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Síntesis de ¨PRENSA INDEPENDIENTE¨- 16 de octubre del 2003   Lista de mensajes  
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"PRENSA INDEPENDIENTE"

- República Argentina -

"La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma

Representativa, Republicana Federal..."

"Síntesis de Prensa Extra - 16 de octubre del 2003"

Año 4to. - Número 456

Archivos desde enero del 2000 en la dirección :

http://members.fortunecity.com/prensaindependiente/

Mail: prensa_independiente2003@...

Mails para desuscribirse: al final de esta Síntesis

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Edición extra - ¨El Disidente.ar¨ - Nº 5

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"El Disidente.ar"

Newsletter - Editado por José Benegas -

Año 1, número 5 - Buenos Aires, 6 de octubre de 2003

En este número:

"La Justicia al servicio del poder"

"Derechos humanos para liberales"

¨El universalismo y el liberalismo¨

"Se dijo"

* * * * * * * *

 

¨La Justicia al servicio del poder¨

El gobierno está poniendo en práctica la tan anunciada política de "justa distribución de la riqueza" que consiste en transferir recursos de los futuros jubilados al Estado, arremetiendo contra los fondos capitalizados.

El torniquete sobre el sistema semi privado de previsión incluye, a la luz del día, una apretada judicial sobre los directivos de las AFJP. Los voceros habituales del gobierno en los medios fogonean una "investigación" que tape el crimen que desde el poder está cometiendo contra los aportantes y que quiere profundizar estatizando los aportes. Para eso el oficialismo se vale de figuras penales retorcidas como la de la asociación ilícita, que en otros tiempos políticos una sociedad incivilizada festejaba que fueran usados contra "casos emblemáticos de corrupción" (traducido: condenados sin juicio).

Ahora esa misma sociedad asistirá impávida a la utilización de esos mismos métodos contra "civiles" que nada tienen que ver con la política pero que son responsabilizados de otros "crímenes contrarrevolucionarios". Nada es gratis.

La utilización del aparato judicial en función de objetivos políticos es propio de países bananeros. Nosotros lo somos como pocos, y tenemos un gobierno profundamente bananero que para colmo de males se dice "serio" y es tratado como tal.

Y la utilización de aparato judicial para perseguir inocentes, no es sólo bananero, es repugnante, aunque no tanto como una sociedad que asiste silenciosa a semejante espectáculo.

Si los halcones de K se salen con la suya terminará teniendo razón Lavagna: La oferta de quita del 75% era la más conveniente, porque la otra alternativa es la quita del 100%, cuando los fondos capitalizados se expropien en nombre de la defensa de los jubilados y una cacería judicial.

Es interesante el estudio hecho por Artemio López utilizado a favor del propósito oficial de quedarse con los fondos de las AFJP, que publica La Nación de hoy. En sólo siete años más, es decir, en el 2010, cuatro de cada diez personas de 65 años o más no tendrán acceso ni a una jubilación ni a una pensión. De ellas, el 80% vivirá en hogares pobres.

Cuando el Estado decidió que tenía que ocuparse de que las personas hicieran previsiones para su vejez, lo hizo suponiendo la irresponsabilidad de "algunos" que no tomaran los recaudos suficientes para tener recursos durante la edad en que no pudieran producir. El resultado de esa idea que habrá tranquilizado a muchos inquietos es que el problema de previsión de la vejez ya no es de algunos, sino que es generalizado y que los que no tienen ninguna cobertura son cuatro de cada diez personas.

Es importante ver el peso y las consecuencias de los mitos estatistas. El Estado protector fue y es el principal asaltante de los fondos que se obliga a "ahorrar" a la población y que en manos de sus dueños hubieran dado rendimientos infinitamente superiores. El problema masivo de jubilaciones es una consecuencia del Estado benefactor.

Pero no es la única batalla infame de un gobierno que arrasa con el derecho en el medio de una caterva de chupa medias y distraídos. El ministro de Justicia anuncia a quién quiera oírlo que Barrionuevo irá preso en diciembre en cuanto pierda sus fueros parlamentarios. Por supuesto, la "figura a utilizar" será la de "organizador de una asociación ilícita", en este caso de Barrabravas. El juez que "investiga" el caso, Mariano Berges, es el mismo que después del corralito comenzó a citar banqueros bajo la excusa de una "subversión económica", desligando a los políticos por el colapso de diciembre de 2001.

Barrionuevo es el enemigo público número uno. Y lo es por los resortes que el Estado le otorga, tanto por la ley de asociaciones profesionales, como por la de obras sociales. A los barrionuevos de la Argentina se los termina fácil eliminando los privilegios que esas leyes les otorgan, salvo que se tenga la intención de mantener el sistema en beneficio de los bandoleros propios.

En cambio, la mejor forma de tapar esa corrupción real, económicamente relevante, institucionalmente grave, es buscar episodios de baja monta, que no se relacionen con la fuente de ingresos ilegítimos de Barrionuevo, con el objeto de mantener esa fuente intacta para los amigos.

Barrionuevo irá preso entonces por sus tratos con barrabravas del fútbol y por orden del emperador K. El agujero negro sindical seguirá ahí para provecho de sus sucesores.

Ahora bien, Barrionuevo y los barrabravas son niños de pecho al lado del gobierno. Mucho más peligroso es un gobierno que maneja jueces para encarcelar personas, que se convierte en ideólogo de un derecho penal de inspiración nacional socialista convertido en un chicle funcional a las necesidades persecutorias del poder. Y más peligrosa aún es una sociedad que justifica ese procedimiento creyendo que no le afectará nunca el resquebrajamiento de principios elementales de civilización en función de pasionales venganzas públicas. ¿Cuántos banqueros o gerentes de AFJP habrán festejado la política de utilización de la figura de la asociación ilícita contra casos "emblemáticos de corrupción"?

La actuación del ministro Beliz se caracteriza por su disposición a realizar todos los trabajos sucios que se propone el gobierno. Y no son pocos. Desde la agresión a la Corte Suprema de Justicia con metodologías de una bajeza política jamás vista, hasta la proposición de un indigerible candidato a ministro de este Tribunal, la puesta en marcha de un hipócrita sistema de "autolimitación" de las facultades presidenciales para la designación de jueces, que se aplica ignorando los cuestionamientos al candidato y haciendo un balance cuantitativo mal calculado de las presentaciones efectuadas.

El auto proclamado restaurador de la ética política tampoco tuvo muchos conflictos internos siendo cómplice con su silencio de la candidatura de Aníbal Ibarra, contra quién había llenado los tribunales de denuncias. Delicias del "país en serio".

* * * * * * * *

 

¨Derechos humanos para liberales¨

(Fue publicado completo en la ´Síntesis Extra de Prensa Independiente´ Nº 453 del 8 de octubre próximo pasado)

* * * * * * * *

 

¨El universalismo y el liberalismo¨

La tendencia general en el mundo también parece desorientada. Tiende a fortalecer el poder punitivo, por ejemplo cuando se aplaude que un juez farandulero traspase jurisdicciones y viole todas las normas existentes para perseguir a los militares argentinos, o cuando se instala un Tribunal Penal Internacional que no tiene límites precisos ni otros poderes que lo controlen, que se rige por un tratado internacional que contiene definiciones de delitos mediante tipologías ambiguas, conocidas como abiertas, que permiten ser aplicadas con extrema laxitud y arbitrariedad; característica que comparte, curiosamente, con el derecho penal del Nacional Socialismo.

El peligro de la instalación de un gobierno mundial es creciente, con el riesgo que ello conlleva para la humanidad. Tal vez no de manera tradicional, pero si mediante poderes punitivos que no reconocen fronteras ni límites. Los individuos se ven sometidos a persecuciones desde cualquier sistema jurídico, por jueces que no pueden controlar, que poseen una autoridad que ni de manera remota ni ficticia procede de ellos.

La "globalización", como fenómeno político, al contrario que cuando abarca aspectos comerciales, constituye una dilución de los límites del poder. Los controles que se dan en lo interno, desaparecen en lo externo. Mientras que el ideal de protección de los individuos es la existencia de múltiples estados con fronteras que contengan al poder pero dejen pasar a las mercaderías y las personas, el universalismo político sigue la línea opuesta.

Así se da la paradoja de que el estado español o el francés impiden a un extranjero radicarse en su territorio y mucho más formar parte de su sistema político, pero se permiten extender el poder de sus jueces más allá de sus fronteras.

En una república el poder judicial es a la vez el más débil políticamente y el más fuerte jurídicamente. Tiene la potestad de resolver sobre la libertad y el patrimonio de las personas, pero posee el contrapeso de un poder legislativo y otro ejecutivo que desde el punto de vista político lo superan. En países como la Argentina o los Estados Unidos, todos ellos están sometidos a una constitución que ampara los derechos de los individuos.

Ninguno de esos límites existe para este Tribunal Penal Internacional, ni para jueces que bajo la moda universalista se salen de sus fronteras para incursionar en un terreno en el que no son contrapesados ni controlados. Sólo se le pueden oponer remotas protestas diplomáticas que no son eficaces en función de la justicia que las anime, sino del poder político del país que las realice.

El poder judicial, como los otros dos, es solo aceptable, sobre todo para liberales, en el marco de un gobierno limitado. Marco en el que no se encuentran estos fenómenos universalistas que ni siquiera consideran el problema. Un poder judicial que es útil a la defensa de los derechos en el contexto de un estado limitado, constituye una amenaza tiránica fuera de ese ámbito.

La corriente dominante en la materia se inclina a considerar todo como "delito de lesa humanidad", algo que nadie se preocupa mucho por definir, pero que termina siendo una caracterización sólo útil para la persecución arbitraria.

La pretensión de instaurar la no prescriptibilidad de delitos también es un refuerzo a la capacidad represiva del Estado a un punto intolerable. Y no se puede pretender llamar a una línea de acción que conduce a potenciar el rigor del castigo salteando etapas indispensables de reaseguros contra la arbitrariedad, como defensora de los derechos humanos. Por cierto no es, como se la llamaría en la Argentina, en absoluto garantista.

Medio siglo de esfuerzo para trabajar en función de los derechos de las personas en todo el mundo y tal parece que no hemos aprendido nada, porque aún a la hora de juzgar a imputados de violar derechos humanos se actúa con igual despotismo que aquel de que se acusa a los imputados.

Conclusión

Una visión liberal del problema debe apuntar a fortalecer los límites al estado. A cualquier estado y con más razón a varios estados actuando en conjunto. Una mirada histórica que requiera utilizar mecanismos punitivos, sea por violaciones a los derechos o por cualquier otro crimen, tiene que poner el acento en el debido proceso tendiente a establecer la veracidad de los hechos y la responsabilidad individual, no colectiva, de aquellos a quienes se les atribuyen los hechos.

La posición políticamente cómoda de colocarse contra los militares cuando están en el banquillo de los acusados y no en el poder ya no es posible, al menos desde un punto de vista liberal.

A nivel internacional el liberalismo debe bregar por impedir la formación de estructuras de poder sin control y sin un límite preciso.

* * * * * * * *

 

"Se dijo"

Bielsa I

"Con respecto a la Corte Suprema, creo en una relación de comunicación sin cohabitación. En toda la maquinaria de remoción de un juez de la Corte, el Poder Ejecutivo no tiene nada que hacer; la acusación es un resorte de una de las cámaras del Congreso y el juicio, de la otra. Tampoco me parece bien como Gobierno confrontar públicamente en función del contenido de los fallos: no puede ser que cuando la Justicia nos favorezca sea considerada correcta y cuando nos perjudique sea menemista o adicta".

por Rafael Bielsa - La Nación - 11 de mayo de 2003

Comentario: Durante la campaña presidencial, el kirchnerismo no mostraba la cara de Gustavo Beliz para cuestiones de la Justicia, sino la de Rafael Bielsa. Cuando el presidente se percató de que el ahora canciller no estaba dispuesto a hacer ciertas cosas, para las que no tiene problema en anotarse "zapatitos blancos", los ministerios fueron asignados de otra forma.

Bielsa hablaba como miembro del equipo judicial del entonces candidato Kirchner, de manera que lo que él decía era tomado como el programa de gobierno en la materia. Mentiras, engaños o "marketing político" como lo llama Chacho Alvarez cuando se emiten desde la izquierda.

Bielsa II

El canciller también habló y mucho sobre las leyes de obediencia debida y punto final. Lo que reproducimos acá son las partes sobresalientes de un reportaje publicado por la revista La Maga el 28 de enero de 1998, cuando se debatía la derogación de esas leyes, sin llegar a la aberración luego cometida de anularlas.

Estas declaraciones también explican por qué el Canciller es Canciller y alguien más flexible fue puesto a cargo de la cartera de Justicia. Lo que no explica tanto es por qué acepta formar parte de un gobierno que tiene una línea de conducta tan opuesta a sus principios declamados.

El título de la nota extraído de palabras de Bielsa es "Derogar estas leyes es abrir la Caja de Pandora".

Veamos:

¿Qué diferencias hay entre la Ley de Punto Final y la de Obediencia Debida?

Las diferencias surgen claramente cuando se revisan los hechos tal cual pasaron. Cuando (Raúl) Alfonsín hizo campaña, sólo tenía en su cabeza la idea de juzgar a las juntas militares. Después, un poco por el fervor democrático, por ese espejo deformante que hizo que toda la sociedad argentina se creyera más derecha y más humana de lo que era, se precipitaron las cosas y, como decían, si tirabas de un teniente coronel del otro lado salía un colimba. Cuando empezaron a verse involucrados una cantidad enorme de personas, se dictó la primera ley, la del Punto Final, cuya clave está en el artículo primero, que establece la extinción de la acción penal hacia toda persona por su presunta participación en cualquier grado en estos delitos de los que hablamos, que no estuviese prófugo o declarado en rebeldía o que no haya sido ordenada su citación a prestar declaración indagatoria por un tribunal antes de los sesenta días corridos a partir de la fecha de promulgación de la ley. Esto era como decir: "Los que están procesados hasta aquí van a seguir procesados, pero nadie más".

¿Es posible hablar técnica y fríamente acerca de unas leyes que afectaron significativamente a los argentinos?

Es muy difícil hablar de las razones por las cuales es posible derogar o no estas leyes sin hacer algunas salvedades previas. Resulta un poco humillante y desconsiderado hablar de cuestiones técnicas fríamente. Yo siempre detesté la expresión "Yo soy un técnico", como diciendo "Soy un individuo aséptico", cuando está de por medio el legítimo dolor de tanta gente que se vio privada de seres queridos, de gente que tiene que ir en el mes de julio a tirarles flores marchitas a sus parientes, porque no saben dónde han ido a parar sus cuerpos. De modo que no quiero separar las opiniones técnicas que voy a dar de mi solidaridad y de mi simpatía respecto de todas esas manifestaciones de justicia. Porque precisamente, creo que se puede hacer una distinción entre derecho y justicia. Lo segundo queme parece importante decir es que, en términos objetivos y desde mi punto de vista, la derogación de la Ley de Punto Final -23.492- y de la Ley de Obediencia Debida -23.521- a mí me parece que complicaría la gobernabilidad global del país, en los dos años que le quedan a Menem y aún más si la Alianza gana las próximas elecciones, ya que un sector de la Alianza ha impulsado esta idea derogatoria.

¿En qué sentido complicarían la gobernabilidad?

No me preocupa tanto el sector castrense como factor de perturbación, porque, sin dejar de ser un grupo de presión y una corporación, desde el 3 de diciembre de 1990 ha dejado de ser un factor de poder. La frase "ir a golpear las puertas de los cuarteles" carece de significación. Lo que sí me preocupa es la posible reacción del establishment, el statu quo. La Argentina no es un país de víctimas, hubo algunas víctimas y el resto del país fue gente que iba ocupando un lugar de opinión, pero no de compromiso, según iban cambiando las situaciones políticas. La misma gente que entre el 76 y el 83 decía "en algo andarían", en el 83 vivó a Alfonsín y se emocionó con la lectura del Preámbulo, en el 85 miró por televisión los juicios sin voz a las juntas militares y se alegró con las condenas a las cúpulas. Es la misma gente que en el 89 le bajó el pulgar a Alfonsín y en el 91, en el auge de la convertibilidad, disfrutó de ese dinero producto de la estabilidad monetaria. Entonces me parece que la Argentina es un país que todavía no dio muestras de su compromiso democrático. Nosotros, los argentinos, no conquistamos la democracia. La democracia vino por una derrota militar, por una debacle interna del Ejército y de las Fuerzas Armadas. El establishment -que ha hecho negocios durante la dictadura, durante el gobierno de Alfonsín y durante el gobierno de Menem- vería con mucho resquemor la derogación de estas dos leyes, porque sería como una vuelta atrás en un tema tan sensible que habilitaría luego volver atrás en otros temas sensibles, como las privatizaciones de aerolíneas, de teléfonos; procesos que han dejado agujeros negros que no se han investigado o se han investigado mal. Yo creo que la derogación complicaría la necesaria confianza que tiene que tener la gente de dinero para poner el dinero en su propio país.

¿Esto implicaría no revisar el pasado?

Para nada. Una cosa es revisar los defectos jurídicos de dos leyes y otra cosa es discutir el pasado. A mí me parece que el pasado hay que discutirlo y discutirlo en serio; la discusión sobre los 70 en la Argentina está aún pendiente. Aquí no se ha dado un debate sin prejuicios acerca de los motivos por los cuales una cantidad de jóvenes eligieron la violencia como camino. Esto no tiene nada que ver con esta imbecilidad, esta cretinada de la teoría de los dos demonios. Y cuando digo esto, digo que me parece tan mortificante que lo corran a Firmenich a carterazos cuando pretendía ir al homenaje del padre Mujica como la terrible confusión que hay en la sociedad entre el símbolo que es Astiz y lo que simboliza Astiz. Astiz no es lo único malo del 76 al 83. Es malo, hizo daño, pero pretender que Astiz exorcizará los fantasmas del pasado es un error. Y te vas a dar cuenta muy rápidamente. En cuanto insistan con demoler la Esma va a quedar claro que este debate está pendiente y que la verdad siempre sobre flota; la podés mandar un poquito para abajo, pero va a volver a salir a la superficie.

¿La democracia se construye sobre la base de renunciamientos y de injusticias?

En cierta medida, sí. Churchill decía que la democracia es el menos peor de los malos sistemas. Y es una planta muy frágil y muy cara. Porque la falta de Constitución no se arregla con desvíos y con atajos. La democracia es una cosa que se va fortaleciendo en la medida en que la gente va comprendiendo que aceptar las normas del estado de derecho le da más beneficios que transgredirlas.

¿Cuáles son los argumentos a favor de la derogación de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida?

Los argumentos sobre los cuales uno puede apoyarse lógica y jurídicamente para estar de acuerdo con la derogación de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida son varios. En primer lugar, a mí me parece que, como dijo algún ministro de la Corte Suprema que votó en disidencia en aquel momento, la Ley de Obediencia Debida fue básicamente una sentencia del Poder Legislativo. Esa es una definición muy importante porque la injerencia del Congreso en las atribuciones del Poder Judicial, mediante la Ley de Obediencia Debida, fue como si los legisladores les hubieran ordenado a los jueces "no hagan más lo que están haciendo". Además sucedió otra cosa. Al final del artículo uno de la Ley de Obediencia Debida, se establece que se considerará que las personas mencionadas obraron en estado de coerción bajo subordinación a la autoridad superior y en cumplimiento de órdenes sin facultad o posibilidad de inspección, oposición o resistencia. En este caso, la Ley de Obediencia Debida impidió que los jueces probaran en cada caso si, efectivamente, estas condiciones de obediencia debida habían existido. Porque podrían no haber existido. Podría haber pasado que los tipos que salían a matar lo hacían alegremente.

El segundo argumento, muy vinculado con el anterior, es que la labor de los Parlamentos es, por lo general, la de dictar normas generales y abstractas, destinadas a regir a toda la población, a cubrir todas las situaciones. En este caso, no se trató de una norma general sino de una norma parcial, dirigida a un grupo mínimo de ochocientas personas.

La tercera razón, que yo considero bastante fuerte y que daría pie a la derogación, es que es que la Ley de Obediencia Debida es una ley discriminatoria en los términos del artículo 16 de la Constitución Nacional, en el que se establece que todos los habitantes son iguales ante la ley. Evidentemente, esta norma hizo que algunos habitantes sean menos iguales ante la ley y pudieran salir, a pesar de los delitos cometidos.

¿Qué se necesita para que una ley pueda ser declarada anticonstitucional?

Para que una ley sea declarada inconstitucional debe haber una persona con un perjuicio concreto que reclame ante el Poder Judicial, que es el encargado de establecer si una ley es anticonstitucional. No la liquida sino que la declara anticonstitucional para el caso. La ley sigue vigente, pero todo el mundo se empieza a apartar del uso de la cláusula que es considerada anticonstitucional, porque se sabe que si la Corte Suprema ya la declaró anticonstitucional, así se va a seguir declarando. Finalmente, el Poder Legislativo la reforma. Pero una ley puede ser absolutamente imperfecta.

¿Cuáles son los argumentos en contra de la derogación?

No sería aconsejable, porque si se asimilan las leyes de Punto de Final y Obediencia Debida con una amnistía, significaría que el Poder Legislativo actuó de conformidad con el artículo 75, según el cual es facultad de este poder conceder amnistías generales. Esto si aceptáramos que estas leyes fueron de amnistía. A mí me parece que lo han sido en un sentido material, pero no en un sentido formal. Porque una ley de amnistía en sentido formal se llama Ley de Amnistía. Acá no, acá se buscaron ciertos recovecos jurídicos para no llamarlas "de amnistía". Entonces, si se tratara efectivamente de una amnistía, no corresponde al Poder Judicial, porque esta esfera corresponde al Poder Legislativo.

Otro de los argumentos en contra es que la ley restablece la situación de inocencia preexistente respecto de quienes tenían un proceso abierto al momento de dictarse la ley. Después de la Ley de Obediencia Debida, esta gente pasa a tener un estatus equiparable al de la sentencia definitiva. Si se derogaran y estas personas volvieran a ser juzgadas, se incurriría en una vulneración de un principio jurídico que significa volver a juzgar por la misma causa a una persona. Esta práctica está expresamente condenada por el Pacto de San José de Costa Rica, en su artículo 8.

Por otro lado, si aceptáramos que se trata de una amnistía y se derogara, estaríamos en un problema. Una amnistía es una ley de carácter excepcional. Si se vuelve a presentar la situación excepcional y hay que recurrir de nuevo a una ley de estas características, se perdería mucho valor disuasorio lleva implícita, porque ¿cómo se puede disuadir a unos tipos alzados en armas a que depongan las armas con el argumento de que serán amnistiados cuando una ley similar fue derogada?

Por último, existe otro argumento discutible, que es el siguiente: vamos a suponer que se deroga las dos leyes que habían declarado muerta la acción penal. Pero ¿dónde está escrito que derogar las leyes que hicieron fenecer la acción penal revive a la acción penal?

¿Si tuviera que evaluar todos estos argumentos y expedirse con una opinión, ¿usted qué posición adoptaría?

En términos jurídicos, me gustaría defender la posición de que hay que derogar la Ley de Obediencia Debida. Técnicamente, estas leyes pueden ser derogadas. Cualquier ley puede ser derogada por una ley posterior. Lo que sucede es que creo que no es conveniente., porque la Argentina es un país que tiene muy poca práctica de obedecer al derecho; tiene más bien una práctica conceder a los poderes momentáneos. En la Revolución del 30, la Corte permitió remover a jueces; en la del 43, se le permitió al Ejecutivo tener funciones legislativas; en la del 55, se le permitió tener funciones constitucionales; en la del 76, se le permitió la creación de actas y estatutos con el mismo rango de la Constitución Nacional. Eso demuestra que la concesión en términos jurídicos siempre implica una barbarie mayor. En el caso de estas leyes, en un determinado momento, la sociedad argentina representada por todo el espectro político, resolvió algo. No dudo de que esta resolución haya sido injusta. Ortega y Gasset señalaba una paradoja, en la época de la República española, entre la justicia y el derecho: la justicia está asesinando al derecho porque el afán de hacer justicia le quita al derecho lo más importante que tiene, que es su estabilidad, que es la posibilidad de reducir conflictos sociales planificando la conducta.

Puede ser muy justo que si te secuestran un hijo salgas con un arma a la calle y le vueles los sesos al secuestrador, pero no es jurídico. Este conflicto en el que ¡ajusticia se mezcla con el derecho debe ser resuelto con sabiduría por un gobernante prudente para poder zanjarlos en función de los menores costos sociales.

 

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