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NO A LA REFORMA DEL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL   Lista de mensajes  
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BLOQUE AUTONOMÍA POPULAR

Diputadas Beatriz Baltroc y Mónica Bianchi

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

NO A LA REFORMA DEL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL

La diputada Beatriz Baltroc propuso consultar a las organizaciones de Derechos Humanos y especialistas en la materia antes de cualquier modificación

La diputada Beatriz Baltroc, presidenta del Bloque Autonomía Popular, propuso iniciar una ronda de consultas a los organismos de derechos humanos, miembros del Poder Judicial, especialistas en Derecho, personalidades y organizaciones sociales representativas relacionadas con el tema, a los efectos de modificar el Código Contravencional y la Ley de Procedimiento Contravencional, en concordancia con el espíritu garantista de la Constitución de la Ciudad.

Además acompañó un Proyecto de Resolución para que, en un plazo de 90 días, las Comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales de la Legislatura, se expidan en torno a los proyectos presentados en materia de Código Procesal Penal, tema que fue incorporado a la Sesión Extraordinaria del jueves 19 de febrero.

La legisladoras Baltroc y Bianchi participaron del encuentro organizado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en el que se trató el Proyecto de Código Procesal Penal de la Ciudad. En él expusieron la Dra. Lucila Larrandart, Vicedirectora del Departamento de Derecho Penal y Criminología de la Facultad de Derecho de la UBA; la Lic. Sofía Tiscornia, Directora del Equipo de Antropología Política y Jurídica de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA; y el Dr. Alberto Bovino, profesor de la UBA y miembro del CELS.

Los especialistas coincidieron en afirmar que, en el Proyecto de Código Procesal Penal presentado, las reglas en materia de aprehensión, requisa, detención y encarcelamiento preventivo, entre otras, representan vulneraciones a los principios fundamentales de las garantías judiciales de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Además, cuestionaron duramente la definición del concepto de "flagrancia", alterando su sentido natural, con el único objeto de autorizar a la Policía Federal a realizar detenciones sin orden judicial; así como la facultad de ordenar una requisa sobre una persona o su vehículo, sin que medie orden judicial o una situación de urgencia que habilite la medida.

Finalmente señalaron que el Proyecto contiene disposiciones que autorizan a un fiscal y a la Policía a detener personas sin que exista orden judicial previa a la privación de su libertad, violando las garantías constitucionales contra las detenciones arbitrarias consagradas por el Art. 18 de la Constitución Nacional y por el Art. 13 de la Constitución local.

Buenos Aires, 12 de febrero de 2004

 BLOQUE AUTONOMÍA POPULAR
Diputadas Beatriz Baltroc y Mónica Bianchi
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Perú 160 3er. Piso Oficina 323 Tel. 4338-3090
Prensa: Carlos Rico Alcázar 15-5324-2397

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