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prensa_independiente · "Síntesis de Prensa" - una publicación argentina de noticias y opiniones- parte del sitio web "Prensa Independiente" .
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Síntesis de ¨PRENSA INDEPENDIENTE¨- 16 de julio del 2003   Lista de mensajes  
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"PRENSA INDEPENDIENTE"

- República Argentina -

"La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma

Representativa, Republicana Federal..."

"Síntesis de Prensa - 16 de julio del 2003"

Año 4ro. - Número 433

Archivos desde enero del 2000 en dirección :

http://members.fortunecity.com/prensaindependiente

Mail: prensa_independiente2003@...

Mails para desuscribirse: al final de esta Síntesis

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Índice

1 - Cartas de lectores de ´La Nación´: "MEMORIA SELECTIVA" , por Carlos Alejandro Arteaga.

2 - "DE NUESTRA MEMORIA...." - complementando la impactante carta anterior - La contundencia de los datos históricos: "CAPITÁN CARLOS EDUARDO ARTEAGA".

3 - Cartas de lectores de ´La Nación´: "DISCURSO Y BONAFINI" , por Federico Cornejo Castellanos - Capitán (R) Ejército Argentino.

4 - ¿ALGUIEN PODRÍA EXPLICARME?.

5 - Demoledor sin duda .... porque lo dice nada menos que Gil Lavedra - nota en La Nación: "EXTRADICIONES Y DERECHO NACIONAL".

6 - Demoledor sin duda .... porque quien escribe es prestigioso profesor titular de derecho constitucional - "UN ATAQUE A LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES", por Miguel M. Padilla.

7 - Demoledor sin duda .... porque quien lo dice es nada menos que Mario Firmenich, ex máximo cabecilla Montonero: "DESAPARECIDOS? .... la inmensa mayoría eran militantes y la inmensa mayoría de estos eran Montoneros".

8 - Carta de lectores de Hugo Reinaldo Abete - Ex Mayor , Ejército Argentino: "BALZA, EL BARRIONUEVO DE LAS FFAA".

9 - Carta de lectores sobre Balza: "SOY CRISTINA BIGNONE..."

10 - Nota de La Nación - El Presidente y su relación con los militares: "LA ARGENTINA DEBE DEJAR SU PASADO ATRÁS" por Robert A. Potash.

11 - Más opiniones de Robert A. Potash, en Radio 10.....Volver al tema militar "es una distracción".

12 - Sobre extradiciones y leyes de pacificación: "DURA CRÍTICA DE UN OBISPO" contra el gobierno.

13 - ¨QUERELLA CONTRA BALTASAR GARZÓN Y OTROS¨ - Buenos Aires, Argentina, 14 de julio de 2003.

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1 - Cartas de lectores de ´La Nación´, por Carlos Alejandro Arteaga

"MEMORIA SELECTIVA"

Señor Director:

"El que calla otorga... Por ello, la valiente carta del capitán Cornejo Castellanos debe ser interpretada como una de las tantas señales de que el comandante en jefe debe recibir y evaluar antes de continuar con su hipócrita caza de brujas dentro de los rangos de las FF.AA.

"Como ciudadano e hijo del capitán (RE) Carlos Eduardo Arteaga, uno de los cientos de argentinos asesinados por terroristas Montoneros durante la guerra que estos siniestros criminales colaboraron activamente en "ensuciar", deploro enérgicamente la decisión del presidente Kirchner de entorpecer la ansiada unión de todos los argentinos, haciendo uso de parcialidad y memoria selectiva."

Carlos Alejandro Arteaga

cmn104@...

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2 - "DE NUESTRA MEMORIA...." - complementando la impactante carta anterior

La contundencia de los datos históricos sobre la salvaje guerra civil revolucionaria de los 70´.

"CAPITÁN CARLOS EDUARDO ARTEAGA"

Nació el 14 de julio de 1925 en la ciudad de Buenos Aires; ingresó al Colegio Militar de la Nación el 12 de marzo de 1945, de donde egresó como subteniente de caballería el 18 de diciembre de 1947. Revistó como oficial en el mencionado Colegio, en el Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín, y como cursante en la Escuela Superior de Guerra donde obtuvo el título de Oficial de Estado Mayor. El 4 de noviembre de 1960 pasó a retiro a su solicitud, con el grado de capitán. Estaba casado con la señora Elena Medina y era padre de tres hijos.

Fue asesinado el 29 de agosto de 1974 (gobierno constitucional peronista en ejercicio). El sábado 24 de agosto a las 21:00 horas, al salir del Centro Regional General Sarmiento, dependiente de la Universidad Nacional de Luján donde participaba de un curso sobre ecología, fue secuestrado. Varios individuos intentaron reducirlo y al resistirse le efectuaron varios disparos hiriéndolo en el tórax y lo introdujeron en un automóvil, desconociéndose su paradero a partir de ese momento. En el lugar quedó herida otra cursante, la señora María Alliendo, quien recibió un impacto en una pierna y otro en la pelvis, siendo asistida y puesta fuera de peligro.

Días más tarde, aproximadamente a las 02:00 horas del 29 de agosto, los vecinos de una casi despoblada zona próxima a Grand Bourg (provincia de Bs. As.), oyeron la llegada de varios automóviles, disparos de armas de fuego y finalmente la partida de los vehículos.

Más tarde, ya de día, unos trabajadores encontraron en el camino el cuerpo de un hombre con disparos en la cabeza y dieron aviso a la policía.

Era el capitán Carlos Eduardo Arteaga.

Fuente: Libro impreso y digital ¨INMEMORIAM I - en homenaje a los caídos del Ejército Argentino por acciones terroristas" - http://members.fortunecity.com/inmemoriam1/

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3 - Cartas de lectores de ´La Nación´, por Federico Cornejo Castellanos - Capitán (R) Ejército Argentino

"DISCURSO Y BONAFINI"

Señor Director:

"Deseo expresar mi preocupación como ciudadano y miembro en situación de retiro del glorioso Ejército Argentino. Después de leer el discurso pronunciado en la cena de camaradería por el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, confirmo que el señor Kirchner está imbuido de un espíritu revanchista, en donde predomina el rencor y la frustración que lo caracteriza como participante activo de una generación violenta y derrotada durante la década del 70.

Rodeado y aconsejado por militantes de los movimientos subversivos del pasado, está empeñado en reabrir heridas profundas que la sociedad en su conjunto había empezado a cicatrizar. Su óptica deformada sólo mira una parte de la verdad. Se olvida, por ejemplo, del discurso incitando a la sublevación armada de la señora Bonafini, quien se hizo acreedora a una de las primeras audiencias presidenciales y hoy constituye, junto con su asesor parricida, el referente de opinión en materia de Derechos Humanos. El señor Kirchner, valiéndose de una cúpula militar olvidada del sentido de la dignidad institucional, ha resuelto hacer de las FF. AA. su objeto de demostración de poder. No pretendo que los jefes militares cambien el orden constitucional que tanto costó conseguir, pero sí me gustaría que le hagan saber a su comandante que existe en el país una cantidad enorme de grupos al margen de la sociedad en los que debería centrar su atención.

"Señor Presidente, las FF. AA. han dado pruebas cabales de su deseo de integración, deje de hostigarlas y reavivar heridas y dedíquese a gobernar para todos, y cuando se acuerde del pasado mire en sentido amplio, no dejándose llevar por sus sentimientos personales."

Federico Cornejo Castellanos

Capitán (R) Ejército Argentino

f_cornejoc@...

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4 - ¿ALGUIEN PODRÍA EXPLICARME?

Fue preguntado en el Foro de intercambio de noticias NOTIPOL

Caballeros:

¿Alguien, versado en derecho, podría explicarme porque un abogado que defendió a un general del Proceso no puede ocupar cargos públicos, pero otro que fue Juez del mismo Proceso y dictó sentencias en aquella época puede ser Juez de la Corte Suprema?

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5 - Demoledor sin duda .... porque quien lo dice es nada menos que Gil Lavedra, radical alfonsinista y ex juez de la causa 13 en el juicio a los ex Comandantes

Con datos concretos, argumentos jurídicos y expresa mención de leyes en vigor, destroza la deliberadamente nebulosa e inexistente teoría de la ´nueva justicia universal´ que esgrimen dialécticamente los izquierdo humanistas, en vergonzosa manipulación de la ciencia del Derecho, para - peor aun - apoyar los pedidos del juez español intruso.

Siendo o no su propósito, Gil Lavedra demuestra la falsa distracción política del gobierno actual sobre el tema extradiciones. Deja claro que el hoy famoso decreto en vigor responde a la Constitución y a las leyes, al describir de los pasos y responsabilidades de los poderes ejecutivo y judicial a lo largo de cualquier extradición

Conceptos principales de la nota en La Nación - 15 de julio de 2003:

"EXTRADICIONES Y DERECHO NACIONAL"

Por Ricardo Gil Lavedra

Desde hace unos años jueces de diversos países europeos reclaman a la Argentina colaboración judicial o bien la entrega de ciudadanos argentinos, por procesos que se han abierto en el extranjero para juzgar violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar. Estas solicitudes han dado lugar a una intensa controversia, que se reabrió con la asunción del nuevo gobierno y los trascendidos acerca de su intención de revisar la posición asumida por gestiones anteriores.

La cuestión posee cierta complejidad técnica:

§ Las decisiones en materia de extradición poseen siempre un indudable contenido político, pues son peticiones entre Estados soberanos.

§ Ese es el criterio de nuestra ley vigente (número 24.467), que faculta al Poder Ejecutivo, tanto al inicio como al final del trámite, a rechazar la solicitud por razones de "soberanía nacional, seguridad u orden público u otros intereses esenciales para la Argentina, que tornan inconveniente el acogimiento del pedido" (artículo 10).

§ Por lo tanto, aunque el juicio haya declarado procedente la extradición, la decisión de entregar es, en última instancia, siempre del poder político (artículo 36), no del judicial.

§ El decreto 1581/01 anticipó la decisión política de rechazar las extradiciones fundadas en violaciones a los derechos humanos durante el régimen militar.

§ La redacción es muy defectuosa, pues la parte dispositiva tiene una generalidad que excede a los considerandos. Más allá de la imperfección técnica, está claro que la facultad de rechazar anticipadamente tiene apoyo legal (artículo 22 de la citada ley 24.467), aunque pueda preferirse que los jueces se expidan primero.

§ En la última década, el derecho internacional de los derechos humanos ha tenido un saludable desarrollo. La violación masiva de los derechos humanos es considerada como un crimen internacional. En el ámbito convencional, numerosos países han suscripto tratados tendientes a impedir la impunidad de ciertos. El avance más importante se ha logrado con la creación de un Tribunal Penal Internacional encargado de juzgar en el futuro estos crímenes tan graves que conmueven la conciencia de la humanidad.

§ La Argentina ha recibido pedidos de naciones extranjeras que tienen en su derecho doméstico alguna regla extraterritorial respecto de delitos cometidos aquí. En el caso de países como Francia, Italia y Alemania, se trata de procesos abiertos por delitos cometidos contra personas de esa nacionalidad. En el caso de España, se invoca una regla extraterritorial de derecho interno incorporada a la Ley Orgánica del Poder Judicial.

§ Respecto de los crímenes cometidos durante el régimen militar la Argentina ha ejercido y sigue ejerciendo plenamente su jurisdicción. Enjuició y condenó a los máximos responsables, limitó luego la persecución a los oficiales superiores, indultó luego a los condenados y a los que permanecían procesados e incluso ahora se discute la validez de los efectos de aquellas leyes.

§ El poder penal de un Estado es expresión directa de su soberanía. Ello incluye el derecho a poder decidir, autónomamente, sin interferencias de otros Estados, qué conductas castiga o deja de castigar, como también la medida y alcance de cómo lo hace.

§ Reconocer la posibilidad de que otro derecho asigne a los hechos una consecuencia distinta de la prevista en el propio ordenamiento supone desconocer la vigencia del derecho nacional.

§ Resulta absolutamente inadmisible el desplazamiento del orden jurídico argentino por el extranjero, por hechos sobre los cuales el Estado argentino ha ejercido y ejerce sus facultades y competencias.

§ El deber de todas las autoridades de la Nación es defender la vigencia de la Constitución Nacional y las leyes argentinas, lo que no ocurriría si se pretendiese desplazarlos por la aplicación de un derecho extranjero.

§ La circunstancia de que se trate de delitos de lesa humanidad no cambia la situación, pues corresponde a los órganos judiciales argentinos establecer la existencia de esa obligación de castigar siempre estos delitos.

§ Que la jurisdicción argentina no ha fenecido lo demuestra el hecho de que varios jueces han declarado la nulidad de las leyes "de impunidad", esta decisión se encuentra actualmente apelada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y será este tribunal el que decida en definitiva el temperamento por seguir dentro de la Argentina.

§ En cuanto a los pedidos de arresto provisorio con miras a la extradición, la norma general contenida en el artículo 26, in fine , de la ley 24.467, en tanto impide gozar de la libertad durante el trámite de la extradición, es groseramente inconstitucional y así lo ha declarado el propio titular del Ministerio Público Fiscal al desistir del recurso fiscal en el caso de Fallos: 323:176.

Este es el orden jurídico de la República Argentina sobre estos temas. En los países "en serio", la ley se acata, aunque nos desagraden o hasta repugnen sus prescripciones.

El autor fue ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Además, Juez de Cámara en la causa 13

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Sitios web recomendados

"Foro de la Verdad Histórica" http://members.fortunecity.com/foroverdad/

¨Sitios sobre el caso del Capitán de Corbeta Ricardo Cavallo" de Miriam Mata:

http://meltingpot.fortunecity.com//seabright/487/cavallo.html

http://meltingpot.fortunecity.com//seabright/487/cavallo_spain.html

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6 - Demoledor sin duda .... porque quien escribe es prestigioso profesor titular de derecho constitucional en la Universidad de Buenos Aires.

Con sano fervor patriótico, sólidos argumentos jurídicos y expresa mención de las leyes y tratados que falazmente se pretenden usar retroactivamente, con sus fechas de entrada en vigor, dato clave por cierto, se complementa desde otro ángulo más jurídico con los anteriores argumentos del Dr. Gil Lavedra

Conceptos principales de la nota en La Nación - 15 de julio de 2003:

"UN ATAQUE A LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES"

por Miguel M. Padilla

El juez español Baltasar Garzón ha pedido a nuestro gobierno la detención y extradición de 46 militares por él acusados de violaciones de derechos humanos. Como la reciente asunción del doctor Néstor Kirchner como presidente de la República ha traído cambios en positivas tradiciones, no hay duda de que se producirá una radical transformación en el tratamiento de las solicitudes de extradición.

Hasta ahora, tenía vigencia el decreto 1508/1, dictado el 5 de diciembre de 2001 bajo la presidencia de Fernando de la Rúa, pero los nuevos aires tanto en el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos como en el de Relaciones Exteriores, Culto y Comercio Exterior han puesto en tela de juicio la continuidad de dicho texto.

Discrepo totalmente de ese propósito y no abrigo duda alguna de que la solución jurídicamente correcta es la que aportó el mentado decreto.

Hay un dato incontrovertible: la acción de las Fuerzas Armadas contra la subversión finalizó a fines de 1978, hace veinticinco años. Por motivos que son inherentes a la soberanía nacional, y que ningún juez extranjero puede cuestionar, entre 1986 y 1987 fueron aprobadas por el Congreso de la Nación, en procedimientos regulares, las leyes 23.492 y 23.521, conocidas como de punto final y de obediencia debida, ambas derogadas en 1992 ( N. De P. Ind.: fueron derogadas solo a futuro).

En virtud de ellas, y sin que se excluyera toda responsabilidad por delitos que afectaron derechos humanos, cometidos desde que en 1975 se dio comienzo a un enfrentamiento bélico, los miembros de las Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales se encontraron ante la siguiente alternativa:

a) Se les iniciaron causas penales que se dieron por finalizadas con su sobreseimiento definitivo por lo dispuesto en aquellas leyes. En ese caso juega inexorablemente la garantía de la cosa juzgada ( non bis in ídem ), que impide que sean juzgados dos veces por un mismo hecho. Quiero creer que el juez Garzón no desconoce esta garantía.

b) No llegó a iniciarse el proceso represivo. Entonces, la acción penal por los hechos imputados ha prescripto, por lo dispuesto en el artículo 62 de nuestro Código Penal, que fija un plazo de quince años "cuando se tratare de delitos cuya pena fuera la de reclusión o prisión perpetua".

Quienes invocan los compromisos regionales o internacionales en materia de derechos humanos asumidos por nuestro país olvidan, por cierto, que todos ellos fueron aprobados por el Poder Legislativo nacional con posterioridad a la finalización de las operaciones militares contra los terroristas.

En efecto:

§ la Convención Americana sobre Derechos Humanos fue aprobada por la ley 23.054,

§ el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por la ley 23.313;

§ la Convención Internacional sobre Desaparición Forzada de Personas obtuvo aprobación por la ley 24.556;

§ la Convención sobre la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes tuvo conformidad mediante la ley 23.338.

Es decir que, cuando se cometieron abusos contra los derechos humanos de los subversivos, la Argentina no se encontraba obligada por ninguna de estas convenciones.

¿Es que el juez Garzón puede darse el lujo de ignorar o prescindir de un precepto con un largo abolengo histórico, como lo es el de nullum crimen, nulla poena, sine lege , vigoroso baluarte de protección de la vida, la libertad y la propiedad, incluido en numerosos documentos españoles de nivel institucional como los Fueros de Aragón y de Navarra del siglo XIV y el Fuero de Vizcaya de 1527? ¿No conoce la historia de su propio país?

Esta garantía figura en nuestro texto constitucional. La primera frase del artículo 18 prescribe: "Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso".

La jurisdicción territorial

Pienso que lo hasta ahora expuesto es suficiente para desestimar la pretensión de Garzón, pero me parece que conviene agregar algunos elementos adicionales.

Nuestra legislación penal adoptó el principio de la jurisdicción territorial, propia de las naciones de inmigración, y como lo manda el artículo 75, inciso 12, de la Constitución Nacional. Si España y otras naciones europeas han adherido al principio del jus sanguinis , es cuestión que solamente a ellas incumbe, pero de ninguna manera puede imponerse a los Estados que han adherido al jus soli .

Así lo dispone el artículo 1, inciso 1°, de nuestro Código Penal: "Principio territorial.- Es el dominante o la columna vertebral del sistema, según la opinión dominante mayoritaria. Se parte de que la ley es una emanación de la soberanía del Estado y expresión de su voluntad. Por lo tanto, al ser la ley inseparable del concepto de Estado, se aplica en el territorio por delitos cometidos en él, tanto a nacionales como a extranjeros".

Coincide con este básico principio, derivado del irrenunciable atributo de la soberanía estatal, una declaración de los países del MERCOSUR, más Bolivia y Chile, firmada en Río de Janeiro el 10 de diciembre de 1989, que, reiterando lo afirmado en la Declaración de Asunción del 24 de agosto de 1997 y que cita el artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas ("La Organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus miembros"), dice:

"Reiteran lo expresado en la declaración sobre medidas unilaterales suscripta en Asunción el 24 de agosto de 1997, en el ámbito del grupo de Río, en el sentido de rechazar la aplicación unilateral de extraterritorialidad de las leyes nacionales por constituir acciones que violan la igualdad jurídica de los Estados y la no intervención en los asuntos internos, que amenazan la convivencia de los mismos, reconocen y apoyan, al mismo tiempo, el desarrollo progresivo de la normativa internacional sobre la responsabilidad penal del individuo, por la práctica de ciertos crímenes de trascendencia internacional."

No resisto al impulso de completar este trabajo con una nota personal. Creo que ninguna argentina o argentino a quien le corra sangre por las venas dejará de sublevarse al contemplar cómo este presidente se obstina en la persecución de militares, a la par que se ha abstenido cuidadosamente de llevar a la Justicia para su juzgamiento y posible condena a los muchos subversivos responsables de atroces crímenes, bien conocidos, cometidos entre 1976 y 1978.

El autor es profesor titular consulto de derecho constitucional en la Universidad de Buenos Aires.

Nota de Prensa Independiente:

Como interesante ejercicio proponemos a los lectores concurrir al sitio web de LA NACIÓN del 15 julio 2003 y comparar estas dos notas de Padilla y Gil Lavedra con la nebulosa, adjetivada nota de un tal Víctor Abramovich, abogado. Su máximo argumento es mencionar pomposamente la presunta existencia de una nueva exótica ¨jurisdicción universal¨ y un principio del mismo nombre. Es cuando dice: ¨Sin embargo, la comunidad internacional y nuestro propio derecho público reconocen el principio de jurisdicción universal o extraterritorialidad por el cual los Estados dispuestos a castigar a los autores de graves violaciones a los derechos humanos pueden hacerlo sin consideración de fronteras.¨

Se cuida de mencionar el nombre y fecha de aprobación de algún tratado que avale eso, quienes componen esa tal ¨comunidad internacional,.... y otras precisiones; porque no existen.

Menciona otros tratados sí aprobados, pero se cuida de aclarar que son posteriores a los años 70´ y todos con expresa prohibición de retroactividad penal.

No debe extrañarnos, Abramovich es un activista del denominado Centro de Estudios Legales y Sociales - CELS, una simple cortina de humo, que no estudia nada y solo es un nicho de propaganda y manipulación política. Fue fundado entre otros por el abogado Jorge Baños del ERP y luego MTP, el asesino muerto cuando asaltó la Tablada en 1999 en plena democracia; dirige ese Centro Horacio Verbitsky, ex miembro de Inteligencia de la agrupación terrorista Montoneros. Está todo más que dicho.

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7- Demoledor sin duda .... porque quien lo dice es nada menos que Mario Firmenich, ex máximo cabecilla Montonero

"¿DESAPARECIDOS?....la inmensa mayoría eran militantes y la inmensa mayoría de estos eran Montoneros"

Desmiente a tanto mentiroso - sea ´izquierdo humanista´, periodista o juez - que repite la fábula de que los muertos y desaparecidos de la guerra civil de los 70´, no eran terroristas, sino ´pobres disidentes pacíficos, según el juez payaso hispánico: ´grupos de argentinos´ perseguidos por ser diferentes y no ser católicos

Declaraciones de Mario Eduardo Firmenich ante Jesús Quintero, publicadas el 17/Mar/1991 en Página 12, afirmando que los "desaparecidos" no eran inocentes:

"Habrá alguno que otro desaparecido que no tenía nada que ver pero la inmensa mayoría eran militantes y la inmensa mayoría eran montoneros ... Yo sé como vivieron ellos ... A mí me hubiera molestado muchísimo que mi muerte fuera utilizada en el sentido de que un pobrecito dirigente fue llevado a la muerte. Hombres capaces de elegir su vida y de dejar posibilidades laborales, intelectuales ... lo han hecho con conciencia, con pasión, con sacrificio, con patriotismo, con amor al prójimo y todo eso se transformó en una estupidez. No hay derecho".

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8 - Carta de lectores de Hugo Reinaldo Abete - Ex Mayor , Ejército Argentino

Buenos Aires, aniversario del Día de la Patria, 9 de julio de 2003

"BALZA, EL BARRIONUEVO DE LAS FFAA"

Cuando decimos que la condición humana tiene innumerables formas para ocultar y disimular sus culpas y miserias, no estamos diciendo nada nuevo. Pero cuando a este respecto, tomamos un caso concreto y lo fundamentamos, tal circunstancia puede llevarnos a importantes reflexiones.

Barrionuevo, para apaciguar su condición de corrupto, ladrón y sinvergüenza, recurrió a la estrategia de admitir lo que todos saben que es verdad pero que los responsables, obviamente, niegan. Así fue que dijo eso de que "todos deberíamos dejar de robar por dos años", y logró con ello que toda la sociedad lo diferenciara de los demás aún estando en el error: "éste por lo menos lo dice y lo reconoce". Con esta actitud, Barrionuevo que nunca dejó de ser un corrupto, aseguró su permanencia en el negocio de la política por muchos años más y hasta se da el lujo de que los principales comunicadores sociales del país lo inviten a sus programas para hablar precisamente de la corrupción.

Si analizamos con detenimiento lo que está ocurriendo en el ámbito castrense con las medidas adoptadas por el nuevo gobierno y seguimos de cerca las declaraciones de Balza, no podemos menos que concluir que éste ha aprendido mucho del corrupto gremialista.

En efecto, Balza que estuvo al frente del Ejército por diez años, que incrementó su patrimonio personal en forma considerable merced a la innumerable cantidad de viajes que realizó por todo el mundo - sin dudas el militar que más viajó en la historia -, cobrando importantísimas sumas de dineros en concepto de viáticos, viviendo en residencias militares con todo un séquito de personal a su servicio, envuelto en las gravísimas causas de encubrimiento por el caso Carrasco y por la Venta de Armas de las que logró evadirse merced a la complicidad del poder menemista con la justicia, luego de cumplir con una aparente prisión, ahora vuelve al ruedo con el mismo descaro y el mismo desparpajo que Barrionuevo.

Balza para disimular sus miserias, ocultar su mediocridad, salvar sus culpas y ganar terreno político, actúa como Barrionuevo y se presenta ante la sociedad otra vez admitiendo los supuestos errores de los militares en la guerra contra la subversión. Con ello logra que políticamente nadie lo juzgue o critique por su condición de corrupto, por el contrario, logra los máximos apoyos de los sectores ´progresistas´ y todos se olvidan de sus responsabilidades en el caso Carrasco y la Venta de Armas. Y en lo que respecta a la situación actual, surge con total claridad que Balza, encolumnado detrás del gobierno, está asesorando y contribuyendo con sus declaraciones públicas al logro de los objetivos fijados en la política contra los militares.

Algunos podrán argumentar que habiendo sido Balza un pilar fundamental del gobierno neoliberal de Menem, ahora no va a asesorar a Kirchner, sabiendo todos de su visceral antimenemismo. Al respecto digamos que no hay tal contradicción en este hecho, pues Balza le fue útil a Menem por su incondicionalidad para el alineamiento automático con los EEUU, la desnaturalización de las FFAA, su desarme y desguase, mientras que ahora le sirve también a Kirchner por su utilitarismo ideológico que está en total sintonía con lo que realmente piensa el gobierno. En síntesis, Balza como Barrionuevo, son mercenarios de la política y ahí donde esté el negocio, ahí estarán ellos.

¡Por Dios y por la Patria!

Hugo Reinaldo Abete

Ex Mayor - Ejercito Argentino

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9 - ¿Qué le habrá pasado a Balza?

Carta de lectores

"SOY CRISTINA BIGNONE, orgullosa hija del Grl. Reynaldo Bignone"

Con respecto al Grl. Balza, me gustaría preguntarle al Sr Grl. si se acuerda de la primera reunión - después sólo hizo unas pocas más - con generales retirados al asumir su cargo como Jefe de Estado Mayor General del Ejército.

Comenzó la misma, en la que estaba presente mi padre, diciendo que agradecía a los generales presentes ya que habían sido su ejemplo durante toda su vida como militar. Agregó que las prioridades de su gestión iban a ser reivindicar la Guerra de Malvinas y la lucha contra la subversión.

Qué le habrá pasado al Grl. Balza después? Sólo Dios sabe y él en su fuero más íntimo.

Feliz Día de la Patria.

Cristina Bignone

DNI 11.198.924

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10 - La Nación - 15 de julio del 2003

El Presidente y su relación con los militares

"LA ARGENTINA DEBE DEJAR SU PASADO ATRÁS"

por Robert A. Potash para La Nación

Robert A. Potash, el gran historiador norteamericano de la política militar en la Argentina, escribe a continuación para nuestro diario su opinión sobre el descabezamiento ocurrido en la conducción del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Potash es historiador y profesor emérito de la Universidad de Massachusetts, de la que es docente desde 1950. La obra con la cual obtuvo la consideración académica internacional son los tres volúmenes de "El Ejército y la política en la Argentina":

AMHERST, Massachusetts.- La Argentina parece no poder escapar nunca de su pasado.

En un momento en que las energías del país deberían centralizarse en responder a la necesidad de una reforma política, de restaurar sus estructuras de crédito, de reducir el desempleo, el hambre y la pobreza, mejorar la calidad de sus escuelas y un montón de otros problemas que darían la confianza pública en un futuro mejor, los temas relacionados con el Ejército acaparan la atención del Gobierno y del pueblo.

Esta vez no fueron las Fuerzas Armadas las que llevaron el tema adelante, sino el mismo presidente Kirchner. Primero por su sorpresiva purga de la cúpula militar, y luego, por su anuncio, en la comida anual de camaradería, que aquellos militares que hayan cometido crímenes durante el Proceso no deberían quedar sin ser castigados.

La decisión del Presidente de nombrar como jefe del Ejército al general de brigada Roberto Bendini, hombre que llegó a conocer en su condición de comandante de brigada en la provincia de Santa Cruz, terminó con el forzado retiro de 20 generales del más alto rango.

En un principio el número era 27, lo que hubiera dejado al arma con sólo 18 generales, pero Bendini negoció con el Presidente y logró retener a siete generales, todos de su misma promoción del Colegio Militar de la Nación. Si bien el Presidente tiene el derecho de elegir a sus jefes de equipo, la pérdida de tantos oficiales experimentados no puede dejar de tener efecto dentro de la institución militar.

Después de todo, cada uno de los veinte generales (y sus equivalentes en la Armada y en la Fuerza Aérea que fueron obligados a retirarse por razones similares) representaban una considerable inversión del país en su preparación y en los ascensos.

Ellos habían llegado a sus posiciones de acuerdo con las leyes y regulaciones vigentes, y cada uno tuvo que lograr la aprobación, al menos en dos ocasiones diferentes, de un Senado nacional que utilizó como filtro el tema de los derechos humanos.

La forma arbitraria en que se dio fin a sus carreras, sospecho, podría tener un impacto negativo en los jóvenes que piensan seguir la carrera militar.

El Presidente justificó su llamado a castigar a algunos militares por consideración a la memoria y como una manera de contribuir a la verdad y así promover la reconciliación entre los argentinos. ¿Pero la memoria y la verdad de quién?

Si consideramos que los obstáculos legales para esos juicios se salvaran, dado su carácter confrontativo, ¿es posible que generen más disputas entre las partes, del tipo de las que ya hemos oído?

¿Aprenderían los historiadores algo nuevo?

¿O el principal objetivo es satisfacer a la organización defensora de los derechos humanos que comprensiblemente ha estado demandando acciones durante veinte años?

Pero sentenciar ahora a militares o a personal de seguridad, ya sea por una corte argentina o extranjera, por crímenes contra los derechos humanos de hace un cuarto de siglo, ¿crearía un encuentro de las mentes y de los corazones?

¿Sentirían lo mismo los familiares de aquellos que fueron víctimas de la violencia de la guerrilla?

¿Abrir viejas heridas es la mejor manera de resolver los principales problemas que enfrenta la Argentina de hoy?

Quizás haya llegado el momento para la Argentina de seguir los pasos de otros países que experimentaron una costosa violencia política o hasta guerras civiles y lograron dejar el pasado atrás.

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11 - Más opiniones de Robert A. Potash, en radio 10

Fuente: INFOBAE - 15 de julio de 2003

Resumen de lo dicho:

Potash afirmó que volver al tema militar "es una distracción"

* Me sorprendió cuando el Gobierno resucitó el asunto de las Fuerzas Armadas.

* Me parece que es una pérdida de tiempo, un obstáculo que traba el progreso y el resolver los problemas reales del momento, cuya solución tiene que ver con el futuro.

* La cuestión militar dejó de tener influencia durante 10 u 11 años en la Argentina, y la preocupación o el interés del país fue otra. Por eso me sorprendió cuando el Gobierno de este Presidente Néstor Kirchner la resucitó, otra vez la gente está hablando y los periódicos están dedicando espacio al tema militar.

* Me parece que el tema es una distracción. Hay cosas que hacer, problemas tan difíciles que exigen atención y energía. Es una pérdida de tiempo. Es una pérdida porque se puede usar el tema militar para divertir al pueblo y dirigir su atención a sendas que no son las más importantes.

* Me pregunto por el problema de la reforma política, que demandó tanta atención con el lema ‘que se vayan todos’. Qué ha pasado? Hubo muchas sugerencias de reformas y propuestas, y nada ha ocurrido.

* Me da una sensación de disgusto ver que la atención del pueblo se dirija a este viejo tema militar que no demanda atención, que es un obstáculo, que traba el progreso o la necesidad de resolver los problemas reales del momento, cuya solución tiene que ver con el futuro, no con el pasado, y el pueblo demanda acción y progreso en estos temas".

* Entiendo que no todo el mundo esté de acuerdo con mi postura, pero es la reacción de una persona que se dedicó 30 años al tema y que estudió la historia del país.

* Llegué a la conclusión de que los militares no causan problemas, que aprendieron mucho en los últimos 10 años y fueron un apoyo a los gobiernos civiles, y de repente reaparecen en la primera página.

* Propongo aceptar el pasado: no todo el mundo va a estar contento, hay heridas, no hay duda de eso; heridas de varias partes, no sólo de un grupo de la sociedad que aún lamenta lo que pasó, sino de la sociedad entera que tiene que levantarse, dirigirse al futuro y no preocuparse tanto por el pasado".

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12 - Sobre extradiciones y leyes de pacificación

Clarín - 15 de julio del 2003

"DURA CRÍTICA DE UN OBISPO"

El arzobispo de La Plata, monseñor Héctor Aguer, criticó implícitamente en duros términos a quienes consideran inconstitucionales las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y a los que propician la anulación del decreto que impide la extradición de militares acusados.

"Los reclamos de justicia que se oyen en nuestra sociedad suenan más bien como clamores de venganza. Hay mucho resentimiento todavía, hay rabias ideológicas y odio aún en las entrañas de la sociedad argentina", señaló Aguer en un programa de televisión.

El arzobispo advirtió que "si seguimos siempre mirando el pasado, si estamos siempre hurgando el pasado, es muy difícil que se establezca la paz", y señaló que la Argentina "es un país que siempre tuvo problemas en cuanto a la concordia".

"La violencia perdura, a lo mejor sin sangre, pero rompiendo la concordia imprescindible de los ánimos para salir adelante en una situación de crisis, en una situación difícil como la que hemos atravesado recientemente", dijo.

El arzobispo sostuvo que "la concordia no quiere decir que todos estemos de acuerdo, sino que haya, sí, un afecto de sociedad por el cual podamos convivir, colaborar, tolerarnos recíprocamente y también saber perdonarnos".

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13 - QUERELLA CONTRA BALTASAR GARZÓN Y OTROS

Buenos Aires, Argentina, 14 de julio de 2003

Hoy, se presentó en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 7 de esta Ciudad la querella criminal Nº 11570/03 caratulada "BACIGALUPO ZAPATER, Enrique; GARZÓN, Baltasar y otros s/ privación ilegítima de la libertad, tormento, asociación ilícita y traición a la patria".

Los imputados son: Enrique Bacigalupo Zapater (argentino, procurador General del Tesoro en 1973 durante el gobierno de Cámpora, actual juez del Tribunal Supremo español); Baltasar Garzón (juez a cargo del Juzgado Central de Instrucción Nº 5 de Madrid; jueces y fiscales argentinos; jueces integrantes de la Sala en lo Penal de la Audiencia Nacional española; letrados de la Acusación particular en el sumario Nº 19/97, v.gr. Carlos Slepoy y Manuel Ollé.

También se imputa al actual canciller argentino Rafael Bielsa y a testigos que declararon en España y en la Argentina sobre los mismos delitos (los ex terroristas Osvaldo Barros y Carlos Lorkipanidse).

Esta actividad delictiva denunciada se materializa en las dos rogatorias enviadas con anterioridad al país por Garzón: la de los 48 en el año 2000 y la de los 18 en el año 2001. También se reitera y materializa en la nueva rogatoria de Garzón ordenada respecto de 46 argentinos.

El plexo jurídico que violan estas rogatorias es complejo, pero fundamentalmente se circunscribe al art. 102 -el actual 118- de la Constitución Nacional que fija el principio pétreo de territorialidad "Resulta inadmisible que el hecho que habría ocurrido dentro del ámbito de la jurisdicción territorial de la República Argentina, cuyos imputados son nacionales, quede sujeto a juzgamiento por parte de un estado extranjero. (CNCrim. y Correc. Fed., en pleno, octubre 8-1990 - Exhorto Tribunal Penal de Roma (Italia) Solicita Asistencia Judicial del Procedimiento contra Videla, Jorge R. y Otros)" (E.D., 140-244).

Por lo señalado la cuestión de las extradiciones ya se encuentra resuelta en forma definitiva en nuestro país por un fallo plenario de aplicación obligatoria para los Tribunales argentinos.

Por lo expuesto, y planteado en la querella que se adjunta, cualquier actividad jurisdiccional que contraríe la normativa y la jurisprudencia allí señalada corresponde que sea considerada criminalmente reprochable, como por ejemplo la tramitación de la nueva rogatoria del juez español Garzón, debido a que se procedería a ceder la jurisdicción de los tribunales argentinos a una potencia extranjera (art. 215 del Código Penal, arts. 29 y 119 de la Constitución Nacional).

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