| Editorial
I La ley antitabaco |
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La demora del Congreso de la Nación en tratar el proyecto de ley para controlar el tabaquismo no encuentra ningún argumento sólido que la justifique, sobre todo porque su sanción representará un beneficio para la salud de la población. Esta actitud contrasta con la celeridad con que se sancionan en tiempo récord iniciativas generalmente impulsadas por necesidades concretas del gobierno de turno. A ello se suma, además, la falta de ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco, el primer tratado de salud pública mundial impulsado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), suscripto por la Argentina en septiembre de 2003 y por otros 120 países, entre ello s, Chile, Brasil, Uruguay y Paraguay. De acuerdo con cifras oficiales del Ministerio de Salud, unas 40.000 personas mueren por año en nuestro país a causa de enfermedades atribuibles al tabaquismo; de esa cantidad, 6 mil son fumadores pasivos. Solventar los tratamientos derivados de la misma causa le cuesta al Estado unos 4300 millones de pesos anuales. Sin embargo, hasta ahora parecen prevalecer las razones económicas para dilatar el tratamiento de las iniciativas, en particular las de las provincias productoras de tabaco. De acuerdo con un informe de la OMS, el 75% de los fumadores que padecen la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) lo ignora hasta que ésta llega a etapas muy avanzadas, como la de no poder caminar o respirar bien. Un informe del Hospital de Clínicas alertó sobre que la principal causa del EPOC es el cigarrillo y estimó que esa patología la sufren 3.000.000 de argentinos. El proyecto de ley impulsado por el ministro de Salu d, Ginés González García, prohíbe fumar en lugares de trabajo y espacios públicos cerrados, y también la publicidad de marcas a través de cualquier medio de comunicación. Además, determina que en los atados de cigarrillos deberán incluirse advertencias sobre el riesgo de fumar, cuyas leyendas tendrán que ocupar el 30% de la parte superior de cada uno de los lados del paquete, e imágenes alusivas a los trastornos que puede provocar la adicción al tabaco. En la cartera de salud temen que con el paso del tiempo y la presión de las compañías tabacaleras se suavice el texto del proyecto oficial y se pierda una oportunidad para controlar el tabaquismo. En la ciudad de Buenos Aires está prohibido fumar en los edificios públicos y a partir del 1º de octubre próximo se hará extensivo a los establecimientos privados. En otras partes del mundo hay leyes que establecen ambientes ciento por ciento libres de humo, como en Irlanda, Noruega y Nueva Zelanda (desde 2004); Ital ia, Malta y Suecia (desde 2005); Uruguay, Escocia y Bermuda (2006), y próximamente Inglaterra. Hay, además, normas similares en 9 de las 13 provincias de Canadá, 11 de los 50 estados de los Estados Unidos de América (incluida la ciudad de Nueva York) y 7 de los 8 estados de Australia. En la mayoría de los países donde rige una ley que prohíbe fumar en los espacios públicos y privados cerrados ha habido un elevado nivel de acatamiento. Es como si los fumadores hubieran estado esperando la norma para dejar de fumar o hacerlo con menor intensidad. La sanción de la ley antitabaco y la ratificación del convenio para el control del tabaco no pueden ni deben demorarse más. Pero será necesario, además, contar con los mecanismos idóneos, con el fin de garantizar el estricto cumplimiento de sus disposiciones, porque de nada servirá tener una legislación que se convierta en letra muerta y cuyos preceptos sean burlados a la vista de todos. |
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-- Arq. Silvia Rossi D.Dalos Estudio CPAU 19988 Centro de Reciclado y Ecología Urbana Museo del Reciclado ReciclARTE