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Hoy se firmará el acuerdo salarial de FATSA (Sanidad) con Hospitales de Comunidad.
El convenio —que abarca a 7.500 trabajadores— consiste en el pago de 100 pesos mensuales no remunerativos por los meses de julio, agosto, setiembre y octubre. En noviembre hay 10% remunerativos y 9% a partir de diciembre. En tanto, siguen las negociaciones con Clínicas y Sanatorios.
Comunicado oficial de CONFECLISA
Rechazo al aumento de los trabajadores de la Salud
Se plantea la imposibilidad total de la CONFECLISA de enfrentar una nueva negociación colectiva de trabajo con FATSA. Desde el Sector Empleador piden que se concreten las medidas planteadas y comprometidas en el último convenio para poder hacer frente a las obligaciones contraídas en el mismo .
La CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE CLÍNICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES informó que FATSA (FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA) le remitió una carta mediante la cual se comunica la finalidad de promover la apertura de la negociación de un acuerdo colectivo en procura de la  sanción de una nueva escala de salarios básicos para los trabajadores de la salud.
Cabe aclarar que el 7 de diciembre pasado, se ha llegado a un acuerdo (Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75) al que se arribara, luego de una laboriosa y difícil negociación de la que activamente participara el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Se alcanzó dicho acuerdo para “asegurarle a la comunidad el acceso a uno de los servicios esenciales, la salud, que reclama la vigencia efectiva de los derechos humanos, habitualmente declamados y fácticamente poco respetados”, aclaró el Dr. Gustavo Mammoni, Presidente de CONFECLISA
Pese a que se reconoce la buena predisposición del Sr. Ministro de Trabajo, Carlos Tomada, quien se comprometió a obtener determinadas medidas y apertura de cursos de acción imprescindibles a efectos de que el Sector Empleador pudiera disponer de los recursos necesarios para atender a los incrementos salariales comprometidos, las soluciones consideradas, mejora de ingresos de los prestadores a través de una actualización de valores prestacionales y optimizar el sistema de sus obligaciones tributarias, no se concretaron
Tan solo la prolongación de la emergencia sanitaria nacional ha impedido – al postergar   la  promoción por AFIP de los juicios, dadas las cuantiosas deudas mantenidas por los establecimientos – la quiebra masiva de las Empresas de Salud.
Si bien CONFECLISA entiende y respeta la expectativa de los trabajadores en orden a una mejora salarial, dicha Confederación estima que el Sector no se encuentra en condiciones de aceptar una nueva discusión sobre el tema ya que es de imposible cumplimiento.
 Expreso la absoluta buena fe negocial que anima a CONFECLISA. El reconocimiento de la imposibilidad absoluta de acceder a un nuevo incremento salarial implica una muestra de responsabilidad social tendiendo al absoluto sinceramiento de la situación que atraviesa el Sector de la Salud”, enfatizó el Dr. Gustavo Mammoni
Departamento de Prensa FECLIBA
"...Esta Confederación estima que el Sector en manera alguna se encuentra en condiciones de aceptar una nueva discusión sobre el tema, toda vez que aunque eventualmente asumiera nuevas obligaciones en el sentido expuesto, las mismas serían de imposible cumplimiento..."
Nota completa:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de Junio de 2006

Sr. SECRETARIO GENERAL
DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES
DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA
Lic. CARLOS WEST OCAMPO
S / D.


NOTA Nº: 273/06

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Presidente de la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE CLÍNICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES en relación a la Nota remitida por FATSA a esta Institución en fecha 15 de junio del corriente año, mediante la cual se comunica la finalidad de promover la apertura de la negociación de un acuerdo colectivo, en procura de la sanción de una nueva escala de salarios básicos para los trabajadores que revistan en todas las categorías comprendidas en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75.

Al respecto, debe mencionarse que la anteriormente planteada, que culminara en el Acuerdo del 7/12/05, es antecedente necesario de la que se busca implementar. Resulta superfluo señalar a su ilustrado criterio que aquel al que finalmente se arribara, se logró luego de laboriosa y difícil negociación de la que activamente participara el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a los fines de procurar la obtención de determinadas medidas y apertura de cursos de acción imprescindibles a efectos que el Sector Empleador pudiera disponer de los recursos necesarios para atender a los incrementos salariales comprometidos.

Pese a la buena predisposición del Sr. Ministro de Trabajo, la actividad por él desarrollada y el interés demostrado en relación a los fines expuestos, las soluciones consideradas no se concretaron. Así, la situación planteada respecto del Sector devino, necesariamente, mas inestable, comprometida, y afligente que la que existía en el mes de julio de 2.005, momento en que se abriera la negociación anterior. Conforme a lo manifestado, corresponde expresar que tan solo la prolongación de la emergencia sanitaria nacional ha impedido – al postergar la promoción por AFIP de los juicios de apremio a los que darían causa las cuantiosas deudas mantenidas por los establecimientos – la quiebra masiva de las Empresas de Salud, tal como se lo señalara al Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en las sucesivas notas que se le dirigieran y en copia simple son adjuntadas a la presente.. 

A tenor de lo expuesto, y pese a entender y respetar la expectativa de los trabajadores en orden a una mejora salarial, esta Confederación estima que el Sector en manera alguna se encuentra en condiciones de aceptar una nueva discusión sobre el tema, toda vez que aunque eventualmente asumiera nuevas obligaciones en el sentido expuesto, las mismas serían de imposible cumplimiento.

Saluda a Ud. con mi mas distinguida consideración-

Dr. Gustavo C. Mammoni
Presidente 
CONFECLISA
Confederación Argentina de 
Clínicas, Sanatorios y Hospitales
"...Lo expuesto implica desde ya, el total rechazo de la CONFECLISA a la apertura de una nueva negociación colectiva y que se concreten las medidas planteadas y comprometidas en la última negociación, para poder hacer frente a las obligaciones contraídas en la misma ..."
Nota completa: 
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de junio de 2006.

SEÑOR MINISTRO DE 
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DE LA NACION
Dr.
CARLOS TOMADA 
S / D.

NOTA Nº:274/06
Ref. : Nota de FATSA comunicando su decisión de promover la apertura de negociaciones colectivas a los fines del establecimiento de una nueva escala de salarios básicos 
Exp. 1.120.320/ 05

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Ministro en mi carácter de Presidente de la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE CLÍNICAS SANATORIOS Y HOSPITALES (CONFECLISA ) en relación al tema que se cita en la referencia.

Al respecto, corresponde expresar que la situación sectorial no ha sufrido variaciones apreciables desde la última negociación colectiva, sustanciada en el presente expediente. Conforme a ello, debo reiterar a su ilustrado criterio conceptos ya vertidos en ocasión de aquella.

No resultará superfluo recordar que en la ocasión aludida, esta Confederación sostuvo con profunda convicción la imposibilidad de acceder al establecimiento de nuevas escalas salariales, toda vez que la continuada y extenuante crisis económica que soportaban los efectores hacían imposible allegar los recursos necesarios para atender al incremento de las erogaciones que tal circunstancia hubiera implicado. En el contexto de un marco relacional que se enrareciera progresivamente ante las posturas sustentadas por las partes el Sr. Ministro terció, procurando conciliar intereses mediante su activa participación en la negociación mantenida. En la fecunda interacción que generara su intervención, surgió la posibilidad de implementar un plexo de medidas que tendían tanto a procurar la mejora de ingresos de los prestadores a través de una necesaria actualización de valores prestacionales, como a optimizar el sistema de sus obligaciones tributarias, compatibilizándolas con la función de bien común que cumplen las referidas empresas.

Tan solo la credibilidad personal de la que goza el Sr. Ministro y la confianza en la buena fe con la que participaban los signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75 en la negociación de referencia posibilitó que pudiera superarse el antagonismo de posiciones en la defensa de intereses igualmente relevantes y significativos. No obstante la pesada rémora de promesas incumplidas y continuadas postergaciones, el Sector accedió al incremento salarial que se le requería como una contribución debida a la paz social, al asegurar a la comunidad el acceso a uno de los servicios esenciales que reclama la vigencia efectiva de los derechos humanos, habitualmente declamados y fácticamente poco respetados. Dicha conducta, por lo demás, fue sobradamente reiterada por los establecimientos médico- asistenciales a través del dilatado lapso durante el que se manifestara en sus síntomas mas agudos la situación de emergencia sanitaria que subsiste al presente.

Pese a la actividad desarrollada por el Sr. Ministro y su efectiva preocupación por obtener la implementación de las medidas estimadas imprescindibles para posibilitar a las empresas dar efectivo cumplimiento a las obligaciones contraídas, las mismas no pudieron ser concretadas en la medida necesaria a los fines pretendidos. La situación planteada le fue señalada por la Institución que presido, mediante notas de fechas 23/12/05 (Nº 242), 16/03/06 (Nº 253) y 18/05/06 (Nº 266), que en homenaje a la brevedad no se reiteran, las que se adjuntan a los efectos correspondientes.

Resulta necesario dejar suficientemente expresado a los fines de acreditar la absoluta buena fe negocial que anima a la CONFECLISA que el reconocimiento de imposibilidad absoluta de acceder a un nuevo incremento salarial implica una muestra de responsabilidad social tendiendo al absoluto sinceramiento de la situación que atraviesa el Sector de la Salud, cualesquiera fueran las razones que pudieran eventualmente sustentarse acerca de la expectativa, pertinencia o voluntad de aceptar la nueva escala salarial pretendida. Tal como se acredita con la nota periodística que en copia se glosa, aparecida en la publicación de “ Consultor de Salud ”, Nº 390 ( 2º quincena de junio de 2006 ), pg. 7 la misma Institución Gremial signataria del Convenio antes mencionada reconoce sobradamente la persistencia de la crisis sectorial, y la falta de respuestas en relación a una adecuada recomposición de valores referenciales .

Lo expuesto implica desde ya, el total rechazo de la CONFECLISA a la apertura de una nueva negociación colectiva y que se concreten las medidas planteadas y comprometidas en la última negociación, para poder hacer frente a las obligaciones contraídas en la misma .

Sin otro particular, saludo al Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con mi mas distinguida consideración.

Dr. Gustavo C. Mammoni
Presidente
CONFECLISA
Confederación Argentina de
Clínicas, Sanatorios y Hospitales 
____________________________________________________________________________________


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