se hubiese incurrido. Cumplido el dictamen, el proyecto de
ley continuará con el trámite previsto por el reglamento de la
Legislatura provincial.

Artículo 11: El rechazo del proyecto de Iniciativa Popular, no
admitirá recurso alguno.

Artículo 12: La Legislatura deberá sancionar o rechazar todo proyecto
de Ley de Iniciativa Popular dentro del plazo de 12 (doce) meses.

Habiendo transcurrido el plazo de 11 (once) meses de estado
parlamentario sin que el proyecto tenga despacho de comisión, el Presidente debe
incluirlo en el orden del día de la sesión ordinaria siguiente.

Artículo 13: Reuniendo el proyecto de ley de Iniciativa Popular la
firma de más del 15 % (quince por ciento) del electorado y habiendo
transcurrido 12 (doce) meses sin que la Legislatura haya tratado el proyecto, el
Poder Ejecutivo deberá por Decreto convocar a Consulta Popular.

Artículo 14: Queda prohibido aceptar o recibir para el financiamiento
de todo proyecto de ley que se impulse mediante la Iniciativa Popular:

a) Aportes privados anónimos, con excepción de lo producido por
colectas populares para las que la contribución máxima autorizada será de
pesos cincuenta ($ 50) por persona.
b) Aportes de entidades autárquicas o descentralizadas nacionales o
provinciales; sociedades anónimas con participación estatal; empresas
concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación, provincias
y/o municipios.
c) Aportes de personas físicas o jurídicas que exploten juegos de
azar.
d) Aportes de gobiernos o entidades extranjeras con fines de lucro.
e) Contribuciones o donaciones de asociaciones sindicales,
patronales, profesionales, o cámaras empresariales.
f) Aportes de iglesias o entidades vinculadas a diferentes cultos.
g) Contribuciones superiores a pesos treinta mil pesos ($ 30.000).


Artículo 15: Incorporase como Capítulo XVI de la Ley Orgánica de las
Municipalidades -Decreto-Ley 6769/58- el siguiente:

CAPÍTULO XVI
DE LAS FORMAS DE DEMOCRACIA SEMI-DIRECTA

Artículo 287: Se reconoce como instituto de democracia semidirecta en
el ámbito de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, de
conformidad con
lo dispuesto en los artículos 67° y 211° de la Constitución
Provincial, el derecho de Iniciativa Popular.

Artículo 288: Los electores que se encuentren inscriptos en el padrón
electoral del distrito y los que se encuentran inscriptos en el
padrón de extranjeros, a la fecha de la presentación que se trate, podrán
ejercer el derecho de Iniciativa Popular para la presentación de proyectos de
Ordenanza ante el Departamento Deliberativo.

Artículo 289: La Iniciativa Popular requerirá la firma de un número
de ciudadanos no inferior al 1,5 % (uno y medio por ciento) del total
del Padrón electoral utilizado en la elección inmediatamente anterior realizada
en el distrito para cargos municipales.

Artículo 290: La Iniciativa Popular deberá presentarse por escrito y
contendrá:

a) La petición redactada en forma de proyecto de Ordenanza y en
términos claros;
b) Una exposición de motivos fundada;
c) Un escrito de presentación en dónde conste el plazo para la
recolección de firmas, el que no deberá ser mayor a doce (12) meses;
nombre, apellido, número y tipo de documento, y domicilio real del o los
promotores de la iniciativa (los cuáles no podrán se menos de tres); descripción de
los gastos y origen de los recursos que se ocasionen previo a presentar
el proyecto de Iniciativa Popular.
d) Las planillas para la recolección de firmas serán bajo declaración
jurada. Las mismas deberán contener casilleros para la firma, la
aclaración del nombre, apellido, número y tipo de documento y domicilio real.
Toda planilla de recolección de firmas deberá contener un resumen impreso
del proyecto de Ordenanza presentado y la mención del o los promotores de
la iniciativa.
e) Estudio de la viabilidad económica del proyecto;

Artículo 291: La propuesta de convocatoria de adherentes a una
Iniciativa Popular deberá ser presentada ante la Junta Electoral de la Provincia
de Buenos Aires, por no menos de 3 (tres) electores que reúnan las
condiciones requeridas por el artículo 288; y la presentación deberá contener los
requisitos previstos por el artículo 290 de la presente Ley.
Las firmas de los promotores en el escrito de presentación estarán
certificadas por ante funcionario judicial o escribano público.

Artículo 292: La Junta Electoral deberá expedirse sobre el
cumplimiento de los requisitos fijados en los artículos precedentes

dentro de los diez (10) días corridos posteriores a la presentación de

la propuesta de convocatoria de adherentes. Cumplidos los requisitos,

la Junta dictará una resolución oficializando la Iniciativa Popular, y

designando los lugares, dentro del partido, en los que se lleve a cabo

la recepción de adhesiones en los cuáles los funcionarios de la misma

certificarán las firmas. La Junta Electoral podrá habilitar a otros

funcionarios públicos a tales efectos, lo cuál deberá
hacerse saber en la misma resolución.

Artículo 293: La Junta Electoral, dentro de los veinte (20) días
corridos posteriores a la oficialización, deberá notificar al Departamento
Ejecutivo y Deliberativo de la municipalidad del partido donde se ha propuesto la
Iniciativa Popular, al Poder Ejecutivo y las Presidencias de ambas
Cámaras del Poder Legislativo de la Provincia, la puesta en marcha de la
recepción de adhesiones, y lo dará a publicidad para conocimiento de la ciudadanía.

Artículo 294: Cumplido el plazo establecido para la recolección de
las firmas, las mismas deberán presentarse por el o los promotores, dentro de los
cinco (5) días siguientes ante la Junta Electoral, la que verificará por
los medios que considere adecuados la autenticidad de las firmas en un plazo no
mayor a los 20 (veinte) días hábiles, prorrogables por resolución fundada del
Tribunal con competencia electoral.

Cuando dicha verificación sea realizada mediante muestreo, el tamaño
del mismo no puede ser inferior al 0,5 % (cero coma cinco por ciento) de las
firmas presentadas. En caso de impugnación de firma, acreditada la falsedad,
se desestimará la misma del cómputo de firmas para el proyecto de
Iniciativa Popular. Sin perjuicio de las demás acciones penales a que diere
lugar, la planilla de adhesiones es documento público. En caso de verificarse
que el 5 % (cinco por ciento) o más de las firmas presentadas sean falsas, se
desestimará el proyecto de Iniciativa Popular.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, podrán
certificar la autenticidad de las firmas todos los autorizados por la normativa
electoral vigente en la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 295: Alcanzado el porcentaje exigido, la Junta Electoral así
lo declarará y remitirá la Iniciativa Popular al Concejo Deliberante,
notificando al Departamento Ejecutivo. En caso de que no alcanzare el porcentaje,
la Junta Electoral dictará resolución declarando inválida la iniciativa
impulsada, notificando a las autoridades municipales. En ambos casos se
notificará al Poder Ejecutivo y a ambas Cámaras Legislativas de la Provincia.

Artículo 296: El rechazo del proyecto de Iniciativa Popular, no
admitirá recurso alguno.

Artículo 297: El proyecto de Ordenanza deberá tener ingreso por el
Departamento Deliberativo, debiéndosele dar expreso tratamiento
dentro del término de 12 (doce) meses a partir de su presentación. Ingresado el
proyecto, el mismo tramitará de conformidad al procedimiento establecido en
cada Distrito para la sanción de las Ordenanzas.
Quedan excluidos de este sistema los proyectos de Ordenanzas
referidos a la aprobación de convenios, cuestiones presupuestarias y recursos.

Artículo 298: Reuniendo el proyecto de ley de Iniciativa Popular la
firma de más del 15 % (quince por ciento) del electorado y habiendo
transcurrido 12 (doce) meses sin que el Departamento Deliberativo haya tratado el
proyecto, el Departamento Ejecutivo deberá por Decreto convocar a Consulta Popular.

Artículo 299: Queda prohibido aceptar o recibir para el
financiamiento de todo proyecto de Ordenanza que se impulse mediante la

Iniciativa Popular:

h) Aportes privados anónimos, con excepción de lo producido por
colectas populares para las que la contribución máxima autorizada será de
pesos cincuenta ($ 50) por persona.
i) Aportes de entidades autárquicas o descentralizadas nacionales o
provinciales; sociedades anónimas con participación estatal; empresas
concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación, provincias
y/o municipios.
j) Aportes de personas físicas o jurídicas que exploten juegos de
azar.
k) Aportes de gobiernos o entidades extranjeras con fines de lucro.
l) Contribuciones o donaciones de asociaciones sindicales,
patronales,profesionales, o cámaras empresariales.
m) Aportes de iglesias o entidades vinculadas a diferentes cultos.
n) Contribuciones superiores a pesos treinta mil pesos ($ 30.000).

Proyecto de Consulta Popular:


HONORABLE LEGISLATURA

Someto a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley
tendiente a regular el derecho a la consulta popular, previsto en el
Art. 67 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires.
Esta institución es aquella mediante la cual se realiza una pregunta
de carácter general sobre un asunto de trascendencia provincial y/o
local, que el gobernador o intendente, según el caso, somete a consideración del
pueblo para que este se pronuncie formalmente al respecto.
Usualmente para designar el proceso de consulta popular se
utiliza las palabras referéndum o plebiscito. Respecto de ambos se
puede decir que pertenecen a los llamados procedimientos de democracia directa
que son las disposiciones constitucionales y legales que otorgan a la ciudadanía
la facultad de participar en la toma de decisiones públicas colectivas
al margen de los órganos de gobierno o en colaboración con ellos, según el
caso. Estos mecanismos también son denominados formas de democracia semidirecta.
Plebiscito proviene del latín plebiscitum término con el que
se denominaba la ley que la plebe establecía en la antigua Roma a
propuesta de su Tribuno. Actualmente con este concepto se alude al procedimiento
de convocar al cuerpo electoral para que ratifique o rectifique una
decisión política.
El referéndum, por su parte, es en pronunciamiento del cuerpo
electoral sobre un texto legislativo, o sobre cualquier aspecto que
se refiera a la normatividad jurídica. Los tipos de referéndum empleados en la
experiencia internacional son: a) el referéndum consultivo, cuyo
resultado es,tomado como una simple encuesta de opinión, que puede o no tener
consecuencias jurídicas y que se diferencia del plebiscito por la materia o el
contenido;

 b) el referéndum obligatorio, requerido para implementar una ley o una
reforma constitucional; y

c) el referéndum vinculante, cuya convocatoria no es
obligatoria pero cuyos resultados tienen efectos jurídicos.
Sabido es que la democracia directa es imposible en la práctica por
ello la democracia representativa, es hoy, la base fundamental de
nuestrademocracia. Sin embargo a partir de fuertes críticas que fueran
desarrolladas
se incorporaron en las reformas constitucionales tanto, de la Nación
como de la provincia de Buenos Aires, las instituciones de democracia
semidirecta que de alguna manera han permitido oxigenarla.

Así, la Constitución Nacional reconoce la consulta popular es su Art.
40 estableciendo lo siguiente:
"El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a
consultapopular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser
vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá
en ley y su promulgación será automática.
El Congreso o el Presidente de la Nación, dentro de sus respectivas
competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En
este caso el voto no será obligatorio.
El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de
los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y
oportunidad de la consulta popular".

Como antecedente nacional se puede mencionar el decreto 2274/84, en
virtud del cual se convocó a nuestra ciudadanía a consulta no
vinculante, acerca del conflicto con Chile en la zona del canal de Beagle.

Por su parte, la Carta Magna Provincial acoge el principio de
consulta popular en su Art. 67 incs. 2, 3, y 4:
"2. Todo asunto de especial trascendencia para la Provincia, podrá
ser sometido a consulta popular por la Legislatura o por el Poder
Ejecutivo, dentro de las respectivas competencias. La consulta podrá ser
obligatoria y vinculante por el voto de la mayoría absoluta del total de los
miembros de cada Cámara.
3. Todo proyecto de ley podrá ser sometido a consulta popular, para
su ratificación o rechazo, por el voto de la mayoría absoluta del total
de los miembros de cada Cámara. Ratificado el proyecto se promulgara como
ley en forma automática.
4. La ley reglamentaria establecerá las condiciones, requisitos,
materias y procedimientos que regirán para las diferentes formas de consulta
popular. "

Como expresamos supra, la democracia representativa es la base
fundamental de la democracia contemporánea pero, sin dejar ésta de
lado se le añaden a la misma nuevas instituciones, como es la consulta popular,
que la perfecciona y la trasforma en una democracia más plena, mas
participativa.
Así, la participación ciudadana representa la posibilidad de corregir
los desequilibrios de la representación política y social.

Considerando que la democracia participativa es una fase superior de
la democracia representativa en la evolución de la democracia creemos
que a través de la consulta popular los ciudadanos pueden expresarse
convirtiéndose así en agentes políticos directos, al margen, pero junto a la acción
política de los partidos políticos. La participación es en una democracia la
pieza fundamental y la representación no ha opacado en la misma tal
característica, puesto que el régimen es participativo en su origen, esto es, al
momento del sufragio.
Allí donde hayan de tomarse decisiones que afecten a la colectividad,
la participación ciudadana se convierte en el mejor y más legítimo
método para hacerlo, garantizando el autogobierno colectivo y, por ende,
aumentando la gobernabilidad.
La participación es un valor clave de la democracia. Y esa posición
se legitima en relación con tres conjuntos de efectos positivos.
Primero, la participación crea hábitos interactivos y esferas de deliberación
pública que resultan claves para la consecución de individuos autónomos. Segundo,
la participación hace que la gente se haga cargo, democrática y
colectivamente, de decisiones y actividades sobre las cuales es importante ejercer un
control dirigido al logro del autogobierno y al establecimiento de
estabilidad y gobernabilidad. Tercero, la participación tiende, igualmente, a crear
una sociedad civil con fuertes y arraigados lazos comunitarios creadores
de identidad colectiva, esto es, generadores de una forma de vida
específica construida alrededor de categorías como bien común y pluralidad.
Para que los principios de democracia e igualdad no sean solo
declaraciones formales y porque creemos que la democracia debe ser sustancial es
necesario incorporar formas de democracia semidirectas ante los avatares
sufridos por la democracia representativa. En ese sentido, el Gobierno de la
provincia de Buenos Aires sancionó el Decreto n° 1786 en el que estableció la
creación del Consejo de Reforma Política de la provincia de Buenos Aires y el
Programa Rector para la Reforma Política.
El Programa Rector se instituyó con el objeto de instrumentar un
proceso de transformación del sistema político provincial orientado a mejorar y
transparentar su funcionamiento.
El primer componente que contempla el Programa Rector para la Reforma
Políticapara su implementación es el de la creación de la "Mesa del Diálogo
para la Reforma Política de la Provincia de Buenos Aires" que tiene por
objeto facilitar canales de participación y deliberación a todos los actores
de la sociedad en el territorio de la Provincia, como así también, generar
mecanismos efectivos de diálogo entre los actores políticos, sociales
y los partidos políticos que permitan la construcción de consensos en torno
a las metas y alcances de la reforma, posibilitando que toda la ciudadanía
conozca las características del proceso y tome conocimiento de sus contenidos
específicos.
El proyecto manifiesto aquí es fruto del consenso hallado a través de
la Mesa del Diálogo Provincial, la cual posibilitó la puesta en práctica de
las virtudes más loables de una democracia como son la discusión, la
deliberación y la tolerancia a la diversidad de opinión.
Es así que producto del consentimiento de los representantes de los
partidos políticos de la Provincia reunidos en este ámbito y por las razones
expuestas solicitan la sanción del presente proyecto de Ley.

Dios guarde de vuestra honorabilidad.

LA PLATA,

EL HONORABLE SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONAN CON FUERZA DE,


L E Y

CONSULTA POPULAR

Título I
Objeto y Finalidad

Artículo 1: Establécese el régimen que regula al Instituto de
Consulta Popular
previsto en el artículo 67 de la Constitución de la Provincia de
Buenos Aires.

Capítulo I

Del instituto de la Consulta Popular

Artículo 2: La Consulta Popular es el instituto por el cual el Poder
Legislativo o el Poder Ejecutivo, requieren la opinión del electorado
sobre decisiones de sus respectivas competencias. El voto puede ser
obligatorio o no y el resultado vinculante o no.

Título II
De la Consulta Popular

Artículo 3: La convocatoria a Consulta Popular deberá contener:
a) la decisión puesta a consideración del electorado;
b) la pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera
afirmativa;
c) la fecha en la que se realizará la Consulta Popular;
d) el carácter de obligatorio o no del voto y -por ende- de
vinculante o no del resultado.

Capítulo I
De la Consulta Popular vinculante

Artículo 4: La convocatoria a Consulta Popular vinculante deberá
tratarse en una sesión especial de la Legislatura y ser aprobada con el voto de
la mayoría absoluta del total de los miembros de cada Cámara.

Artículo 5: El Poder Ejecutivo si desea darle carácter de obligatoria
y vinculante a su consulta deberá remitirla a cualquiera de las Cámaras
para que la Legislatura le de tratamiento y proceda a su aprobación, para la
que se requerirá la mayoría expresada en el artículo anterior. En el caso
que fuera aprobada por mayoría simple, el Poder Ejecutivo podrá realizar la
misma con el carácter de no obligatoria ni vinculante.

Artículo 6: El proyecto de Consulta Popular al que se le haya
otorgado carácter de obligatorio y vinculante, que fuese aprobado por simple
mayoría, sin reunir las mayorías aludidas en el artículo cuarto, producirá
efectos como consulta no obligatoria ni vinculante. En este caso y de acuerdo con
la votación realizada en la Cámara que corresponda se procederá a la
adecuación pertinente al discutirse el proyecto.

Artículo 7: La Consulta Popular que se tramite ante la Legislatura
Provincial, una vez aprobada por la Cámara de origen pasará a la otra para su
tratamiento, y si esta también lo aprueba, se considerará promulgada
automáticamente y sepublicará por el Presidente de la última Cámara que lo hubiese
aprobado.
La Consulta Popular se regirá subsidiariamente por las disposiciones
pertinentes para la formación de las leyes.

Artículo 8: Cumplido el trámite en la Legislatura Provincial se
comunicará al Poder Ejecutivo con la aclaración de si reúne o no el carácter de
obligatoria y vinculante, quien deberá convocar al electorado de la Provincia
para que se expida sobre la consulta.

Artículo 9: En todo asunto o proyecto de ley sometido a Consulta
Popular vinculante, el voto del electorado será obligatorio conforme a la
normativa electoral vigente.

Artículo 10: Toda Consulta Popular vinculante será válida y eficaz
cuando los votos emitidos superen el 50 % (cincuenta por ciento) del total de
votos válidos emitidos en la elección inmediatamente anterior realizada en
la provincia. A estos efectos serán tenidos en cuenta los votos en
blanco.

Artículo 11: Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga la
mayoría de los votos afirmativos, se convertirá automáticamente en Ley, la que
deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires
dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la proclamación del resultado
del comicio por la autoridad electoral.
Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga un resultado negativo,
no podrá ser reiterada sino después de haber transcurrido un lapso de 2 (dos)
años desde la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la
consulta durante el mismo lapso.

Artículo 12: El Poder Legislativo mediante una ley especial podrá
someter a Consulta Popular vinculante todo proyecto de ley para su

ratificación o rechazo por el voto de la mayoría absoluta del total de los miembros
de cada Cámara.

Artículo 13: No podrán ser materia de Consulta Popular vinculante los
proyectos referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados
o convenios, presupuesto, creación y/o supresión de municipios y
órganos jurisdiccionales.

Artículo 14: Ratificado el proyecto se promulgará en forma automática
y su publicación deberá ordenarse por el Presidente de la Cámara que
hubiese prestado sanción definitiva a la ley especial de consulta. Se
consideraráratificado el proyecto cuando se cumplan los requisitos establecidos
en el artículo 10 de la presente. En caso de que el mismo no sea ratificado
no podrá ser tratado nuevamente por la Legislatura dentro de un lapso de 2
(dos) años desde la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la
consulta durante el mismo lapso.

Artículo 15: El tratamiento de todo proyecto de ley especial sobre
Consulta Popular vinculante se regirá por las disposiciones de los artículos
8, 9, 10 y 11 de la presente.


Capítulo II
De la Consulta Popular no vinculante

Artículo 16: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto y/o proyecto de ley de interés general para la Provincia, mediante la
decisión de cualquiera de las Cámaras, la cual deberá ser aprobada
por el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes en ella. En
este tipo de Consulta, el voto del electorado no será obligatorio.

Artículo 17: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto de especial trascendencia para la Provincia, mediante decreto
decidido en acuerdo general de Ministros del Poder Ejecutivo provincial y
refrendado por todos ellos. En este tipo de Consulta, el voto del electorado no será
obligatorio.

Artículo 18: Cuando un proyecto de Ley sometido a Consulta Popular no
vinculante, obtenga el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los
votos válidos emitidos, deberá ser tratado por la Legislatura provincial,
quedando automáticamente incorporado al plan de labor parlamentaria de la
Cámara de Diputados de la sesión siguiente a la fecha de proclamación del
resultado del comicio por la autoridad electoral.


Capítulo III
De las disposiciones comunes

Artículo 19: La Ley o el decreto de convocatoria a Consulta Popular
deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires,
en aquellos medios que garanticen su difusión en la Provincia.

Dictada la convocatoria, todos los puntos sometidos a Consulta
Popular deberán difundirse en forma clara y objetiva.

Artículo 20: Los partidos políticos reconocidos, estarán facultados
para realizar campañas de propaganda exponiendo su posición con relación
al asunto de la Consulta, conforme a las normas que regulan la materia.
Asimismo, los partidos políticos podrán designar Fiscales que participen del acto
eleccionario, para lo cual deberán atenerse a las previsiones de la
Ley 5.109 y sus modificatorias.

Artículo 21: La Consulta Popular deberá realizarse dentro de un plazo
no
inferior a 60 (sesenta) días y no superior a 120 (ciento veinte) días
corridos
desde la fecha de publicación de la Ley o decreto de convocatoria en
el
Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 22: Serán de aplicación supletoria a las consultas
convocadas
conforme los procedimientos establecidos en esta Ley, la normativa
electoral
vigente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en tanto no se
oponga a
la presente.

El Tribunal con competencia electoral de la Provincia de Buenos Aires
intervendrá en todo lo relativo al comicio.

Artículo 23: Incorporase como Capítulo XVI de la Ley Orgánica de las
Municipalidades -Decreto-Ley 6769/58- el siguiente:

CAPÍTULO XVI
DE LAS FORMAS DE DEMOCRACIA SEMI-DIRECTA

Artículo 300: Se reconoce como instituto de democracia semidirecta en
el
ámbito de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, de
conformidad con
lo dispuesto en los artículos 67° y 211° de la Constitución
Provincial, el
derecho de Consulta Popular.

Artículo 301: Dentro de sus respectivas competencias, el Departamento
Ejecutivo y el Departamento Deliberativo, podrán someter a Consulta
Popular
todo asunto que se considere de trascendencia para el Municipio.

Artículo 302: La convocatoria a Consulta Popular deberá contener:
e) la decisión puesta a consideración del electorado;
f) la pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera
afirmativa;
g) la fecha en la que se realizará la Consulta Popular;
h) el carácter de obligatorio o no del voto y -por ende- de
vinculante o
no del resultado.

De la Consulta Popular vinculante

Artículo 303: La convocatoria a Consulta Popular vinculante deberá
tratarse en
una sesión especial del Concejo Deliberante y ser aprobada con el
voto de la
mayoría absoluta del total de los miembros integrantes del mismo.

Artículo 304: El Departamento Ejecutivo si desea darle carácter de
obligatoria
y vinculante a su consulta deberá remitirla al Concejo Deliberante
para que
éste le de tratamiento y proceda a su aprobación, para la que se
requerirá la
mayoría expresada en el artículo anterior. En el caso que fuera
aprobada por
mayoría simple, el Departamento Ejecutivo podrá realizar la misma con
el
carácter de no obligatoria ni vinculante.

Artículo 305: El proyecto de Consulta Popular al que se le haya
otorgado
carácter de obligatorio y vinculante, que fuese aprobado por simple
mayoría,
sin reunir las mayorías aludidas en el artículo 303, producirá
efectos como
consulta no obligatoria ni vinculante. En este caso y de acuerdo con
la
votación realizada en el Concejo Deliberante se procederá a la
adecuación
pertinente al discutirse el proyecto.

Artículo 306: Cumplido el trámite en el Concejo Deliberante se
comunicará al
Departamento Ejecutivo con la aclaración de si reúne o no el carácter
de
obligatoria y vinculante, quien deberá convocar al electorado del
distrito
para que se expida sobre la consulta.

Artículo 307: En todo asunto o proyecto de Ordenanza sometido a
Consulta
Popular vinculante, el voto del electorado será obligatorio conforme
a la
normativa electoral vigente.

Artículo 308: Toda Consulta Popular vinculante será válida y eficaz
cuando los
votos emitidos superen el 50 % (cincuenta por ciento) del total de
votos
válidos emitidos en la elección inmediatamente anterior realizada en
el
distrito. A estos efectos serán tenidos en cuenta los votos en blanco.

Artículo 309: Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga la
mayoría de los
votos afirmativos, se convertirá automáticamente en Ordenanza, la que
deberá
ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires
dentro de
los 10 (diez) días hábiles posteriores a la proclamación del
resultado del
comicio por la autoridad electoral.
Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga un resultado negativo,
no podrá
ser reiterada sino después de haber transcurrido un lapso de 2 (dos)
años
desde la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la
consulta
durante el mismo lapso.

Artículo 310: El Departamento Deliberativo mediante una Ordenanza
especial
podrá someter a Consulta Popular vinculante todo proyecto de
Ordenanza para su
ratificación o rechazo por el voto de la mayoría absoluta del total
de los
miembros integrantes del Concejo Deliberante.

Artículo 311: No podrán ser materia de Consulta Popular vinculante
los
proyectos de Ordenanza referidos a la aprobación de convenios,
cuestiones
presupuestarias, recursos y los originados mediante Iniciativa
Popular.

Artículo 312: Ratificado el proyecto se promulgará en forma
automática y se
publicará por el Presidente del Concejo Deliberante. Se considerará
ratificado
el proyecto cuando se cumplan los requisitos establecidos en el
artículo 308
de la presente. En caso de que el mismo no sea ratificado no podrá
ser tratado
nuevamente por el Concejo Deliberante dentro de un lapso de 2 (dos)
años desde
la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la consulta
durante el
mismo lapso.

Artículo 313: El tratamiento de todo proyecto de Ordenanza especial
sobre
Consulta Popular vinculante se regirá por las disposiciones de los
artículos,
306, 307, 308 y 309 de la presente.

De la Consulta Popular no vinculante

Artículo 314: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto
y/o proyecto de Ordenanza de interés general para el Municipio,
mediante la
decisión del Concejo Deliberante, la cual deberá ser aprobada por el
voto de
la mayoría absoluta de los miembros presentes en ella. En este tipo
de
Consulta, el voto del electorado no será obligatorio.

Artículo 315: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto
de especial trascendencia para el Municipio, mediante Decreto del
Departamento
Ejecutivo. En este tipo de Consulta, el voto del electorado no será
obligatorio.

Artículo 316: Cuando un proyecto de Ordenanza sometido a Consulta
Popular no
vinculante, obtenga el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los
votos
válidos emitidos, deberá ser tratado por el Concejo Deliberante.

De las disposiciones comunes

Artículo 317: La Ordenanza o el Decreto de convocatoria a Consulta
Popular
deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de
Buenos Aires y
en aquellos medios que garanticen su difusión en el Municipio.

Dictada la convocatoria, todos los puntos sometidos a Consulta
Popular deberán
difundirse en forma clara y objetiva.

Artículo 318: Los partidos políticos reconocidos, estarán facultados
para
realizar campañas de propaganda exponiendo su posición con relación
al asunto
de la Consulta, conforme a las normas que regulan la materia.
Asimismo, los
partidos políticos podrán designar Fiscales que participen del acto
eleccionario, para lo cual deberán atenerse a las previsiones de la
Ley 5.109
y sus modificatorias.

Artículo 319: La Consulta Popular deberá realizarse dentro de un
plazo no
inferior a 60 (sesenta) días y no superior a 120 (ciento veinte) días
corridos
desde la fecha de publicación de la Ordenanza o Decreto de
convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 320: Serán de aplicación a las consultas convocadas conforme
los
procedimientos establecidos en esta Ley, la normativa electoral
vigente en el
ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en tanto no se oponga a la
presente.

El Tribunal con competencia electoral de la Provincia de Buenos Aires
intervendrá en todo lo relativo al comicio.


Proyecto de Ley Sistema Electoral

HONORABLE LEGISLATURA:

Someto a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto
de Ley tendiente a modificar la fórmula electoral utilizada en la
Provincia
de Buenos Aires, plasmada en los artículos 109 y 110 de su
correspondiente
Ley Electoral Nº 5109 y la sustitución de la misma por el método
D´Hondt.
Este proyecto de ley no pretende poner en discusión el sistema
electoral
vigente en la Provincia El concepto de sistema electoral hace
referencia a
distintos métodos usados para elegir autoridades Ejecutivas y
legislativas en
los países donde se aplica el régimen democrático representativo.
El criterio que mejor define a qué tipo básico pertenece tal o cual
sistema electoral es fundamentalmente el principio de representación
al cual
aspira (principio mayoritario y/o principio de proporcionalidad).
El principio acogido por la constitución provincial en el art. 60 es
el de la
proporcionalidad. : "La proporcionalidad de la representación será la
regla en
todas las elecciones populares para integrar cuerpos colegiados, a
fin de dar
a cada opinión un número de representantes proporcional al número de
sus
adherentes, según el sistema que para la aplicación de este principio
determine la ley." Los sistemas de representación proporcional (como
los de
representación proporcional por lista, representación proporcional
personalizada, voto único transferible) son aquellos en los cuales
los cargos
se reparten de manera proporcional entre los partidos de acuerdo a su
caudal
electoral.
Este sistema de representación ha adquirido en nuestra provincia
jerarquía constitucional y por ende es inmodificable a través de una
ley. Lo
que se pretende modificar es la fórmula electoral, es decir, el
método o
fórmula matemática por medio del cual los votos se transforman en
bancas.
La fórmula elegida y utilizada, en la actualidad, es la del cociente
electoral. Por medio de esta se establece un cociente electoral o
cuota mínima
de votos que los partidos deben superar para participar en la
asignación de
las bancas. Este cociente se obtiene dividiendo la totalidad de los
votos
válidos por un determinado divisor. Superado este número, los
partidos
políticos reciben tantas bancas como veces quepa el cociente
electoral en el
número de votos obtenidos.
En el sistema electoral vigente, y con la utilización del cuociente,
encontramos que hay secciones electorales de la provincia de Buenos
Aires que
están sub. y sobre representadas, así como también que en las
secciones
electorales "chicas" -en relación a la cantidad de candidatos que se
eligen-
el cuociente electoral afecta a las minorías.
Creemos que la modificación de los mencionados artículos, con la
correspondiente substitución de fórmulas colaboraría a paliar estos
problemas.
En su Art. 61 la ley electoral establece que: "la Legislatura dictará
la ley electoral, ésta será uniforme para toda la Provincia "..
La modificación pretendida consta de cambiar el sistema utilizado
actualmente por la formula electoral D´Hondt. La misma utiliza una
serie de
divisores que va desde el número uno hasta aquel otro número por el
que la
suma total alcance a ser divisible. Esta serie se utiliza para
dividir
consecutivamente la cantidad total de votos obtenidos por cada
partido. La
asignación de las bancas se efectúa de acuerdo a los mayores
resultados
obtenidos tras las divisiones realizadas y hasta completar la
cantidad de
bancas disponibles.
Para tal modificación se requiere que la legislatura dicte la ley
correspondiente.
Somos concientes de que la modificación del Régimen electoral
requerirá de modificaciones estructurales más profundas pero es
preciso
señalar que la reforma política es un tema dinámico y que está
forzado a la
sucesión de distintas reformas legales que se ajusten a las
necesidades
concretas de nuestra provincia
El proyecto manifiesto aquí es fruto del consenso unánime hallado a
través de la Mesa del Diálogo Provincial. Ésta es un componente del
Programa
Rector para la Reforma Política de la Provincia de Buenos Aires el
cual fue
creado con el objeto de instrumentar un proceso de transformación del
sistema
político provincial orientado a mejorar y transparentar su
funcionamiento.
Los fines de dicho Programa son, entre otros, mejorar la calidad de
las Instituciones, contribuir a reducir la brecha de
representatividad entre
ciudadanos y representantes, la obtención de un mayor control
ciudadano, y la
promoción de la participación ciudadana.
La Mesa del Diálogo tiene por objeto facilitar canales de
participación y deliberación a todos los actores de la sociedad en el
territorio de la Provincia, como así también, generar mecanismos
efectivos de
diálogo entre los actores políticos, sociales y los partidos
políticos que
permitan la construcción de consensos en torno a las metas y alcances
de la
reforma, posibilitando que toda la ciudadanía conozca las
características del
proceso y tome conocimiento de sus contenidos específicos.
Así es que producto del consentimiento de los representantes de los
partidos
políticos de la provincia reunidos en este ámbito y por las razones
expuestas
solicitan la sanción del presente proyecto de Ley.

Dios Guarde de Vuestra Honorabilidad


La Plata,


El Honorable Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de
Buenos Aires
sancionan con fuerza de:

LEY

ARTÍCULO 1º: Modificase los artículos 109, 110, 111 y 121 de la Ley
Nº 5.109
T.O. Decreto Nº 997/93 y modificatorias Leyes Nº 11.733, Nº 11.833 y

12.312 -Ley electoral de la Provincia de Buenos Aires-, los que
quedarán
redactados de la siguiente manera:

ARTÍCULO 109º: Hecha la suma general de los votos computados de cada
Sección o Distrito Electoral, deducidos los votos en blanco y
anulados, y las
del número de sufragios que haya obtenido cada una de las boletas de
los
partidos o candidatos, clasificando éstas según la denominación con
que fueron
oficializadas, la Junta Electoral procederá del modo y en el orden
siguiente:

a) El total de los votos obtenidos por cada lista será dividido por
uno
(1), por dos (2), por tres (3) y así sucesivamente hasta llegar al
número
total de los cargos a cubrir.

b) Las fracciones resultantes, con independencia de la lista de que
provengan, serán ordenadas de mayor a menor en número igual al de los
cargos a
cubrir.

c) A cada lista le corresponde tantos cargos como veces sus
fracciones
figuren en el ordenamiento indicado en el inciso b), siguiendo el
orden de
colocación en que aparezcan los candidatos en la lista.


ARTÍCULO 110º: Si hubiere dos o más fracciones iguales, la banca se
atribuirá
a la que tenga el mayor número de votos en total. Si hubiera igual
cantidad de
votos, se resolverá por sorteo que a tal fin deberá practicar la
Junta
Electoral.

ARTÍCULO 111º: La Junta proclamará y diplomará a los que en orden de
colocación corresponda, dentro del número de electos asignados a la
lista
respectiva, con excepción de aquellos cuya impugnación o renuncia
hubiera
aceptado. En éste supuesto se proclamará al siguiente en orden de
colocación.

ARTÍCULO 121º: Cuando se trate de la renovación total de los Concejos
Deliberantes o Consejos Escolares, la duración de los mandatos será
determinada por sorteo que practicará la Junta Electoral en el acto
de la
proclamación de los electos de manera que cada partido pierda, en la
primera
renovación, la mitad de su representación.

Si la suma de los resultados de la división por dos, no equivaliera a
la mitad
del total de los Concejales o Consejeros Escolares, se completará ese
número
adjudicando un mandato más de dos (2) años al de la lista que hubiera
tenido
menor fracción al adjudicar la representación.

ARTÍCULO 2º: De Forma.






#1443 De: "Hector" <hgriccardi@...>
Fecha: Mar, 29 de Mar, 2005 2:07 am
Asunto: Reforma Politica , anteproyectos de la mesa del diálogo
hgriccardi@...
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Amigos y simpatizantes de RECREAR:

 

Mas sobre reforma politica.

 

Les paso las ultimas novedades procedentes de RECREAR Pcia. de Bs. As.

 

Slds

 

Hector J. Gomez Riccardi

RECREAR V.L.

==========================================================

 


Adjunto al presente encontrarán tres anteproyectos de ley que la mesa
del  Diálogo Político enviara a la Legislatura provincial para su
tratamiento.
Uno de ellos es el cambio del sistema electoral actual por un 
D´Hont  sin piso. Sobre este punto en particular quiero aclararles
cual ha sido nuestra postura. Como sabrán nuestra propuesta  era
modificar el actual sistema Hare de cocientes para hacerlo mas
efectivo – aun mejorando las representación proporcional que ofrece
el D´Hont - .  En las reuniones de trabajo vimos que  las propuestas
de  aplicar el D´Hont era unánime , considerando  el  desastroso
sistema vigente,  optamos no  frenar el  impulso de cambio y sumarnos
a la iniciativa.  Ahora bien , si el proyecto " duerme en  la
legislatura"  , cosa muy probable,  evaluaremos la posibilidad de 
retomar el avance con nuestra propuesta.   Sobre los otros dos
proyectos  "iniciativa popular y consulta popular" no hemos
participado de las comisiones en donde han surgido, por lo que

estamos analizando los mismos.




Proyecto de Iniciativa Popular:

HONORABLE LEGISLATURA:

Someto a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de
Ley tendiente a regular el instituto de Iniciativa Popular previsto
en el
artículo 67 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
La democracia es, como se conoce popularmente, la forma de
gobierno en donde el poder reside en el pueblo, definición que
connota que la
soberanía reside en la ciudadanía. Dicho Estado hace efectivo su
poder a
través de la sanción y ejecución de normas y resoluciones, las cuales
son
producto de los representantes que los ciudadanos de la nación han
escogido
para que ejerzan las funciones de gobierno.
Cuando es el pueblo el que delibera, decide y gobierna
hablamos de democracia directa. Esta forma de democracia solo ha
existido parcialmente en Atenas y en algunos cantones suizos,
imposibilitándose su uso por el crecimiento demográfico de las

ciudades y la dilatación resolutoria que esta metodología decisoria

trae aparejada.
Producto de estos motivos y otros, la forma más utilizada de
democracia es la indirecta o representativa, dónde el poder continúa
residiendo en el pueblo pero este elige representantes para que
gobiernen en nombre de toda la sociedad.
Así es como nuestra constitución establece como forma de
gobierno un régimen democrático y representativo, manifestando la
misma carta que "el pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio

de sus representantes"
(Art. 22). Y coherentemente con ese principio establece en su Art. 37
que "Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos
políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que
se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y
obligatorio".
Nótese que en la forma de gobierno implementada la soberanía
reside en el pueblo, pero que ello no sería más que un eufemismo si
no existiera concreción de dicho principio. Y este principio se vuelve
cierto a partir del sufragio universal e igual, y es a través del mismo y de
sus dos atributos por donde pasa la justicia y legitimidad de la modalidad de
gobierno que nos hemos dado.
Como todos los habitantes son iguales ante la ley y por ende
todos poseen los mismos derechos y las mismas obligaciones, la
representación se vuelve vital para mantener la existencia del tipo de sistema
político otorgado por los constituyentes a esta nación.
Para llegar a la democracia representativa muchas son las
discusiones y batallas que se han dado. A pesar de ello, y habiendo
comprendido la mayoría del género humano, que la democracia
representativa es la forma más viable y legítima de expresión popular, esta ha sufrido
y sufre tensiones entre mandante y mandatario. Por lo tanto, procurando
acercar más el ejercicio del poder al pueblo se han incorporado las formas de
democracia semidirecta.
Considerando que el voto universal es un logro histórico e
irrenunciable y que la única manera de implementarlo es a través de
la democracia indirecta, pujamos porque el pueblo pueda plasmar sus
inquietudes u opiniones a través de estas herramientas y mantenga, así, con la cosa
pública una relación más estrecha, manifestando su voluntad mas
frecuentemente sin que esta esté totalmente remitida a escoger un representante.
La Constitución Nacional ha acogido este criterio reconociendo
es sus Art. 39 la iniciativa popular:"Los ciudadanos tienen el
derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados.
El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce
meses."....
En correspondencia con esta la Constitución Provincial en su
Art. 67 inc. 1 instituye también la misma figura: "Los electores
tienen el derecho de iniciativa para la presentación de proyectos de ley, con
excepción de los referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados y
convenios, presupuesto, recursos, creación de municipios y de órganos
jurisdiccionales"...
La iniciativa popular es un procedimiento de democracia
semidirecta que establecen algunas constituciones por medio del cual
el pueblo está facultado para intervenir en la formación de las leyes.
Creemos que los mecanismos de democracia semidirecta son
indispensables si es que se quiere lograr una auténtica participación
de la ciudadanía en la vida política. Constituyen, además, una forma de
educación y elevación popular ya que el continuo tratamiento de temas específicos
por parte de la ciudadanía estimula en ella la preocupación por conocer
los temas fundamentales para lograr una mayor perfección de la sociedad.
Como consecuencia de lo manifestado y teniendo en cuenta lo
dispuesto por el Art. 211 de la Constitución Provincial, se propone
incorporar a la Ley Orgánica de las Municipalidades un capítulo destinado a
reconocerle los ciudadanos de los distintos municipios las mismas posibilidades
de participación ciudadana que en el ámbito provincial y nacional se
reconocen, y en la forma en que sus respectivos Consejos Deliberantes lo
reglamenten.
A diez años de la reforma Constitucional en la provincia de
Buenos Aires, creemos que la reglamentación del Art.67 es
eminentemente necesaria para brindar a los bonaerenses una participación más
activa, logrando que los preceptos constitucionales se concreten en derechos
con posibilidad de ser ejercidos.
El proyecto manifiesto aquí es fruto del consenso hallado a
través de la Mesa del Diálogo Provincial, la cual es un componente
del Programa Rector para la Reforma Política de la Provincia de Buenos
Aires. El mismo fue creado con el objeto de instrumentar un proceso de
transformación del sistema político provincial orientado a mejorar y transparentar
su funcionamiento.
Los fines de dicho Programa son, entre otros, mejorar la
calidad de las Instituciones, contribuir a reducir la brecha de
representatividad entre ciudadanos y representantes, la obtención de
un mayor control ciudadano, y la promoción de la participación ciudadana.
Establece el Decreto N° 1786 de creación del Programa
Rector para la Reforma Política que "las actividades que se realicen
durante su desarrollo garantizarán una participación amplia, efectiva,
crítica, creativa y respetuosa de las opiniones ajenas por parte del conjunto
del pueblo, de modo que se reflejen fielmente las concepciones en las que
hay concordancia, así como también los diferentes puntos de vista,
respecto a la reforma política que permitan por un lado, consolidar la democracia;
y por otro instrumentar un proceso de transformación del sistema político
provincial orientado a mejorar y transparentar su funcionamiento".
Así es que producto del consentimiento de los representantes de los
partidos políticos de la provincia reunidos en este ámbito y por las razones
expuestas solicitan la sanción del presente proyecto de Ley.

Dios Guarde de Vuestra Honorabilidad


LA PLATA,

EL HONORABLE SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONAN CON FUERZA DE,

L E Y

INICIATIVA POPULAR
Título I
Objeto y Finalidad

Artículo 1: Establécese el régimen que regula al instituto de
Iniciativa
Popular previsto en el artículo 67 de la Constitución de la Provincia
de
Buenos Aires.

Capítulo I

Del instituto de la Iniciativa Popular

Artículo 2: La Iniciativa Popular es el instituto por el cual los
electores presentan al Poder Legislativo proyectos de ley, con excepción de los
referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados y
convenios,presupuesto, recursos, creación y/o supresión de municipios y de
órganos jurisdiccionales.

Título II
De la Iniciativa Popular

Artículo 3: Los electores de la Provincia de Buenos Aires, que se
encuentren habilitados para sufragar, podrán ejercer el derecho de Iniciativa
Popular para presentar proyectos de Ley ante cualquiera de las Cámaras de la
Legislatura Provincial.

Artículo 4: La Iniciativa Popular requerirá la firma de un número de
ciudadanos no inferior al 1,5 % (uno y medio por ciento) del total
del Padrón electoral utilizado en la elección inmediatamente anterior realizada
en la Provincia.
Cuando la materia de la Iniciativa Popular sea de alcance regional,
el requisito del porcentual se cumplirá considerando únicamente la lista
de electores del total de los distritos electorales que componen dicha
región, sin tener en cuenta la cantidad de distritos que prevé el párrafo
anterior.

Artículo 5: La Iniciativa Popular deberá presentarse por escrito y
contendrá:
a) La petición redactada en forma de proyecto de ley y en términos
claros;
b) Una exposición de motivos fundada;
c) Un escrito de presentación en dónde conste la elección de la
Cámara de origen; el plazo para la recolección de firmas, el que no deberá ser
mayor a doce (12) meses; nombre, apellido, número y tipo de documento, y
domicilio real del o los promotores de la iniciativa (los cuáles no podrán se
menos de tres); descripción de los gastos y origen de los recursos que se
ocasionen previo a presentar el proyecto de Iniciativa Popular.
d) Las planillas para la recolección de firmas serán bajo declaración
jurada. Las mismas deberán contener casilleros para la firma, la
aclaración del nombre, apellido, número y tipo de documento y domicilio real.
Toda planilla de recolección de firmas deberá contener un resumen impreso
del proyecto de ley presentado y la mención del o los promotores de la
iniciativa.
e) Estudio de la viabilidad económica del proyecto;

Artículo 6: La propuesta de convocatoria de adherentes a una
Iniciativa Popular deberá ser presentada ante la Junta Electoral de

la Provincia de Buenos Aires, por no menos de 3 (tres) electores que reúnan las
condiciones requeridas por el artículo 3; y la presentación deberá contener los
requisitos previstos por el artículo 5 de la presente Ley.
Las firmas de los promotores en el escrito de presentación
estarán certificadas por ante funcionario judicial o escribano
público.

Artículo 7: La Junta Electoral deberá expedirse sobre el cumplimiento
de los requisitos fijados en los artículos precedentes dentro de los diez
(10) días corridos posteriores a la presentación de la propuesta de
convocatoria de adherentes. Cumplidos los requisitos, la Junta dictará una resolución
oficializando la Iniciativa Popular, y designando los lugares en los
distintos partidos en que se lleve a cabo la recepción de adhesiones en los
cuáles los funcionarios de la misma certificarán las firmas. La Junta Electoral
podrá habilitar a otros funcionarios públicos a tales efectos, lo cuál
deberá hacerse saber en la misma resolución.

Artículo 8: La Junta Electoral, dentro de los veinte (20) días
corridos posteriores a la oficialización, deberá notificar al Poder Ejecutivo
y las Presidencias de ambas Cámaras del Poder Legislativo de la Provincia,
la puesta en marcha de la recepción de adhesiones a la Iniciativa Popular, y lo
dará a publicidad para conocimiento de la ciudadanía.

Artículo 9: Cumplido el plazo establecido para la recolección de las
firmas, las mismas deberán presentarse por el o los promotores, dentro de los
cinco (5) días siguientes ante la Junta Electoral, la que verificará por
los medios que considere adecuados la autenticidad de las firmas en un plazo no
mayor a los 20 (veinte) días hábiles, prorrogables por resolución fundada del
Tribunal con competencia electoral.

Cuando dicha verificación sea realizada mediante muestreo, el tamaño
del mismo no puede ser inferior al 0,5 % (cero coma cinco por ciento) de las
firmas presentadas. En caso de impugnación de firma, acreditada la falsedad,
se desestimará la misma del cómputo de firmas para el proyecto de
Iniciativa Popular. Sin perjuicio de las demás acciones penales a que diere
lugar, la planilla de adhesiones es documento público. En caso de verificarse
que el 5 % (cinco por ciento) o más de las firmas presentadas sean falsas, se
desestimará el proyecto de Iniciativa Popular.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, podrán
certificar la autenticidad de las firmas todos los autorizados por la normativa
electoral vigente en la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 10: La Iniciativa Popular deberá ser presentada ante la Mesa
de Entradas de la Cámara propuesta por los promotores como originaria.
En caso de no haberse efectuado la opción, la Junta Electoral determinará por
sorteo la Cámara de origen. La Comisión que le dé tratamiento, en un plazo de
20 (veinte) días hábiles deberá dictaminar sobre la admisibilidad formal
de la iniciativa, debiendo intimar a los promotores a subsanar los defectos
formales en los que se hubiese incurrido. Cumplido el dictamen, el proyecto de
ley continuará con el trámite previsto por el reglamento de la
Legislatura provincial.

Artículo 11: El rechazo del proyecto de Iniciativa Popular, no
admitirá recurso alguno.

Artículo 12: La Legislatura deberá sancionar o rechazar todo proyecto
de Ley de Iniciativa Popular dentro del plazo de 12 (doce) meses.

Habiendo transcurrido el plazo de 11 (once) meses de estado
parlamentario sin que el proyecto tenga despacho de comisión, el Presidente debe
incluirlo en el orden del día de la sesión ordinaria siguiente.

Artículo 13: Reuniendo el proyecto de ley de Iniciativa Popular la
firma de más del 15 % (quince por ciento) del electorado y habiendo
transcurrido 12 (doce) meses sin que la Legislatura haya tratado el proyecto, el
Poder Ejecutivo deberá por Decreto convocar a Consulta Popular.

Artículo 14: Queda prohibido aceptar o recibir para el financiamiento
de todo proyecto de ley que se impulse mediante la Iniciativa Popular:

a) Aportes privados anónimos, con excepción de lo producido por
colectas populares para las que la contribución máxima autorizada será de
pesos cincuenta ($ 50) por persona.
b) Aportes de entidades autárquicas o descentralizadas nacionales o
provinciales; sociedades anónimas con participación estatal; empresas
concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación, provincias
y/o municipios.
c) Aportes de personas físicas o jurídicas que exploten juegos de
azar.
d) Aportes de gobiernos o entidades extranjeras con fines de lucro.
e) Contribuciones o donaciones de asociaciones sindicales,
patronales, profesionales, o cámaras empresariales.
f) Aportes de iglesias o entidades vinculadas a diferentes cultos.
g) Contribuciones superiores a pesos treinta mil pesos ($ 30.000).


Artículo 15: Incorporase como Capítulo XVI de la Ley Orgánica de las
Municipalidades -Decreto-Ley 6769/58- el siguiente:

CAPÍTULO XVI
DE LAS FORMAS DE DEMOCRACIA SEMI-DIRECTA

Artículo 287: Se reconoce como instituto de democracia semidirecta en
el ámbito de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, de
conformidad con
lo dispuesto en los artículos 67° y 211° de la Constitución
Provincial, el derecho de Iniciativa Popular.

Artículo 288: Los electores que se encuentren inscriptos en el padrón
electoral del distrito y los que se encuentran inscriptos en el
padrón de extranjeros, a la fecha de la presentación que se trate, podrán
ejercer el derecho de Iniciativa Popular para la presentación de proyectos de
Ordenanza ante el Departamento Deliberativo.

Artículo 289: La Iniciativa Popular requerirá la firma de un número
de ciudadanos no inferior al 1,5 % (uno y medio por ciento) del total
del Padrón electoral utilizado en la elección inmediatamente anterior realizada
en el distrito para cargos municipales.

Artículo 290: La Iniciativa Popular deberá presentarse por escrito y
contendrá:

a) La petición redactada en forma de proyecto de Ordenanza y en
términos claros;
b) Una exposición de motivos fundada;
c) Un escrito de presentación en dónde conste el plazo para la
recolección de firmas, el que no deberá ser mayor a doce (12) meses;
nombre, apellido, número y tipo de documento, y domicilio real del o los
promotores de la iniciativa (los cuáles no podrán se menos de tres); descripción de
los gastos y origen de los recursos que se ocasionen previo a presentar
el proyecto de Iniciativa Popular.
d) Las planillas para la recolección de firmas serán bajo declaración
jurada. Las mismas deberán contener casilleros para la firma, la
aclaración del nombre, apellido, número y tipo de documento y domicilio real.
Toda planilla de recolección de firmas deberá contener un resumen impreso
del proyecto de Ordenanza presentado y la mención del o los promotores de
la iniciativa.
e) Estudio de la viabilidad económica del proyecto;

Artículo 291: La propuesta de convocatoria de adherentes a una
Iniciativa Popular deberá ser presentada ante la Junta Electoral de la Provincia
de Buenos Aires, por no menos de 3 (tres) electores que reúnan las
condiciones requeridas por el artículo 288; y la presentación deberá contener los
requisitos previstos por el artículo 290 de la presente Ley.
Las firmas de los promotores en el escrito de presentación estarán
certificadas por ante funcionario judicial o escribano público.

Artículo 292: La Junta Electoral deberá expedirse sobre el
cumplimiento de los requisitos fijados en los artículos precedentes

dentro de los diez (10) días corridos posteriores a la presentación de

la propuesta de convocatoria de adherentes. Cumplidos los requisitos,

la Junta dictará una resolución oficializando la Iniciativa Popular, y

designando los lugares, dentro del partido, en los que se lleve a cabo

la recepción de adhesiones en los cuáles los funcionarios de la misma

certificarán las firmas. La Junta Electoral podrá habilitar a otros

funcionarios públicos a tales efectos, lo cuál deberá
hacerse saber en la misma resolución.

Artículo 293: La Junta Electoral, dentro de los veinte (20) días
corridos posteriores a la oficialización, deberá notificar al Departamento
Ejecutivo y Deliberativo de la municipalidad del partido donde se ha propuesto la
Iniciativa Popular, al Poder Ejecutivo y las Presidencias de ambas
Cámaras del Poder Legislativo de la Provincia, la puesta en marcha de la
recepción de adhesiones, y lo dará a publicidad para conocimiento de la ciudadanía.

Artículo 294: Cumplido el plazo establecido para la recolección de
las firmas, las mismas deberán presentarse por el o los promotores, dentro de los
cinco (5) días siguientes ante la Junta Electoral, la que verificará por
los medios que considere adecuados la autenticidad de las firmas en un plazo no
mayor a los 20 (veinte) días hábiles, prorrogables por resolución fundada del
Tribunal con competencia electoral.

Cuando dicha verificación sea realizada mediante muestreo, el tamaño
del mismo no puede ser inferior al 0,5 % (cero coma cinco por ciento) de las
firmas presentadas. En caso de impugnación de firma, acreditada la falsedad,
se desestimará la misma del cómputo de firmas para el proyecto de
Iniciativa Popular. Sin perjuicio de las demás acciones penales a que diere
lugar, la planilla de adhesiones es documento público. En caso de verificarse
que el 5 % (cinco por ciento) o más de las firmas presentadas sean falsas, se
desestimará el proyecto de Iniciativa Popular.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, podrán
certificar la autenticidad de las firmas todos los autorizados por la normativa
electoral vigente en la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 295: Alcanzado el porcentaje exigido, la Junta Electoral así
lo declarará y remitirá la Iniciativa Popular al Concejo Deliberante,
notificando al Departamento Ejecutivo. En caso de que no alcanzare el porcentaje,
la Junta Electoral dictará resolución declarando inválida la iniciativa
impulsada, notificando a las autoridades municipales. En ambos casos se
notificará al Poder Ejecutivo y a ambas Cámaras Legislativas de la Provincia.

Artículo 296: El rechazo del proyecto de Iniciativa Popular, no
admitirá recurso alguno.

Artículo 297: El proyecto de Ordenanza deberá tener ingreso por el
Departamento Deliberativo, debiéndosele dar expreso tratamiento
dentro del término de 12 (doce) meses a partir de su presentación. Ingresado el
proyecto, el mismo tramitará de conformidad al procedimiento establecido en
cada Distrito para la sanción de las Ordenanzas.
Quedan excluidos de este sistema los proyectos de Ordenanzas
referidos a la aprobación de convenios, cuestiones presupuestarias y recursos.

Artículo 298: Reuniendo el proyecto de ley de Iniciativa Popular la
firma de más del 15 % (quince por ciento) del electorado y habiendo
transcurrido 12 (doce) meses sin que el Departamento Deliberativo haya tratado el
proyecto, el Departamento Ejecutivo deberá por Decreto convocar a Consulta Popular.

Artículo 299: Queda prohibido aceptar o recibir para el
financiamiento de todo proyecto de Ordenanza que se impulse mediante la

Iniciativa Popular:

h) Aportes privados anónimos, con excepción de lo producido por
colectas populares para las que la contribución máxima autorizada será de
pesos cincuenta ($ 50) por persona.
i) Aportes de entidades autárquicas o descentralizadas nacionales o
provinciales; sociedades anónimas con participación estatal; empresas
concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación, provincias
y/o municipios.
j) Aportes de personas físicas o jurídicas que exploten juegos de
azar.
k) Aportes de gobiernos o entidades extranjeras con fines de lucro.
l) Contribuciones o donaciones de asociaciones sindicales,
patronales,profesionales, o cámaras empresariales.
m) Aportes de iglesias o entidades vinculadas a diferentes cultos.
n) Contribuciones superiores a pesos treinta mil pesos ($ 30.000).

Proyecto de Consulta Popular:


HONORABLE LEGISLATURA

Someto a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley
tendiente a regular el derecho a la consulta popular, previsto en el
Art. 67 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires.
Esta institución es aquella mediante la cual se realiza una pregunta
de carácter general sobre un asunto de trascendencia provincial y/o
local, que el gobernador o intendente, según el caso, somete a consideración del
pueblo para que este se pronuncie formalmente al respecto.
Usualmente para designar el proceso de consulta popular se
utiliza las palabras referéndum o plebiscito. Respecto de ambos se
puede decir que pertenecen a los llamados procedimientos de democracia directa
que son las disposiciones constitucionales y legales que otorgan a la ciudadanía
la facultad de participar en la toma de decisiones públicas colectivas
al margen de los órganos de gobierno o en colaboración con ellos, según el
caso. Estos mecanismos también son denominados formas de democracia semidirecta.
Plebiscito proviene del latín plebiscitum término con el que
se denominaba la ley que la plebe establecía en la antigua Roma a
propuesta de su Tribuno. Actualmente con este concepto se alude al procedimiento
de convocar al cuerpo electoral para que ratifique o rectifique una
decisión política.
El referéndum, por su parte, es en pronunciamiento del cuerpo
electoral sobre un texto legislativo, o sobre cualquier aspecto que
se refiera a la normatividad jurídica. Los tipos de referéndum empleados en la
experiencia internacional son: a) el referéndum consultivo, cuyo
resultado es,tomado como una simple encuesta de opinión, que puede o no tener
consecuencias jurídicas y que se diferencia del plebiscito por la materia o el
contenido;

 b) el referéndum obligatorio, requerido para implementar una ley o una
reforma constitucional; y

c) el referéndum vinculante, cuya convocatoria no es
obligatoria pero cuyos resultados tienen efectos jurídicos.
Sabido es que la democracia directa es imposible en la práctica por
ello la democracia representativa, es hoy, la base fundamental de
nuestrademocracia. Sin embargo a partir de fuertes críticas que fueran
desarrolladas
se incorporaron en las reformas constitucionales tanto, de la Nación
como de la provincia de Buenos Aires, las instituciones de democracia
semidirecta que de alguna manera han permitido oxigenarla.

Así, la Constitución Nacional reconoce la consulta popular es su Art.
40 estableciendo lo siguiente:
"El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a
consultapopular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser
vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá
en ley y su promulgación será automática.
El Congreso o el Presidente de la Nación, dentro de sus respectivas
competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En
este caso el voto no será obligatorio.
El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de
los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y
oportunidad de la consulta popular".

Como antecedente nacional se puede mencionar el decreto 2274/84, en
virtud del cual se convocó a nuestra ciudadanía a consulta no
vinculante, acerca del conflicto con Chile en la zona del canal de Beagle.

Por su parte, la Carta Magna Provincial acoge el principio de
consulta popular en su Art. 67 incs. 2, 3, y 4:
"2. Todo asunto de especial trascendencia para la Provincia, podrá
ser sometido a consulta popular por la Legislatura o por el Poder
Ejecutivo, dentro de las respectivas competencias. La consulta podrá ser
obligatoria y vinculante por el voto de la mayoría absoluta del total de los
miembros de cada Cámara.
3. Todo proyecto de ley podrá ser sometido a consulta popular, para
su ratificación o rechazo, por el voto de la mayoría absoluta del total
de los miembros de cada Cámara. Ratificado el proyecto se promulgara como
ley en forma automática.
4. La ley reglamentaria establecerá las condiciones, requisitos,
materias y procedimientos que regirán para las diferentes formas de consulta
popular. "

Como expresamos supra, la democracia representativa es la base
fundamental de la democracia contemporánea pero, sin dejar ésta de
lado se le añaden a la misma nuevas instituciones, como es la consulta popular,
que la perfecciona y la trasforma en una democracia más plena, mas
participativa.
Así, la participación ciudadana representa la posibilidad de corregir
los desequilibrios de la representación política y social.

Considerando que la democracia participativa es una fase superior de
la democracia representativa en la evolución de la democracia creemos
que a través de la consulta popular los ciudadanos pueden expresarse
convirtiéndose así en agentes políticos directos, al margen, pero junto a la acción
política de los partidos políticos. La participación es en una democracia la
pieza fundamental y la representación no ha opacado en la misma tal
característica, puesto que el régimen es participativo en su origen, esto es, al
momento del sufragio.
Allí donde hayan de tomarse decisiones que afecten a la colectividad,
la participación ciudadana se convierte en el mejor y más legítimo
método para hacerlo, garantizando el autogobierno colectivo y, por ende,
aumentando la gobernabilidad.
La participación es un valor clave de la democracia. Y esa posición
se legitima en relación con tres conjuntos de efectos positivos.
Primero, la participación crea hábitos interactivos y esferas de deliberación
pública que resultan claves para la consecución de individuos autónomos. Segundo,
la participación hace que la gente se haga cargo, democrática y
colectivamente, de decisiones y actividades sobre las cuales es importante ejercer un
control dirigido al logro del autogobierno y al establecimiento de
estabilidad y gobernabilidad. Tercero, la participación tiende, igualmente, a crear
una sociedad civil con fuertes y arraigados lazos comunitarios creadores
de identidad colectiva, esto es, generadores de una forma de vida
específica construida alrededor de categorías como bien común y pluralidad.
Para que los principios de democracia e igualdad no sean solo
declaraciones formales y porque creemos que la democracia debe ser sustancial es
necesario incorporar formas de democracia semidirectas ante los avatares
sufridos por la democracia representativa. En ese sentido, el Gobierno de la
provincia de Buenos Aires sancionó el Decreto n° 1786 en el que estableció la
creación del Consejo de Reforma Política de la provincia de Buenos Aires y el
Programa Rector para la Reforma Política.
El Programa Rector se instituyó con el objeto de instrumentar un
proceso de transformación del sistema político provincial orientado a mejorar y
transparentar su funcionamiento.
El primer componente que contempla el Programa Rector para la Reforma
Políticapara su implementación es el de la creación de la "Mesa del Diálogo
para la Reforma Política de la Provincia de Buenos Aires" que tiene por
objeto facilitar canales de participación y deliberación a todos los actores
de la sociedad en el territorio de la Provincia, como así también, generar
mecanismos efectivos de diálogo entre los actores políticos, sociales
y los partidos políticos que permitan la construcción de consensos en torno
a las metas y alcances de la reforma, posibilitando que toda la ciudadanía
conozca las características del proceso y tome conocimiento de sus contenidos
específicos.
El proyecto manifiesto aquí es fruto del consenso hallado a través de
la Mesa del Diálogo Provincial, la cual posibilitó la puesta en práctica de
las virtudes más loables de una democracia como son la discusión, la
deliberación y la tolerancia a la diversidad de opinión.
Es así que producto del consentimiento de los representantes de los
partidos políticos de la Provincia reunidos en este ámbito y por las razones
expuestas solicitan la sanción del presente proyecto de Ley.

Dios guarde de vuestra honorabilidad.

LA PLATA,

EL HONORABLE SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONAN CON FUERZA DE,


L E Y

CONSULTA POPULAR

Título I
Objeto y Finalidad

Artículo 1: Establécese el régimen que regula al Instituto de
Consulta Popular
previsto en el artículo 67 de la Constitución de la Provincia de
Buenos Aires.

Capítulo I

Del instituto de la Consulta Popular

Artículo 2: La Consulta Popular es el instituto por el cual el Poder
Legislativo o el Poder Ejecutivo, requieren la opinión del electorado
sobre decisiones de sus respectivas competencias. El voto puede ser
obligatorio o no y el resultado vinculante o no.

Título II
De la Consulta Popular

Artículo 3: La convocatoria a Consulta Popular deberá contener:
a) la decisión puesta a consideración del electorado;
b) la pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera
afirmativa;
c) la fecha en la que se realizará la Consulta Popular;
d) el carácter de obligatorio o no del voto y -por ende- de
vinculante o no del resultado.

Capítulo I
De la Consulta Popular vinculante

Artículo 4: La convocatoria a Consulta Popular vinculante deberá
tratarse en una sesión especial de la Legislatura y ser aprobada con el voto de
la mayoría absoluta del total de los miembros de cada Cámara.

Artículo 5: El Poder Ejecutivo si desea darle carácter de obligatoria
y vinculante a su consulta deberá remitirla a cualquiera de las Cámaras
para que la Legislatura le de tratamiento y proceda a su aprobación, para la
que se requerirá la mayoría expresada en el artículo anterior. En el caso
que fuera aprobada por mayoría simple, el Poder Ejecutivo podrá realizar la
misma con el carácter de no obligatoria ni vinculante.

Artículo 6: El proyecto de Consulta Popular al que se le haya
otorgado carácter de obligatorio y vinculante, que fuese aprobado por simple
mayoría, sin reunir las mayorías aludidas en el artículo cuarto, producirá
efectos como consulta no obligatoria ni vinculante. En este caso y de acuerdo con
la votación realizada en la Cámara que corresponda se procederá a la
adecuación pertinente al discutirse el proyecto.

Artículo 7: La Consulta Popular que se tramite ante la Legislatura
Provincial, una vez aprobada por la Cámara de origen pasará a la otra para su
tratamiento, y si esta también lo aprueba, se considerará promulgada
automáticamente y sepublicará por el Presidente de la última Cámara que lo hubiese
aprobado.
La Consulta Popular se regirá subsidiariamente por las disposiciones
pertinentes para la formación de las leyes.

Artículo 8: Cumplido el trámite en la Legislatura Provincial se
comunicará al Poder Ejecutivo con la aclaración de si reúne o no el carácter de
obligatoria y vinculante, quien deberá convocar al electorado de la Provincia
para que se expida sobre la consulta.

Artículo 9: En todo asunto o proyecto de ley sometido a Consulta
Popular vinculante, el voto del electorado será obligatorio conforme a la
normativa electoral vigente.

Artículo 10: Toda Consulta Popular vinculante será válida y eficaz
cuando los votos emitidos superen el 50 % (cincuenta por ciento) del total de
votos válidos emitidos en la elección inmediatamente anterior realizada en
la provincia. A estos efectos serán tenidos en cuenta los votos en
blanco.

Artículo 11: Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga la
mayoría de los votos afirmativos, se convertirá automáticamente en Ley, la que
deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires
dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la proclamación del resultado
del comicio por la autoridad electoral.
Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga un resultado negativo,
no podrá ser reiterada sino después de haber transcurrido un lapso de 2 (dos)
años desde la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la
consulta durante el mismo lapso.

Artículo 12: El Poder Legislativo mediante una ley especial podrá
someter a Consulta Popular vinculante todo proyecto de ley para su

ratificación o rechazo por el voto de la mayoría absoluta del total de los miembros
de cada Cámara.

Artículo 13: No podrán ser materia de Consulta Popular vinculante los
proyectos referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados
o convenios, presupuesto, creación y/o supresión de municipios y
órganos jurisdiccionales.

Artículo 14: Ratificado el proyecto se promulgará en forma automática
y su publicación deberá ordenarse por el Presidente de la Cámara que
hubiese prestado sanción definitiva a la ley especial de consulta. Se
consideraráratificado el proyecto cuando se cumplan los requisitos establecidos
en el artículo 10 de la presente. En caso de que el mismo no sea ratificado
no podrá ser tratado nuevamente por la Legislatura dentro de un lapso de 2
(dos) años desde la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la
consulta durante el mismo lapso.

Artículo 15: El tratamiento de todo proyecto de ley especial sobre
Consulta Popular vinculante se regirá por las disposiciones de los artículos
8, 9, 10 y 11 de la presente.


Capítulo II
De la Consulta Popular no vinculante

Artículo 16: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto y/o proyecto de ley de interés general para la Provincia, mediante la
decisión de cualquiera de las Cámaras, la cual deberá ser aprobada
por el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes en ella. En
este tipo de Consulta, el voto del electorado no será obligatorio.

Artículo 17: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto de especial trascendencia para la Provincia, mediante decreto
decidido en acuerdo general de Ministros del Poder Ejecutivo provincial y
refrendado por todos ellos. En este tipo de Consulta, el voto del electorado no será
obligatorio.

Artículo 18: Cuando un proyecto de Ley sometido a Consulta Popular no
vinculante, obtenga el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los
votos válidos emitidos, deberá ser tratado por la Legislatura provincial,
quedando automáticamente incorporado al plan de labor parlamentaria de la
Cámara de Diputados de la sesión siguiente a la fecha de proclamación del
resultado del comicio por la autoridad electoral.


Capítulo III
De las disposiciones comunes

Artículo 19: La Ley o el decreto de convocatoria a Consulta Popular
deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires,
en aquellos medios que garanticen su difusión en la Provincia.

Dictada la convocatoria, todos los puntos sometidos a Consulta
Popular deberán difundirse en forma clara y objetiva.

Artículo 20: Los partidos políticos reconocidos, estarán facultados
para realizar campañas de propaganda exponiendo su posición con relación
al asunto de la Consulta, conforme a las normas que regulan la materia.
Asimismo, los partidos políticos podrán designar Fiscales que participen del acto
eleccionario, para lo cual deberán atenerse a las previsiones de la
Ley 5.109 y sus modificatorias.

Artículo 21: La Consulta Popular deberá realizarse dentro de un plazo
no
inferior a 60 (sesenta) días y no superior a 120 (ciento veinte) días
corridos
desde la fecha de publicación de la Ley o decreto de convocatoria en
el
Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 22: Serán de aplicación supletoria a las consultas
convocadas
conforme los procedimientos establecidos en esta Ley, la normativa
electoral
vigente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en tanto no se
oponga a
la presente.

El Tribunal con competencia electoral de la Provincia de Buenos Aires
intervendrá en todo lo relativo al comicio.

Artículo 23: Incorporase como Capítulo XVI de la Ley Orgánica de las
Municipalidades -Decreto-Ley 6769/58- el siguiente:

CAPÍTULO XVI
DE LAS FORMAS DE DEMOCRACIA SEMI-DIRECTA

Artículo 300: Se reconoce como instituto de democracia semidirecta en
el
ámbito de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, de
conformidad con
lo dispuesto en los artículos 67° y 211° de la Constitución
Provincial, el
derecho de Consulta Popular.

Artículo 301: Dentro de sus respectivas competencias, el Departamento
Ejecutivo y el Departamento Deliberativo, podrán someter a Consulta
Popular
todo asunto que se considere de trascendencia para el Municipio.

Artículo 302: La convocatoria a Consulta Popular deberá contener:
e) la decisión puesta a consideración del electorado;
f) la pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera
afirmativa;
g) la fecha en la que se realizará la Consulta Popular;
h) el carácter de obligatorio o no del voto y -por ende- de
vinculante o
no del resultado.

De la Consulta Popular vinculante

Artículo 303: La convocatoria a Consulta Popular vinculante deberá
tratarse en
una sesión especial del Concejo Deliberante y ser aprobada con el
voto de la
mayoría absoluta del total de los miembros integrantes del mismo.

Artículo 304: El Departamento Ejecutivo si desea darle carácter de
obligatoria
y vinculante a su consulta deberá remitirla al Concejo Deliberante
para que
éste le de tratamiento y proceda a su aprobación, para la que se
requerirá la
mayoría expresada en el artículo anterior. En el caso que fuera
aprobada por
mayoría simple, el Departamento Ejecutivo podrá realizar la misma con
el
carácter de no obligatoria ni vinculante.

Artículo 305: El proyecto de Consulta Popular al que se le haya
otorgado
carácter de obligatorio y vinculante, que fuese aprobado por simple
mayoría,
sin reunir las mayorías aludidas en el artículo 303, producirá
efectos como
consulta no obligatoria ni vinculante. En este caso y de acuerdo con
la
votación realizada en el Concejo Deliberante se procederá a la
adecuación
pertinente al discutirse el proyecto.

Artículo 306: Cumplido el trámite en el Concejo Deliberante se
comunicará al
Departamento Ejecutivo con la aclaración de si reúne o no el carácter
de
obligatoria y vinculante, quien deberá convocar al electorado del
distrito
para que se expida sobre la consulta.

Artículo 307: En todo asunto o proyecto de Ordenanza sometido a
Consulta
Popular vinculante, el voto del electorado será obligatorio conforme
a la
normativa electoral vigente.

Artículo 308: Toda Consulta Popular vinculante será válida y eficaz
cuando los
votos emitidos superen el 50 % (cincuenta por ciento) del total de
votos
válidos emitidos en la elección inmediatamente anterior realizada en
el
distrito. A estos efectos serán tenidos en cuenta los votos en blanco.

Artículo 309: Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga la
mayoría de los
votos afirmativos, se convertirá automáticamente en Ordenanza, la que
deberá
ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires
dentro de
los 10 (diez) días hábiles posteriores a la proclamación del
resultado del
comicio por la autoridad electoral.
Cuando una Consulta Popular vinculante obtenga un resultado negativo,
no podrá
ser reiterada sino después de haber transcurrido un lapso de 2 (dos)
años
desde la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la
consulta
durante el mismo lapso.

Artículo 310: El Departamento Deliberativo mediante una Ordenanza
especial
podrá someter a Consulta Popular vinculante todo proyecto de
Ordenanza para su
ratificación o rechazo por el voto de la mayoría absoluta del total
de los
miembros integrantes del Concejo Deliberante.

Artículo 311: No podrán ser materia de Consulta Popular vinculante
los
proyectos de Ordenanza referidos a la aprobación de convenios,
cuestiones
presupuestarias, recursos y los originados mediante Iniciativa
Popular.

Artículo 312: Ratificado el proyecto se promulgará en forma
automática y se
publicará por el Presidente del Concejo Deliberante. Se considerará
ratificado
el proyecto cuando se cumplan los requisitos establecidos en el
artículo 308
de la presente. En caso de que el mismo no sea ratificado no podrá
ser tratado
nuevamente por el Concejo Deliberante dentro de un lapso de 2 (dos)
años desde
la realización de la consulta. Tampoco podrá repetirse la consulta
durante el
mismo lapso.

Artículo 313: El tratamiento de todo proyecto de Ordenanza especial
sobre
Consulta Popular vinculante se regirá por las disposiciones de los
artículos,
306, 307, 308 y 309 de la presente.

De la Consulta Popular no vinculante

Artículo 314: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto
y/o proyecto de Ordenanza de interés general para el Municipio,
mediante la
decisión del Concejo Deliberante, la cual deberá ser aprobada por el
voto de
la mayoría absoluta de los miembros presentes en ella. En este tipo
de
Consulta, el voto del electorado no será obligatorio.

Artículo 315: Puede ser sometido a Consulta Popular no vinculante,
todo asunto
de especial trascendencia para el Municipio, mediante Decreto del
Departamento
Ejecutivo. En este tipo de Consulta, el voto del electorado no será
obligatorio.

Artículo 316: Cuando un proyecto de Ordenanza sometido a Consulta
Popular no
vinculante, obtenga el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los
votos
válidos emitidos, deberá ser tratado por el Concejo Deliberante.

De las disposiciones comunes

Artículo 317: La Ordenanza o el Decreto de convocatoria a Consulta
Popular
deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de
Buenos Aires y
en aquellos medios que garanticen su difusión en el Municipio.

Dictada la convocatoria, todos los puntos sometidos a Consulta
Popular deberán
difundirse en forma clara y objetiva.

Artículo 318: Los partidos políticos reconocidos, estarán facultados
para
realizar campañas de propaganda exponiendo su posición con relación
al asunto
de la Consulta, conforme a las normas que regulan la materia.
Asimismo, los
partidos políticos podrán designar Fiscales que participen del acto
eleccionario, para lo cual deberán atenerse a las previsiones de la
Ley 5.109
y sus modificatorias.

Artículo 319: La Consulta Popular deberá realizarse dentro de un
plazo no
inferior a 60 (sesenta) días y no superior a 120 (ciento veinte) días
corridos
desde la fecha de publicación de la Ordenanza o Decreto de
convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 320: Serán de aplicación a las consultas convocadas conforme
los
procedimientos establecidos en esta Ley, la normativa electoral
vigente en el
ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en tanto no se oponga a la
presente.

El Tribunal con competencia electoral de la Provincia de Buenos Aires
intervendrá en todo lo relativo al comicio.


Proyecto de Ley Sistema Electoral

HONORABLE LEGISLATURA:

Someto a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto
de Ley tendiente a modificar la fórmula electoral utilizada en la
Provincia
de Buenos Aires, plasmada en los artículos 109 y 110 de su
correspondiente
Ley Electoral Nº 5109 y la sustitución de la misma por el método
D´Hondt.
Este proyecto de ley no pretende poner en discusión el sistema
electoral
vigente en la Provincia El concepto de sistema electoral hace
referencia a
distintos métodos usados para elegir autoridades Ejecutivas y
legislativas en
los países donde se aplica el régimen democrático representativo.
El criterio que mejor define a qué tipo básico pertenece tal o cual
sistema electoral es fundamentalmente el principio de representación
al cual
aspira (principio mayoritario y/o principio de proporcionalidad).
El principio acogido por la constitución provincial en el art. 60 es
el de la
proporcionalidad. : "La proporcionalidad de la representación será la
regla en
todas las elecciones populares para integrar cuerpos colegiados, a
fin de dar
a cada opinión un número de representantes proporcional al número de
sus
adherentes, según el sistema que para la aplicación de este principio
determine la ley." Los sistemas de representación proporcional (como
los de
representación proporcional por lista, representación proporcional
personalizada, voto único transferible) son aquellos en los cuales
los cargos
se reparten de manera proporcional entre los partidos de acuerdo a su
caudal
electoral.
Este sistema de representación ha adquirido en nuestra provincia
jerarquía constitucional y por ende es inmodificable a través de una
ley. Lo
que se pretende modificar es la fórmula electoral, es decir, el
método o
fórmula matemática por medio del cual los votos se transforman en
bancas.
La fórmula elegida y utilizada, en la actualidad, es la del cociente
electoral. Por medio de esta se establece un cociente electoral o
cuota mínima
de votos que los partidos deben superar para participar en la
asignación de
las bancas. Este cociente se obtiene dividiendo la totalidad de los
votos
válidos por un determinado divisor. Superado este número, los
partidos
políticos reciben tantas bancas como veces quepa el cociente
electoral en el
número de votos obtenidos.
En el sistema electoral vigente, y con la utilización del cuociente,
encontramos que hay secciones electorales de la provincia de Buenos
Aires que
están sub. y sobre representadas, así como también que en las
secciones
electorales "chicas" -en relación a la cantidad de candidatos que se
eligen-
el cuociente electoral afecta a las minorías.
Creemos que la modificación de los mencionados artículos, con la
correspondiente substitución de fórmulas colaboraría a paliar estos
problemas.
En su Art. 61 la ley electoral establece que: "la Legislatura dictará
la ley electoral, ésta será uniforme para toda la Provincia "..
La modificación pretendida consta de cambiar el sistema utilizado
actualmente por la formula electoral D´Hondt. La misma utiliza una
serie de
divisores que va desde el número uno hasta aquel otro número por el
que la
suma total alcance a ser divisible. Esta serie se utiliza para
dividir
consecutivamente la cantidad total de votos obtenidos por cada
partido. La
asignación de las bancas se efectúa de acuerdo a los mayores
resultados
obtenidos tras las divisiones realizadas y hasta completar la
cantidad de
bancas disponibles.
Para tal modificación se requiere que la legislatura dicte la ley
correspondiente.
Somos concientes de que la modificación del Régimen electoral
requerirá de modificaciones estructurales más profundas pero es
preciso
señalar que la reforma política es un tema dinámico y que está
forzado a la
sucesión de distintas reformas legales que se ajusten a las
necesidades
concretas de nuestra provincia
El proyecto manifiesto aquí es fruto del consenso unánime hallado a
través de la Mesa del Diálogo Provincial. Ésta es un componente del
Programa
Rector para la Reforma Política de la Provincia de Buenos Aires el
cual fue
creado con el objeto de instrumentar un proceso de transformación del
sistema
político provincial orientado a mejorar y transparentar su
funcionamiento.
Los fines de dicho Programa son, entre otros, mejorar la calidad de
las Instituciones, contribuir a reducir la brecha de
representatividad entre
ciudadanos y representantes, la obtención de un mayor control
ciudadano, y la
promoción de la participación ciudadana.
La Mesa del Diálogo tiene por objeto facilitar canales de
participación y deliberación a todos los actores de la sociedad en el
territorio de la Provincia, como así también, generar mecanismos
efectivos de
diálogo entre los actores políticos, sociales y los partidos
políticos que
permitan la construcción de consensos en torno a las metas y alcances
de la
reforma, posibilitando que toda la ciudadanía conozca las
características del
proceso y tome conocimiento de sus contenidos específicos.
Así es que producto del consentimiento de los representantes de los
partidos
políticos de la provincia reunidos en este ámbito y por las razones
expuestas
solicitan la sanción del presente proyecto de Ley.

Dios Guarde de Vuestra Honorabilidad


La Plata,


El Honorable Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de
Buenos Aires
sancionan con fuerza de:

LEY

ARTÍCULO 1º: Modificase los artículos 109, 110, 111 y 121 de la Ley
Nº 5.109
T.O. Decreto Nº 997/93 y modificatorias Leyes Nº 11.733, Nº 11.833 y

12.312 -Ley electoral de la Provincia de Buenos Aires-, los que
quedarán
redactados de la siguiente manera:

ARTÍCULO 109º: Hecha la suma general de los votos computados de cada
Sección o Distrito Electoral, deducidos los votos en blanco y
anulados, y las
del número de sufragios que haya obtenido cada una de las boletas de
los
partidos o candidatos, clasificando éstas según la denominación con
que fueron
oficializadas, la Junta Electoral procederá del modo y en el orden
siguiente:

a) El total de los votos obtenidos por cada lista será dividido por
uno
(1), por dos (2), por tres (3) y así sucesivamente hasta llegar al
número
total de los cargos a cubrir.

b) Las fracciones resultantes, con independencia de la lista de que
provengan, serán ordenadas de mayor a menor en número igual al de los
cargos a
cubrir.

c) A cada lista le corresponde tantos cargos como veces sus
fracciones
figuren en el ordenamiento indicado en el inciso b), siguiendo el
orden de
colocación en que aparezcan los candidatos en la lista.


ARTÍCULO 110º: Si hubiere dos o más fracciones iguales, la banca se
atribuirá
a la que tenga el mayor número de votos en total. Si hubiera igual
cantidad de
votos, se resolverá por sorteo que a tal fin deberá practicar la
Junta
Electoral.

ARTÍCULO 111º: La Junta proclamará y diplomará a los que en orden de
colocación corresponda, dentro del número de electos asignados a la
lista
respectiva, con excepción de aquellos cuya impugnación o renuncia
hubiera
aceptado. En éste supuesto se proclamará al siguiente en orden de
colocación.

ARTÍCULO 121º: Cuando se trate de la renovación total de los Concejos
Deliberantes o Consejos Escolares, la duración de los mandatos será
determinada por sorteo que practicará la Junta Electoral en el acto
de la
proclamación de los electos de manera que cada partido pierda, en la
primera
renovación, la mitad de su representación.

Si la suma de los resultados de la división por dos, no equivaliera a
la mitad
del total de los Concejales o Consejeros Escolares, se completará ese
número
adjudicando un mandato más de dos (2) años al de la lista que hubiera
tenido
menor fracción al adjudicar la representación.

ARTÍCULO 2º: De Forma.





#1442 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Lun, 28 de Mar, 2005 2:47 pm
Asunto: Kirchner vuelve del sur con nuevas estrategias
hmclemeur
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Domingo 27 de marzo, 4:38 PM
Kirchner vuelve del sur con nuevas estrategias




BUENOS AIRES, mar 27 (DyN) - Las críticas desde el Gobierno a la
política aplicada en los '90 es casi un clásico de cualquier discurso
presidencial, pero el hecho de que desde el mismo Ejecutivo se
cuestione -aunque en forma indirecta- a los '70, es toda una novedad
política.

Roberto Lavagna, el miembro más independiente del gabinete nacional,
pareció en los últimos días tomar más distancia de la Casa Rosada y
en ese marco cuestionó la reestatización de empresas o los límites a
los aumentos salariales.

Néstor Kirchner, un hijo fiel a los postulados de los '70 donde se
levantaban las banderas de las reivindicaciones sociales y se soñaba
con nacionalizar todo, aumentó los salarios por decreto, no
desautorizó a la CGT que en la misma Rosada reclamó subir el sueldo
mínimo y puso muy satisfecho su firma para transformar al Correo en
una empresa nacional o crear LAFSA y ENARSA.

¿A quién se dirigió entonces Lavagna cuando advirtió que más
reestatizaciones quitarán fondos para ayuda social o más aumentos
salariales fuera de acuerdos paritarios pueden generar inflación?.

Se puede especular que ese mensaje fue para la Casa de Gobierno, y si
es así, Lavagna podría estar preparando su salida del gabinete. En
forma paralela, otro tema ocupará la atención oficial en los próximos
días: las relaciones entre el gobierno argentino y el Vaticano por la
situación del vicario castrense, monseñor Antonio Baseotto, una
cuestión que podría haberse resuelto de manera diplomática y que se
salió de madre.

Frente a estos problemas, el retorno de Kirchner a su despacho luego
de una semana en El Calafate hace prever días muy agitados.

Fuentes oficiales admitieron que no todo fue descanso para el
presidente, y la presencia de sus dos hombres más cercanos da la
pauta que dedicó mucho tiempo a definir la estrategia de su gobierno
para los próximos meses, elecciones legislativas de octubre incluidas.

El jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y el secretario Legal y
Técnico, Carlos Zannini, compartieron la mesa santacruceña de
Kirchner y en esas reuniones se analizó a fondo cada tema de gobierno
y las alternativas de los próximos comicios.

La situación generada con la Santa Sede ocupó gran parte de esas
conversaciones y Kirchner anunciaría su decisión esta misma semana,
pero otras cuestiones, como la relación Kirchner-Lavagna serían de
más larga resolución.

En la Rosada dicen que el presidente no está dispuesto a terminar en
malos términos con su ministro porque, en caso de ser necesario, es
un buen candidato para cualquier cargo electivo y muestran encuestas
que ubican muy bien al economista entre el electorado de la capital.

Un dato que no pasa desapercibido.

#1441 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Lun, 28 de Mar, 2005 2:46 pm
Asunto: Lavagna: ¿la presa electoral?
hmclemeur
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Domingo 27 de marzo, 3:37 PM

Lavagna: ¿la presa electoral?




BUENOS AIRES, mar 27 (DyN) - La discusión que está cobrando color
cada vez más intenso sobre la aparentemente contradictoria
ecuación "inflación versus aumento salarial" está develando, más que
el choque entre teorías económicas distintas para enfrentar una
realidad que se va haciendo cada vez más incómoda para el Gobierno,
la puja política que subyace entre sectores del peronismo, como un
sino fatal del que la sociedad jamás pudiera librarse.

La vida política aquí, en los últimos años, siempre dominada por el
justicialismo, esté o no en el gobierno, se caracterizó por las
dicotomías, divididas entre principales y secundarias.

En la era de Menem, la oposición secundaria era Menem contra Cavallo:
ambos se disputaban la paternidad de la "criatura" de ese entonces:
la "mágica convertibilidad", tan mágica que hizo humo al país apenas
los magos decidieron soplarla. Pero la pelea de fondo era la que
sostenían Menem y Duhalde, los dos "colosos" del peronismo, peleando
por más porciones de poder.

Con la asunción de Kirchner, y transcurrido un tiempo en el que los
justicialistas se tranquilizaron al constatar que la demanda social
por que "se vayan todos" se iba diluyendo en la quebradiza memoria de
los argentinos, la vieja dualidad vuelve a asomar.

Y la aparición de un brote inflacionario -ese fenómeno que ha
volteado gobiernos en la Argentina- no sirvió tanto a los actuales
hombres del poder para buscar formas sensatas de contenerlo, tras dar
con sus verdaderas causas, sino para desnudar tal vez antes de lo que
se tenía planeado- la dicotomía entre el Presidente y su ministro de
Economía.

Los especuladores políticos vaticinaban que una vez que piloteara la
tormenta generada por el default, y luego que Kirchner anunciara el
fin de ese karma que sirvió para que el poder financiero mundial
apuntara al corazón de la Argentina, Lavagna se iría a su casa, o ,
en el mejor de los casos, pasara a reemplazar a Rafael Bielsa en la
Cancillería.

Lo importante era que no siguiera haciéndole sombra al propio
Presidente.

No se sabe si alguno de esos planes se estaban por concretar, pero lo
cierto es que irrumpió inesperadamente la inflación y desató una
discusión de fondo en la que hasta ahora Kirchner optó por mantenerse
prescindente.

El jefe del Estado sólo atinó a convocar a tumultuosos boicots y a
llamar a la gente a no comprar los productos que aumentan, sugerencia
sostenida además en una millonaria inversión publicitaria en los
medios.

La propuesta generó una ola masiva de rechazos -salvo las adhesiones
de algunos piqueteros y de la CTA- y el Presidente, como suele hacer
en estos casos, optó por emprender una retirada táctica y una vez
más, se recluyó en su paradisíaco refugio de El Calafate.

Al parecer, el principal as en la manga con que cuenta Kirchner
cuando el clima político se recalienta, es el repliegue y el
análisis, junto al puñado de gente de extrema confianza, de los pasos
a seguir.

Ahora, dicen que Kirchner aprovechó estos largos días de ausencia
para analizar el entramado de la estrategia electoral para octubre:
lo que parece ser la única preocupación de los gobernantes de la
atribulada Argentina de hoy.

Es decir: el problema no es cuál es el disparador de la inflación, y
cuál será el futuro económico de un país demasiado frágil bajo esa
variante económica. La cuestión es cómo enfrentar al duhaldismo en la
provincia de Buenos Aires para salir airoso en las elecciones de
octubre.

El dilema no es analizar por qué, una vez más, el aumento enorme en
el gasto público registrado en el último año -casi un 30 por ciento-
es el verdadero detonante de la inflación, y no el supuesto
recalentamiento de la economía por un hipotético período de bonanza
que hoy por hoy, sólo ven los productores agrícolas y los sectores
vinculados con el turismo.

Curiosamente, el último año el gobierno de Kirchner subió el gasto
como lo hacía su antecesor Carlos Menem para lograr adhesiones
políticas. ¿Cómo podría explicarse, si no es a través de generosas
transferencias de fondos, ya sea en concepto de coparticipación o lo
que fuere, que tantos gobernadores radicales y otros no peronistas
hayan declarado su ferviente adhesión política al jefe del Estado?

Una vez más, los gobernantes y los políticos juegan con fuego.

Ahora, todos los cañones parecen apuntar contra Lavagna: porque es el
que no pudo frenar la inflación y porque es quién rehusa otorgar el
aumento salarial que Hugo Moyano reclama con la prepotencia que le
habilita el respaldo absoluto del presidente Kirchner.

Entonces, se vislumbra que la pelea política de fondo, la eterna
cuestión argentina, vuelve a aflorar, por ahora, insinuándose
solamente como la punta de un iceberg. Después, no se sabe. Es
Duhalde: Duhalde, presentado ahora como aliado de Lavagna, lo cual
implica, por carácter transitivo, que asoma enfrentado a Kirchner.
Aunque se diga que la "alianza" entre Kirchner y Duhalde esté
intacta, las pruebas muestran claramente lo contrario.

Más allá de la puja patética que ha emprendido el gobernador
bonaerense Felipe Solá contra todos los fantasmas del duhaldismo que
lo acechan, envalentonado, al parecer, por contar con el respaldo de
Kirchner, el duelo entre el Presidente y su antecesor, el aún
caudillo indiscutible de la mina electoral más rica de la Argentina,
avanza hacia picos más altos.

Si no, basta con leer entre líneas: en sus más recientes
declaraciones, desde Marruecos, en este caso, cuando a Duhalde se le
preguntó cómo veía al país, respondió con un puñal verbal: "La Casa
está en orden".

#1440 De: José Ignacio Machado <ignacmachado@...>
Fecha: Lun, 28 de Mar, 2005 12:49 am
Asunto: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Reforma política
ignacmachado
Sin conexión Sin conexión
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Estimados Hector, Luis y Hugo
 
Coincido con sus comentarios sobre el tema en cuestion, y agradezco que hayan invertido su tiempo en compartirlos conmigo y otros miembros de esta lista de correo.
 
Aprovecho para darles mi vision, de simple simpatizante y observador de la politica a traves de los diarios: me gusto mucho esta presentacion de ideas de RLM, porque creo que es algo diferente a la que escuche en otras oportunidades, en nuestro partido y otros.
 
Me interesa mucho la cuestion de la reforma politica y sigo y apoyo las diferentes posiciones de Recrear que conocia a traves de medios periodisticos (acabo de leer por consejo de Hector en la pagina de Recrear PBA la carta enviada a Sola, que resume todos los puntos: recomiendo su lectura), pero me daba la impresion de que era solo una posicion "corporativa" de Recrear en tanto partido minoritario, al margen de las preocupaciones de la ciudadania. Es decir: resumian solo los temas que preocupaban a Recrear como partido (el cociente, el piso electoral, las internas, etc.) y no profundizaban todo lo que yo deseo las preocupaciones sobre como renovar y mejorar la politica. Sin animo de ofender, me parecia una propuesta mas bien "mezquina",  cuando la sociedad esta pidiendo otras cosas.
 
Esta vez vi un RLM superador, con propuestas abiertas a la sociedad y pensando a futuro. Ojala veamos el mismo espiritu superador en todas las propuestas, el crecimiento de Recrear sera imparable.
 
Un saludos cordial.-
 


Hector <hgriccardi@...> wrote:

Estimado Jose Ignacio:

 

La lista a la que supongo se hace referencia (ex - lista "22" Compromiso, Etica y Accion" que solo

tuvo vigencia hasta el comicio del 6 de Marzo) se adhiere a lo expresado en esta nota porque

RECREAR lo viene proponiendo desde su fundacion y ha organizado encuentros, seminarios y

efectuado presentaciones al Poder Ejecutivo Provincial para impulsar y concretar los cambios que

menciona RLM en este articulo.

 

Asimismo en   http://www.recrearpba.org.ar/   se puede leer la carta fechada 16 de Febrero ppdo.

de RECREAR PBA, dirigida al Gobernador Felipe Sola relacionada tambien con el tema que nos ocupa.

 

Si hubiera algun punto en particular que debiera ser aclarado con mucho gusto lo haremos.

 

Cordialmente

 

Hector J. Gomez Riccardi

RECREAR - VTE. LOPEZ


From: José Ignacio Machado [mailto:ignacmachado@...]
Sent: Wednesday, March 23, 2005 4:23 PM
To: Recrear_Vicente_Lopez@...
Subject: Re: [Recrear_Vicente_Lopez] Reforma política

 

Gracias Hugo. Me gustaria conocer tu opinion, y de los otros miembros de esta lista, sobre esta columna de Ricardo López Murphy y Julio Burdman que nos has enviado.

Un saludo cordial.-



"Hugo M. Clémeur" <hmclemeur@...> wrote:


La Nación - Opinión
Martes 22 de Marzo de 2005

Sacar la reforma política del cajón

Por Ricardo López Murphy y Julio Burdman
Para LA NACION

Cumplidos ya casi dos años de gobierno, el debate sobre la reforma
político-electoral parece estancado en la dirigencia. Esto se explica
por dos motivos: porque el propio gobierno, tras innumerables
movimientos y promesas, no impulsó sus propios proyectos, a pesar de
que varios ministros -Alberto Fernández, Gustavo Beliz y Aníbal
Fernández, sucesivamente- habían en su momento tomado ante la
sociedad la responsabilidad de hacerlo; y porque el justicialismo,
que controla el Congreso Nacional, ha "cajoneado" más de un centenar
de proyectos preparados por legisladores de diversas fuerzas, desde
2002 a la fecha.

Pero nosotros no hemos cambiado al respecto: seguimos considerando la
reforma política un aspecto central de nuestra propuesta. Creemos que
la modernización de los partidos y de las prácticas electorales,
guiada por el ideal de la política representativa, eficaz,
participativa y transparente, será el punto de partida para recuperar
nuestras instituciones democráticas: paso indispensable para volver a
soñar con un país unido en su pluralidad, con un Estado nacional
creíble, con verdaderas metas de desarrollo. Por eso, durante este
año lucharemos en todos los foros de debate para sacar del cajón la
reforma político-electoral.

Hoy, la reforma es una verdadera tarea de reconstrucción, porque en
los últimos años se ha deteriorado el marco institucional de la
actividad política y la crisis de representación y credibilidad se ha
profundizado. Los partidos tradicionales están desmembrados, son poco
más que una "cáscara vacía" -como decía nuestra adversaria en la
provincia-, y por ello se han convertido en un peligro para la
gobernabilidad. Las reglas de juego electorales estables
prácticamente han desaparecido, ya que los presidentes de turno
cambian a su antojo y, según su circunstancial conveniencia, las
fechas y los sistemas para seleccionar candidatos. Las facultades
legislativas de los presidentes han avanzado hasta niveles nunca
antes conocidos. Y un galopante clientelismo, por medio de la
asignación discrecional de subsidios entre punteros y piqueteros ha
transformado el voto universal en una cuestión de aparato, sumisión y
financiamiento vía cajas negras estatales.

Por ello, creemos que el proceso reformista de la política tiene que
ponerse en marcha cuanto antes. También, con una política que todavía
se está reacomodando después de su más profunda crisis, somos
partidarios de una modernización amplia pero gradual y surgida de un
gran consenso nacional. No creemos ni en las soluciones mágicas que
luego fracasan por inaplicables, ni en las reformas unilaterales
realizadas por una mayoría circunstancialmente en el poder que las
diseña para beneficiarse, como sucedió en 1994. Los sistemas
políticos modernos son mecanismos complejos y delicados: tampoco
debemos caer, llevados por el entusiasmo, en el facilismo de querer
convertir nuestro sistema electoral en un objeto de cirugía mayor por
medio de una ley general. Estamos trabajando sobre la base de nueve
reformas que afectan al sistema político nacional, que deberían
debatirse y tratarse sucesivamente en diferentes proyectos de ley.
Además de otras tantas peleas que daremos en provincias y municipios.

Los desafíos inmediatos son dos: fortalecer nuestra democracia
representativa perfeccionando y adecuando sus leyes actuales (el
Código Electoral, y las respectivas leyes de partidos políticos,
internas partidarias, y de financiamiento de partidos y campañas
electorales) y, sobre todo, reformando los instrumentos y los
organismos de aplicación vigente. Con cuatro objetivos primarios en
la mira: recomponer la credibilidad y representatividad de los
partidos y sistemas electorales, lograr reglas de juego
transparentes, limitar los superpoderes presidenciales y eliminar el
clientelismo de nuestra vida política.

Las nueve leyes reformistas que proponemos son las siguientes:

Reafiliación a los partidos políticos. Sin depuración de los
padrones, no será posible mejorar la vida interna de los mismos.
Permitiendo que los afiliados antiguos mantengan su historia política
(confirmando su afiliación original) y eliminando a los "truchos"

Reforma de la "lista sábana". Hay que impedir las grandes listas
divorciadas de la gente. Nuestro proyecto es subdividir a los
distritos que, ahora y en el futuro, superen las veinte bancas en la
Cámara de Diputados. Para la provincia de Buenos Aires, proponemos
aplicar las actuales secciones electorales que se utilizan para
legisladores provinciales en los comicios para el Congreso nacional.
Y en la Capital, crear dos distritos: uno al sur y otro al norte de
la avenida Rivadavia (lo que permitirá representar mejor al Sur, hoy
relegado por los barrios más ricos).

Ley de internas partidarias. Tras el atropello que realizó el
justicialismo en 2002-3, debemos pensar en una nueva ley de amplio
consenso. Nuestra propuesta son los comicios obligatorios y
simultáneos pero restringidos al padrón de afiliados, para no
asfixiar a las nuevas fuerzas políticas. Hoy, abrir las internas sólo
perpetuaría a los grandes aparatos enquistados en el poder: somos
partidarios de las internas abiertas pero dentro de diez años.

Creación de un Organismo Electoral Independiente, y su consiguiente
reforma de la justicia electoral. La Argentina es el único país del
mundo donde las elecciones las organiza el Poder Ejecutivo y las
vigilan jueces federales sin competencia específica. Este sistema
funcionó milagrosamente entre 1983 y 2001, pero desde entonces está
al límite de su capacidad.

Nuestro proyecto es convertir a la actual Dirección Nacional
Electoral del Ministerio del Interior, que organiza el acto electoral
y sus escrutinios, en un organismo independiente (sin perder la
experiencia ganada), que también tenga capacidad de auditar y
detectar en tiempo real las violaciones a la legislación sobre
partidos y financiamiento, y no años después, como sucede ahora. Y
poner bajo jurisdicción de una cámara electoral transformada a los
jueces y fiscales electorales.

Esta reforma que proponemos, una de las más complejas, es clave para
lograr que las leyes se apliquen, que se hagan nuevas reformas y que
el sistema no se siga deteriorando.

Pena de cárcel para el desvío de fondos públicos para campañas
electorales. Este aspecto sigue ausente en nuestra legislación sobre
financiamiento ilegal de campañas, que apunta sólo al sector privado
e ignora la cuestión de las "cajas negras" (la denuncia de Gustavo
Beliz). Nuestro proyecto apunta a la identificación con
responsabilidad personal de los desvíos de fondos, con la
intervención de fiscales electorales.

Unificación de fechas electorales para legisladores nacionales.
Venimos enarbolando este proyecto desde hace tiempo y celebramos
coincidir con el oficialismo en este caso. Pero creemos que hay que
reformar el Código Electoral para fijar fechas fijas y dejar la
convocatoria en manos del presidente, y no de los gobernadores.

Limitación de los decretos de necesidad y urgencia. Nuestra propuesta
apunta a restringir su aplicación y dotar de mayor poder de
contrapeso al Poder Legislativo.

Voto electrónico para cargos nacionales. Independientemente de su
aplicación en elecciones provinciales -que apoyamos activamente-,
proponemos una ley que favorezca su aplicación para elecciones de
presidente y legisladores nacionales. Este sistema abarata costos
para los partidos jóvenes y minoritarios, en desventaja frente a las
grandes estructuras de fiscales de los partidos tradicionales.

Asimismo, además de estos proyectos reformistas en el nivel nacional
que defenderemos desde nuestras bancas, en todos los frentes daremos
batalla por otros temas que también harán a una mayor calidad de la
política federal, provincial y local: por la eliminación de la ley de
lemas en todo el país -la combatiremos en todas las provincias donde
esté vigente-, por la creación de escuelas de funcionarios, vitales
para que existan políticas de Estado, encontrando inspiración en el
Servicio Exterior de la Nación; y por control y transparencia del
gasto en la administración, Congreso y legislaturas, con publicidad
total de resultados financieros de cada una de las dependencias y
despachos en Internet.

Ya hemos presentado en el Congreso nacional seis de estos nueve
proyectos, y dentro de un mes los habremos presentado todos. Nuestro
compromiso con la reforma es absoluto y a las pruebas nos remitimos.
Y no dejaremos de bregar para que el proceso se ponga en marcha.
Creemos, como decíamos, que la reforma debe ser gradual y
consensuada, y por ello hemos preparado proyectos diferentes para
cada una de las áreas que necesitan ser repensadas. El tiempo
transcurrido ya ha demostrado que la coalición oficialista, que
circunstancialmente controla los diversos poderes del gobierno, no
está dispuesta a discutir sobre estos temas, o dejar que se discutan.
Eso no va a impedir que la demanda social por la reforma prospere,
tarde o temprano: si ellos no quieren escucharla, será una tarea
pendiente para nosotros.

Ricardo López Murphy es presidente de Recrear. Julio Burdman
pertenece al Centro de Estudios para la Nueva Mayoría.



http://www.lanacion.com.ar/opinion/nota.asp?nota_id=689448
LA NACION | 22.03.2005 | Página 17 | Opinión




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#1439 De: "Hector" <hgriccardi@...>
Fecha: Lun, 28 de Mar, 2005 2:12 pm
Asunto: ETICA FILOSOFIA Y BIOETICA
hgriccardi@...
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Oscar:

 

lamentablemente me viene rechazado el mensaje por exceder la cantidad de databytes por lo tanto

detallo el lugar donde se puede leer

 

http://www.acadargeticmed.com.ar/declaracion_bochat.pdf

===========================================================

 

Estimado Oscar:

 

Te adjunto mi respuesta y una declaracion sobre bioetica

 

Un abrazo

 

Hector J. Gomez Riccardi

RECREAR V.L.

 


From: Recrear Hurlingham [mailto:rhurlingham@...]
Sent: Wednesday, March 23, 2005 7:28 PM
To: recrearprimera@...
Subject: RE: [recrearprimera] Dependemos de un MANIATICO TRASGRESOR

 

Estimado Héctor:

Debido a mi profesión de filósofo en eterna formación acepto como una de las tantísimas formas de entender la ética la que suscribís en el e-mail de referencia.

De todas maneras, está claro que toda definición de "ética" es necesariamente  incorrecta en la medida en que la ética es una disciplina filosófica y no una ciencia (entendida en términos positivos). La filosofía en general (y las disciplinas que la compones) no son definibles en términos absolutos, como sí son definibles las ciencias modernas. Uno de los principales escollos a la hora de definir la filosofía es que ésta no tiene un objeto de estudio definido, ni un método universalmente aceptado, ni nada "fijo" donde sentar una base firme de definición. Definir es poner límites al concepto y la filosofía simplemente pretende no tenerlos. Respecto de la ética en particular, el tema de los "valores" es un tema en discusión. Incluso hay quenes los niegan. A lo largo de la historia de la filosofía, se han desarrollado teorías éticas radicalmente distintas y no es razonable defender con vehemencia ninguna de ellas, porque incluso sus mentores muchas veces abandonan la idea antes de morir. (Platón mismo puso en tela de juicio su filosofía poco antes de morir)

Si la ética es el estudio de los valores, de las virtudes, de los códigos morales, de los medios para alcanzar un fin, de los fines, de leyes universales de conducta, del bien, etc. etc. es algo que afortunadamente se sigue discutiendo (durante este siglo hasta había aparecido una "ciencia de los valores", llamada axiología, que en argentina fue enseñada por Risieri Frondizi (hermano de Arturo) pero hoy ya casi nadie lee esos libros.

En fin, la ética como buena parte de la filosofía que es, aún no ha definido su objeto de estudio. Más recientemente, algunos temas propios de la ética, han evolucionados lo suficiente como para merecer un apartado especial, entre ellos los temas relacionados con el principio y el fin de la vida, es decir, el aborto y la eutanasia.

La bioética se ocupa hoy de ellos. Afortunadamente he realizado recientemente varios seminarios al respecto (puesto que es mi orientación) y te aseguro que los cánones que se discuten nada tienen que ver con la ideología política. No existe relación causal entre izquierda-aborto o derecha-no aborto ni viceversa. La cuestión pasa por otro lado. En este sentido, los términos en juego son, por ejemplo, "persona", "felicidad", "dignidad", "dolor", etc.

Que la concepción es el inicio de la vida no lo discute nadie, pero eso solo no sirve para inclinarse o no por el aborto. Por ejemplo, las feministas aceptan incluso que el feto es un ser humano inocente, pero incluyen al feto como una parte del cuerpo de la madre, y por lo tanto abortar un feto no es distinto que quitarse una muela, donar un riñon, etc. Otros, en cambio, niegan que el feto sea una persona, y por lo tanto no sería un crimen abortarlo. Acá no se puede hablar de si algo es humano o no, porque eso queda claro, un feto es humano tanto como las células de tu pelo. El concepto fundamental es el de "Persona". ¿Cómo definirías en concepto "persona" para que abarque tanto al óvulo fecundado como a un niño?. Esta es la principal dificultar. Y no es que unos sean racionales y los otros trogloditas. Todos los argumentos, tanto a favor como en contra del aborto son atendibles, siempre y cuando sean racionales.

En fin, esto da para unas cuantas charlas de café o intercambio de material. ¿Te parece?

(Te comento que desde el punto de vista del utilitarismo, una de las bases conceptuales del liberalismo moderno de Locke en adelante, es mucho más fácil argumentar a favor que en contra del aborto, mientras que los argumentos del tipo apriorísticos encajan mejor con la idea antiabortista, pero distan más del liberalismo)

un abrazo. Oscar

>From: "Hector" <hgriccardi@...>

>Reply-To: recrearprimera@...

>To: <recrearprimera@...>

>Subject: RE: [recrearprimera] Dependemos de un MANIATICO TRASGRESOR

>Date: Mon, 21 Mar 2005 21:21:27 -0300

>

>Querido Oscar, bienvenido el debate:

>Serio, con altura, aunque alguien pudiera estar equivocado.

 

>En este contexto, el de la polemica que mueve neuronas, te comento: >

>Durante los siglos 16-18 hubieron en Europa profundos cambios economicos -

>sociales y en consecuencia doctrinarios

 

Una nueva clase social impulso la innovacion de costumbres, mentalidades e

>ideologias luchando contra los principios feudales, uniformidad de creencias religiosas

>que conformaron LA REFORMA. El orden divino fue sustituido por el culto abierto a la

>naturaleza humana; la investigacion cientifica independiente se apoyo en la experiencia

y en la observacionde la naturaleza (RENACIMIENTO)

La ILUSTRACION desplazo la idea de la inmovilidad social, basada en la

concepcion teologica.

>Dentro de toda esta evolucion aparece una nueva concepcion individualista

>del hombre y la sociedad basada en las nociones de LIBERTAD Y DEMOCRACIA.

Nace el liberalismo que junto a la burguesia consolidan su poder y luchan

contra la  aristocracia, el clero y las monarquias absolutas defensoras del orden

>medieval.Primero en Inglaterra luego en Francia (REVOLUCION FRANCESA), los pensadores

>que mas influyeron fueron Montesquieu ( doctrina sobre la separacion de los

>poderes el estado), Locke ( concepto de Estado protector de la Libertad y la propiedad

>individual) y Rousseau (soberania activa del pueblo

>El LIBERALISMO, represento desde esos comienzos, los principios de la

>democracia, entendida como igualdad entre los hombres y su derecho a ejercer la

>soberania popular.que en sintesis fueron:

1) El sufragio popular a traves el cual se expresa la voluntad del pueblo

2) Un estatuto constitucional o cuerpo de leyes que establecen y limitan derechos,

atribuciones del individuo y el Estado

3) Divison de poderes  dentro del Estado

4) La adopcion y vigencia de principios fundamentales DESTINADOS A GARANTIZAR LA VIDA,

la igualdad y los aspectos basicos de la libertad de los ciudadanos, libertad de pensamiento, de

expresion de culto, de reunion, etc.

 

A mi criterio entonces, los pueblos entran poco a poco en la madurez,durante los siglos XIV y XV

germina la vida espiritual moderna (religion, poesia, ciencia), reforzada por la utilizacion de

la cultura antigua .

De Adam Smith en adelante, el liberalismo se desarrolla tanto en el aspecto religioso,

filosofico, economico, como politico y se convierte en una fuerza en permanente evolucion

y plantea la separacion de la Iglesia del Estado, porque es para toda la comunidad, sean

del credo que fueren y debe respetarse la eleccion que cada uno haya hecho, con  

iguales derechos y sin lesionar ni declarar infieles a los demas.

Cuando Tomas de Aquino acepto hasta donde pudo o lo dejaron, el predominio

de la razon, abrio las puertas del Renacimiento de la mente humana. La Revolucion

Industrial completo la obra.

Ahora bien, yo creo que es Francis Bacon: que interrelaciona axiomas como la

existencia (el universo existe independiente de la conciencia) y el hombre es capaz de

adaptar la naturaleza a sus necesidades pero para ello debe obedecer el dictamen: “La

naturaleza para ser comandada, debe ser obedecida”. No existe proceso mental que pueda

cambiar las leyes de la naturaleza, ni borrar los hechos y con la llegada de Ayn Rand

(este año se cumple el centenario de su nacimiento ) esta analiza la contradiccion a

la existencia que en la version solcialista o mistica secular se intenta reemplazar ppor la

existencia de los deseos y arbitrariedades de la sociedad y que todo es posible a la

voluntad “del pueblo” .

El merito de Ayn Rand es que llega a la conclusion de que ese concepto no se

asienta en la evidencia objetiva porque rechaza la realidad

El conocimiento sirve para sobrevivir, siguiendo un codigo de valores o sea

que es aplicable una de las ramas de la filosofia: LA ETICA, CIENCIA QUE

DEFINE EL CODIGO DE VALORES PARA GUIAR LAS ACCIONES HUMANAS.

El nucleo del razonamiento es: La Etica reside en la naturaleza del hombre como organismo

vivo y este organismo lleva a cabo un curso de accion especifico que no es igual al de las planta

o los animales que no tienen alternativas posibles y siguen automaticamente las acciones

que su vida requiera.

El hombre en cambio no tiene ese instinto y debemos defender su vida por

eleccion como valor y descubrir sus valores para practicar sus virtudes. UN CODIGO DE VALORES

ACEPTADO VOLUNTARIAMENTE ES UN CODIGO MORAL. (Manfred F. Schieder)

 

Ademas dice: “todo lo que es adecuado a la VIDA de un ser racional es bueno; todo lo que la

destruya es malo".

 

Deduzco de todo esto, que "MR K" nunca siquiera ha pasado cerca de estas

reflexiones y sus ministros menos aun. Que la VIDA existe desde la concepcion y debe

>resguardarse y defenderse pero ademas que en los paises comunistas, no se respetaron la vida ni los

>valores, ni la etica. etc a punto tal que en China hasta hace poco hubo campos de concentracion para

>exterminar niñas (con fotos y todo publicados en diarios argentinos y a nivel mundial), en Rusia se cometieron

aberraciones que los defensores de los Derechos Humanos parecen ignorar igual que en Cuba

donde el aborto tambien es legal.

Chau , un abrazo

Hector GR

 

 

>From: Recrear Hurlingham [mailto:rhurlingham@...]

>Sent: Monday, March 21, 2005 4:57 PM

>To: recrearprimera@...

>Subject: RE: [recrearprimera] Dependemos de un MANIATICO TRASGRESOR

 

>Estimado: No es el liberalismo el que proclama la libertad de conciencia,

>sino el protestantismo. El liberalismo resguarda los derechos individuales

>pero difícimente hable de conciencia. Desde el nacimiento del liberalismo,

>ha habido sobradas muestra de pertura hacia la despenalización del aborto.

>Hasta adonde me consta, RLM exalta y ha exaltado siempre como ejemplo de

>sociedad a los europeos, en especial a los holandeses, por su respecto

>irrestricto de las leyes y por la convivencia pacífica de sus ciudadanos, y

>eso debe incluir su tendencia a la apertura en cuestiones bioéticas, como el

>aborto y la eutanasia.

>

>En EEUU, los demócratas (liberales) han proclamado como propuesta el aborto

>en las últimas eleciones presidenciales mientras que los republicanos

>(conservadores) los que lo niegan. No me parece que el comunismo tenga algo

>que ver en esta discusión.

>

>No obstante todo esto, simplemente contesté un e-mail de alquien que

>acostumbra tirar opiniones sin fundamentarlas y eso me parece más talibán

>que lo que pretende criticar. Coincido que lo de K es lamentable en varios

>aspectos, pero tampoco me gusta la actitud del que tira la piedra sin

>explicar cuáles son sus razones.

>

>En fin, yo lamento profundamente que RLM no haya dicho nada al respecto y

>que el en partido no se debatan temas importantes como el de marras. Más aún

>lamento que no se debata nada.

>

>Saludos.

>

>Oscar Zúccolo

>

> >From: "Hector" <hgriccardi@...>

> >Reply-To: recrearprimera@...

> >To: <recrearprimera@...>

> >Subject: [recrearprimera] Dependemos de un MANIATICO TRASGRESOR

> >Date: Mon, 21 Mar 2005 15:25:39 -0300

 

 

 

> >Oscar:

>No mezclemos al liberalismo con el aborto.

>

 >El liberalismo proclama la libertad de conciencia pero no propugna el aborto.

>Segun algunos paises o inclusive los que practican el federalismo como el caso de EEUU

 >cada estado legisla con mas o menos rigurosidad este tema pero no lo

 >propugnan salvo

>en los paises comunistas y otros africanos.

 >La cita del Obispo no es feliz y no es recomendable decirla en nuestro pais,

>debido a la historia pasada, pero tampoco es biblica, sino que esta en el Nuevo Testamento o

sea Evangelica, mencionada por tres Apostoles. Espero que proximamente no se pelee con

Jesucristo.

 

El otro aspecto que si estamos debatiendo, es la metodologia y las formas propias de

un matoncito inculto que llego a Presidente y que adopta actitudes que le

pueden caer bien a los piqueteros pero que no ayudan para que el pueblo este mejor y

>ese deberia ser el fin y no creerse el patron de la estancia.  El pueblo le ha prestado por

4  años la administracion central, pero no es su dueño.

 

Pisotear las normas, trasgredir parametros, es una incultura que nos aleja

cada vez mas de la civilizacion y nos aproxima a la barbarie.

Un abrazo

Hector GR

 


#1438 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Lun, 28 de Mar, 2005 12:42 am
Asunto: Comentario de La Capital, Rosario
hmclemeur
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La Capital, Rosario - 27 de marzo de 2005

Panorama político
El truco y los corsarios

Carlos Duclós / La Capital

Tal parece que como corresponde a una Semana Santa argentina la casa
está en desorden. Se mire por donde se mire la casa está en desorden
y lo único que falta es que algún disparatado funcionario salga a
algún balcón o asome su rostro por alguna cámara y diga como en
aquella recordada Pascua: ¡vayan tranquilos y felicidades!

Pero, ¿por qué está en desorden la casa? ¿No se viven tiempos de
crecimiento? ¿Cómo es entonces que la casa no está todo lo ordenada
que algunos quieren hacer creer? Veamos un par de ejemplos.

La interna feroz desatada entre el ahora kirchnerista Felipe Solá y
las huestes de Eduardo Duhalde no sólo pone en riesgo la
gobernabilidad de la provincia más importante del país, sino que los
coletazos se sienten en todas partes. En el fondo, y aunque Duhalde
intente disimularlo, se trata de una interna entre él y Kirchner. Las
recientes declaraciones del inefable personaje y piquetero del
presidente, Luis D'Elía, en el sentido de que se alinea detrás de
Solá y anuncia que la candidatura de Cristina Kirchner por la
provincia de Buenos Aires es un hecho, no son otra cosa que una
mojada de oreja para el ex presidente de la Nación. Un Duhalde que,
ni lerdo ni perezoso, se alinea con Lavagna en cuanto a política
salarial se refiere y sostiene como el ministro que no se pueden
conceder aumentos a discreción. Lo interesante del dirigente
bonaerense es que utiliza una frase que para el ciudadano analista no
ha pasado inadvertida: "No puede repartirse lo que no se produce". La
interna perenne entre los políticos argentinos causó y sigue causando
estragos en la sociedad. Esta es la primera conclusión del primer
ejemplo, entre tantos otros.

Por otra parte, el gobierno no ha manejado con sabiduría sus
relaciones con la Iglesia Católica. Las autoridades suponen que
pueden manejar la situación con otras instituciones de la Nación y el
mundo según los cánones de la interna partidaria. Pero estos
jueguitos no son aceptados en un mundo serio que no acaba de entender
la "viveza criolla". Por un lado un decreto le quita los atributos a
un obispo y por otro lado el canciller dice que no está restringido
su ministerio. Conclusión: no se puede estar con Dios y con el diablo.

Tercer ejemplo: Donald Rumsfeld, ultraderechista y amigo de Pinochet,
es recibido en nuestro país; el presidente Kirchner busca reunirse
con Bush. Pero, al mismo tiempo, invita a un boicot contra Shell, hay
abrazos con el presidente venezolano Chávez y se recibe a la
ultraizquierdista Hebe que manda al Papa al infierno.

Esta costumbre de jugar a dos, tres o más puntas les ha dado a
algunos dirigentes buenos resultados en sus andanzas partidarias.
¿Pero se puede conducir una Nación de tal forma? Está visto que no,
porque el mundo no se mueve de acuerdo con los principios políticos
argentinos. Por un tiempo se podrá engañar a algunos dirigentes
internacionales, pero a un sector del mundo no se lo puede engañar:
al de las buenas inversiones. ¿Hay inversiones en la Argentina? No.
¿Cuáles son los países del Mercosur con mayores inversiones? Brasil y
Chile ¿Es casualidad? No. ¿Quién vendría a invertir a un país en
donde no se sabe quién es quién? Sólo los corsarios decididos a
hacerse de riquezas haciendo las cosas a contrapelo de la ley y el
orden. ¿No ha sucedido y sigue sucediendo eso en el país? La
respuesta la tiene el lector.

La casa no está en orden y mientras sigue entre los líderes criollos
el partido de truco y la acción de los corsarios sigue libre de
cargos, las consecuencias uno puede observarlas no ya en Tucumán o en
las villas de emergencia de la periferia, sino en cualquier esquina
céntrica del llamado granero del mundo.

#1437 De: Hugo M. Clémeur <hmclemeur@...>
Fecha: Lun, 28 de Mar, 2005 12:38 am
Asunto: Interna peronista bonaerense
hmclemeur
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Diario Hoy, La Plata - 27 de marzo de 2005 - 09:45 |

PJ bonaerense
Cafiero quiere que Solá vaya a interna

El senador Antonio Cafiero sostuvo que el gobernador Felipe
Solá "debe demostrar en una interna" si puede enfrentar al
duhaldismo, y volvió a dar por fracasadas las "aventuras
transversales".

Cafiero señaló que Solá "todavía tiene que demostrar en una interna"
si tiene "capacidad" para enfrentar al líder del  justicialismo
bonaerense, Eduardo Duhalde, frente a los  movimientos del mandatario
provincial por armar una estructura  propia.

De todos modos, el senador justicialista se colocó en el lugar
de `jugar a favor de la unidad` entre Duhalde y Solá, aunque el
gobernador ya planteó la posibilidad de competir con candidatos
propios por fuera del PJ en los comicios legislativos de octubre.

En una entrevista publicada por el matutino La Nación, el  legislador
por el PJ bonaerense marcó además las diferencias entre  la senadora
y primera dama, Cristina Kirchner, y la diputada Hilda  Chiche
Duhalde, y no descartó la alternativa de que se enfrenten  en una
interna por la candidatura a senadora.

"Cristina nunca ha dado señales de querer ser candidata en la
provincia", mencionó, de todos modos, Cafiero, y estimó que la
preferencia entre la primera dama y Chiche Duhalde
deberían  "definirla los afiliados".

Consideró, igualmente, que Cristina Kirchner "es más conocida  por
sus posiciones globales, es una figura nacional", en cambio la
esposa de Eduardo Duhalde "no deja de ser una figura provincial".

En tanto, Cafiero estimó que el presidente Néstor Kirchner y  Eduardo
Duhalde "van a terminar arreglando" los espacios dentro  del
justicialismo, y consideró "legítimo" que el jefe de Estado  busque
aumentar su espacio de poder, pero le advirtió que ese paso  no debe
ser "a costa del núcleo duro del peronismo".

Cafiero, quien habia definido hace más de un año como "enfermita" a
la jugada de sumar sectores por fuera del PJ al  proyecto
presidencial, dio un paso más en esa línea y postuló: "creo que
Kirchner abandonó las aventuras transversales".-

#1436 De: "Hector" <hgriccardi@...>
Fecha: Lun, 28 de Mar, 2005 12:20 am
Asunto: RE: [Recrear_Vicente_Lopez] Declaraciones de RLM
hgriccardi@...
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Supongo que el titulo contiene un error y deberia decir que RLM

"siempre compite para ganar y no para el segundo puesto"

tal como figura en el texto de la nota.

 

Felices Pascuas ! ! !

Hector J. Gomez Riccardi

 


From: sentto-11124440-1434-1111947737-hgriccardi=fibertel.com.ar@... [mailto:sentto-11124440-1434-1111947737-hgriccardi=fibertel.com.ar@...]
Sent: Sunday, March 27, 2005 3:22 PM
To: Recrear_Vicente_Lopez@...
Subject: [Recrear_Vicente_Lopez] Declaraciones de RLM

 


Domingo 27 de marzo, 10:37 AM

López Murphy critica disputa con la Iglesia y dice que no quiere
competir ( QUIEN REDACTO ESTE TITULO????)  
 

BUENOS AIRES, mar 27 (DyN) - El líder de Recrear, Ricardo López
Murphy, criticó al Gobierno por su enfrentamiento con la Iglesia
durante Semana Santa, y señaló que su objetivo no es el segundo
puesto en las elecciones legislativas de octubre, cuando se postule
para el Senado nacional en la provincia de Buenos Aires, porque
siempre compitió "para ganar".

"Tener un conflicto con Juan Pablo II en Semana Santa ni a
Frankenstein se le hubiera ocurrido", consideró López Murphy, quien
sostuvo que "hay que aprovechar este tiempo de dolor y alegría para
hacer lo que al Presidente (Néstor Kirchner) no le gusta: ser
mesurado y prolijo".

Además, el candidato a senador calificó como "inaceptable" la actitud
del Gobierno de "ir a apretar a Su Santidad que está en agonía y que
jugó un importante papel importantísimo para evitar que entráramos en
guerra con Chile en 1978".

Ante el temor de algunos integrantes de la UCR bonaerenses de que el
frente liderado por López Murphy quede en el segundo puesto en las
elecciones de octubre, el candidato a senador resaltó que no se
resigna a pensar que compite por el segundo puesto porque, según
dijo, siempre compitió "para ganar".

En una entrevista publicada hoy por el matutino porteño La Nación,
López Murphy hizo referencia a sus frustradas negociaciones con
Mauricio Macri y afirmó que el acuerdo del dirigente de Compromiso
para el Cambio con el gobernador de Neuquén, Jorge Sobisch, le
produjo "sorpresa" porque no les avisaron y afirmó que se
enteraron "por los diarios" de la alianza.

El titular de Recrear señaló que hay "enormes diferencias" con
Sobisch que "estaría dispuesto a tragarme, pero ese no es el caso".

Ente dichas diferencias con Sobisch, López Murphy mencionó "la
libertad de prensa y uso de la publicidad oficial" que hace el
gobernador de la provincia, "su criterio sobre la división de
poderes", y su concepción acerca del "uso sustentable de los recursos
naturales".

DMM LW








correo electrónico a: Recrear_Vicente_Lopez-unsubscribe@...

trónico a: Recrear_Vicente_Lopez-unsubscribe@...





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