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Viernes 15 de octubre de 2004 Año 4 - Nro. 1441
Economía y Negocios
http://www.ediciononline.com.ar/diario/notas.php?idx=33677
La pesificación de créditos hipotecarios
La Corte insistió ante el procurador general en solicitarle que se pronuncie sobre el tema, con el objetivo de acelerar una definición de fondo
La Corte Suprema de Justicia insistió ante el procurador general de la Nación, Esteban Righi, en solicitarle que se pronuncie sobre la pesificación de créditos hipotecarios, con el objetivo de acelerar una definición de fondo sobre este tema clave.
En un acuerdo celebrado hoy, el máximo tribunal decidió imprimir celeridad en una causa en que se cuestiona la pesificación de un crédito hipotecario.
Tras la salida de la convertibiliad, el gobierno de Eduardo Duhalde decidió pesificar las deudas hipotecarias contraídas inicialmente en dólares, en los casos de vivienda familiar y permanente y hasta determinado monto.
Pero aún está pendiente una definición de la Corte por este tema y, por ello, el máximo tribunal intimó al procurador a emitir un dictamen sobre el asunto que mantiene en vilo a gran cantidad de acreedores y deudores.
El antecesor de Righi, Nicolás Becerra, había emitido un dictamen en el que sostenía que antes de la Corte debían intervenir en el tema las instancias ordinarias de la Justicia.
Pero el tribunal estimó que Righi debe ahora expedirse sobre el asunto de fondo, es decir, la constitucionalidad o no de la
pesificación de deudas hipotecarias.
Para fallar en ese sentido, los ministros Augusto Belluscio, Antonio Boggiano, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Elena Highton de Nolasco interpretaron que "existen diversas circunstancias de transcendencia que exigen un pronunciamiento sobre el fondo del asunto".
Entre esas circunstancias, se mencionó "la gran cantidad de juicios que han llegado al tribunal para obtener una decisión que se pronuncie definitivamente sobre una cuestión -moneda de pago- que tiene en vilo a una gran cantidad de acreedores y deudores hipotecarios, lo que compromete directamente la inteligencia de diversas cláusulas constitucionales".
En un comunicado, se explicó que con esta intimación la Corte pretende "avanzar hacia la decisión del tema sobre pesificación en materia de ejecuciones hipotecarias, aspecto ya decidido en instancias ordinarias y sobre el cual se espera resolución después de que se expida el procurador".
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SECRETARIA PRIVADA DEL PROCURADOR GENERAL
Tel: (11) 4819-4512/4570
Fax: (11) 4815-1990
MISION
Asistir al Procurador General en la atención del despacho en todos los asuntos que no constituyan actuación administrativa o judicial, en coordinación con Relaciones lnstitucionales cuando así lo requiera la naturaleza del asunto.
FUNCIONES
Atender todos los asuntos relativos a la agenda del Procurador General.
Entender en todos los asuntos vinculados con el otorgamiento de audiencias y asuntos oficiales en los que intervenga el Procurador General.
Entender en la recepción y contestación de notas, invitaciones, comunicaciones, y demás información dirigida al Procurador General que no constituyan actuaciones judiciales o administrativas.
EL MINISTERIO PUBLICO FISCAL
En la República Argentina, el Ministerio Público es una institución definida y reglada por la Constitución Nacional en su art. 120, incorporado en la reforma constitucional del año 1994 y por la Ley Nacional Nº 24.946, en vigencia desde el 1º de abril de 1998, denominada "Ley Orgánica del Ministerio Público".
Se trata de un órgano bicéfalo constituido por el MINISTERIO PUBLICO FISCAL y por el MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA. El primero nuclea y coordina la acción de los Fiscales y el segundo la de los Defensores Oficiales. Fiscales y Defensores son magistrados que se desenvuelven en el ámbito del sistema judicial cumpliendo diferentes funciones de orden legal en los procedimientos judiciales.
El Ministerio Público Fiscal está dirigido por el Procurador General de la Nación, quien actúa en una doble función. Es por un lado el Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y se desenvuelve como tal en los asuntos judiciales en los que tiene intervención este cuerpo, dictaminando en las causas judiciales que a tal efecto le son remitidas. Es por otro lado el jefe máximo de todos los Fiscales y en tal sentido coordina su accionar, estableciendo, entre otras potestades y deberes, las pautas de la política criminal del estado.
El Procurador General de la Nación tiene su sede de actuación en la Procuración General de la Nación, donde colaboran con su gestión diversos magistrados en las funciones de dictaminar en los asuntos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuanto en los asuntos relativos al gobierno propiamente dicho del Ministerio Público Fiscal.
En la primera función, colaboran con el Procurador General de la Nación los Señores Procuradores Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que son en la actualidad cuatro magistrados. En la segunda función, el Procurador General es auxiliado por los Señores Fiscales Generales de la Procuración General de la Nación, que son actualmente cinco magistrados.
El Procurador General de la Nación es el Doctor Esteban Righi, desde el mes de junio de 2004.
Los Procuradores Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación son, por orden de antigüedad, los Dres. Luis Santiago Gonzalez Warcalde, Felipe Damián Obarrio y Eduardo Ezequiel Casal.
Los Fiscales Generales de la Procuración General de la Nación son, por orden de antigüedad, los Dres. Marta Amelia Beiró, Carlos Ernst, Santiago A. Teruel y Ricardo Bausset.
Ministerio Público Fiscal
Procuración General de la Nación
Fiscales Generales de la Nación.
http://www.mpf.gov.ar Ministerio Público de la Defensa
Defensoría General de la Nación
http://www.mpd.gov.ar
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