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Carta 554 - Informe de Cancillería - Por Enrique Oliva   Lista de mensajes  
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*Carta Argentina* (CA)

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Carta 554

Nacional

Política – Defensa.

Buenos Aires – Argentina – 4/9/08 – 05. 12 PM



*PLATAFORMA CONTINENTAL*

Por Enrique Oliva

**

*La Cancillería informó que la presentación ante Naciones Unidas de los
estudios de nuestros derechos a ampliar la soberanía argentina sobre el
Atlántico, se hará en tiempo y forma. También fue confirmada la posición
sobre Malvinas, islas del Atlántico Sur y Antártida. *

La conferencia de prensa convocada por la Cancillería el martes pasado sobre
el tema Plataforma Continental, que tanto interesa a los argentinos, ha
tenido sin embargo poca difusión en los medios nacionales. En el Palacio San
Martín los expertos responsables de los estudios técnicos y políticos
informaron sobre el avanzado estado de los trabajos que –afirmaron- se
desarrollan normalmente.

Para los amigos de Internet, aquellos inquietos desde siempre por todo
cuanto toque a los problemas nacionales, transcribimos textos oficiales
dados por la Cancillería sobre tan importante cuestión.

*¿Qué es la COPLA? *

"Por ley Nº 24.815 fue creada la Comisión Nacional del Límite Exterior de la
Plataforma Continental (COPLA), como una Comisión Interministerial, bajo la
dependencia directa de la Cancillería. COPLA, constituida formalmente el 20
de abril de 1998 esta presidida por la Cancillería (coordinación a cargo de
la doctora Frida Armas) se integra con representantes del Ministerio de
Economía y Producción y del Servicio de Hidrografía Naval.

"Su objetivo es elaborar, de conformidad con la Convención de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) y la ley Nº 23.968 de Espacios
Marítimos, una propuesta definitiva para establecer el límite exterior de la
plataforma continental argentina.

"COPLA ha elaborado un plan general de tareas y el cronograma de los
trabajos se está desarrollando dentro de los plazos previstos, gracias al
importante esfuerzo que realiza la Cancillería, tanto en los aspectos
económicos como diplomáticos.

"De esta manera, está previsto terminar la totalidad de los estudios con el
tiempo necesario para que la presentación se realice en el plazo previsto:
13 de mayo de 2009. Este plazo es el que fuera establecido por decisión de
la XI Reunión de Estados Parte de CONVEMAR, para todos aquellos estados que
hubieran ratificado dicha Convención antes de mayo de 1999.

*Trabajos realizados y en curso de realización*

"Recopilación de información geofísica y geológica relativa a la plataforma
y margen continental, contenida en archivos de organismos del Estado y de
entes privados, tanto nacionales como extranjeros.

Recopilación de información batimétrica existente en la zona del Atlántico
Sur. Con estos datos se elaboró una base de datos de aproximadamente
20.000.000 sondajes integrada por la información batimétrica obtenida de
datos públicos, fuentes propias y levantamientos realizados por buques de
oportunidad.

Realización de campañas oceanográficas en el margen continental argentino a
fin de recolectar información sísmica, batimétrica, gravimétricas y
magnetométrica. Entre estas campañas resaltan seis hechas por buques
argentinos.

Determinación provisional del pie del talud y del mapa isopáquico, con
evaluación de espesores sedimentarios.

A fin de obtener la información batimétrica adicional, se ha equipado a un
buque del Conicet, operado por el Servicio de Hidrografía Naval –el ARA
Puerto Deseado– con una sonda monohaz de última tecnología y un
magnetómetro, que permitirá la obtención de datos de alta calidad para
COPLA. Con este equipamiento instalado el buque realizó una campaña
batimétrica al sur de la Isla Grande de Tierra del Fuego, sobre la falla de
Shackleton, en enero de 2007. A fines de mayo de 2008, dicho buque culminó
satisfactoriamente la realización de una nueva campaña que abarcó otras dos
zonas de la plataforma continental argentina.

Se realizó el procesamiento de las líneas sísmicas y las líneas batimétricas
obtenidas hasta el 2007. Se está procesando las obtenidas para tal fin.

Paralelamente se está realizando la interpretación de la información sísmica
procesada con los sofwares adquiridos para tal fin".

Aspectos específicos relacionados con las Islas Malvinas, Georgias del Sur y
Sandwich del Sur y el Sector Antártico Argentino.

"De acuerdo con lo dispuesto por la Disposición Transitoria Primera de la
Constitución Nacional: "La Nación Argentina ratifica su legítima e
imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y
Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes por
ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio plena de la soberanía,
respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios
del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e
irrenunciable del pueblo argentino".

"La República Argentina jamás ha reconocido la ilegítima ocupación británica
de los archipiélagos australes, por cuanto la presencia del Reino Unido
deriva de la usurpación de 1833 de una parte del territorio nacional
argentino, la cual fue inmediatamente protestada y nunca consentida por la
República Argentina.

"Asimismo, la República Argentina no reconoce derecho territorial alguno al
Reino Unido en la Antártida.

"Las Naciones Unidas, la OEA, y otros foros y organismos internacionales y
regionales reconocen la existencia de la disputa de soberanía entre la
República Argentina y el Reino Unido sobre las Islas Malvinas, Georgias del
Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes (incluidas la
plataforma continental) y han efectuado numerosos llamamientos para que
ambos países reanuden las negociaciones de soberanía hasta alcanzar una
solución justa, pacífica y definitiva de la controversia.

"Debe recordarse que, en los momentos de firmar y ratificar la CONVEMAR, la
Argentina hizo una declaración, de acuerdo con lo aprobado por la ley
24.543, por la que se hacía expresa su reserva con relación a la "Cuestión
de las Islas Malvinas", reafirmando que ese tema se encuentra regido por las
resoluciones específicas de la ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS 2065
(XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25,
adoptadas en el marco del proceso de descolonización.

En este sentido y teniendo en cuenta que las Islas Malvinas, Sandwich del
Sur y Georgias del Sur forman parte integrante del territorio argentino, el
Gobierno argentino manifestó que en ellas no reconoce ni reconocerá la
titularidad ni el ejercicio por cualquier otro Estado, comunidad o entidad
de ningún derecho de jurisdicción marítima que vulnere los derechos de la
República Argentina sobre las Islas Malvinas, Sandwich del Sur y
Georgiasdel Sur y las áreas marítimas correspondientes. Por
consiguiente, agregó que
"tampoco reconoce ni reconocerá y considerará nula cualquier actividad o
medida que pudiera realizarse o adoptarse sin su consentimiento con
referencia a esta cuestión". "En tal sentido, el Gobierno argentino entiende
que la materialización de actos de la naturaleza antes mencionada es
contraria a las referidas resoluciones adoptadas por las Naciones Unidas,
cuyo objetivo es la solución pacífica de la disputa de soberanía sobre las
Islas por la vía de las negociaciones bilaterales y con los buenos oficios
del Secretario General de las Naciones Unidas".

"Conforme lo establece el Reglamento de la Comisión de Límites de la
Plataforma Continental, órgano técnico creado por la CONVEMAR, "(e)n caso de
que haya una controversia territorial o marítima, la Comisión no considerará
ni calificará la presentación hecha por cualquiera de los Estados Parte en
esa controversia".

"En razón de la norma transcripta, la Comisión de Límites de la Plataforma
Continental no podrá considerar ni pronunciarse sobre una eventual
presentación británica en relación con las Islas Malvinas, Georgias del Sur
y Sandwich del Sur, que la Argentina objetará a raíz de la existencia de una
disputa de soberanía entre la Argentina y ese país sobre dichos
archipiélagos.

"La República Argentina ha tomado los recaudos necesarios para salvaguardar
sus legítimos derechos soberanos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur
y Sandwich del Sur, y el Sector Antártico Argentino, así como sobre los
espacios marítimos correspondientes".

(Fin del reporte – Fin de la carta)



Por las características estratégicas del tema, el editor de CA asume la
responsabilidad de permitir la libre reproducción citando al autor


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Vie, 5 de Sep, 2008 3:39 pm

psicili
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Adela Munro
psicili
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5 de Sep, 2008
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