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"PRENSA INDEPENDIENTE"
- República Argentina -
"La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma
Representativa, Republicana Federal..."
"Síntesis de Prensa - 27 de julio del 2003"
Año 4ro. - Número 436
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Índice
1 - La Nueva Provincia - : "PANDORA Y EL APRENDIZ DE BRUJO", por Vicente Massot.
2 - La Nación - BRIGADIERES PIDEN "SIGNOS DE SENSATEZ" - El Grupo de Brigadieres Retirados llamó a superar la guerra intestina.
3 - La Nueva Provincia - Editorial: "VERGÜENZA".
4 - El Gobierno del Reino de España no debe repetir el envío de un pedido ya rechazado: "REACCIÓN DE LA DEFENSA".
5 - Proyecto de ley que, de ser promulgada, sería declarada a su vez inconstitucional: "EL GOBIERNO PREPARA EL ESCENARIO PARA REABRIR LOS JUICIOS EN EL PAÍS".
6 - Cartas de lectores de La Nación - "EXTRADICIONES", por Florencio Varela.
7 - "INACEPTABLE INSENSATEZ EN LOS DICHOS DE UN MINISTRO".
8 - Infobae - ¿PREMIO NOBEL PARA EL JUEZ GARZÓN? por Federico Gabriel Polak.
9 - La Nación - Editorial I: "NO QUEDAR PRISIONEROS DEL PASADO".
10 - Para ´Prensa Independiente´: "SEPARAR LA PAJA DEL TRIGO" por Víctor A. Guerrero Leconte.
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1 - La Nueva Provincia - Bahía Blanca - República Argentina - 27 de Julio de 2003
"PANDORA Y EL APRENDIZ DE BRUJO"
por Vicente Massot
La figura que mejor se corresponde con el gobierno, en general, y con el presidente, en particular, es la del aprendiz de brujo. Walt Disney la inmortalizó en un dibujo animado antológico que, visto cuarenta años después de haber sido puesto en las pantallas del mundo, asombra por su vigor y realismo escénicos. El pequeño Mickey, con un sombrero de punta, una varita y mucha imprudencia, decide, apelando a los conocimientos primarios que posee de magia, desatar fuerzas oscuras y ocultas a las cuales, luego de convocadas, no sabe y, por lógica consecuencia, no puede dominar en tiempo y forma. Es que obra a instancias de un poder prestado, que no es enteramente suyo
, porque él, después de todo, no es el brujo, sino apenas el aprendiz.Salvando, claro, las diferencias hallables entre la ficción reflejada en un dibujo animado y la realidad argentina
, al análisis de la situación militar no le repugna la comparación. Néstor Kirchner, con sus desplantes, sus rabietas y su sectarismo, de ordinario se deja llevar por un carácter que lo traiciona. Siembra, así, vientos y difícilmente pueda cosechar más adelante brisas. Lo más probable es que coseche tempestades.Desde los inicios de su presidencia
- que apenas lleva sesenta días -, el santacruceño ha demostrado una particular inquina respecto de las Fuerzas Armadas como si, a resultas de las ideas setentistas que alguna vez abrazó con fervor, deseara ahora, treinta años después de nuestra última guerra civil, tomarse revancha de la derrota que sufrieron las organizaciones político-militares ERP y Montoneros.Comenzó enderezando contra las cúpulas castrenses una verdadera purga
. La medida tuvo, cuando menos, tres consecuencias que aún perduran:1) obró un efecto mediático importante y suscitó el apoyo de buena parte de la población;
2) dejó mal parado al ministro de Defensa, José Pampuro, que 24 horas antes les había comunicado a los tres jefes de Estado Mayor que permanecerían en sus respectivos cargos hasta finales de año, y
3) decidió, sin consultar a nadie, quiénes serían los reemplazantes de Brinzoni, Stella y Barbero, con lo cual quedó la impresión --sobre todo en las propias Fuerzas Armadas-- que el general Bendini, el almirante Godoy y el brigadier Rhode habían llegado por puro favoritismo.
No contento con ello, el presidente hizo trascender - por boca de alguno de sus principales colaboradores, primero, y luego en reportajes a los que se prestó en estas playas y en el extranjero - que era intención del gobierno derogar el decreto que privilegiaba el principio de territorialidad en beneficio de otro que sentara el criterio opuesto, y dejar así expedito el camino para eventuales extradiciones de miembros de las Fuerzas Armadas acusados de violar, durante la guerra antisubversiva, derechos humanos.
Si bien las decisiones del presidente no se discuten, en el seno del gabinete se abrió un debate entre quienes eran partidarios de acelerar los tiempos y dar por tierra con el decreto de De la Rúa y quienes, algo más cautelosos, insistían en la necesidad de pensar dos veces el tema y sólo después tomar la decisión. La disputa se venía arrastrando desde el momento en que cada uno de ellos terminó de acomodarse en sus respectivos ministerios o secretarías de Estado. De Vido, Alberto Fernández y el titular de la SIDE, Acevedo, habían sido hasta el pasado jueves los principales impulsores de la postura más dura.
Vienen, todos, en mayor o menor medida, de agrupaciones de izquierda y algunos de ellos formaron parte, en la década del '70, del aparato de superficie de la organización Montoneros.
En soledad, primero, y más tarde con algún apoyo del canciller, Rafael Bielsa, el titular de Defensa había hecho cuanto estaba a su alcance para postergar y moderar la derogación del famoso decreto.
Pero los tiempos - que nadie controla y menos los aprendices de brujo - se aceleraron en la última semana de una manera que ninguno de todos los involucrados en el tema podía imaginar. Por de pronto, la Cámara de Resistencia aceptó un recurso de habeas corpus del abogado defensor de los militares involucrados en los hechos de Margarita Belén, los dejó en libertad y ordenó que la causa retornase al lugar de donde nunca debió salir --la Cámara de Rosario--, si no hubiese sido por el capricho de un juez de pasado equívoco y la acción permanente de los organismos defensores de los derechos humanos de los guerrilleros muertos en la década del 70.
No se habían apagado los ecos y las reacciones del fallo antes citado y el apercibimiento hecho al teniente general (RE) Ricardo Brinzoni por sus declaraciones a Radio 10, cuando se conoció la decisión del juez federal Canicova Corral, a quien le había llegado - por vía de Interpol - el pedido de extradición de más de cuarenta integrantes de las Fuerzas Armadas y de un civil, del juez Garzón.
Ni bien Canicova Corral se declaró competente y pidió la prisión preventiva de todos aquellos que figuraban en la lista de Garzón, la noticia corrió como reguero de pólvora. Néstor Kirchner todavía se hallaba en Estados Unidos, al igual que el jefe del Estado Mayor del Ejército, de vacaciones en ese país, adonde había viajado con motivo del casamiento de su hija. La orden presidencial fue entonces inmediata: hacer silencio de radio y apurar la derogación del decreto de territorialidad, que finalmente se anunció el viernes en horas de la mañana.
¿Cuál es la situación en los cuarteles, a todo esto?
Claramente debe distinguirse el mundo de la retórica - propio de los funcionarios, de buena parte de los medios periodísticos adictos al presidente y de los jefes de Estado Mayor - del mundo real. Es lógico que Néstor Kirchner, José Pampuro y los tres responsables de comandar cada una de las Fuerzas Armadas insistan, casi de manera monocorde, que no hay novedad en el frente, que todos y cada uno de los oficiales, jefes y soldados aceptan de buena gana la política presidencial y que nadie moverá un dedo para defender a los retirados procesistas.En este orden de cosas, más allá de la diferencia de épocas y personajes, también Raúl Alfonsín y Raúl Borrás, el general Ríos Ereñú y el general Alais hablaban un idioma similar. Fueron muchos los que creyeron que su política militar y el sistema de enjuiciamiento que había imaginado el alfonsinismo en la Casa Rosada eran exitosos. Pero, en abril de 1987, el castillo resultó ser de naipes.
Existe hoy, a lo largo de casi todas las guarniciones del país, un clima de desasosiego y, al mismo tiempo, de tensión.
Nadie conspira, pero todos conversan. Nadie se imagina con la cara pintada, pero son muchos los que no están dispuestos a hacer las veces de convidados de piedra. Nadie sospecha que la Argentina se encamine hacia el socialismo, pero nadie se llama a engaño sobre el rol protagónico que cerca del presidente - con su anuencia - tienen sus amigos montoneros.Alguien ha abierto la Caja de Pandora.
Las consecuencias no se verán ni mañana ni pasado, pero tarde o temprano se harán sentir. No hay plazo que no llegue y deuda que no se pague.==================================
2 - La Nación - 26 de julio de 2003
BRIGADIERES PIDEN "SIGNOS DE SENSATEZ"
Afirman que también debería llevarse a la Justicia a terroristas y sus mentores
El Grupo de Brigadieres Retirados llamó a superar la guerra intestina
Reclama que no se engañe a las nuevas generaciones
Las responsabilidades no son sólo de las FF.AA., dicen
El Grupo de Brigadieres Retirados envió a LA NACION una carta firmada por el vicepresidente de la asociación, brigadier (R) Jorge Rojas Silveyra, y su secretario, brigadier mayor Jesús Orlando Cappellini.
El texto es el siguiente:
"Frente a los múltiples problemas que tiene el país, el Grupo de Brigadieres Retirados, asociación que reúne a más de 100 de ellos, expresa la necesidad de superar con ponderado equilibrio e inteligencia de todos los argentinos ese pasado en que nos envolvió la guerrilla en contra de la República, terrorismo que creció al amparo de tolerancias, apoyos y confundidos homenajes hasta que las autoridades nacionales fueron incapaces ya de revertir tanta violencia y ordenaron a las FF.AA. el aniquilamiento de los subversivos; la guerra sin eufemismos.
"Y se hizo la guerra. No la que se quiso, sino la guerra que se pudo. No se hizo la guerra en el campo elegido, sino al que fueron llevadas las Fuerzas Armadas, y si en esa lamentable guerra hubo excesos es porque el terrorismo que en sí mismo es sólo exceso genera también el exceso en la lucha.
"Nadie se vanaglorie de esa guerra que vivimos. Sepamos aceptar entonces el dolor de haberla sufrido y asuma cada uno la cuota que le cupo en ella: los terroristas que la desataron, los que la alentaron, los que dieron la orden de aniquilarla y a quienes les tocó hacerlo. Nadie reivindique esa guerra intestina; nadie levante equivocados monumentos; nadie engañe a las nuevas generaciones
; nadie señale más a las Fuerzas Armadas tan sólo para encubrir la verdad del total de lo acontecido."Si las Fuerzas Armadas responsables de la lucha contra el terrorismo son llevadas otra vez a la Justicia, para hacer verdadera justicia debieran llevarse también a los estrados y sin excepciones a los que nunca fueron llamados: los que actuaron en los grupos terroristas, sus mentores, sus apoyos; los que abrieron las cárceles para reincidir en su triste entonces y a quienes desde el gobierno dieron oficialmente la orden de aniquilamiento.
"Pero ha pasado un cuarto de siglo.
"Asuma, reiteramos, cada uno su dolor desde su lugar y su hacer en esa historia y así como la sociedad dejó atrás el recuerdo de la bomba indiscriminada; de la toma de los pueblos y comisarías; de los asaltos a los cuarteles; de los que asesinaban a policías, obreros, empresarios, mujeres, niños y soldados; los que pergeñaban zonas liberadas; los que secuestraban y torturaban sin tiempo en las Cárceles del Pueblo para después matarlos, dejen también atrás ciertos sectores la lucha contra el terrorismo.
"
Superemos ese ayer, no por olvido, sino por la madura sensatez de saber que hay que mirar hacia adelante. Los futuros de las naciones y la paz no se construyen atizando viejos y crueles desencuentros."No ignoremos la historia."
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Sitios web recomendados
"True Peace, terrorismo argentino"
-------------------------------------------"Foro de la Verdad Histórica"
http://members.fortunecity.com/foroverdad/¨Sitios sobre el caso del Capitán de Corbeta Ricardo Cavallo" de Miriam Mata:
http://meltingpot.fortunecity.com//seabright/487/cavallo.html
http://meltingpot.fortunecity.com//seabright/487/cavallo_spain.html
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3 - La Nueva Provincia - Bahía Blanca - República Argentina - 27 de Julio de 2003
Editorial:
El juez federal Rodolfo Canicoba Corral, para justificar su reciente orden de detención respecto de 46 ciudadanos argentinos, se ha amparado en la existencia de un pedido de Interpol y ha aducido el necesario cumplimiento de un artículo de la ley de extradición vigente.
Pero este artículo no puede referirse sino a los residentes extranjeros,
pues toda nuestra legislación prohibe la extradición de argentinos por delitos cometidos en su tierra.Esto es elemental, de modo que al diligente magistrado le habría bastado con una comunicación de ese tenor a Interpol, para cumplir con la ley y con su conciencia. Lo mismo tendría que hacer si recibiese una petición semejante de un estado que no está ligado con el nuestro por un tratado de extradición.
En ambos casos, la petición seria un disparate y atenderla, otro tanto.Resulta un escándalo que magistrados de los poderes Judicial y Ejecutivo acepten mansamente que un juez extranjero pase por encima de lo establecido en nuestra Constitución en su artículo 116 y concordantes de los códigos Civil y Penal.
Ninguna nación acepta intromisiones de este tipo
. Hay en ellas un orgullo natural que las preserva de ver a sus nacionales sometidos a la ley extranjera por hechos acontecidos dentro de sus fronteras.De este orgullo, o pudor nacional, carecen los funcionarios y gobernantes argentinos que se exponen a tamaña vergüenza.
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4 -
Por las mismas razones aquí expuestas, el Gobierno del Reino de España no debe repetir el envío de un pedido ya rechazado, por así disponerlo el tratado en vigor y porque hasta sería ofensivo hacia la Nación Argentina:De La Nación - 27 de julio del 2003
"REACCIÓN DE LA DEFENSA"
Florencio Varela, abogado de tres de los militares acusados, calificó ayer como "injusta y arbitraria" la medida judicial . Y agregó que "la situación que están pasando es absolutamente ilegal".
El abogado, que representó a Díaz Bessone, Jorge Enrique Perren y Luis María Mendía, "sostuvo que el pedido de extradición no puede tener curso" al recordar que en noviembre de 2001, "el Estado argentino rechazó un pedido de extradición para 18 personas en la misma causa y por los mismos hechos" investigados por la justicia española.
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5 - Proyecto de una rebuscada ley que, de ser promulgada, sería declarada a su vez inconstitucional
Vulneraría derechos adquiridos y sostenidos durante 16 años. Se siguen emparchando soluciones.
La Nación - 27 de julio de 2003:
"EL GOBIERNO PREPARA EL ESCENARIO PARA REABRIR LOS JUICIOS EN EL PAÍS"
Kirchner podría impulsar una ley en el Congreso para anular las leyes de obediencia debida y de punto final
Se pudo confirmar ayer en fuentes gubernamentales que la intención real de Kirchner es generar las condiciones para que los acusados sean juzgados en nuestro país.
En la Casa Rosada no se descarta que Kirchner promueva en el Congreso una ley para anular las leyes exculpatorias y así se podrían reabrir en el país. De ese modo, sostienen, todas las extradiciones solicitadas en el exterior serían rechazadas en virtud de que esos delitos se estarían juzgando en la Argentina.
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Radio "Debate ciudadano"
Miguel A. Troitiño
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6 - Cartas de lectores de La Nación -
"EXTRADICIONES"
Señor Director:
"El doctor Germán Bidart Campos ha dicho que como consecuencia de lo dispuesto por el Art. 118 de la Constitución Nacional, cuando un delito contra el derecho de gentes se comete en nuestro país, en reciprocidad por analogía debe aceptarse el principio de persecución universal y que otros países puedan ser competentes, cediendo como excepción el principio de territorialidad. Esto es cierto como principio general, pero lo que el académico no ha aclarado es que la competencia del juez extranjero no puede ser reconocida cuando en el caso concreto implica
la violación de los principios del juez natural, la cosa juzgada, irretroactividad en la aplicación de la ley o la prescripción de la acción, pues ello implicaría no solo la abdicación de la soberanía de la Nación sino privilegiar lo secundario sobre lo principal, pues de la lectura del texto completo de la Constitución que él aconseja, surge claramente que las declaraciones, derechos y garantías de su primera parte no ceden bajo ningún concepto en beneficio a lo establecido en la segunda parte, donde se determina cuáles son y cómo deben funcionar los poderes del Estado."El doctor Bidart Campos ha inducido a los ciudadanos a que creer que las extradiciones requeridas por España, en realidad de ello se trata, son legítimas, cuando en rigor de la verdad son todo lo contrario
y por ello hubiese sido útil que se pronunciase públicamente en ese sentido, o sea, si está de acuerdo o no con que ciudadanos argentinos sean extraditados a un país extranjero por hechos cometidos en la República, pues en este asunto debemos ser claros para saber dónde estamos parados y quién es quién."Florencio Varela
Alem 470
San Isidro (Bs. As.)
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7 -
"INACEPTABLE INSENSATEZ EN LOS DICHOS DE UN MINISTRO"El Ministro del Interior, ubicuo político que ha buscado ¨empleo¨ en diversas corrientes del más diverso signo, saltando de una a otra sin pudor alguno
Beliz expresó a La Nación estas dos penosas frases. Así demuestra que ignora leyes elementales o que manipula descaradamente a la opinión pública:
"Kirchner puso en pie de igualdad a todos los argentinos ante la ley"
"La decisión del Presidente de derogar el decreto que impedía las extradiciones de militares marca la plena vigencia de la Constitución en el país".
Ignora que justamente la Constitución del país y las leyes en vigor - tal cual lo detallara hace pocos días Gil Lavedra - otorgan al Poder Ejecutivo la responsabilidad primaria e inicial de rechazar o aprobar para su consideración en la Justicia los pedidos de extradición.
Ignora que, en simple ejercicio de tal atribución, el Poder Ejecutivo expresó con ese decreto su decisión de rechazar todos los pedidos extranjeros respecto a militares o policías argentinos por hechos de la guerra ocurrida en territorio de la Argentina en los 70´.
Ignora que así además se evitaban las tretas canallas de jueces extranjeros de pedir anticipo de captura sin excarcelación, a cuenta de pedidos que sabían serían rechazados y que enviaban recién en el borde del plazo de 45 días. Así al menos conseguían , en su mentalidad enferma de ideología, el detener militares tan solo sea por un mes y medio.
Ignora al hablar de igualdad ante la ley, que nada tienen que ver los pedidos tramposos sobre militares argentinos con las extradiciones de argentinos y en general extranjeros aquí refugiados, que sean requeridos por jueces extranjeros por delitos ocurridos en otros piases.
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8 - Infobae - 26 de julio de 2003
¿PREMIO NOBEL PARA EL JUEZ GARZÓN?
por Federico Gabriel Polak - Abogado y profesor universitario.
Baltasar Garzón es, como el mundo sabe, un magistrado español. Alguna vez fue parlamentario del PSOE, encandilado por supuestas promesas de Felipe González para ser ministro de Justicia. Como sólo terminó siendo vice, se disgustó, volvió a la judicatura y tumbó al ingrato Felipillo acusándolo de represor.
Experto en crearle problemas al Sur, recibe sin embargo a ilustres visitantes de estos confines que viajan para rendir ante sus estrados prueba testimonial. A su pedido, Augusto Pinochet pasó largas vacaciones pagas en Londres, donde atendía su salud. No otra cosa terminó siendo ese affaire de justicia inconclusa. Antes de que la Corte de los Lores dispusiera la libertad del ex dictador, el gobierno democrático de la concertación vio sacudida su pretensión territorial: los derechos humanos vulnerados en Chile merecen un reproche chileno, que entre dubitativos balbuceos parece hoy abrirse paso sobre la impunidad. Los terroristas etarras también son del sur; contra ellos arremete cruzando fronteras el hidalgo caballero.
Que sepa este columnista, no se ha preocupado por asesinos del Norte.Menudo problema le ha creado ahora a la administración Kirchner, que entre la remanida (pero cierta) "herencia recibida" se ha encontrado no sólo con 172 mil millones de deuda externa, contra un PBI muy menor, sino también con dos leyes que tambalean (las de Obediencia Debida y Punto Final, que el procurador Nicolás Becerra ha tachado de inconstitucionales), pero aún están en pie.
Mientras se resuelve el problema
, Garzón ha reiterado un pedido masivo de extradición para que cerca de cincuenta militares y algún civil, acusados de actos aberrantes cometidos en la Argentina en el marco del terrorismo de Estado, sean sometidos a juzgamiento en España. Garzón y quienes lo apoyan parecen inmersos en una extraña amnesia que oculta los cuarenta años de la dictadura de Francisco Franco, el horror de la Guerra Civil, los "paseíllos" y la tortura. Verdad, justicia y memoria sólo para el Sur.Pero este magistrado de estampa fotogénica sigue adelante. Tiene un sitio web (www.nobelgarzon. org) que promueve su candidatura en la asignatura "paz", con el patrocinio de su pueblo de nacimiento (Villa de Torres), la Asociación Latinoamericana por los Derechos Humanos - muchos de sus miembros de saberlo se habrían opuesto, incluyendo desde luego a Raúl Alfonsín, quien ordenó y obtuvo el juzgamiento y posterior condena de jefes guerrilleros y cúpulas militares, situación inédita en el mundo - y la FAI II (Artistas por los Indígenas) que ha de representar con seguridad muy poco. Quien sí vale en ese tipo de movimientos "de la tierra", se esté o no de acuerdo, el subcomandante Marcos ha definido a Garzón como un "payaso grotesco".
Por estos lares no nos atrevemos a tanta agresión verbal, aunque fuere merecida
; sólo le pedimos al magistrado que, si aspira al Nobel de la Paz, más allá de la construcción de un sitio web profesional con mejores apoyos, tenga una visión menos confrontativa, más amplia y justa, que conduzca precisamente a pacificar, no a eternizar los conflictos.En pocas palabras, que nos deje resolver nuestra pobreza de espanto, reconstruir la industria, promover las exportaciones, incrementar el consumo y alguna vez honrar - quitas mediante - la deuda externa, en paz. Tal vez así pueda competir con esperanzas por un premio algo desacreditado, pero que conserva aún las luces mediáticas que tanto lo deslumbran.
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"Recomendados"
Grupos de participación política ciudadana
¨Respublica¨
www.respublica.org.ar -- info@... de W. Tejerina y María S. Azzi.¨Recrear para el crecimiento¨
http://www.recrearargentina.org de R. López Murphy.¨Escuela para la Libertad¨
libertadintegral@... de Simón Chatz./////////////////////////////////////////////////////////////////////
9 - La Nación - 26 de julio de 2003
Editorial I: "
En nuestro editorial del 11 del actual, titulado "La reconciliación nacional y la memoria", afirmamos categóricamente que los reclamos de justicia que quedan pendientes en relación con los hechos de violencia acaecidos en nuestro país en la década del 70 deben ser resueltos y juzgados en nuestro propio territorio y por jueces y tribunales argentinos, de acuerdo con la legislación vigente en nuestro suelo.
La pretensión de magistrados extranjeros de tomar intervención en esas causas - y de exigir, con ese fin, la extradición de ciudadanos argentinos, militares o guerrilleros - debe ser rechazada de plano, en un todo de acuerdo con la doctrina de la territorialidad establecida en el artículo 1° del Código Penal, expresión clarísima de soberanía que en ningún caso puede ser contrariada o desconocida.
Por eso resulta lamentable que el juez federal Rodolfo Canicoba Corral haya dispuesto la detención preventiva de 45 militares retirados y ex militares y de un ciudadano civil en cumplimiento de la orden de captura impartida - vía Interpol - por el juez de la Audiencia Nacional de España Baltasar Garzón, que pretende extraditarlos y someterlos a juicio en suelo español por violaciones a los derechos humanos cometidas en territorio argentino entre los años 1976 y 1983.
Anteayer, cuando el magistrado firmó esas órdenes de detención, estaba en plena vigencia en nuestro país el decreto del Poder Ejecutivo que obligaba a la Cancillería a rechazar los pedidos de extradición interpuestos por organismos judiciales extranjeros. Por lo tanto, la actitud del magistrado fue claramente violatoria de la legislación vigente.
El cuestionado juez actuó con animosidad y parcialidad manifiestas, desobedeció la normativa vigente en sus aspectos de fondo y vulneró principios esenciales de la lógica jurídica, ya que no tenía sentido ordenar detenciones con miras a una extradición que por expresa disposición de las normas vigentes no iba a poder concretarse.
Es doloroso decirlo, pero muchos jueces federales capitalinos están pretendiendo blanquear su turbio pasado con causas resonantes como ésta.
El hecho de que el Presidente haya firmado ahora, a su regreso de los Estados Unidos, la derogación del decreto sobre las extradiciones no modifica esencialmente la situación: las órdenes de detención dictadas por el juez Canicoba Corral continuarán siendo arbitrarias, pues se apartan del principio de la territorialidad de la ley penal, ya mencionado, que somete a la jurisdicción de nuestro país el juzgamiento de cualquier delito perpetrado en la República Argentina.
Aun en el caso de que existiere algún acuerdo tendiente a establecer tribunales o procedimientos supranacionales para el juzgamiento de determinados delitos, está claro que esos mecanismos regirían para los casos futuros y no podrían ser aplicados con retroactividad. En el caso de los pedidos interpuestos por Baltasar Garzón ni siquiera se trata de un intento de avanzar hacia la intervención de tribunales internacionales, sino de la mera pretensión de un tercer país de resucitar una teoría completamente perimida: aquella que sostenía que los ciudadanos de ciertos países llevaban sobre sus hombros, como una "mochila", el derecho de ser juzgados en sus países de origen. Hace ya muchos años que esa supuesta doctrina fue abandonada por el pensamiento universal, que adhirió al principio de la territorialidad.
Pero el problema que estamos considerando debe ser analizado también desde otro punto de vista
El intento que se está haciendo
de revivir en nuestro país la polarización que nos desangró en la década del 70 constituye un gravísimo error. El debate sobre el pasado debe hacerse mirando hacia el futuro. Transcurridos treinta años, los argentinos nos estamos volviendo a plantear el mismo debate y en los mismos términos, y eso constituye una trágica involución.Obviamente, los pueblos deben tener memoria y aprender las lecciones del pasado, pero de ninguna manera deben quedar prisioneros de ese pasado. Si vuelven a quedar cautivos del mismo conflicto, significa que no ha habido ningún cambio, ninguna evolución.
Es falso plantear la antinomia "juicio o extradición" como si se tratara de examinar dos opciones excluyentes. En realidad, no es así. En nuestro país ya hubo juicios. Las 46 personas cuya detención se procura ya han sido juzgados en distintos grados. A determinados grupos o sectores puede no haberles gustado el desenlace de esos juicios y tienen todo el derecho a formular una crítica legítima de lo actuado por la Justicia. Pero ningún sector puede sostener que no hubo juicio por el solo hecho de que el resultado de la intervención judicial no lo dejó satisfecho o conforme.
Parecería que lo único aceptable para ciertas posiciones extremas es que se dicte una condena. Para quienes adhieren a esas concepciones, ningún juicio que no termine en condena resulta admisible. La opción que esos sectores se plantean no es "juicio aquí o juicio en el exterior", sino "condena aquí o condena en el exterior". Para ellos, la justicia sólo es justicia si se pronuncia en cierta dirección.
Una última reflexión: se equivocan algunos sectores del Gobierno cuando sostienen que el otorgamiento de la extradición es una decisión de la Justicia. Nuestro ordenamiento legal establece que la decisión última en esa materia le corresponde al Poder Ejecutivo a través de la Cancillería. Lo que puede decir la Justicia al respecto es indicativo, pero no es de ningún modo imperativo.
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10 - Para ´Prensa Independiente´
SEPARAR LA PAJA DEL TRIGO
por Víctor A. Guerrero Leconte
La derogación, por parte del actual Poder Ejecutivo del decreto 1581/01 sin haber tenido en cuenta la razón de su dictado y la continuidad jurídica de la Nación, no obstante los cambios de gobierno, y que esa continuidad jurídica es necesaria para la seguridad jurídica tanto en el orden interno como en las relaciones internacionales, constituye un hecho de gravedad institucional.
La soberanía nacional expresa la idea del Estado con una personalidad que trasciende al orden internacional. Nos enseñaba el jurista Rafael Bielsa (padre) que "no se es soberano en la propia nación o Estado, sino respecto de otras naciones o Estados. El pueblo de un Estado es soberano en cuanto se identifica con el Estado mismo, como suma de voluntades que lo constituyen. Pero esa voluntad con el Estado organizado es potencial y se convierte en actual cuando ese pueblo se da una Constitución".
Son caracteres esenciales de la soberanía:
1 - La potestad exclusiva, o sea la existencia de un poder público sobre todo otro Estado;
2 - La unidad, pues no hay mas de una soberanía; ella es indivisible, en el sentido que no puede ejercerse simultáneamente por dos gobiernos a la vez, en la misma materia, en el mismo territorio y sobre las mismas personas.
En ejercicio de la soberanía, el dictado de las normas y preceptos, al igual que su derogación, debe responder a los principios y garantías consagrados en la Constitución y a la forma de gobierno adoptada por la República; no al capricho de los ocasionales gobernantes que pretenden desconocer actos jurídicos cumplidos por aquella en el devenir de su historia.
La República no es pieza de caza de quienes desempeñan el poder, sino una unidad política nacional y con reconocida personalidad internacional tanto en sus gobiernos de iure como en los gobiernos de facto. De lo contrario, sino se aceptase la continuidad jurídica, todos los actos jurídicos cumplidos durante los segundos serían nulos y su desconocimiento, de una gravedad institucional, de tal magnitud, que nos llevaría a la desintegración como Nación libre e independiente.
La validez de los actos cumplidos por quienes han ejercido o ejercen los poderes ejecutivo o legislativo si bien pueden ser revisados por los procedimientos establecidos en la Constitución,
lo deben ser con absoluto respeto de los derechos adquiridos y del principio de no retroactividad de las leyes - sean o no de orden público - que puedan afectar derechos amparados por garantías constitucionales.En el caso del decreto 1581 dictado por el Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2001, reglamentario sin alterar su espíritu, de la ley 24.767 sobre Cooperación Internacional en Materia Penal,
no sólo se ha actuado de acuerdo a las atribuciones que le confieren los incisos 1, 2 y 11 del artículo 99 de la Constitución Nacional sino también del artículo 27 de la misma y del principio de la territorialidad de la ley consagrado implícitamente en el art. 118 (antes 102) CN .El Gobierno de la República Argentina lo componen los tres poderes - Ejecutivo, Legislativo y Judicial - estando reservada la representación en las relaciones exteriores al primero. Por ello es que los pedidos de extradición deben tramitarse, según lo dispone la ley 27.767, por vía diplomática siendo el primer filtro, del cumplimiento de los requisitos por ella exigidos, el Poder Ejecutivo cuyo Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto debe dictaminar si se da curso al pedido, y si se lo rechazare deberá devolverlo al Estado requirente por igual vía, con copia del decreto respectivo. Las actuaciones del trámite administrativo tendrán carácter reservado (arts. 19 a 25 de la ley).
Es así que al dictar el decreto 1581/01 el Poder Ejecutivo ha reglamentado el "·exequatur" necesario para dar andamiento a los requerimientos de extradición, previo examen sobre forma y fondo de los mismos y su conformidad con el orden público de la República.
La ley penal de cada Estado es derecho público - consecuencia de su soberanía -, y por ello, normas y preceptos penales de un Estado se efectivizan de acuerdo a las reglas instituidas por el Código Procesal Penal, que también es público, porque es el que responde a los principios y garantías consagrados en la Constitución Nacional, en particular en el artículo 18 de la misma. A ello debemos unir las leyes de competencia del Poder Judicial dictadas por el Estado, en ejercicio de su poder soberano, para determinar cual es el Tribunal que debe ejercer sus funciones en el caso concreto sometido a él.
La jurisdicción es un atributo del imperium del que están investidos los poderes de una Nación y que lo tienen los jueces nacionales como atributo del poder de gobierno que ejercen dentro del territorio de la República y para ello se hallan investidos de competencia.
La competencia no es el límite ni la medida de la jurisdicción. Es la capacidad jurídica del órgano del Estado para ejercer la jurisdicción.
La Jurisdicción y competencia judicial son exclusivas y excluyentes y consecuencia del principio de la soberanía.Es por ello que los actos judiciales
, cumplidos de acuerdo a la Constitución y a las leyes orgánicas y procesales, son consecuencia del ejercicio de la soberanía y no pueden ser desconocidos por ningún otro Tribunal extraño. Un Juez europeo tendrá jurisdicción dentro de su territorio, pero carece de competencia (capacidad jurídica) internacional para juzgar hechos, presuntamente delictivos, ocurridos en nuestro territorio, y cometidos por habitantes del país. Se opone a ello el principio de territorialidad de la ley penal consagrado implícitamente en el art. 118 CN., como así también el principio de inmediación procesal para el juzgamiento.El artículo 1º de la ley 24.767, de cooperación internacional, establece que la República "prestará a cualquier Estado que lo requiera la mas amplia ayuda relacionada con la investigación, el juzgamiento y la punición de delitos que correspondan a la jurisdicción de aquél.", razón por la cual por los delitos cometidos que no corresponden a la jurisdicción (competencia) del requirente no deben recibir la ayuda que significa la extradición del nacional.
El Derecho Internacional Público, como lo dice el decreto 1581 en sus fundamentos, "en la eventualidad de conflictos de diversos principios de distribución de jurisdicción penal, la práctica internacional concede primacía al de territorialidad, como resulta, por ejemplo, de la Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio, el Estatuto de Roma del Tribunal Penal Internacional y de diversos Tratados bilaterales suscritos por la República Argentina".
El juzgamiento de los hechos ocurridos en el País en el período 1976-1983 corresponde en forma exclusiva y excluyente a los Tribunales argentinos, aplicando las leyes argentinas relativas en cada caso concreto. Y al decir leyes nos referimos no sólo a ley penal sino también a todas aquellas dictadas en ejercicio de la soberanía y de acuerdo a las normas constitucionales. Las leyes dictadas por el Congreso y promulgadas por el P.E., son leyes vigentes en el País y si se declarase su inconstitucionalidad por la Corte Suprema de Justicia, lo es solo para el caso concreto sometido a su pronunciamiento, dado que no existen leyes nulas.
Además, por el principio de continuidad jurídica del Estado Argentino, los pedidos de extradición que fueron rechazados por la República Argentina, salvo nuevos hechos y fundamentos, no pueden ser reiterados con motivo del cambio de gobierno de la misma.
Existe, no solo cosa juzgada judicial, sino también cosa juzgada administrativaEs por todo lo dicho que, aún derogado el decreto 1581/01, el Poder Ejecutivo no puede dar curso a ningún pedido de extradición por hechos ocurridos en el territorio nacional o lugares sometidos a la jurisdicción nacional.
Hay que separar la paja del trigo,
mas aún cuando la cosecha ha sido solo del 22% de lo sembrado.Víctor A. Guerrero Leconte
Buenos Aires, 25 de julio 2003
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"Informe (2003) Argentina con Lupa"
El periodista
Horacio Daniel Rodríguez (Daniel Lupa) edita semanalmente el "Informe (2003) Argentina con Lupa", newsletters destinado al suministro de información clasificada y análisis de la situación politica Argentina y de los países limítrofes, comprendiendo referencias al Mercosur, Bolivia, Chile y Perú.Es un intento de suministrar información no difundida en forma publica y convencional, acompañado cuando las circunstancias lo aconsejan de documentos inéditos. Suma, además, la posibilidad de acceder a una base de datos compuesta por referencias cronológicas publicas - limitadas a los años 1989/98 - de más de 8.600 personas (politicos. sindicalistas, empresarios, etcétera) y mas de 4.800 temas politicos, institucionales y sociales, económicos y del más variado genero.
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