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PARROQUIA
NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA
Diócesis de San Isidro
Av. Libertador 13.900 -
1640 Martínez - Tel. y Fax 4508-8501 // 8502
E-mail: pqfatima@... // secretaria@...
Página
Web: www.fatima.org.ar
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Noticias desde la Parroquia de Fátima
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17
de septiembre de 2007 - Año X - N° 366
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Índice
de Noticias
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NUESTRA PARROQUIA
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Adoración Permanente al
Santísimo Sacramento
Del 13 de septiembre al 13 de octubre
De lunes a viernes de 9.30 a 20 hs.
No faltes, Él te espera.
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NUESTRA DIOCESIS
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Movimiento diocesano de monaguillos Diócesis de San
Isidro
Domingo 23 de septiembre
VIIª Encuentro Diocesano de Monaguillos
“Señor, servimos en tu amor”
Por
séptima vez consecutiva se llevará a cabo el Encuentro Diocesano de
Monaguillos bajo el lema “Señor, servimos
en tu amor”. Será el domingo 23 de septiembre y tendrá
lugar en la
parroquia San Ignacio de Loyola (Gorriti 1574, Boulogne). Comenzará a las 11hs. y compartirán un
almuerzo a la
canasta. Luego partirán en procesión hasta la parroquia San Andrés
Avelino (Pichincha 1050, Villa Adelina) para finalizar a las 17hs. con una
misa abierta a la comunidad.
El
Encuentro se caracteriza por reunir a todos los Grupos de Monaguillos de la
Diócesis de San Isidro para compartir un día de actividades y juegos.
Esto es sumamente importante para cada uno de los chicos, ya que compartirán
vivencias con otros monaguillos que viven el mismo servicio en otros lugares,
y esto es muy alentador.
Ante
cualquier duda, pueden comunicarse con Maxi
4763-7936 / Melina 15-6543-0187 / Hilda 4736-8086.
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Fundación Mons. Antonio María Aguirre - Teatro de la Cova
Continuando con el ciclo de música clásica Marcelo Arce presentará el jueves 20 de septiembre a las 20.30 hs: “PUCCINI: TOSCA”
subtitulada, con Katia Kabaibanska y Plácido
Domingo en escenarios históricos originales.
El 7 de octubre a las 19.00 hs el teatro
presenta al BALLET COMPACTO DE BUENOS AIRES en la
obra “DON QUIJOTE”
con la
primera bailarina del Teatro Colón de Buenos Aires Karina Olmedo y artistas
destacados de la danza.
Para ambos espectáculos las
entradas están en venta de
lunes a viernes de 15.00 a 19 hs en Av. Del Libertador 13.900 Martínez. Reservas al 4792-2310
www.teatrolacova.com.ar
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ARGENTINA
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“Agustín de Hipona, ni ángel ni
demonio: hombre”
Buenos Aires, 12 Set. 07 (AICA) Con el
título “Agustín de Hipona, ni ángel ni
demonio, hombre”, acaba de aparecer un nuevo libro sobre san Agustín,
que pese a haber vivido en el siglo IV es, sin embargo, alguien siempre
actual. Con su persona y obra influyó en la historia de la Iglesia y en la
cultura universal. De él se dijeron atrocidades y hermosuras. Y no puede ser
de otro modo porque Agustín es un genio, uno de los mayores de la humanidad,
y el genio se nos escapa, y empleamos la paradoja, si no para apresarlo, al
menos para situarnos junto a él.
El nombre y la obra de Agustín siguen resonando hoy. Con aciertos y
desaciertos (que el autor no deja de señalar), todo el mundo reconoce que fue
un hombre excepcional como pensador, catequista, pastor, teólogo, filósofo y
hasta como fino amador.
Este libro no quiere ahorrar la lectura de la monumental obra de san Agustín,
pero ofrece una buena síntesis de lo que pensó e hizo este hermano universal,
que al tratar cualquier tema no dejó de ofrecer tres o cuatro soluciones o
vías de solución, lo que supone una genialidad.
Aunque ésta no es una biografía convencional de san Agustín, ofrece una visión
de algunos aspectos de su vida que pueden servir para entender mejor su
peregrinar particular.
Su autor, el padre Luis Nos Muro, uno de los escritores contemporáneos que
más profundamente conoce al Padre de la Iglesia y Obispo de Hipona, entresaca datos filtrados por el mismo Agustín en
sus diversos escritos y los presenta aquí de una forma ágil y amena, sin
recurrir al relleno de las lagunas por otros procedimientos, como podría ser
la historia novelada.
En el libro el padre Nos Muro se pregunta y contesta: “¿Cómo acercarnos
a este hombre, siempre fascinante, amado y odiado, bendecido y denostado,
tildado de ángel o demonio? La mejor estrategia es colocarnos delicadamente
en él, con él y ante él, dejándonos conducir, reconduciéndolo, leyéndolo,
leyéndonos en él y dejándole que se explique a sí mismo, entrando en su casa
por la puerta, y no por la gatera”.
“Agustín de Hipona, ni ángel ni
demonio”, que cuenta con un prólogo de Gerardo García Helder, fue editado por Religión y Cultura y la
Asociación Amico.
Informes; página web: www.asociacionamico.com.ar
y correo electrónico: amico@...
; teléfono: (011) 4983-2395.+
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SANTA
SEDE
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Benedicto XVI aboga por una «teología de rodillas»
«No puede ser sólo una reflexión
humana sobre Dios»
VIENA, lunes, 10 septiembre 2007 (ZENIT.org).-
La teología auténtica se hace «de rodillas», con fe, explicó Benedicto XVI en
uno de los últimos actos públicos que vivió este fin de semana en Austria.
En la tarde de este domingo, visitó la abadía cisterciense de Heiligenkreuz, situada a unos treinta kilómetros de
Viena, y sede de una Academia Teológica que desde el mes de febrero lleva el
nombre de Benedicto XVI.
Unas 15 mil personas esperaban entre el exterior y el interior del gran
claustro la llegada del Papa, quien tras haber saludado a los presentes, pasó
entre los muros desnudos del templo que se remonta al siglo XII, acompañado
por el canto de los monjes.
La teología cristiana, explicó, «no puede ser sólo una reflexión humana sobre
Dios, sino que tiene en cuenta siempre, al mismo tiempo, el “Logos” y la lógica con la que Dios se revela».
«Por este motivo, la intelectualidad científica y la devoción vivida son dos
elementos propios del estudio que, según una complementariedad irrenunciable,
dependen mutuamente».
Recordando al padre del Císter, san Bernardo de Claraval (1090-1153), explicó que luchó en su época
«contra una racionalidad» desapegada de «la espiritualidad eclesial».
«Nuestra situación hoy, si bien es diferente, tiene sin embargo notables
semejanzas --reconoció--. Con la obsesión de obtener el reconocimiento de riguroso
carácter científico en el sentido moderno, la teología puede perder su
dimensión de fe».
«Una teología que deja de respirar la atmósfera de la fe deja de ser
teología; acaba reduciéndose a una serie de disciplinas más o menos ligadas
entre sí», denunció el Papa teólogo.
«Donde, por el contrario, se practica una “teología de rodillas”,
como decía Hans Urs von Balthasar, no faltará
fecundidad para la Iglesia», aseguró.
El obispo de Roma promovió en el monasterio una vida de seguimiento de Cristo
que involucre a toda la personalidad del creyente.
«Donde se descuida la dimensión intelectual, nace demasiado fácilmente una
forma pía de infatuación, nutrida exclusivamente de emociones y estados de
ánimo que no pueden mantenerse en pie durante toda una vida».
«Y si se descuida la dimensión espiritual se crea un racionalismo rarefacto
que, sobre la base de su frialdad y su distancia, no desemboca nunca en una
entrega entusiasta de sí mismo a Dios».
«No se puede cimentar una vida al seguimiento de Cristo sobre estos criterios
unilaterales. Cuando se vive a medias, uno se queda personalmente
insatisfecho y, por tanto, quizá espiritualmente estéril», dijo a los monjes.
Antes de dejar la
abadía Benedicto XVI pudo saludar a un anciano monje que
logró sobrevivir a la persecución nazi.
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Comentario vaticano a las
respuestas sobre alimentación e hidratación artificiales
Nota de la Congregación para la
Doctrina de la Fe
CIUDAD DEL VATICANO, viernes, 14 septiembre 2007 (ZENIT.org).- Publicamos la nota de
comentario de la Congregación para la Doctrina de la Fe a las respuestas a
preguntas de la Conferencia
Episcopal Estadounidense sobre la alimentación e
hidratación artificiales.
* * *
La Congregación para la Doctrina
de la Fe ha respondido a algunas preguntas presentadas el 11 de julio de
2005, por S. E. R. Mons. William S. Skylstad,
Presidente de la Conferencia
Episcopal Estadounidense, sobre la alimentación e
hidratación de los pacientes que se encuentran en la condición comúnmente
denominada "estado vegetativo". El objeto de las preguntas es si la
alimentación e hidratación de estos pacientes, sobre todo cuando son
suministradas por vía artificial, no constituye una carga excesivamente
pesada para ellos, sus familiares y para el sistema sanitario, hasta el punto
de poder ser consideradas, también a la luz de la doctrina moral de la
Iglesia, un medio extraordinario o desproporcionado, y, por lo tanto,
moralmente no obligatorio.
A favor de la posibilidad de renunciar a la alimentación e hidratación de
estos pacientes se invoca frecuentemente el Discurso del Papa Pío XII a los
participantes en un Congreso de Anestesiología el 24 de noviembre de 1957.
Allí el Pontífice confirmaba dos principios éticos generales. Por una parte,
la razón natural y la moral cristiana enseñan que, en caso de enfermedad
grave, el paciente y los que lo atienden tienen el derecho y el deber de
aplicar los cuidados médicos necesarios para conservar la salud y la vida. Por otra parte,
ese deber comprende generalmente el uso de medios que, consideradas todas las
circunstancias, son ordinarios, o sea, que no constituyen una carga
extraordinaria para el paciente o para los demás. Una obligación más rígida
sería demasiado gravosa para la mayoría de las personas y haría demasiado
difícil la consecución de bienes más importantes. La vida, la salud y todas
las actividades temporales están subordinadas los fines espirituales.
Naturalmente esto no impide que se haga más de lo que sea estrictamente
obligatorio para conservar la vida y la salud, con tal de no faltar a deberes
más graves.
Hay que notar, ante todo, que las respuestas dadas por Pío XII se referían al
uso e interrupción de las técnicas de reanimación. Pero el caso en cuestión
nada tiene que ver con esas técnicas. Los pacientes en "estado
vegetativo" respiran espontáneamente, digieren naturalmente los
alimentos, realizan otras funciones metabólicas y se encuentran en una
situación estable. No pueden, sin embargo, alimentarse por sí mismos. Si no
se les suministra artificialmente alimento y líquido mueren, y la causa de la
muerte no es una enfermedad o el "estado vegetativo", sino
únicamente inanición y deshidratación. Por otra parte, la suministración
artificial de agua y alimento generalmente no impone una carga pesada ni al
paciente ni a sus familiares. No conlleva gastos excesivos, está al alcance
de cualquier sistema sanitario medio, no requiere de por sí hospitalización y
es proporcionada a su finalidad: impedir que el paciente muera por inanición
y deshidratación. No es ni tiene la intención de ser una terapia resolutiva,
sino un cuidado ordinario para conservar la vida.
Lo que, por el contrario, puede constituir una carga notable es el hecho de
tener un pariente en "estado vegetativo", si ese estado se prolonga
en el tiempo. Es una carga semejante a la de atender a un tetrapléjico,
a un enfermo mental grave, a un paciente con Alzheimer
avanzado, etc. Son personas que necesitan asistencia continua por espacio de
meses e incluso años. Pero el principio formulado por Pío XII no puede ser
interpretado, por razones obvias, como si fuera lícito abandonar a su propia
suerte a los pacientes cuya atención ordinaria imponga una carga considerable
para la familia, dejándolos morir. Este no es el sentido en el que Pío XII
hablaba de medios extraordinarios.
Todo hace pensar que a los pacientes en "estado vegetativo" se les
debe aplicar la primera parte del principio formulado por Pío XII: en caso de
enfermedad grave, hay derecho y deber de aplicar los cuidados médicos
necesarios para conservar la salud y la vida. El desarrollo del Magisterio de la
Iglesia, que ha seguido de cerca los progresos de la medicina y los
interrogantes que estos suscitan, lo confirma plenamente.
La Declaración sobre la eutanasia,
publicada por la Congregación para la Doctrina de la Fe el 5 de mayo de 1980,
explica la distinción entre medios proporcionados y desproporcionados, y
entre tratamientos terapéuticos y cuidados normales que se deben prestar al
enfermo: «Ante la inminencia de una muerte inevitable, a pesar de los medios
empleados, es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos
tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de
la existencia, sin interrumpir sin embargo los cuidados normales debidos al
enfermo en casos similares» (parte IV). Menos aún se pueden interrumpir los
cuidados ordinarios para los pacientes que no se encuentran ante la muerte
inminente, como lo es generalmente el caso de los que entran en "estado
vegetativo", para quienes la causa de la muerte sería precisamente la
interrupción de los cuidados ordinarios.
El 27 de junio de 1981 el Pontificio Consejo Cor Unum publicó un documento
titulado Algunas cuestiones de ética
relativas a los enfermos graves y a los moribundos, en que se
afirma, entre otras cosas: «Pero permanece la obligación estricta de procurar
a toda costa la aplicación de los medios llamados "mínimos", los
que están destinados normalmente y en las condiciones habituales a mantener
la vida (alimentación, transfusión de sangre, inyecciones, etc.). Interrumpir
su administración constituirá prácticamente querer poner fin a la vida del
paciente» (n. 2.4.4).
En un discurso dirigido a los participantes de un Curso internacional de
actualización sobre las preleucemias humanas, del
15 de noviembre de 1985, el Papa Juan Pablo II, haciendo referencia a la Declaración sobre la eutanasia, afirmó
claramente que, en virtud del principio de la proporcionalidad de los
cuidados médicos, no nos podemos eximir «del esfuerzo médico necesario para
sostener la vida ni de la atención con medios normales de mantenimiento
vital», entre los cuales está ciertamente la suministración de alimento y
líquidos, y advierte que no son lícitas las omisiones que tienen la finalidad
«de acortar la vida para mitigar el sufrimiento al paciente o a los
familiares».
En 1995 el Pontificio Consejo para la Pastoral de los Asistentes Sanitarios
publicó la Carta de los agentes sanitarios.
En el n. 120 se afirma explícitamente: «La alimentación y la hidratación, aun
artificialmente administradas, son parte de los cuidados normales que siempre
se le han de proporcionar al enfermo cuando no resultan gravosos para él: su
indebida suspensión significa una verdadera y propia eutanasia».
El Discurso de Juan Pablo II a un grupo de Obispos de los Estados Unidos de
América en visita ad limina,
del 2 de octubre de 1998, es explícito al respecto: la alimentación y la
hidratación son consideradas como cuidados médicos normales y medios
ordinarios para la conservación de la vida. Es inaceptable interrumpirlos o no
administrarlos si la muerte del paciente es la consecuencia de esa decisión.
Estaríamos ante una eutanasia por omisión (cf. n.4).
En el Discurso del 20 de marzo de 2004, dirigido a los participantes en un
congreso internacional sobre "tratamientos de mantenimiento vital y
estado vegetativo. Progresos científicos y dilemas éticos", Juan Pablo
II confirmó en términos muy claros lo que ya se había dicho en los documentos
antes citados, y ofreció también la interpretación de los mismos apropiada a
las circunstancias. El pontífice subrayó los siguientes puntos:
1) «Para indicar la condición de aquellos cuyo "estado vegetativo"
se prolonga más de un año, se ha acuñado la expresión estado vegetativo permanente. En
realidad, a esta definición no corresponde un diagnóstico diverso, sino sólo
un juicio de previsión convencional, que se refiere al hecho de que, desde el
punto de vista estadístico, cuanto más se prolonga en el tiempo la condición
de estado vegetativo, tanto más improbable es la recuperación del paciente»
(n. 2).1
2) Frente a quienes ponen en duda la misma "cualidad humana" de los
pacientes en "estado vegetativo permanente", es necesario reafirmar
«que el valor intrínseco y la dignidad personal de todo ser humano no
cambian, cualesquiera que sean las circunstancias concretas de su vida. Un hombre, aunque esté gravemente enfermo o
impedido en el ejercicio de sus funciones superiores, es y será siempre un
hombre; jamás se convertirá en un "vegetal" o en un
"animal"» (n. 3).
3) «El enfermo en estado vegetativo, en espera de su recuperación o de su fin
natural, tiene derecho a una asistencia sanitaria básica (alimentación,
hidratación, higiene, calefacción, etc.), y a la prevención de las
complicaciones que se derivan del hecho de estar en cama. Tiene derecho
también a una intervención específica de rehabilitación y a la monitorización
de los signos clínicos de su eventual recuperación. En particular, quisiera
poner de relieve que la administración de agua y alimento, aunque se lleve a
cabo por vías artificiales, constituye siempre un medio natural de conservación de la vida, no un acto médico. Por tanto, su uso se debe
considerar, en principio, ordinario y
proporcionado, y como tal moralmente obligatorio, en la medida y
mientras se demuestre alcanzar su finalidad propia, que en este caso consiste
en proporcionar alimento al paciente y alivio a sus sufrimientos» (n. 4).
4) Los documentos precedentes son asumidos e interpretados en ese sentido:
«la obligación de proporcionar "los cuidados normales debidos al enfermo
en esos casos" (Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración sobre la eutanasia, parte
IV), incluye también el empleo de la alimentación y la hidratación (cf.
Pontificio Consejo Cor unum, Algunas cuestiones
de ética relativas a los enfermos graves y a los moribundos, n.
2.4.4; Pontificio Consejo para la Pastoral de la Salud, Carta de los agentes sanitarios, n.
120). La valoración de las probabilidades, fundada en las escasas esperanzas
de recuperación cuando el estado vegetativo se prolonga más de un año, no
puede justificar éticamente el abandono o la interrupción de los cuidados mínimos al paciente, incluidas
la alimentación y la
hidratación. En efecto, el único resultado posible de su
suspensión es la muerte por hambre y sed. En este sentido, si se efectúa
consciente y deliberadamente, termina siendo una verdadera eutanasia por
omisión» (n. 4).
Por lo tanto, las Respuestas que la Congregación para la Doctrina de la Fe da
ahora, están en línea con los documentos de la Santa Sede apenas
citados y, en particular, con el Discurso de Juan Pablo II del 20 de marzo de
2004. Los contenidos fundamentales son dos. Se afirma, en primer lugar, que
la suministración de agua y alimento, incluso por vía artificial, es, en
principio, un medio ordinario y proporcionado para la conservación de la vida
para los pacientes en "estado vegetativo". «Por lo tanto es
obligatorio en la medida y mientras se demuestre que cumple su propia
finalidad, que consiste en procurar la hidratación y la nutrición del
paciente». En segundo, lugar se precisa que ese medio ordinario de
mantenimiento vital se debe asegurar incluso a los que caen en "estado
vegetativo permanente", porque se trata de personas, con su dignidad
humana fundamental.
Al afirmar que suministrar alimento y agua es, en principio, moralmente obligatoria, la Congregación para
la Doctrina de la Fe no excluye que, en alguna región muy aislada o
extremamente pobre, la alimentación e hidratación artificiales puede que no
sean físicamente posibles, entonces ad impossibilia nemo tenetur, aunque permanece la obligación de
ofrecer los cuidados mínimos disponibles y de buscar, si es posible, los
medios necesarios para un adecuado mantenimiento vital. Tampoco se excluye
que, debido a complicaciones sobrevenidas, el paciente no pueda asimilar
alimentos y líquidos, resultando totalmente inútil suministrárselos.
Finalmente, no se descarta la posibilidad de que, en algún caso raro, la
alimentación e hidratación artificiales puedan implicar para el paciente una
carga excesiva o una notable molestia física vinculada, por ejemplo, a
complicaciones en el uso del instrumental empleado.
Estos casos excepcionales nada quitan, sin embargo, al criterio ético
general, según el cual la suministración de agua y alimento, incluso cuando
hay que hacerlo por vías artificiales, representa siempre un medio natural de
conservación de la vida y no un tratamiento
terapéutico. Por lo tanto, hay que considerarlo ordinario y proporcionado, incluso
cuando el "estado vegetativo" se prolongue.
______________________
1 La terminología que se refiere a las diferentes fases y formas del
"estado vegetativo" es objeto de controversia, pero para el juicio
moral eso es irrelevante.
[Traducción del original italiano
distribuida por la Santa
Sede]
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Respuestas de la Santa Sede sobre
alimentación e hidratación artificiales
Congregación para la
Doctrina de la Fe
CIUDAD DEL
VATICANO, viernes, 14 septiembre 2007 (ZENIT.org).-
Publicamos las respuestas de la Congregación para la Doctrina de la Fe a
preguntas de la Conferencia
Episcopal Estadounidense sobre la alimentación e
hidratación artificiales.
* * *
Primera
pregunta: ¿Es moramente obligatorio suministrar alimento y agua (por vías
naturales o artificiales) al paciente en «estado vegetativo», a menos que
estos alimentos no puedan ser asimilados por el cuerpo del paciente o no se
le puedan suministrar sin causar una notable molestia física?
Respuesta: Sí. Suministrar alimento y agua, incluso por vía artificial, es,
en principio, un medio ordinario y proporcionado para la conservación de la vida. Por lo tanto es
obligatorio en la medida y mientras se demuestre que cumple su propia
finalidad, que consiste en procurar la hidratación y la nutrición del
paciente. De ese modo se evita el sufrimiento y la muerte deivados
de la inanición y la deshidratación.
Segunda pregunta: ¿Si la nutrición y la
hidratación se suministran por vías artificiales a un paciente en
"estado vegetativo permanente", pueden ser interrumpidos cuando los
médicos competentes juzgan con certeza moral que el paciente jamás recuperará
la consciencia?
Respuesta: No. Un paciente en "estado vegetativo permanente" es una
persona, con su dignidad humana fundamental, por lo cual se le deben los
cuidados ordinarios y proporcionados que incluyen, en principio, la
suministración de agua y alimentos, incluso por vías artificiales.
* * *
El Sumo Pontífice Benedicto XVI,
en la audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto, ha aprobado las
presentes Respuestas, decididas en la Sesión Ordinaria
de la Congregación, y ha ordenado que sean publicadas.
Dado en Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 1
de agosto de 2007.
William Cardenal Levada
Prefecto
Angelo Amato, S.D.B.
Arzobispo titular de Sila
Secretario
[Traducción del original en latín
distribuida por la Santa
Sede]
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Lun, 17 de Sep, 2007 7:07 pm
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