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[P/Lx@862] Justicia...   Lista de mensajes  
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La justicia tardía no es buena,
pero siempre es mejor que la impunidad.
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[P/Lx@] DD.HH: Juicio y Castigo

Siete jueces de la Corte Suprema de la Nación votaron a favor de la
inconstitucionalidad de las leyes de impunidad. Fueron Zaffaroni, Maqueda,
Argibay, Lorenzetti, Highton de Nolasco, Boggiano y Petracchi, que en 1987
había votado en contra. Fayt mantuvo su voto negativo de aquel entonces y
Belluscio se abstuvo. Los fundamentos de una sentencia histórica.


LA CORTE FALLO QUE EL PUNTO FINAL Y LA OBEDIENCIA DEBIDA SON INCONSTITUCIONALES
“Las leyes no tienen ningún efecto”
Por Irina Hauser

Alfredo Astiz, Jorge “Tigre” Acosta, Julio Simón alias “el Turco Julián”,
Antonio del Cerro alias “Colores”, Antonio Pernías y Adolfo Donda ya no son
impunes. Ellos y otros cientos de represores perdieron definitivamente la
protección que les daban las leyes de punto final y obediencia debida.
Ahora podrán ser juzgados sin trabas y condenados por su participación en
el terrorismo de Estado. La Corte Suprema decidió ayer saldar una enorme
deuda institucional al declarar la inconstitucionalidad de esas normas.
También reconoció la validez de la ley del Congreso que las anuló hace dos
años. El máximo tribunal dejó sentada la obligación estatal de investigar y
sancionar los crímenes cometidos durante la última dictadura tal como
establecen los tratados internacionales sobre derechos humanos que la
Argentina suscribe históricamente. Nada, advirtió, puede oponerse a esa
tarea. Y cualquier amnistía, señaló, es inadmisible.
El presidente Néstor Kirchner fue uno de los primeros en festejar la
resolución suprema. “Es un grito de aire fresco que la impunidad entra a
terminar”, dijo. En la puerta de los tribunales, organismos de derechos
humanos, familiares de desaparecidos, madres y abuelas de Plaza de Mayo
aguardaban ver el fallo en papel y firmado para creer. Cuando Carolina
Varsky, una de las abogadas del Centro de Estudios Legales y Sociales
(CELS), bajó las escalinatas con las 600 páginas bajo el brazo, se
mezclaron aplausos, gritos, lágrimas y abrazos. “La Justicia ha derrumbado
el último artilugio que impedía llegar a la verdad y al castigo para los
responsables del terrorismo de Estado”, destacó un comunicado del CELS, la
entidad presidida por Horacio Verbitsky que impulsó junto con Abuelas de
Plaza de Mayo la causa en que decidió fallar la Corte.
La decisión del alto tribunal confirma el rumbo que ya habían tomado varios
jueces de primera instancia y la Cámara Federal. Aunque hay cerca de 150
procesados por los crímenes de la dictadura y en su mayoría están presos,
hasta ahora seguían presentando reclamos amparándose en las leyes de
impunidad. De hecho, las dos megacausas reabiertas después de la nulidad
declarada por el Congreso ­referidas a las aberraciones cometidas en la
ESMA y en el Primer Cuerpo de Ejército­ estaban atascadas en la Cámara de
Casación Penal. Ahora todos los juicios podrán avanzar sin impedimentos y
abrirse nuevos procesos, incluso contra un puñado de militares aún en
actividad (ver aparte).
Siete de los nueve ministros de la Corte son los que declararon la
inconstitucionalidad de las leyes de impunidad que obstaculizaron los
expedientes penales contra los represores de la última dictadura. Enrique
Petracchi, Raúl Zaffaroni, Ricardo Lorenzetti, Carmen Argibay, Elena
Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Antonio Boggiano votaron con
extensos argumentos individuales pero coincidieron en que se trata de
normas contrarias a la Constitución Nacional e incompatibles con la
Convención Americana sobre Derechos Humanos y el pacto de Derechos Civiles
y Políticos de las Naciones Unidas. Estos tratados ya habían sido
ratificados por el país cuando fueron sancionadas las leyes del olvido, en
1986 y 1987, recuerdan algunos tramos del fallo. También reafirmaron que
los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles.
La mayoría de los jueces, además, declaró expresamente ­a propuesta del
voto de Zaffaroni­ que quedan sin “ningún efecto” las leyes de punto final
y obediencia debida, así como “cualquier acto fundado en ellas que pueda
oponerse al avance de los procesos que se instruyan, o al juzgamiento y
eventual condena de los responsables” o que pretenda “obstaculizar las
investigaciones” sobre “crímenes de lesa humanidad” cometidos en la
Argentina. Apuntaron así a cerrar todos los caminos con que pretendan
esquivar el castigo los acusados por los secuestros, torturas y
desapariciones. Recordaron también que estos hechos ya eran considerados
crímenes contra la humanidad y conductas punibles al ser perpetrados. La
sentencia pone en primer plano la supremacía de los tratados
internacionales y la obligación de acatar las disposiciones de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos que en el caso peruano “Barrios Altos”
sentenció como “inadmisibles” las “leyes de amnistía” u otras disposiciones
que concedan impunidad a los responsables de delitos de lesa humanidad e
impidan su investigación y sanción.
Entre los ministros que actualmente integran la Corte, hay tres que en 1987
convalidaron las leyes de punto final y obediencia debida. Ellos son
Petracchi, Carlos Fayt, Augusto Belluscio. El primero modificó su postura y
por eso dedicó buena parte de su voto a justificar ese vuelco. Hizo
hincapié en la preponderancia que adquirió el derecho internacional a
partir de la reforma constitucional de 1994. Fayt repitió y profundizó su
antiguo criterio: entiende que las leyes fueron dictadas por un poder
político legítimo en un contexto que lo requería y avanza cargar la
responsabilidad en las cúpulas militares por sobre los oficiales
recurriendo a los manuales de instrucción Ejército. Además, sostiene que
los tratados internacionales están subordinados a la Constitución.
Belluscio, por su lado, optó por excusarse.
El otro punto medular de la sentencia es el que reconoce la “validez” de la
ley 25.779 (de nulidad) que dictó el Congreso, poco después que asumió
Kirchner. Los ministros que apoyaron esa idea ­todos los firmantes menos
Boggiano, Argibay y Fayt­ ponderan el valor simbólico y el carácter
declarativo de esa norma, pero varios votos advierten que el Parlamento no
está habilitado para anular leyes. Sólo la Justicia puede declarar su
inconstitucionalidad.
La Corte no eligió cualquier expediente para firmar este fallo histórico.
“Tomamos uno significativo, sabíamos que daría la vuelta al mundo”, dijo
uno de los jueces. Es el que se refiere a la desaparición de José Liborio
Poblete y Gertrudis Marta Hlaczik y a la apropiación de su hija Claudia
Victoria Poblete. A los supremos llegó por la apelación del represor Julio
Simón, arrestado en 2001. Fue el primer caso en que un juez federal,
Gabriel Cavallo, dictó la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad,
luego confirmada por la Sala II de la Cámara Federal. Encerraba, a la vez,
una paradoja: mientras la Justicia podía investigar y castigar la
apropiación de la niña no podía hacer lo mismo con la desaparición de sus
padres.
El hecho de que la resolución haya tenido tantos votos distintos indica,
una vez más la diversidad de criterios que reina entre los supremos de esta
Corte renovada. Zaffaroni, por ejemplo, cree que con la vigencia de la ley
de nulidad la declaración de inconstitucionalidad no es imperiosa. Boggiano
propuso la inaplicabilidad de las leyes de impunidad. Lorenzetti señaló que
“si se pretende forzar a olvidar y a perdonar los agravios a los
significados profundos de la concepción humana, la sociedad no tiene un
futuro promisorio porque sus bases morales estarán contaminadas”. Maqueda
puso en primer plano la legislación internacional, el derecho de gentes y
advirtió que “la no punición” implica la “victoria de los regímenes
autoritarios”. Destacó el derecho “de las víctimas o de los damnificados
indirectos a lograr la efectiva persecución penal de los delitos de lesa
humanidad”. “Nada puede oponerse”, dijo Argibay, a búsqueda “de la verdad y
el juzgamiento de los responsables”.


Los derechos de todos
Por Horacio Verbitsky

Las leyes de punto final y de obediencia debida son inconstitucionales y
ningún acto fundado en ellas puede oponerse a la investigación y la
instrucción de los procesos, al juzgamiento y condena de los responsables
de crímenes de lesa humanidad. Este es el territorio común entre los jueces
de la Corte Suprema designados por cuatro distintos gobiernos (Raúl
Alfonsín en 1983, Carlos Menem en 1991, Eduardo Duhalde en 2002 y Néstor
Kirchner en 2003 y 2004). El resto consiste en voluminosos votos propios de
cada magistrado, cada uno con sus propios fundamentos, que llevará varios
días y varias relecturas desentrañar en todo su alcance.
El único que se opuso fue Carlos Fayt. Para ello debió pasar por alto un
voto anterior suyo en la causa por la desaparición forzada de Dagmar
Hagelin. Allí había dicho que las decisiones de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos que ordenaban investigar y castigar estos crímenes eran
obligatorias para el Estado argentino.
La causa en la que se pronunció la Corte es paradigmática de los
procedimientos del terrorismo de Estado. Una joven pareja fue secuestrada
con su hija de meses. El era lisiado y quienes lo torturaban en un campo de
concentración de la Policía Federal gozaban en forma sádica quitándole su
silla de ruedas y llamándole Cortito porque había perdido sus piernas. La
niña fue entregada por los raptores a un coronel del Ejército, pero de los
padres nada volvió a saberse. La causa permaneció abierta luego de que
Alfonsín promulgara las leyes de impunidad, porque no cubrían la
apropiación de los hijos. Pero nada podía hacerse contra quienes
desaparecieron a los padres aunque fueran, como en este caso, los mismos
funcionarios policiales, Colores y el Turco Julián. Cuando las Abuelas
consiguieron que fueran procesados y detenidos por la retención y la
sustitución de identidad de Claudia Victoria Poblete, el CELS pidió que
también se los juzgara por la desaparición forzada de José Poblete y
Gertrudis Hlazik. Para que ello fuera posible, era preciso remover esos
estatutos de la impunidad y así lo hizo en marzo de 2001 el juez federal
Gabriel Cavallo. Apenas dos semanas después, la Corte Interamericana
sostuvo en un caso similar del Perú que las violaciones graves a los
derechos humanos no prescribían ni era admisible que se perdonara a sus
autores. Esto indicó que la solicitud del CELS confirmada por la sala II de
la Cámara Federal (Cattani, Irurzun y Luraschi) estaba a la altura de los
desarrollos jurídicos más avanzados del sistema interamericano. La
reiteración de la nulidad de esas leyes en otras jurisdicciones del país,
los sucesivos dictámenes de dos titulares de la Procuración General de la
Nación abrieron el camino para la decisión de ayer. Ese fallo culmina
también una serie de decisiones anteriores de la Corte, aun con su
conformación anterior, acerca de la primacía del derecho internacional de
los derechos humanos sobre la legislación interna y la imprescriptibilidad
de este tipo de delitos (causas Priebke, Videla, Hagelin, Arancibia Clavel,
en las que votaron hasta Nazareno, Moliné y López) y la obligatoriedad de
las decisiones de la Corte Interamericana (causas Ekjmedkian y Giroldi).
De este modo, uno de los poderes del Estado concurre a apuntalar el
edificio institucional, al que estas leyes aberrantes le habían carcomido
su pilar central: hasta ayer era posible castigar todos los delitos, salvo
los más graves. Esta reverencia indebida ante el poder de la fuerza minó la
confianza social en la justicia y fue el punto inicial del descrédito de
las instituciones, implacables con los débiles, dóciles ante los poderosos
y volcadas a servir las conveniencias de sus propios integrantes. La
justicia no es un poder representativo, ya que sus integrantes no son
elegidos por el voto popular, pero si le castran su función de control de
los otros poderes se abre el camino a la arbitrariedad, la inequidad y la
corrupción. Y ningún poder más omnímodo hubo en la Argentina que el
ejercido por la Junta Militar sin el menor contrapeso ni equilibrio. Por
eso, la retribución por los crímenes del pasado no es tan importante como
el mensaje para el presente y para el futuro que implica. Cuando un derecho
es violado desde el poder, hay a quien recurrir, dice entrelíneas ese
texto. Por supuesto, la sociedad civil (ya sean ahorristas estafados,
jubilados en la miseria, familiares de víctimas de una tragedia, militantes
sociales castigados por reclamar lo que les corresponde) debe tomar ejemplo
de los organismos de derechos humanos que no claudicaron ni siquiera en el
peor momento, cuando todo parecía configurarse en contra de su reclamo, en
los años nefastos de la plata dulce y la convertibilidad que anestesiaban
algunas conciencias de despertar tardío. Y aprender a elegir a su enemigo,
lo cual no es un detalle menor.
Ayer, luego del fallo, se abrió otra discusión, acerca del lugar y la
modalidad de cumplimiento de la prisión preventiva y de la pena. Es
irritante para la sociedad e inadmisible desde el punto de vista de la
equidad, que los Astiz&Cía. gocen de alojamientos de lujo mientras los
procesados o condenados por delitos menores (es decir todos los demás,
porque nada hay peor de lo que ellos hicieron) se pudren en cárceles
vergonzosas. Lo mismo ocurre con los arrestos domiciliarios para quienes
tienen más de 70 años. La combinación de ambas circunstancias produce un
efecto de burla a la sociedad, que nada tiene que ver con la justicia.
Pero debe cuidarse la respuesta institucional. La posibilidad de que al
cumplir esa edad un procesado/condenado tenga como prisión su propio
domicilio es inobjetable. Por el contrario, debe exigirse que los jueces
concedan ese beneficio a todos los detenidos a su disposición, luego de
analizar las características específicas de cada caso. Lo que con toda
razón indigna es que sólo a los autores de crímenes contra la humanidad se
les permita gozar de lugares de privilegio prestados por algunos de quienes
se beneficiaron durante su gestión (como Bussi y Menem, por ejemplo) o
adquiridos con la rapiña de los bienes de sus víctimas (como Massera).
Tampoco contribuye a edificar la idea de igualdad ante la ley que los
procesados por secuestrar, torturar y asesinar en forma alevosa sean
conducidos a unidades militares, donde viven como en un country. No sería
razonable convertir los cuarteles en lugares de peregrinación de amigos y
familiares (algunos de ellos uniformados, dada la endogamia castrense) que
fomenten un malestar que hoy no existe. Luego de muchos años de esfuerzos
de organismos de derechos humanos y familias de las víctimas, apenas ha
habido pruebas como para conseguir la prisión preventiva de un centenar y
medio de militares y policías, de los cuales no más del 3 por ciento está
en actividad. Ahora que la Corte ha desbloqueado la posibilidad de
llevarlos a juicio, llegarán a ser 300 o a lo sumo 400, de los cuales
apenas 10 o 20 en actividad. Por cierto, el Estado también debe velar por
su seguridad, para que el odio de la sociedad no conduzca a la justicia por
propia mano en una cárcel común que nunca practicaron las víctimas de la
dictadura. Desalojar una cárcel modelo de las inauguradas por De la Rúa,
Duhalde o Solá en los últimos años y reservarla sólo para los jefes y
esbirros de la dictadura o construir un establecimiento penal sólo para
ellos como hizo Chile con Punta Peuco, es la mejor solución, respetuosa de
los derechos de todos. De eso trata el fallo de ayer.


Futuro
Por J. M. Pasquini Durán

El fallo de la Corte Suprema es un desafío al futuro, porque al levantar
dos barreras legales que trabaron la búsqueda de verdad y justicia,
compromete la responsabilidad de todos los que desean una convivencia
basada en la ley, el derecho y la vida. Las desgraciadas leyes de
obediencia debida y punto final son desde ayer inconstitucionales y, por lo
tanto, podrán reabrirse las causas para juzgar a los terroristas de Estado
que actuaron durante la última dictadura del siglo XX, la más cruel y
sanguinaria de todas las conocidas hasta entonces. La decisión del alto
tribunal corrobora que los sentimientos de libertad y justicia tardaron dos
décadas pero maduraron lo suficiente para que la sociedad argentina pueda
afrontar sus tragedias sin temor a fantasmas del pasado y para que la
gobernabilidad de la democracia no tenga que claudicar ante la impunidad
para protegerse a sí misma.
Los defensores de los derechos humanos pueden celebrar la decisión por
mayoría de la Corte como una merecida victoria de una lucha, aunque el
final todavía no esté a la vista. El veredicto es un nuevo punto de
partida, porque los impunes y sus defensores, los que se beneficiaron con
la obra completa de la dictadura, no se rendirán con facilidad. Claro que
el tiempo no ha pasado en vano, ya que los legisladores de las mayorías
parlamentarias hoy no se atreverían a votar por otros amparos como los que
se acaban de anular. Cada vez tienen menos fuerza los argumentos que
pretenden justificar el olvido “para no revolver los odios pasados”, puesto
que los años demostraron que no hay mañana posible sin cerrar las tumbas
que permanecen abiertas.
Si los actuales miembros de las Fuerzas Armadas son capaces de revisar la
historia sin falsas solidaridades corporativas ni tóxicos ideológicos, tal
vez puedan comprender que este nuevo período también abre la posibilidad de
recuperar el honor de sus uniformes, mancillados por las bárbaras tropelías
y los saqueos de los verdugos de aquella dictadura. Al aceptar el juicio y
castigo de los culpables, los que estén libres de culpa podrán limpiar la
imagen de sus instituciones y de sus carreras.
Los jueces cumplieron con su deber a conciencia, pero serán objeto de
ataques por parte de los que mencionan el “garantismo” como si se tratara
de un vicio o la subrepticia expresión de algún exótico sesgo ideológico
que protege a los delincuentes. Mienten a sabiendas, ya que la garantía de
la igualdad ante la ley, sin coronita para nadie, es una condición básica
para que cada ciudadano cuente con la máxima seguridad de tribunales que
sean esclavos del Estado de derecho, en vez de formar mayorías automáticas
para cumplir con la voluntad del más fuerte. A los críticos del llamado
“garantismo” lo que les molesta es que ya no puedan ser dueños exclusivos
de las garantías jurídicas.
Muchos, incluido el presidente Néstor Kirchner, hablaron en las últimas
horas para expresar opiniones o sentimientos de una jornada que se volvió
inolvidable. Entre ellos, el obispo metodista Aldo Etchegoyen, directivo de
la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos), resumió así este
momento de la historia: “Muchas cosas deben pasar todavía en nuestro país
para que podamos celebrar un Estado de derecho con trabajo, pan en las
mesas, educación, oportunidades y salud para todos, entre tanto hoy
celebramos que somos un poco más dignos, más honestos, más verdaderos, más
limpios”.


CRONOLOGIA DE LAS NORMAS VOTADAS TRAS DOS LEVANTAMIENTOS MILITARES
La génesis y el ocaso de la impunidad

El fallo de la Corte Suprema que ayer declaró la inconstitucionalidad de
las leyes de impunidad sella un proceso que marcó el pulso de la vida
política durante los últimos veinte años.
- La ley de Punto Final (23.492) fue sancionada el 24 de diciembre de 1986.
La norma establecía un plazo perentorio de 60 días para que los tribunales
que instruían causas por delitos de lesa humanidad procesaran a los
imputados. Todos aquellos represores que no fueran acusados antes de ese
lapso quedaban sin juzgar por prescripción de la acción penal en su contra.
- Contra las intenciones del entonces presidente Raúl Alfonsín, que buscó
contener con esta política posibles represalias de las Fuerzas Armadas por
el procesamiento a los integrantes de la dictadura, la sanción de la norma
promovió una ola de citaciones y enjuiciamientos que agudizaron la
situación. Al cumplirse el plazo dispuesto por el Punto Final, había 400
militares procesados. El conflicto desencadenó los episodios de Semana
Santa: encabezados por Aldo Rico, un grupo de oficiales se acuarteló en
Campo de Mayo para reclamar que no se procesara a los militares de menor
rango. El argumento exigía la distinción entre quienes dieron las órdenes y
quienes se limitaron a cumplirlas. El resultado fue la sanción el 4 de
junio de 1987 de la ley de Obediencia Debida (23.521), que estableció la
exención de culpa para los oficiales y el personal de tropa.
- La ley de Obediencia Debida significó el cierre de las investigaciones
sobre violaciones a los derechos humanos, incluyendo las “megacausas” ESMA
y Primer Cuerpo del Ejército. En total fueron 1180 los militares y
efectivos de las fuerzas de seguridad beneficiados con las leyes del
perdón. Sólo continuaron siendo procesados aquellos involucrados en la
apropiación de menores y en la causa del Plan Cóndor, que investiga la
represión conjunta entre las dictaduras del Cono Sur durante la década del
’70.
- El 22 de octubre de 1987 la Corte declaró la constitucionalidad de las
leyes. El fallo contó con la aprobación de tres de sus actuales miembros:
Carlos Fayt, Augusto Belluscio y Antonio Boggiano.
- La política de impunidad fue avalada por el gobierno de Carlos Menem,
quien en octubre de 1989, además, indultó a 277 civiles y militares.
- En 1993 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró que tanto
las dos leyes como los indultos eran incompatibles con los principios
sentados por la Convención Americana de Derechos Humanos.
- El 24 de marzo de 1998, en el 22º aniversario del golpe de Estado, la
Cámara de Diputados votó por amplia mayoría la derogación de las normas,
con lo que se impedía su aplicación a futuro. El proyecto inicial,
presentado por los ex diputados del Frepaso Juan Pablo Cafiero y Alfredo
Bravo, contemplaba la nulidad pero la medida no fue aprobada.
- El 6 de marzo de 2001 por primera vez un juez federal declaró la
inconstitucionalidad de las leyes. La decisión fue adoptada por el juez
Gabriel Cavallo en el marco de la causa que investiga la desaparición de
Gertrudis Hlaczik, José Poblete y la hija de ambos, Claudia Victoria (ver
nota aparte). El fallo fue ratificado por la Cámara Federal en noviembre de
ese año.
- Siete meses después el juez federal Claudio Bonadío también dictó la
inconstitucionalidad de las normas, en una causa en la que procesó y dictó
la prisión preventiva del ex almirante Emilio Massera y de otros 5
represores de la ESMA por el secuestro y la posterior apropiación de bienes
de tres desaparecidos: el abogado Conrado Gómez, el empresario Victorio
Cerruti y el contador Horacio Palma.
- Finalmente el 25 de agosto de 2003 el Senado anuló las leyes de punto
final y obediencia debida. La iniciativa fue impulsada por el presidente
Néstor Kirchner. El 14 de julio de 2004 la Sala I de la Cámara Federal
dictaminó la validez de la anulación confirmando la continuidad de las
causas reabiertas contra los represores en todo el país.
Informe: Carolina Keve.


Los organismos ya piensan en iniciar nuevos juicios
Los organismos de derechos humanos mostraron su alegría por la acordada de
la Corte. Subrayaron que se debe redoblar el esfuerzo en la Justicia.

Alegría. Expectativa. Ansiedad por comenzar nuevos juicios. En los
organismos de derechos humanos, más allá de los matices, se vivieron las
mismas emociones. “Después de luchar veinte años, qué menos que estar
contentas, satisfechas. Los militares tienen que sentarse ante un juez y
decir lo que ha pasado, asumir su responsabilidad. Los crímenes que han
cometido ofenden a la humanidad. Los que arrojaron personas al mar o al
río, los torturadores, porque tuvieron un grado menor, no pueden pasar
desapercibidos. No queremos venganza. Queremos justicia”, resumió Nora
Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora.

- Adriana Calvo, Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos: “Estamos
felices. Ahora van a ir todos presos. Pero no mágicamente. Es importante
ver cómo nuestras exigencias se complementaron: primero conseguimos la
nulidad parlamentaria en 1998, que no nos servía en la práctica pero fue un
gesto. Luego sumamos la exigencia de los jueces, y en 2001, con lo del juez
Cavallo, quedó demostrado que la vía judicial era posible. No van a ser
necesarias las extradiciones si los jueces cumplen con su deber”.

- Graciela Rosenblum, Liga Argentina por los Derechos del Hombre: “Esta
batalla no la ganaron sólo los organismos. Es un triunfo del movimiento
popular y de la lucha contra la impunidad. Esto debe comprometer al
gobierno nacional y a los provinciales. Tienen que poner presupuesto y
decisión para que esto culmine con el castigo a los genocidas”.

- Lita Boitano, Familiares de Desaparecidos por Razones Políticas: “Esto
intensifica un camino más firme para seguir los juicios. ¿Qué va a hacer
ahora Casación, que tiene parada la causa de la ESMA? Algunos ideólogos de
la dictadura han muerto, otros se las dan de enfermos. El resto va a ser
juzgado. Pero no tenemos pruebas para todos. Necesitamos con urgencia que
las Fuerzas Armadas abran sus archivos”.

- José De Luca, Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos: “Es un paso
adelante. Pero aparte de juzgar a los payasos, queremos juzgar a los dueños
del circo. No sólo a los militares, también a los que los mandaron: el
poder económico y político, nacional e internacional. Esto es una instancia
abierta que ahora hay que profundizar”.

- Alberto Pedroncini, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos:
“Estamos contentos. Pero también queremos que cuando se evalúen los
momentos fundamentales de la lucha contra el terrorismo de Estado no se
deje de mirar a la sociedad, que está reclamando que se castiguen las
desigualdades en el acceso a los derechos sociales. Hemos prestado especial
atención a ver cómo abordaba la Corte la existencia de una ley del Congreso
que había anulado las leyes”.

- Paula Maroni, HIJOS: “Estamos con muchas esperanzas y muy ansiosos a
partir de la nulidad. Ahora se termina un camino, el de la impunidad.
Queremos caminar el de la Justicia, que es largo, porque son muchas causas:
son 400 represores. Es un largo camino a recorrer. Hay que empezar a hacer
investigaciones, registrar quién fue el que puso picana. Ahora vamos por
ellos. Toda la agrupación va a estar enfocada hacia los juicios. Vamos a
trabajar todos por juicio y castigo. Es una nueva coyuntura”.


ESTELA CARLOTTO, TITULAR DE LAS ABUELAS DE PLAZA DE MAYO
“Esta sentencia abre nuevos caminos”
Por José Natanson

Junto con el CELS, la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo impulsó en la
Corte la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de obediencia
debida y punto final. “Es un fallo histórico”, sostiene Estela de Carlotto,
consultada por este diario. Y en un día que define como de “mucha
satisfacción”, asegura que la decisión de la Corte permite continuar con la
lucha por los derechos humanos. “Las Abuelas habíamos conseguido justicia
para nuestros nietos, pero para nuestros hijos no había justicia. Este
fallo abre nuevos caminos”, explica a Página/12.
­¿Qué opina de la resolución de la Corte?
­Es una decisión crucial para destrabar los juicios contra los represores y
allanar el camino para que sean condenados por la Justicia. Nunca hay que
decir, como decían algunos, que pasó tanto tiempo, que entonces ya no
sirve. Es una Justicia lenta, pero si llega, va a cumplir su cometido. A
partir de esto habrá justicia para los más de 1600 responsables que la
propia Conadep, o sea el Estado, elaboró como lista de responsabilidades
diversas, desde jerarcas hasta cómplices del terrorismo de Estado durante
la dictadura. La resolución de la Corte era indispensable para que las
causas avanzaran y fueran elevadas a juicio oral.
­¿Cuál es el impacto jurídico del fallo?
­La Corte impide que queden flancos abiertos que sirvan a los acusados de
violaciones a los derechos humanos para especular con esquivar el castigo
judicial. Es un día histórico, de mucha satisfacción para todos. Es un
fallo que trasciende nuestras fronteras. Los países de Europa nos están
mirando.
­¿Cómo cambia el fallo el trabajo cotidiano de las Abuelas?
­Va a modificar mucho la actividad, no sólo la nuestra, sino la de todos
los organismos. Las Abuelas conseguimos justicia por nuestros nietos en
muchos casos, pero era algo parcial, sólo un aspecto de la cuestión, porque
para los papás de nuestros nietos, para nuestros hijos, no había justicia.
Por eso esta decisión de la Corte abre nuevos caminos. Tenemos muchas
expectativas.
­¿Qué van a hacer ahora?
­Cada Abuela va a tratar de abrir una causa, presentándose como
querellante, denunciando a los que secuestraron y mataron a nuestros hijos,
aportando los testimonios, los lugares de detención y toda la información
necesaria que tengamos, que en muchos casos ya se la conoce. Es una tarea
novedosa a futuro que combinaremos con los demás organismos de derechos
humanos.
­¿Cómo sigue el tema en el terreno legal? ¿Qué falta resolver en la Justicia?
­Está el tema de los indultos, que aún no está resuelto. Estamos esperando
los pedidos que formulen los que se beneficiaron con los indultos del
presidente Menem, que seguramente harán presentaciones judiciales
reclamando no ser juzgados. Quizá con este fallo se abran más posibilidades
para que la Corte tenga la misma resolución, para que se anulen los indultos.
­¿Cuánto influyó en el fallo la política de derechos humanos del gobierno
nacional y la decisión del Congreso de sancionar la nulidad de las leyes?
­Yo creo que mucho. Esto se debe en parte a decisión política del gobierno
del presidente Kirchner de revertir el estado de impunidad que reinaba en
la Argentina. En la reunión con los organismos que tuvimos con Kirchner, la
primera que tuvimos con él después de que asumiera en el Gobierno, la lucha
contra la impunidad tenía que empezar por la renovación de la Justicia.
Después, cuando presentó el libro de escritores desaparecidos en la Feria
dijo que no quería interferir con la Justicia pero que las leyes debían ser
consideradas por los tribunales. La renovación de la Corte fue obviamente
muy importante para que este fallo finalmente saliera y por eso el Gobierno
tuvo mucho que ver. La decisión del Presidente es contagiosa.
­¿Cómo influyó el nuevo contexto social? ¿Cree que hubo un cambio en la
conciencia social que permitió que el fallo saliera?
­Es difícil decirlo, pero evidentemente la sociedad está cada vez más
preparada para asumir este tipo de decisiones. No se soporta más la
convivencia con los asesinos y los ladrones, con los que habíamos vivido
tanto tiempo. Que el hijo de Massera haya sido detenido demuestra que acá
no se terminó de juzgar y de poner las cosas en su lugar. Por eso el fallo,
salvo para un sector minoritario que siempre buscó la impunidad, es sano
para la sociedad en general.


HEBE DE BONAFINI
“Estamos muy bien”
Por Martín Piqué

El primer llamado fue de México. Cuando Hebe de Bonafini contestó, las
leyes de impunidad ya eran inconstitucionales. Los llamados se sucedían. De
Colombia, la BBC de Londres, un canal de Barcelona. Como todo el ambiente
político, Bonafini ya sabía que el fallo de la Corte era inminente.
Igualmente le quedaba algo de desconfianza, tal vez producto de la
experiencia o de un rasgo personal. Horas después, ya con la sentencia en
los correos electrónicos, Bonafini habla con Página/12. “Estamos muy bien.
Ahora hay muchas cosas que se van a poder hacer. Y si el Ejército está
molesto, como dijo Pampuro, eso significa que es importante”, evalúa.
­¿Qué conclusión sacó de la acordada?
­Me parece muy bien. Lo que pasa es que uno siempre tiene pequeñas
desconfianzas. Ahora vamos a reunirnos con los abogados para ver en qué
causas nos vamos a poner firmes. Esto demuestra que hicimos bien en no
reconocer como muertos a nuestros hijos, porque la desaparición forzada de
personas es un crimen de lesa humanidad. Si hubiéramos reconocido que
estaban muertos, que estaban desaparecidos para siempre, hubiera sido más
complicado.
­¿Cuántos militares serán juzgados?
­Veremos. Hay una lista de cuatro mil y pico. Pero para juzgarlos hay que
tener pruebas por más que uno sepa que fue represor. Hay que trabajar mucho
en ello. A los que están en actividad hay que mandarlos a la casa, echarlos
y darlos de baja. Es una aberración del Ejército.
­Alfonsín dijo que esta decisión de la Corte demuestra que la democracia
está consolidada, pero que en el ’87, cuando se votaron la obediencia
debida y el punto final, no lo estaba.
­Alfonsín no tiene vergüenza. No tiene cara. En vez de quedarse callado en
su silloncito de viejo tomando sol, se pone a decir disparates.
­¿Tenía expectativas en esta Corte?
­Teníamos nuestras preocupaciones. Porque a algunos de la Corte los
conocemos muy bien. Hoy lo escuché a Fayt, que argumentaba como el fascista
que es.
­Algunos organismos de derechos humanos dicen que llegó el momento de
acusar a los civiles cómplices, al poder económico. ¿Qué opina?
­Estamos trabajando sobre todo lo que no se trató hasta ahora. Queremos que
se trate. Las multinacionales y demás cómplices nunca fueron tocadas.


Calculan que entre 200 y 300 militares quedarían detenidos.
PAMPURO CALCULA QUE PUEDEN SER DETENIDOS ALREDEDOR DE 200
Los uniformados en la gatera judicial
El ministro de Defensa consideró que “políticamente es muy positivo” el
fallo de la Corte, que allana el camino para juzgar las violaciones a los
derechos humanos. El Ejército y la Armada coincidieron.
Por Nora Veiras

“Según mi análisis, entre quinientos y mil militares ­la absoluta mayoría
del Ejército­ pueden ser citados a declarar en causas que se reabran a
partir de la inconstitucionalidad de las leyes. A lo sumo el 10 por ciento
está en actividad. Los detenidos por violaciones a los derechos humanos
rondarán entre doscientos y trescientos.” En diálogo con Página/12, el
ministro de Defensa, José Pampuro, contabilizó las consecuencias del fallo
de la Corte Suprema y destacó que se reunió con las tres Fuerzas Armadas y
“todos aceptan la decisión de la Justicia y están dispuestos a colaborar
para solucionar el tema”. El jefe del Ejército, Roberto Bendini, consideró
que la sentencia “era un hecho que, evidentemente, se estaba esperando y a
partir del juzgamiento se va a condenar a los responsables” de la represión
ilegal. Desde la Armada, el almirante Jorge Godoy señaló, escueto, que “la
Armada es respetuosa de las decisiones de la Justicia”.
Contrariando las versiones agoreras sobre la compleja situación militar que
algunos hasta llegaron a comparar con el ’87 ­el año del levantamiento
carapintada en contra de las citaciones judiciales a oficiales acusados de
violaciones a los derechos humanos­, desde que los jueces empezaron a
anular las leyes las causas avanzaron a la espera del fallo de la Corte.
Largas conversaciones en el Edificio Libertador lograron que todos los
citados por la Justicia se presentaran sin chistar. De hecho, están
cumpliendo prisión domiciliaria o en unidades militares alrededor de ciento
cincuenta uniformados. “Ahora hay cinco detenidos en actividad, todos son
del Ejército y tienen rango de coroneles”, explicó Pampuro. De la Armada
hay alrededor de quince o veinte presos, todos son retirados. Y, de la
Fuerza Aérea no se prevé que pueda haber nuevos presos.
­¿Cómo analiza la decisión de la Corte? ­le preguntó este diario a Pampuro,
el ministro que desde que asumió está piloteando las secuelas de la
impunidad del terrorismo de Estado.
­Es muy positiva, políticamente es muy positiva. Desde que asumió el
presidente (Néstor) Kirchner, fue un compromiso del Gobierno terminar con
las leyes de punto final y obediencia debida, que se reabran las causas
interrumpidas y que los responsables sean juzgados, y que la Justicia
determine la culpabilidad.
­¿Cree que se cierra definitivamente una etapa?
­Sí, la más difícil de la historia argentina. Las guerras de 1830 a 1853 no
dejaron los resentimientos que dejó esta situación que se planteó con un
poder del Estado que actuó desmesuradamente ­las desapariciones son la
demostración más brutal de eso­ y de forma corrupta. Es un tema abierto
desde hace treinta años. Si no hay verdad, no hay perdón y sin justicia no
hay verdad. Este es un aliciente para que en las próximas generaciones se
cierre definitivamente este tema.
A casi treinta años del último golpe militar y veintidós de democracia, la
capacidad de la corporación militar de resistirse a la Justicia es
inexistente. La subordinación al poder político es ya insoslayable. El
avance de las causas judiciales ha discurrido sin alteraciones. Las armas
que les quedan a algunos para resistir son las cartas de lectores o los
documentos que hacen trascender entre la “familia militar”. En los últimos
días, ante la inminencia del fallo del máximo tribunal de justicia, circuló
un texto de la “Promoción 103” ­de la que provienen los últimos generales
en actividad­ anticipando críticas a la “Justicia de un solo ojo” para
analizar los ’70. Sin embargo, el texto no encontró las adhesiones
esperadas ni siquiera entre los egresados buscados. El único privilegio que
consiguieron es la reclusión domiciliaria o en unidades militares. Un
privilegio que en el caso del emblemático Alfredo Astiz no se sustenta ni
siquiera en su condición militar puesto que fue destituido.
Alrededor de cincuenta procesos ya están abiertos en distintas provincias y
cobrarán impulso con la decisión de la Corte. En rigor, a meses de cumplir
las tres décadas del último fragote es una oportunidad para los militares:
sólo la Justicia puede levantar el velo de sospecha que iguala a culpables
e inocentes.

Notas tomadas de:
www.pagina12.com.ar
miércoles 15/6/05

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