Hola MI nombre es Ma Eugenia, y necesitaba hacer una consulta por el tema de la interpretación de los parámetros definidos en la legislación de la pcia de Buenos Aires con respecto a los efluentes gaseosos, más particularmente con el plomo. Es que en el decreto 3395 figura el limite de calidad de aire del plomo para 3 meses, y me gustaría saber cómo se interpreta eso con respecto a los resultados de los análisis q realiza uno en la chimenea, porque además es un parámetro de calidad de aire y no de emisión en chimenea.
Muchas gracias!
Ma. Eugenia
" No se puede defender lo que no se ama y
no se puede amar lo que no se conoce"