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"PRENSA INDEPENDIENTE"
- República Argentina -
"La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma
Representativa, Republicana Federal..."
"Síntesis de prensa -
Edición Semanal - 1 de abril del 2005"Año 6to. - Número 601
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2 de Abril 1982 - 2005
Celebramos el aniversario con un emocionado homenaje a todos los argentinos caídos por la Patria en la gesta inolvidable
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Índice
1 - Opinión Editorial de ´Prensa Independiente´:
"Sobre formas y esencias de la disciplina, ... en relación a las cartas al Presidente de la esposa de un militar".2 - La primera carta de la señora María Cecilia Pando:
"Carta Abierta al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas".3 - La segunda carta de la señora María Cecilia Pando, publicada en ´La Nación´:
"Amigos del Presidente".4- Cuando la verdad que aflora es la verdadera:
"El Dr. Florencio Varela envió dos notas al Ministro de Defensa José Pampurro con respecto a reglamentos reservados aplicados en la lucha contra la subversión", con severas denuncias contra autoridades.==========================================================
1 - El gobierno continua su irresponsable siembra de tempestades, pero ya cosecha las primeras tempestades
Opinión Editorial de ´Prensa Independiente´:
"Sobre formas y esencias de la disciplina,
en relación a las cartas al Presidente de la esposa de un militar"
- Las formas importan, y a veces mucho, ... pero jamás superan lo esencial -
Las formas
En ciertas instituciones y particularmente en las fuerzas armadas de todos los países, las formas y códigos que hacen a la disciplina son importantes, por ser organizaciones que deben conducir a su personal en las máximas tensiones del combate.
Es en ese particular terreno que es reconocido que podría afectar a tal disciplina que las esposas de los militares se expresen públicamente respecto a temas de las fuerzas, ya que de cundir tal uso podría ser dificultada la cadena de mandos.
Lo esencial
Pero esas formas no pueden jamás reemplazar a los basamentos de fondo de la disciplina, tales como los eternos conceptos del buen prestigio del que manda, de su ejemplo permanente, de que la obligada exigencia al personal es acompañada por una plena asunción de sus máximas responsabilidades como superior, con una clara lealtad y hasta el sacrificio personal en la defensa de su gente. Porque siempre el responsable es el superior, se delega la ejecución de directivas, pero jamás la responsabilidad, de fallar eso se cae el edificio.
Nuestra opinión aplicada al caso
Cuando esas virtudes arriba mencionadas se hallan o parecen ausentes, cuando el subordinado no se siente conducido por sus superiores hasta perder la confianza en ellos y peor aun cuando es perseguido y ofendido por el máximo superior de la cadena de mandos, el sistema se resquebraja y las formas pierden su importancia relativa.
Estamos absolutamente convencidos que tal es lo que ha sucedido en este caso, los agravios a las instituciones militares desde el más alto empleado público ejecutivo del estado han alcanzado límites no imaginados, tergiversando la historia, difamando, con desprecios, prepotencias y mucho más grave aun, se han sumado serias e injustas ofensas contra caras convicciones religiosas; se ha hecho todo lo posible para que el dique se rompa y este incidente es un serio primer aviso de ello, una primera grieta.
Porque las formas han sido superadas y más allá de la eventual formal irregularidad - aunque la discusión de eso esté abierta por cierto en el caso - la mayoría de los miembros de las fuerzas armadas y muy amplios sectores de población saben y sienten como justos los severos pero merecidos dichos de la señora María Cecilia Pando, una mujer que solo puede ser calificada como valiente.
El sumario militar en curso lleva a un obligado contrasentido sin salida justa, por qué de ser realizado cabalmente, de darse prioridad a las esencias de fondo antes que a las formas disciplinarias, solo puede arrojar un resultado: los responsables de lo sucedido son las máximas autoridades, el Cte. en Jefe de las Fuerzas Armadas y el jefe del Ejército, porque han fallado claramente por acción y omisión hasta llegar a este extremo de hoy.
Si esto no es entendido cabalmente o por las razones políticas que fueran es dejado de lado, si todo queda en sancionar por formas, vulneradas o no por la esposa de un joven Mayor, debate menor ya estéril de sostener, malos tiempos se proyectarán para el futuro de estas instituciones de la Nación que son sus Fuerzas Armadas.
Prensa Independiente
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2 - La primera carta de la señora María Cecilia Pando
Paso de los Libres, 20 de marzo de 2005
Señor Director del Diario La Nación:
Para ser publicada en la Sección Carta de Lectores. Desde ya muchas gracias.
"Carta Abierta al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas":
Con mucha indignación, como esposa de un Oficial del Ejército Argentino, me siento en la obligación moral de expresarle a nuestro presidente el sufrimiento y la desazón que puedo observar en muchos hombres de armas, como consecuencia de la situación creada en torno a la remoción de Monseñor Baseotto.
Creo que usted se está equivocando y mucho... Usted no tiene el menor derecho a remover al Obispo Castrense de las Fuerzas Armadas. Creía yo que los tiempos de la Monarquía Absoluta habían terminado, pero parece que en Argentina la cosa no es así. Usted no es nadie... sí, lo repito nuevamente... usted no es nadie (aunque esto pueda golpear su evidente complejo de inferioridad) para remover a un digno sucesor de los apóstoles. El Santo Padre, el Vicario de Cristo en la tierra lo ha constituido en Obispo de las Fuerzas Armadas y no existe ningún decreto o papeleta firmada por un determinado presidente que pueda privar a Monseñor Baseotto del derecho y deber de ejercer su ministerio sobre el rebaño que Nuestro Señor Jesucristo, en la persona de Juan Pablo II, le ha encomendado.
"Dad al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios" nos enseña la Palabra de Dios, a no ser que esta cita bíblica también tenga reminiscencias setentistas... Haga su trabajo como presidente de los argentinos, ocúpese de los problemas temporales, que todavía son muchos y deje que la Iglesia cumpla su cometido eterno, siendo "Madre y Maestra", velando por el alma de todos sus hijos, incluida la suya y la de su propio Ministro de Salud.
No se meta en un terreno que sólo puede crear división, no se equivoque de época, no estamos en el tiempo de los emperadores, usted no puede hacer lo que quiera... Vivimos gracias a Dios en democracia, y usted debe ser el primero en aceptar y respetar a las distintas instituciones que cumplen su cometido... Sea adulto, no se comporte como un niño malcriado que quiere ganar en todo... cuando uno se equivoca debe reconocer sus errores, pedir perdón y seguir adelante.
Nuestro país necesita que todos los sectores nos aunemos en un proyecto común... no exaspere los rencores y las divisiones... no violente las conciencias... porque los creyentes no estamos dispuestos a pasar por alto cuestiones que atañen a la fe y a los principios... No ponga a los militares católicos en la disyuntiva de obedecerlo a usted, su comandante en Jefe, o a su propia conciencia, porque no tenga ninguna duda que en las cosas de Dios, usted ha perdido la partida.
Si su corta inteligencia o su entorno no le permiten tener una mirada más amplia y profunda, le pido que al menos apele a la tradicional viveza criolla... si no puede o no sabe pensar en términos del bien y del mal, por lo menos hágalo considerando la conveniencia o no de sus actos... piense en los votos que pierde... no se olvide que la sangre de los mártires siempre ha engendrado nuevos y muy buenos cristianos... y somos muchos quienes ya consideramos a Monseñor Baseotto un perseguido del poder político en la Argentina... y que muy pronto habrá elecciones... y estoy seguro de que usted no quiere perder.
Muchas gracias.
María Cecilia Pando
DNI: 18.470.203
Email:
mercadopando@...Casa Nro 2 - Bo Mil GENERAL SAN MARTÍN
PASO DE LOS LIBRES - 3230
TE: 03772 - 424586
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3 - La segunda carta de la señora María Cecilia Pando, publicada en ´La Nación´
"Amigos del Presidente"
Señor Director:
Días atrás, como esposa de un oficial del Ejército Argentino, le dirigía una carta abierta al comandante en jefe de las FF.AA., manifestándole mi indignación por su actitud frente a nuestro legítimo obispo castrense, monseñor Baseotto. El impresionante apoyo recibido me ha movido a dejar por escrito el pensamiento de muchos de los que vamos a expresar nuestro voto en las próximas elecciones de octubre.
Para aquellos que todavía confundidos por su retórica nacional no terminan de conocer el verdadero rostro de nuestro presidente, los invito a reflexionar sobre un viejo y conocido refrán de nuestra cultura popular: "Dime con quién andas y te diré quién eres". Porque conociendo a los amigos del señor Kirchner podremos vislumbrar a quien elegimos los argentinos como presidente de la República... y sabremos también por qué no podemos volver a equivocarnos.
Una de sus mejores amigas, considerada personalmente su madre espiritual, es la señora Hebe de Bonafini, quien de la mano del Gobierno, y nunca desmentida por sus voceros, invitaba a Su Santidad el papa Juan Pablo II "a pudrirse en el infierno".
Otros de sus amigos nunca censurados, cuando terminaba el acto del 24 de marzo, se dedicaron a la tan artística labor de pintar la Catedral de todos los argentinos, con frases tales como "Iglesia basura, vos sos la dictadura"... condenándonos abiertamente a todos los que militamos bajo la bandera de nuestra Santa Madre: la Iglesia Católica, Apostólica y Romana.
Señor Presidente: si éstos no son sus compañeros de ruta, dígalo abiertamente y condene con claridad lo que debe ser condenado por violentar la conciencia del pueblo argentino. En temas tan importantes permanecer en silencio es sinónimo de complicidad."
María Cecilia Pando
mercadopando@...
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4 - Cuando la verdad que aflora es la verdadera, muy ajena a la que intentaron instalar los propagandistas del terrorismo derrotado en los años 70´
Revelaciones documentadas que objetivamente comprometen a ex altas autoridades del Ejército respecto a graves omisiones en la defensa de sus subordinados injustamente procesados
Silencios del actual Jefe del Ejército ante requerimientos documentales esenciales para la defensa legal de sus subordinados hoy presos por haber combatido al terrorismo
"EL DR. FLORENCIO VARELA ENVIÓ DOS NOTAS AL MINISTRO DE DEFENSA JOSÉ PAMPURRO CON RESPECTO A REGLAMENTOS RESERVADOS APLICADOS EN LA LUCHA CONTRA LA SUBVERSIÓN"
Hoy 28 de marzo entregué dos notas
al ministro de Defensa José Pampuro.En la primera, ante el silencio del Jefe del Estado Mayor General del Ejército Tte. Gral. Roberto Fernando Bendini a mis peticiones realizadas el 4, 9 y 17 de marzo ppdos. de que se certificase la autenticidad y vigencia de cinco reglamentos "reservados" del ejército aplicados durante la guerra contra el terrorismo y de la orden de destruirlos dictada por el Tte. Gral. Martín Antonio Balza, solicité al Ministro que impartiese al Tte. Gral. Roberto Fernando Bendini la orden de responder en un plazo perentorio a mi requerimiento realizado en mi carácter de defensor de 33 militares para ser presentado en las causas judiciales en trámite.
En la segunda denuncié al Tte. Gral. Martín Antonio Balza por la comisión de los delitos previstos en el Código de Justicia Militar en los arts. 758 contra el honor militar y 855 y 856 falsificación, ocultación y destrucción de documentos oficiales dado que la orden de instruir el sumario debe impartirla el Presidente de la Nación de quien depende que el caso no quede impune.-
Acompaño copia de ambos escritos.
Florencio Varela
A continuación ´Prensa Independiente´ transcribe las mencionadas ´Carta al Ministro de Defensa´ y ´Denuncia contra el Tte. Gral. Balza´.
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CARTA AL MINISTRO DE DEFENSA
(versión completa)
Buenos Aires 28 de marzo de 2005.-
Señor Ministro de Defensa
D. JOSE PAMPURO
Presente
De mi consideración:
Realizo esta presentación en mi carácter de abogado defensor de los Generales José Segundo Dante Caridi, Cristino Nicolaides, Reynaldo Benito Antonio Bignone, Santiago Omar Riveros, Juan Pablo Saa, Américo Gerónimo Herrera, José Julio Mazzeo, Eugenio Guañabens Perrello, Gerardo Juan Nuñez, Eduardo Alfredo Espósito, Osvaldo Jorge García, Rodolfo Emilio Feroglio, Eduardo Corrado y Agatino Federico Di Benedetto, de los coroneles Luis Jorge Arias Duval, Sergio Esteban D’Attellis, Enrique Pausanias Michelini, Antonio Francisco Molinari, Ricardo Jorge Jaureguiberry, Luis Sadi Pepa, Horacio Jorge Fleurquin, Lilo Noé Rodríguez, Ildefonso Marcos Oscar Sola, Hugo César Renes, Alberto González, Hugo Pascarelli, Jorge Habib Hadad, Alfredo Alberto Larrosa, César Amadeo Fragni, Raúl Horacio Harsich y Miguel Raúl Gentil, el Teniente Coronel Oscar Alberto Cobuta y el Cap.de Frag. Antonio Pernías.-
El 4, 9 y 17 de marzo ppdos., mediante notas cuyas copias acompaño, solicité al Jefe del Estado Mayor General del Ejército la certificación de la autenticidad y vigencia de cinco reglamentos militares y un Boletín Reservado, que también agrego, cuyas normas se aplicaron por las Fuerzas Armadas durante la guerra contra el terrorismo a partir del año 1975 por constituir ellos un elemento de fundamental importancia para probar los hechos y circunstancias por los cuales decenas de sus subordinados están procesados y privados de su libertad por orden de la justicia federal en distintos juzgados y causas.- Esos reglamentos y otros que no he podido obtener, han permanecido ocultos hasta ahora escapando por lo tanto su conocimiento a los jueces que han juzgado y pretenden juzgar a militares por lo actuado en la guerra contra el terrorismo no obstante haber estado vigentes hasta el 1° de enero de 1999 en que fueron derogados por el Jefe del EMGE Tte. Gral. Martín Balza.-
En la presentación del 17 de marzo solicité una respuesta a lo requerido en el plazo de 72 horas que no se produjo luego de su vencimiento el día martes 22 del corriente.
Lo peticionado al Jefe del EMGE se sustentó entre otras normas, en lo prescripto por el "Reglamento para el servicio interno del ejército" donde en las "Disposiciones Generales" en su punto 5 establece: "El que comandare una tropa es responsable de la vigilancia de ella, del exacto cumplimiento de las órdenes particulares que tuviere y de las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos, como de tomar en todos los accidentes y ocurrencias que no estén previstos, el partido correspondiente a su situación, caso y objeto, debiendo en los lances dudosos, elegir el más digno de su espíritu y honor", en lo contenido en el punto 6 en tanto dice "El oficial cuyo propio honor no lo estimula a obrar siembre bien, vale muy poco para el servicio...........el contentarse con hacer lo preciso de su deber, sin que de su propia iniciativa delate cosa alguna, son pruebas de ineptitud para la carrera de las armas" y en la norma descripta en el 9 cuando ordena "El superior no puede excusarse, en ninguna circunstancia de intervenir en hechos que reclamen su autoridad.- En presencia de ellos, debe abocarse a su conocimiento, allí donde sea necesario salvar el principio de autoridad o peligre el imperio de la disciplina.-El subalterno está obligado a recurrir a la autoridad superior para reforzar la suya, cuando la gravedad el caso lo exija".
Ante el silencio del Jefe del EMGE con el cual le ha dado la espalada a sus subordinados desconociendo la lealtad que les debe, como abogado defensor y para el reconocimiento de los derechos de los militares abandonados a su suerte por su propio comandante, me he tenido que dirigir a usted por ser la autoridad por intermedio de la cual el Presidente de la Nación, Comandante en Jefe de las FFA, ejerce los poderes que le acuerda la Constitución en lo que se refiere al ejército conforme lo establecido en el reglamento antes citado cuando trata la subordinación en su capítulo III, a fin de solicitarle que ordene al Jefe del EMGE dar respuesta oficial en un plazo perentorio a lo peticionado en las notas de fechas 4, 9 y 17 de marzo ppdos. cuyas copias acompañara a la presente, toda vez que como Ministro de Defensa tiene la obligación de velar por la suerte de sus subordinados cuando ellos son llevados a los estrados judiciales por actos realizados en cumplimiento de una orden del servicio impartida por el propio Estado a través de su gobierno.- En las notas adjuntas me he explayado sobre la gravedad institucional del asunto remitiéndome por lo tanto a ellas.-
Cabe destacar a la consideración del Sr. Ministro los efectos del pertinaz ocultamiento de los reglamentos de referencia con el fin de servir a una estrategia basada en la negación y el silencio llevada a cabo desde hace años por la dirigencia política y jefes militares.- Como no se tuvo el coraje cívico de reconocer oficialmente como se combatió en la guerra contra el terrorismo, se comenzó ocultando tal circunstancia a la ciudadanía para luego negarla y posteriormente explicarla deformadamente transfiriendo desleal y traicioneramente a terceros la responsabilidad ejercida lo cual dio pié a una visión perversa de la historia de la República.-
Las irregularidades acumuladas a través del tiempo han generado un cuadro extraordinariamente grave por lo cual, siguiendo un orden cronológico, paso a destacarlas para el juicio del Sr. Ministro:
1) En 1975 el gobierno constitucional ordenó a las FFAA entrar en guerra contra el terrorismo otorgándoles un cheque en blanco que nadie controló ni pidió cuentas y no solo el Poder Ejecutivo sino que tampoco lo hizo el Congreso de la Nación, circunstancias que ponen evidencia un alto grado de irresponsabilidad en la acción de gobierno tanto del oficialismo como de la oposición en esos años.
2) Cabe reprocharle a la conducción de las FFAA que, terminado el conflicto, no hayan informado a la Nación sobre la forma en que se combatió y la nómina de los terroristas abatidos no obstante que cumpliendo con lo ordenado por la Directiva 1/75 del Consejo de Defensa, todas las acciones llevadas a cabo estaban documentadas.-
3) Le cabe el cargo a las FFAA de haber ordenado la destrucción de toda la documentación labrada durante la guerra con lo cual privó a los combatientes de acceder a una prueba fundamental para juzgar sus conductas en las acciones que contaron con su participación, debiendo hoy hacer frente a imputaciones que caerían de plano si pudiesen contar con la documentación oficial destruida por agentes del propio Estado que los ordenó ir a la guerra contra el terrorismo en la cual constaba la conducta observada por ellos.
4) La arbitraria limitación realizada por el Presidente Raúl Alfonsín en el decreto 158 de ordenar la investigación por lo actuado durante la guerra solo a partir del 24 de marzo de 1976 y no desde 1975 que fue cuando sin duda comenzó, de hecho exculpó de responsabilidades a las autoridades constitucionales que ordenaron a las FFA entrar en guerra contra el terrorismo y a la oposición que en el Parlamento se llamó a silencio convalidando de hecho, sin haber ejercido control alguno, las acciones de guerra proseguidas sin solución de continuidad luego del 24 de marzo de 1976 por el gobierno de facto.-
5) El ocultamiento durante el juicio a los integrantes de la Juntas Militares de la existencia de los reglamentos observados durante la guerra contra el terrorismo recién hoy públicamente conocidos, circunstancia que comprende a la Fiscalía, las Defensas y los propios Jueces, pues así se desprende de la lectura de los fundamentos de la sentencia dictada en los cuales ellos no aparecen considerados, habiendo permitido ello al tribunal tildar, con razón, de clandestinos a los procedimientos empleados y lugares utilizados cuando en realidad ello no fue así pues todo ello estaba previsto en los mentados reglamentos.-
6) La contradictoria y censurable actitud del Presidente de facto Tte. Gral. Alejandro A. Lanusse quien, tanto al testimoniar en los estrados judiciales como públicamente, criticó duramente el proceder de las FFAA en la guerra contra el terrorismo no obstante haber sido él quien, en los años 1968 y 1969, había ordenado esos procedimientos en los reglamentos que impuso y que fueron cumplidos en ella cuya existencia entonces ocultó y que luego de tantos años ahora han aparecido a la luz pública.
7) La sanción de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida que hoy queda claro que han constituido una agravio a las FFAA pues nada había que perdonar u olvidar, ya que la conducta de sus efectivos estaba y está justificada por las disposiciones del Código de Justicia Militar que impone la obligación de cumplir con las órdenes impartidas por sus superiores quienes son los únicos responsables por ellas, máxime en este caso cuando su contenido estaba explícitamente contemplado en los reglamentos en base a los cuales esos efectivos fueron instruidos y formados para ese tipo de guerra.- Esas leyes fueron funcionales a la política de la negación y el silencio en los cuales desde hace años se han escudado dirigentes políticos y jefes militares para evadir sus responsabilidades.
8) La arbitraria adjudicación de las responsabilidades por lo actuado en la guerra contra el terrorismo a un grupo de militares, creando así la imagen de un conjunto de facciosos que actuaron clandestinamente al margen de toda norma legal cuando la verdad, hoy probada, es que la totalidad de las FFAA intervinieron en la guerra de la cual sus oficiales fueron debidamente informados como consta en los reglamentos aparecidos o sea, ninguno puede aducir que desconocía como se combatía.-
Señor Ministro, corresponde por justicia y por encima de toda pasión o interés político, por la salud y honor de la República, reconocer oficialmente que la guerra contra el terrorismo fue institucional y que en ella se aplicaron los procedimientos previstos en los reglamentos militares vigente en la época por duro que ello resulte.- Esa es la verdad que con coraje y sin dilaciones debe hacerse pública pues sin su reconocimiento no habrá paz.- Demasiado dolor, sangre y muerte cargamos en nuestras espaldas para hacer oídos sordos a este reclamo.-
Saludo atentamente al Sr. Ministro quedando a la espera de la orden requerida al Jefe del EMGE para poder ejercer cabalmente la defensa que sus subordinados me han confiado.-
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DENUNCIA AL TTE. GRAL. MARTÍN ANTONIO BALZA
(versión parcial, se omiten los detalles del contenido de los reglamentos del caso, ya mencionados en las tres primeras cartas al Jefe del Ejército)
Señor Ministro de Defensa de la Nación
D. JOSE PAMPURO
FLORENCIO VARELA, argentino, civil, abogado, DNI 5.596.036 con domicilio real en la calle Alem 470 de San Isidro, Pcia. de Bs.As. constituyendo domicilio legal en la calle Av. Pte. Roque Saenz Peña (Diagonal Norte) 938 P. 5° "B" Derecha) me presento y digo:
Conforme a lo autorizado por el art. 188 del Código de Justicia Militar que autoriza a denunciar delitos sometidos a la jurisdicción militar a los ciudadanos no sometidos a esa jurisdicción y de acuerdo a lo mandado por el art. 179 y siguientes del mismo que el Presidente de la Nación es quien debe ordenar la instrucción del sumario en los casos de Oficiales Generales, me presento en el carácter invocado ante el Sr. Ministro de Defensa para denunciar al Tte. Gral. Martín Antonio Balza, ex - Jefe del Estado Mayor General el Ejército, por la comisión de los delitos previstos y penados en el Código de Justicia Militar en sus arts. 758 (delitos contra el honor militar), 855 y 856 (Falsificación, ocultación y destrucción de documentos oficiales).-
El denunciado, el 25 de abril de 1995 emitió un mensaje en su condición de Jefe del Estado Mayor General del Ejército en relación a la actuación de la Fuerza durante la guerra contra el terrorismo que lo hizo público en un recordado programa de televisión conducido por Bernardo Neustad.-
El Tte. Gral. Balza entonces dijo:
El terrorismo "desató una represión que hoy estremece";
"el ejército instruido y adiestrado para la guerra clásica, no supo como enfrentar desde la ley plena al terrorismo demencial. Este error llevó a privilegiar la individualización del adversario, su ubicación por encima de la dignidad, mediante la obtención, en algunos casos, de esa información por métodos ilegítimos, llegando incluso a la supresión de la vida, confundiendo el camino que lleva a todo fin justo, y que pasa por el empleo de medios justos.- Una vez más reitero: el fin nunca justifica los medios";
"que algunos de sus integrantes deshonraran un uniforme que eran indignos de vestir no invalida el desempeño, abnegado y silencioso de los hombres y mujeres del ejército de entonces";
"Sin buscar palabras innovadoras, sino apelando a los viejos reglamentos militares, ordeno, una vez más, al Ejército Argentino, en presencia de toda la sociedad argentina, que: Nadie está obligado a cumplir una orden inmoral o que se aparte de las leyes y reglamentos militares.- Quien lo hiciera, incurre en una conducta viciosa, digna de la sanción que su gravedad requiera";
"Delinque quien imparte órdenes inmorales. Delinque quien, para cumplir un fin que cree justo, emplea medios injustos, inmorales".
"quiero decirles como Jefe del Ejército que, asegurando su continuidad histórica como institución de la Nación, asumo nuestra parte de la responsabilidad de los errores de esta lucha entre argentinos que hoy nos vuelve a conmover".
En el mensaje públicamente dirigido a La Nación el Tte. Gral. Balza sostuvo que el Ejército por estar adiestrado para la guerra clásica no supo enfrentar al terrorismo desde la ley plena y atribuyó a un sector de la Fuerza el haberse conducido a través de métodos ilegítimos contrariando los reglamentos militares, imputación que el denunciado ha reiterado hasta la actualidad públicamente a través de la prensa.-
El 23 de octubre de 1997 el Tte. Gral. Balza reiteró su mensaje acompañando su texto a la denuncia que él hiciera y que diera origen a la causa n° 4859 / 98 hoy radicada en el Juzgado Federal n° 4, Secretaría n° 8 de la Capital Federal, donde figura agregado a fs. 122 / 126 encontrándose actualmente en ella procesados y detenidos un grupo de oficiales del Batallón de Inteligencia 601 del Ejército imputados por el delito de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad, torturas y desaparición de terroristas que integran el grupo responsable de la represión ilegítima al decir del denunciante Tte. Gral. Martín Antonio Balza.
Recientemente llegaron a mis manos varios reglamentos "reservados" del ejército hasta hoy ocultados y por lo tanto desconocidos por los jueces que han intervenido e intervienen en procesos contra militares por los hechos acaecidos durante la guerra contra el terrorismo: "OPERACIONES SICOLÓGICAS" de noviembre de 1968; "OPERACIONES CONTRA LA SUBVERSIÓN URBANA", de julio de 1969; "OPERACIONES CONTRA FUERZAS IRREGULARES - Tomo HI" y "OPERACIONES CONTRA FUERZAS IRREGULARES - Tomo III (Guerra revolucionaria)" ambos de septiembre de 1968, todos puestos en vigencia por el Comandante en Jefe del Ejército, Tte. Gral. Lanusse y "OPERACIONES CONTRA ELEMENTOS SUBVERSIVOS" creado por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército, Tte. Gral. Roberto Eduardo Viola en diciembre de 1976.
Con los elementos logrados y sus contenidos, ha quedado ratificado sin duda alguna que las órdenes impartidas en el marco de la guerra contra el terrorismo de DETENER, SECUESTRAR, ALLANAR DOMICILIOS, INTERROGAR BAJO COMPULSIÓN FÍSICA O PSÍQUICA Y ELIMINAR FÍSICAMENTE AL ENEMIGO estaban contempladas en los reglamentos militares desde el año 1968 en base a los cuales fueron instruidos y formados los militares para la guerra contra el terrorismo que formalmente comenzó en el año 1975 por orden del gobierno constitucional de entonces, razón por la cual QUIENES LAS CUMPLIERON POR SER SU OBLIGACIÓN, ACTUARON CONFORME A DERECHO ESTANDO EXENTOS DE TODA RESPONSABILIDAD.-
Lo que ha quedado probado es que la guerra contra el terrorismo fue una acción institucional llevada a cabo por las Fuerzas Armadas en su conjunto por orden inicialmente impartida por el gobierno constitucional en 1975 y en ella se combatió conforme a los que los reglamentes específicamente contemplaban para ese tipo de guerra.-
Todo esto lo conocía perfectamente el Tte. Gral. Martín Antonio Balza. La existencia en la época de la guerra contra el terrorismo de los reglamentos analizados constituye la prueba plena de su mendacidad toda vez que con ellos se acredita que desde por lo menos el año 1968, el Ejército fue instruido y capacitado para la guerra revolucionaria, circunstancia que desmiente su afirmación que "El ejército instruido y adiestrado para la guerra clásica, no supo enfrentar desde la ley plena al terrorismo demencial" pues existían reglamentos que no solo preveían la guerra revolucionaria sino que ordenaron los procedimientos para combatir en ella que son los que el Tte.Gral. Balza condenara no obstante que él tenía pleno conocimiento de su existencia.-
La ilegitimidad falsamente imputada por el Tte. Gral. Martín Antonio Balza a un grupo de efectivos del ejército como responsable por lo actuado en la guerra contra el terrorismo, no solo constituye una gran mentira sino que constituye un agravio a las Fuerzas Armadas, sus institutos, armas, cuerpos y grados, conductas constitutivas del delito contra el honor militar previsto en el art. 758 del Código de Justicia Militar y penado con pena de degradación y reclusión o prisión hasta cinco años.-
La guerra contra el terrorismo fue una guerra institucional llevada a cabo conforme lo mandado por los reglamentos militares que el Tte.Gral. Balza, como oficial de Estado Mayor y para colmo Jefe del Ejército, por obligación conocía e incluso tuvo que ilustrar sobre ellos a los oficiales de la Escuela de Artillería cuando en el año 1978 él era el Jefe del Departamento de Doctrina de ella.-
El mensaje del Tte. Gral. Martín Antonio Balza emitido el 25 de abril de 1995 ha constituido el acto de deslealtad, traición, hipocresía, bajeza moral y perversidad más grave cometido por un Jefe Militar en la historia de La Argentina.-
Pero hay más.- Con posterioridad al conocimiento que tuviera de los reglamentos referenciados en este escrito, llegó a mis manos el Boletín Reservado del Ejército Nro. 5350 del 12 de enero de 1998 en el cual en las páginas 239 y 240 figura transcripta la Resolución del Jefe del Estado Mayor de entonces, Tte. Gral. Martín Balza, por la cual derogó a partir del 1 de enero de 1998 varios de los reglamentos citados antes en este escrito, circunstancia que pone en evidencia que cuando él emitió su mensaje el 25 de abril de 1995, dichos reglamentos no solo estaban vigentes sino que él mismo los derogó dos años y ocho meses después, ordenando además su destrucción privando con ello a sus subordinados de una prueba fundamental para claramente y sin dudas acreditar la legitimidad de su accionar por haber sido conforme a las normas impuestas por los reglamentos aplicados durante la guerra contra el terrorismo.- Esta conducta es indigna de un militar ya que por esa vía, violando la lealtad más elemental, convirtió en delincuentes a los camaradas a el subordinados.-
La conducta del Tte. Gral. Martín Antonio Balza en este caso violó el art. 855 del Código de Justicia Militar que pena la falsedad cuando en su inc. 4° hace responsables a quienes faltan a la verdad en la narración de los hechos y en el inc. 8° a quien oculta, sustrae o destruye, con perjuicio del Estado o de un particular, cualquier documento oficial y a lo previsto en el art. 856 al alterar y ocultar maliciosamente la verdad con perjuicio del servicio y de terceros.- Este delito concurre con el previsto en art. 758 antes señalado.-
Conforme a lo contemplado en el art. 519 del Código de Justicia Militar son circunstancias agravantes de los delitos cometidos por el Tte. Gral. Martín Antonio Balza el hecho de haberlos perpetrado en presencia de público (inc. 2°) con abuso de su condición de militar y en su calidad de superior (inc.6°) y por haberlo cometido mientras desempeñaba una jefatura independiente (inc.7°).-
Acompaño al presente el texto del mensaje del Tte. Gral. Balza agregado a la causa penal citada en este escrito, la Directiva 1 / 75 del Consejo de Defensa, el capítulo pertinente del Reglamento ROP - 30 - 5 "Prisioneros de Guerra"; el RC - 5 - 1 "OPERACIONES SICOLÓGICAS"; el RC - 8 - 3, Reservado, "OPERACIONES CONTRA LA SUBVERSIÓN URBANA"; el RC - 8 - 2, Público, "OPERACIONES CONTRA FUERZAS IRREGULARES - Tomo I"; RC - 8 - 2, Reservado, el "OPERACIONES CONTRA FUERZAS IRREGULARES - Tomo III (Guerra revolucionaria)"; el RC - 9 - 1 "OPERACIONES CONTRA ELEMENTOS SUBVERSIVOS y el Boletín Reservado Nro. 5350 (Pág. 1 / 2 / 239 a 242).-
Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad
SERA JUSTICIA
Nota
: Las cartas anteriores 1, 2 y 3 dirigidas al Tte. General Bendini y aun no respondidas, estarán disponibles completas, a partir del lunes 4 en la versión web de esta Síntesis Nro. 601, en el sitio:http://members.fortunecity.com/prensaindependiente
o desde ahora en el sitio web ¨Crónica y Analisis On line¨ en la dirección:
http://www.cronicayanalisis.com.ar/ultimas3.asp
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RECOMENDADOS
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Sitios web recomendados
"Foro de la Verdad Histórica"
http://members.fortunecity.com/foroverdad/
¨Capitán de Corbeta Ricardo Cavallo
"<http://meltingpot.fortunecity.com//seabright/487/cavallo.html>
http://meltingpot.fortunecity.com//seabright/487/cavallo_spain.html
¨Capitán de Fragata Alfredo Astiz"
http://meltingpot.fortunecity.com//seabright/487/astiz.html
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igualmente respecto a enviarnos notas o cartas para publicar.
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