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La Colorad@
Que tengas Paz !!
 
 

Todas las adicciones, son malas

Por Corina Ríos

 

Y no hablo de drogas, alcohol, dados, timba ni chuchos.

Me refiero a la adikta, que surgió a partir del 25 de Mayo del 2003.

La adikta a Kirchner.

Las primeras son personales y perjudiciales a cada quién las tenga.

La adikta perjudica a toda la ciudadanía argentina.

No comprendo cómo en tan poco tiempo, el presidente que accediera a serlo por un mínimo 22% del electorado, que según análisis posteriores, resultó ser el 16,6% del padrón electoral, ha logrado:

 

1.      Un parlamento adikto

2.      Una prensa adikta

3.      Una Corte adikta

 

Dadas las variadas manifestaciones de protestas callejeras, queda en evidencia que no ha logrado que la ciudadanía, le sea adikta.

 

  1. Por lo tanto es dable suponer que un Parlamento adikto no trabaja en función de sus representados.

Gracias a un Parlamento adikto, mayoría del PJ, que representan la banda peronista (dichos de Arnold), rápidamente reúnen los votos necesarios para votar lo que el PEN necesita que vote, sin importar si beneficia o no beneficia a los ciudadanos.

  1. La prensa adikta no informa según lo que se entiende debe hacer, en un país libre y con un gobierno democrático.

Somos muchos los que recibimos desde la Red, informes de las mordazas a la prensa, implementadas por Kirchner o su entorno.

  1. Una Corte adikta produce consecuencias nefastas.

Nuestra Constitución (y supongo que la de cualquier país serio, justo, libre y soberano), establece la independencia de los poderes del Estado y la principal debe ser la del Poder Judicial.

El Capítulo Primero de la Sección Tercera, de la CN, establece la naturaleza y duración del Poder Judicial.

Artículo 108.- El Poder Judicial de la Nación será ejercido por una Corte Suprema de Justicia y por los demás tribunales inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Nación.

Artículo 109.- En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.

Lograron 110.-  Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones. [(tras la trascripción de este artículo, comprendí las razones por las que a pesar del “corralito” (Decreto 1570/2001) y “corralón” (Decreto 214/2002), todos los ministros de la Corte, cobraron la totalidad de sus sueldos)]

No es casual...  si no causal, que hayan vuelto a aparecer en esta nota (como en todas las que escribo), los Decretos confiscatorios e inconstitucionales, 1570/01 y 214/02, dictados ambos con gobiernos constitucionales y democráticos.

Cuanto más me informo, más nerviosa me pongo.

Gracias a la Corte adicta a Menem, Eduardo Duhalde, logró la pesificación asimétrica, en perjuicio de toda la Nación y en beneficio de unos pocos.

Esa Corte adicta amenazaba a Duhalde dictar un fallo conforme a Derecho y Duhalde los amenazaba con un juicio político.

En ese tira y afloja de desvergüenza e indignidad, de los unos y los otros, se nombró a Juan Carlos Maqueda, integrante de esa Corte y a Boggiano, se lo postuló como juez para la Corte Penal Internacional.

 Ambos votan a favor de la “constitucionalidad” de algo que nació “inconstitucional”

Mientras tanto, en los Tribunales inferiores de la Nación, se dictaron cerca de 600.000 fallos de Justicia (virtud que inclina a dar a cada uno lo suyo)...

Uno, dictado el 4 de Agosto del 2004, minuciosamente detallado por ADAPD (Asociación de Damnificados por la Pesificación y el Default), cuenta que los jueces de Cámara, Ana María Gómez Alonso de Díaz Cordero y Felipe Cuartero, condenó al banco Río de la Plata S.A. a restituir en dólares el depósito efectuado por un ahorrista durante la vigencia de la Ley 25.466 (en la que intervino el ahora ministro de la Corte, Juan Carlos Maqueda) de intangibilidad de los depósitos. Se señaló que el amparista tenía un “derecho adquirido” y se resentiría la seguridad jurídica si se admitiera que los efectos de una norma dictada con una finalidad precisa pudieran ser desconocidos.

Consideraron por lo tanto “que la seguridad jurídica – imperiosa exigencia del régimen de la propiedad privada y de los países democráticos” se resentiría gravemente si se admitiera que los efectos de una norma dictada con una finalidad precisa puedan ser desconocidos, trastornándose las relaciones patrimoniales”

Expusieron que “La crisis financiera que motivó el dictado del régimen de excepción sobre los ahorros, no configura una situación de emergencia tal como para justificar la restricción de las garantías constitucionales con mayor intensidad que la tolerable en tiempos de normalidad...” pues los sucesos ocurridos a fin del año 2001, no comportan un acontecimiento accidental, súbito y excepcional, sino una situación recurrente que perturba y obstaculiza el desarrollo económico e institucional de la República, provocado por políticas gubernamentales  que han venido transformando a la excepción en  regla, lo cual es intolerable”

Una justicia independiente es uno de los pilares de la verdadera democracia.

A lo largo de tres páginas, que traté de resumir, ADAPD explica con lujo de detalles, los fundamentos del fallo y le envía una carta al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Enrique Santiago Petracchi,

Ref: La recuperación del Estado de derecho en Argentina – Independencia de los poderes del Estado...

Es evidente que la gente de ADAPD  envió esta carta al Presidente de la Corte, Dr. Enrique Santiago Petracchi para evitar las consecuencias nefastas que lograrían si a la Corte transparentada se le ocurriera seguir siendo “adictaa la situación recurrente que perturba y obstaculiza el desarrollo económico e institucional de la República, con un fallo “constitucional” de los Decretos 1570/01 y 214/02

Gracias a esas adicciones de entonces y a las nuevas, y habiendo transcurrido 34 meses, la “confiscación inconstitucional” continúa.

¿Será quizás que los jueces de los Tribunales inferiores de la Nación estudiaron en otras universidades cuando dictaron 600.000 fallos como el del 4 de Agosto/2004?

No lo creo.

Yo creo que tienen dignidad y vergüenza.

 

Octubre 4 del 2004

 

  

 

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"SIN   SEGURIDAD JURÍDICA    NO HAY   SEGURIDAD   DE NINGUNA ÍNDOLE..ni INVERSIONES"...
"SIN   INVERSIONES   NO HAY CRECIMIENTO"
"SIN CRECIMIENTO NO DESCENDERÁ LA POBREZA"
                   " RESPETAR LA CONSTITUCIÓN "
 

                               " SIN LEY Y JUSTICIA NO HAY NACIÓN"

Patricia Rocca ciudadana violada en sus DERECHOS REPUBLICANOS por la falta de independencia de los TRES PODERES.
Ahorrista ama de casa confiscada por DUHALDE ,REMES,RUCKAUF ,TODESCA,LAVAGNA, y el PARLAMENTO que sancionó y después suspendió la ley de intangibilidad de los depósitos,TRAIDORES A LA PATRIA por delegar poderes extraordinarios al EJECUTIVO,art.29
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alguien dijo: "LOS ARGENTINOS TIENEN COSTUMBRES QUE SON EN CONTRA DE LA LEY"...¿será por ignorantes?...
 

"LOS CORRUPTOS ESTÁN EN TODOS LADOS    O   LOS VENCEMOS    O   NO HAY SOLUCIÓN"

 

 

 

 

 



Lun, 4 de Oct, 2004 3:59 pm

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Patricia Rocca
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