Estimado Alberto,
Te cuento con copia a todos ya que tu duda puede ser la de muchos.
La Pista, que es un lugar privado que pertenece a algunos parapentistas y a otras personas ajenas al vuelo, quiere tener un respaldo en caso que alguien se mate o sea herido al aterrizar, es decir, si alguien se pega un palo en la pista, quien corre con las de perder es el dueño del lugar. En Argentina esto no sucede, pero los gringos hacen juicios por deporte ( me explico ?) por lo cual la opción para que el condominio preste al club la pista sería la expresada anteriormente, de todas formas si vos tenés otra idea, bienvenida sea a la lista para exponerla.
Tenemos hasta fin de este mes para ponernos de acuerdo, si bien yo tengo una propiedad en el condominio en este caso me he cambiado el sombrero al de Socio/ vocal del club para encontrar concenso en esta situación.
Pregunta, no sería bueno que todos tuvieran licencia ?? como lo es en Europa y sin ir mas lejos, en Chile !!! Por que nunca los Argentinos hacemos las cosas como debemos ( pensamiento personal, y me hago cargo del mismo)
La idea de solicitar licencia es justamente regular algo que nunca se pudo regular en Mendoza ya que el despegue es público, pero el aterrizaje ya no lo es más.
El terreno estará cerrado esta semana y nadie más pisará tu vela ni tendrás que putear a los domingueros que desperdigan su proletariado por la pista y dejan carboncitos de los asados para que luego se manche tu vela.
Es lógico que muchas personas no aterricen más en la pista del condominio ya que no cumplen condiciones mínimas de seguridad, pero no es tu caso !!! por lo cual no quisiera que tengas que aterrizar en los yuyos o en la calle ( con el riesgo que esto implica). Alberto, tirá para arriba, tirá !!
Como comentario final les cuento a todos, que juntándose solo 10 personas que quieran rendiir, la FAVL nos manda un instructor ( INSTRUCTOR REAL, se entiende ?? ) El costo aprox es de unos 50/80 pesos por persona.
quedo atento a tus coemntarios o los de quien quiera enviarlos
un abrazo grande
Luis
>From: Alberto Mateu <betomat2003@...>
>Reply-To: cerroarcomendoza@...
>To: cerroarcomendoza@...
>Subject: Re: [cerroarcomendoza] PARA UTILIZAR EL ATERRIZAJE
>Date: Tue, 14 Jun 2005 10:16:09 -0300 (ART)
>
>Luis estoy totalmente en desacuerdo con el punto 3
>(tres) de tu nota, esto en vuelo libre y no tengo por
>que sacar una licencia para poder utilizar un terreno
>para aterrizar, si son asi las reglas se buscara un
>aterrizaje alternativo por que no creo yo ser el unico
>en contra de este ridiculo requerimiento, pueden pedir
>que se mantenga el terreno limpio, que no estacionen
>autos pero no creo que al condominio le interese si
>tengo o no licencia, o son una sucursal de la Fuerza
>Aerea???
>Saludos
>
>ALBERTO MATEU
>
>
> --- Luis Suriani Montergous <luissuriani@...>
>escribió:
>
>
>---------------------------------
>
>Estimados,
>
>Adjunto una nota MODELO para vuestra
>consideración, la misma ( si no hay oposición)
>sería presentada a los dueños del terremo que nos
>piden que la misma parta de nuestra iniciativa.
>
>En caso que alguien esté en desacuerdo, este es el
>momento de quejarse, luegono habrá marcha atrás... !!
>
>
>
>REQUERIMIENTOS PARA HACER USO DEL ATERRIZAJE.
>
>
>
>Mendoza 13/06/2005
>
>
>
>
>
>Abajo se enuncian los requerimientos, que a partir de
>julio de 2005, el Club de Vuelo Libre Cerro Arco
>comenzará a solicitar a TODOS sus socios para poder
>utilizar la pista que el Condominio Parapentes pondrá
>a su consideración.
>
>
>
> Mantenimiento de la limpieza y desmalezamiento del
>predio
> Equipo de vuelo completo y en buen estado.
>
>El equipo mínimo consta de: casco, radio, vela en buen
>estado, silla y paracaídas.
>
>La viabilidad del equipo deberá ser avalada por
>cualquier instructor ( INSTRUCTOR con título)
>
>
>
>3- Licencia de vuelo FAVL " A" para pilotos monoplaza.
>
>PERIODO DE GRACIA:
>
>Pilotos salidos de escuela tendrán un plazo máximo de
>1 y ½ años para presentar licencia
>
>Pilotos actuales sin licencia tendrán un plazo de 6
>meses a partir de la fecha indicada para regularizar
>su situación.
>
>4- Licencia de vuelo BIPLAZA para los pilotos biplaza
>(COMERCIANTES), sin excepción.
>
>SIN PERÍODO DE GRACIA POR TRATARSE DE ACTIVIDAD
>COMERCIAL.
>
>Para los vuelos no comerciales aplica el punto 2
>
>
>
>
>
> Cuota del CVLCA al día.
>
>
>
>6- No se permitirá el estacionamiento de automóviles
>en el predio.
>
>
>
>7- Mensualmente, el presidente del club emitirá un
>informe de los pilotos autorizados.
>
>
>
>
>
>
>
>El no cumplimiento de estos, o alguno de los ante
>enunciados implica una violación sobre el derecho de
>la propiedad privada de los condóminos que amablemente
>prestan su espacio.
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>Jorge Bauzá Luis Suriani
>
>Presidente CVLCA Vocal CVLCA
>
>
>
>
>
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